Caso 1 revisado - Caso Práctico PDF

Title Caso 1 revisado - Caso Práctico
Course Derechos Reales
Institution Universidad Nebrija
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Summary

Caso Práctico...


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1- Concepto y naturaleza de la posesión El CC, art. 430, no define la posesión, pero la clasifica, en posesión como poder de hecho, Se fundamenta en el dato material del poder o señorío sobre la cosa, con independencia de que exista o no un derecho que la ampare y la sustente, y la posesión como derecho, basado en el hecho de poseer. Se trata de un derecho subjetivo (derecho real)

2-Qué tipo de posesión mantenían Inés y Rafael sobre la vivienda? Se trata de una relación asentada en relaciones extrajurídicas, ya que no existe ningún tipo de contrato, y que han sido establecidas por razón de buena voluntad (en este caso de familiaridad). Se denomina posesión en precario, art. 444CC, está basada en la tolerancia del poseedor real, que implica la tolerancia del poseedor real. Aunque sería posible que el hijo haya dado un consentimiento viciado

3-Qué puede hacer doña Matilde para defender su propiedad? Lo más lógico sería ejercitar una acción reivindicatoria de recuperación de la posesión, frente al despojo posesorio sufrido (art. 446 CC), también podría ejercitar una acción de desahucio por precario. De cualquier forma Inés ocupa la vivienda por una sentencia. En ningún momento está permitido recurrir a la fuerza o a la violencia para recuperar lo que es de su propiedad (art. 441) Matilde dispone de un año para interponer la demanda desde el despojo o perturbación (art. 1968.1 CC y 439.1 LEC)

4- Tendría derecho Inés a recuperar la inversión realizada si finalmente perdiera la vivienda? Hay que determinar si Inés actuó con buena o mala fe; a partir del principio por el que se presume la buena fe (ex art. 434 CC) hay que identificar la naturaleza de las reparaciones para saber si son o no reembolsables. Queda claro que la instalación eléctrica era obsoleta, por lo tanto era un gasto necesario, con el fin de conservar la habitabilidad y la seguridad; en este caso puede exigir su reembolso, incluso retener la entrega de la posesión hasta que el abono se haga efectivo (art. 453.I cc),; el gasto para alisar las paredes, es un gasto útil, con la finalidad de mejorar el piso. No puede considerarse gasto necesario, aunque puede solicitar su reembolso. En cuanto al gasto del cerramiento para el estudio, es un gasto considerado como de lujo o recreo, por lo que ni aún actuando de buena fe (454 cc) es reembolsable

5- Acción legal que podría emprender Inés para defender su posesión de la vivienda? Inés puede defender la posesión mediante un juicio interdictal, solicitando la protección de su posesión....


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