Cap. X Relación victima victimario PDF

Title Cap. X Relación victima victimario
Course Criminalística
Institution Universidad Rafael Landívar
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Diapositivas del tema para estudiar o para comprender mejor el tema....


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CAPÍTULO X RELACIONES ENTRE VÍCTIMA Y VICTIMARIO X.l. INTRODUCCIÓN Desde el punto de vista popular, es decir en sentido común, el criminal y la víctima son radicalmente diferentes; desde el punto de vista jurídico esto es verdadero, aunque hay algunas excepciones. Tanto el punto de vista popular como la concepción jurídica no han cambiado, aunque la Victimología ha realizado encuestas que pueden poner en duda estas creencias .215 Tradicionalmente se consideró al delincuente agresor y a la víctima inocente, hasta que la nueva disciplina reveló la relatividad de las culpas y la dialéctica interpersonal, naciendo tabla rasa de un maniqueísmo de siglos.216'217 "La relación entre el criminal y la víctima es más compleja de lo que la ley está dispuesta a admitir. Criminal y víctima obran uno sobre otro inconscientemente. Podemos decir que, en la misma medida en que el criminal moldea a su víctima ésta moldea al criminal. Y mientras la ley juzga estas relaciones desde un punto de vista objetivo, no emocional, la actitud psicológica de los participantes es muy diferente. La ley distingue con toda claridad al atacante de la víctima. Pero en realidad esta relación puede ser, y a menudo lo es, de estrecha intimidad, de modo que los papeles se invierten y la víctima pasa a ser el agente determinante, mientras que el victimario se convierte en víctima de sí mismo." 218 Esto, dicho en palabras del poeta Gibrán Jalil, es aún más impactante:219

215 Cfr. Fattah, op. cit. (Quelques pwbtemes...), p. 335. 216 Cfr. Aníyar, op. cit. (Los desviados...), p. 96. 217 Cfr. Oliveira, Edmundo. O Críme precipitado pela vítima. Edicoes CEJUP. Brasil, 1988. 218 Abrahamsen, op. cit. (La Mente), p. 46. 219 Jalil Gibrán, Gibrán. El Profeta. Editorial Orion. México, 1968, p. 92.

"El asesinado no es irresponsable de su asesinato. Y el robado no es inculpable de haber sido robado. El justo no es inocente de los actos del malvado. Y el puro no está limpio de los actos del felón. Es más, el delincuente es a menudo la víctima del injuriado. Y el condenado es, con frecuencia, quien carga la cadena del inocente inmaculado. No podéis separar al justo del injusto y al bueno del malvado. "Pues juntos se yerguen de cara al sol, como juntos se entretejen el hilo negro y el hilo blanco. Y cuando el hilo negro se rompe, el tejedor revisará toda la tela y examinará el telar entero." Neuman dice que: "hay una sepulcral danza entre eros y tanatos, que han celebrado de antiguo inescrutables esponsales recogidos en leyendas mitológicas, en viejas civilizaciones y en múltiples libros religiosos y sus exégesis".220 Stanciu lo interpreta como "Ormuzd y Ahrikan (en la religión Masden), Dios y Satán (en la creencia Cristiana) , el principio del bien y del mal (en ciertas morales), tienen su equivalente en los dos conceptos: la víctima y el criminal." 221 La interacción víctima-criminal se convierte en uno de los temas de mayor interés para las diversas Ciencias penales. Para Di Tullio, "el comportamiento de la víctima puede tener particular importancia en las relaciones de la Criminogénesis, por cuando de ello pueden partir estímulos capaces de reforzar y desencadenar el impulso y las fuerzas crimino-impelentes".222 Para el maestro italiano, el comportamiento de la víctima puede influir sobre los contra impulsos y sobre las fuerzas crimino-repelen-tes. Puede haber procesos de atracción, repulsión, pasividad, provocación, etcétera. Efectivamente, la Victimología nos ofrece la oportunidad de analizar a la víctima como factor predisponente, preparante o desencadenante, y de integrar sus características personales con las del autor, además de establecer un modelo dinámico comparando los motivos del autor y la actitud de la víctima. Tiene razón Góppinger cuando afirma que: "si se pretende cargar la relación delincuente-víctima de una forma criminológicamente relevante, es necesario integrarla en el conjunto del delincuente y su esfera social. Una visión parcial a partir de la víctima o el autor debe necesariamente conducir a resultados parciales. Es necesario intentar abarcar la relación delincuente-víctima como una unidad." 223 220 Neuman, Elias, op. cit. (Victimología), p. 101. 221 Stanciu, op. cit. (Les Droits), p. 71. 222 Di Tullio, op. cit. 223 Góppinger, op. cit. (Criminología), p. 366.

Podríamos completar diciendo que, si se pretende dar a la relación víctima-criminal una gran importancia victimológica, es necesario integrarla en el conjunto que conforman la víctima y su esfera social. En la dinámica víctima-criminal, podemos encontrar que la Victima puede intervenir en cuatro formas diferentes:224 a) La víctima puede ser la causa de la infracción. b) La víctima puede ser el pretexto de la infracción. c) La víctima puede ser el resultado de un consenso. d) La víctima es el resultado de una coincidencia. Eisenberg intenta clasificar las relaciones entre delincuente y víctima, y llega a cuatro grupos principales: 1. El centro de la relación lo ocupa una vinculación personal nacida de una fijación psíquica o física (simbiosis). 2. En el segundo grupo existe una relación de mero contacto interior al delito. 3. En el tercero, una relación semejante que surge sólo y/o exclusivamente durante la comisión del hecho (es importante si la víctima fue elegida de acuerdo a algún criterio o no). 4. El cuarto grupo se caracteriza por el anonimato, por la calidad impersonal de la relación. En el presente capítulo, desarrollaremos algunas de las ideas expuestas anteriormente, para tratar de dar una idea general de la "pareja penal", es decir de la compleja relación víctima-victimario. Estamos de acuerdo con Stanciu en que la pareja criminal-víctima no puede ser pensada en términos antagonistas, y en que "si todos los criminales no son culpables todas las víctimas no son inocentes".225 Pero es de advertirse en el peligro de convertir la Victimología en el "arte de culpar a la víctima", y debe quedar claro cuál es el objetivo del análisis de la dinámica víctima-victimario. X.2. LA PAREJA PENAL Mendelsohn propone este término para la pareja (couple) formada por el criminal y su víctima. No debe confundirse con la pareja criminal (coppia criminale o crime a deux) de Escipión Sighele.226

224 Solórzano Juárez, Jesús. La Victimología. Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo. México, s/f., p. 27. 225 Stanciu, op. cit. (Les Droits), p. 14. 226 Sighele, Escipión. La Coppia Crimínale. Fratelli Bocea. Torino, Italia, 1892.

El donimino de la complicidad para el crimen se basa en el principio de “la unión hace la fuerza" (para el bien o para el mal,),"' y consiste en la conjunción de esfuerzos de dos o más personas para lograr con mayor facilidad su propósito antisocial. Cuando se trata de dos personas, se habla de "pareja criminal", como puede hablarse de "tercia" y "cuadrilla" cuando son tres o cuatro, aunque la dinámica del dúo es por demás especial. La pareja criminal es la forma más simple de delincuencia asociada, y la razón de individualizarla y examinarla reside en que sigue normas particulares de conducta merecedoras de especial consideración, pues debe evaluarse la personalidad de aquellos que la componen. Hay toda una clasificación de parejas criminales que, por ser tema diverso, en esta ocasión no tratamos.228 Debe hacerse entonces una diferencia clara entre la pareja criminal, estudiada por Sighele, que reconoce un íncubo y un súcubo, y la pareja penal en la que hay un criminal y una víctima. La pareja penal la componen víctima y victimario. En principio, en tanto que en la pareja criminal los intereses son homogéneos, en la pareja penal son antagonistas. La pareja criminal puede transformarse en pareja penal, o sea, se puede pasar de la criminalidad a dos a la criminalidad de uno de los componentes hacia el otro (lo que Pinatel llama un crimen de liberación). Hay ocasiones en las cuales la pareja penal puede convertirse en una pareja criminal (como por ejemplo el caso de rufián y prostituta que cometen crímenes juntos). No siempre el victimario y la víctima se contraponen claramente, hay situaciones en las cuales no se encuentra una diferenciación notable; esto lo podemos notar en ciertos casos de incesto o de pacto suicida. En palabras de Neuman: "Hay situaciones que anulan de tal modo la "pareja penal" que no llega a visualizarse claramente, desde el punto de vista estrictamente victimológico, quién es el verdadero autor del homicidio y quién lo es simbólicamente y, más precisamente, quién es en realidad la víctima." 229 La pareja penal debe ser estudiada minuciosamente, y en sus relaciones antes y después del delito, sólo así se podrá realizar un juicio adecuado. 227 Sighele, Escipión. La Teórica Positiva della Compílala. Fratelli Bocea. Torino, Italia 1894, p. 1. 228 Cfr. Zerboglio, Adolfo. La coppia crimínale. Dizionario di Criminología. Vallardi Milán, Italia, 1943. 229 Neuman, op. cit., p. 118.

Así, se han propuesto diversos modelos de investigación, por ejemplo, Sengstock y Liang 230 sugieren los siguientes: a) El modelo de precipitación victimal, en el cual la víctima verdaderamente seduce o tienta al ofensor para cometer el acto ilegal. b) El modelo de conflicto victimal, en el cual el agresor y víctima están envueltos en un largo conflicto, en un período de tiempo, y alternan los roles de agresor y víctima. c) El modelo de disponibilidad victimal en el cual el agresor ha observado a la víctima y puede predecir su comportamiento, pero la víctima tiene un limitado conocimiento del ofensor. Estudiar al criminal sin estudiar a su víctima es inadecuado e incompleto; al estudiar el fenómeno criminal, deben tomarse en cuenta los siguientes factores: 1) el infractor; 2) la víctima; 3) las correlaciones biopsicosociales entre ellos, y 4) las causas psíquicas profundas que han producido la aproximación de los dos factores. Terminamos este apartado señalando que el problema no es tan simple como a primera vista parece, ya que hay casos de multiplicidad de víctimas, así como existen situaciones en las que la víctima lo es por la acción de varios victimarios, lo que complica notablemente la dinámica. Es necesario también señalar que algunos autores están mencionando la "tercial penal" (triple penal, en francés o penal threesome en inglés), para indicar la participación de un tercero (involved bystander), que puede ser un simple testigo de la victimización, y que en ocasiones juega un importante papel en los mecanismos motivacionales, sobre todo cuando estimula los motivos del victimario.231 La actuación del tercero puede influir no sólo en el victimario, sino también en la víctima (o en ambos). Recordemos en la literatura la inmortal Celestina de Fernando de Rojas. X.3. LA RELACIÓN VÍCTIMA-CRIMINAL Para poder hacer un análisis lógico de las relaciones entre la víctima y el criminal, hemos elaborado un cuadro que presentamos a continuación: 230 Sengstock, Mary C., y Liang, Jersey. Elderly victims of crime: a rvfinement oftheory in victimology. III Symposium. Alemania, 1979. 231 Cfr. Carich, Ante. The motive in Victimology. I Symposium. Israel, 1973.

A - Atracción R - Rechazo C - Indiferencia CUADRO No. 17 RELACIÓN CRIMINAL-VÍCTIMA Sujeto Conocimiento Actitud C - Conoce D - Desconoce Como puede observarse, se utilizan dos variables, el conocimiento entre el criminal y la víctima y la actitud que uno guarda respecto al otro. X.3.1. El conocimiento En cuanto al conocimiento, se manejan dos posibilidades: conocimiento y desconocimiento, lo que a la vez da cuatro situaciones lógicas que mencionamos a continuación: a) Criminal y víctima se conocen. Este es requisito indispensable para ciertos delitos, como el estupro. b) El criminal conoce a la víctima, pero ésta no al criminal. Es el caso en que este último ha estado "cazando" al ofendido. c) La víctima conoce al criminal, pero éste desconoce previamente a la víctima. d) Víctima y criminal eran desconocidos. Caso común en los hechos de tránsito. Como puede fácilmente comprenderse, el hecho del conocimiento previo tiene importancia mayúscula, tanto en la dinámica del hecho como en sus consecuencias jurídicas, desde la circunstancia de si la víctima denuncia o no hasta la responsabilidad de cada uno. Hay crímenes que no hubieran sucedido si no existiera el conocimiento previo, así como hay casos en los que jamás se hubiera victimizado a un conocido. En ciertas formas de victimización es necesario el conocimiento previo de ambas partes, y no sólo eso, sino la consciencia de cierta relación (incesto, por ejemplo).

Algunos autores hablan de "delitos de relación". En este tema, es interesante ver la obra de Marchiori, que habla de la víctima conocida y cómo puede ser elegida por circunstancia» personales, de lugar y de tiempo, y de una víctima desconocida, principalmente aquella victimizada por organizaciones criminales, delincuencia económica y delitos no convencionales como la contaminación ambiental.232 En nuestra investigación (Xalapa), encontramos que el 39% de las víctimas masculinas y el 41% de las femeninas conocían previamente al victimario. En tanto que, en el Distrito Federal y la zona conurbada, sólo el 13.6% conocía al autor del hecho. Esto último parece confirmar la aseveración de López Rey en el sentido de que: "No hay duda en que bastantes casos la relación entre autor y víctima pone en contacto dos personalidades, pero en la inmensa mayoría ese contacto es mínimo o no existe." 233 Sin embargo, lo que en mucho nos está indicando la discrepancia de datos en las dos investigaciones mencionadas, es la diferencia de las poblaciones investigadas, pues es lógico que en una ciudad media las gentes se conozcan con mayor frecuencia que en una macro-metrópoli como es la ciudad de México. Debemos tomar en cuenta también, las diferencias tan marcadas entre los diversos delitos, como mencionaremos en su oportunidad. X.3.2. La actitud En cuanto a la actitud, proponemos tres variables: atracción (A), rechazo o repudio (R) e indiferencia (I), las posibilidades lógicas son: a) Víctima y criminal se atraen. Esto puede explicar delitos como el estupro, o hechos como el pacto suicida. Una atracción recíproca puede unir a dos sujetos con tipos constitucionales complementarios. La atracción puede basarse en una herencia similar. La relación neurótica pura constituye un ejemplo de la relación específica criminal-víctima.234 b) El criminal se siente atraído por la víctima pero ésta rechaza al criminal. Es el caso de múltiples crímenes pasionales, la música y la literatura están llenas de ejemplos de crímenes por "despecho". 232 Marchiori, Hilda. Criminología. La Víctima del Delito (2a edición). Editorial Porrúa. México, 2000, pp. 139 y ss. 233 López Rey, op. cit., p. 145. 234 Yamarellos y Kellens, op. cít., p. 233.

c) El criminal rechaza a la víctima pero ésta se ve atraída por aquél. Se puede ejemplificar con el hecho del ofensor que se ve atosigado por la víctima hasta que decide quitarla de en medio, puede también plantearse la víctima consensual. d) Ambos se rechazan. La enemistad que puede llevar a la riña o al duelo, a las venganzas y a la violencia. Es desde luego la situación más crítica. e) El criminal se ve atraído por la víctima, pero ésta es indiferente. Es un caso menos grave que el planteado en b), pero que puede llevar también a situaciones trágicas. f) El criminal rechaza a la víctima, a ésta le es indiferente aquél. es importante, pues la víctima está hasta cierto punto indefensa. g) La víctima se ve atraída por el criminal, a éste le es indiferente. Son casos de delito ocasional o por oportunidad; la víctima se presta a recibir un daño y el criminal, sin atracción ni rechazo, puede aprovechar la ocasión. h) La víctima repudia al victimario, éste adopta una actitud indiferente. Podría plantearse la legítima defensa, en que la "víctima" ataca a su inmolador y éste se defiende. i) Ambos son indiferentes. Es el caso de victimización culposa, como la producida en hechos de tránsito. Es también el caso del ladrón que roba a una persona sin atracción ni repudio, y en que la víctima guarda actitud indiferente. Nos parece que, al igual que la primera parte del cuadro (conocimiento), la actitud de la víctima y del criminal son fundamentales para aclarar la dinámica de los hechos. La actividad o inactividad de la pareja penal depende en mucho de ese juego atracción-rechazo-indiferencia. Pensamos que podrían combinarse los dos cuadros, y agrega mayor número de variables dando una gran riqueza de probabilidades. Por la naturaleza de este ensayo no lo hacemos. X.4. PERCEPCIÓN DEL CRIMINAL POR SU VÍCTIMA La forma en que el criminal percibe a la víctima y la manera en que ésta percibe al criminal puede arrojar múltiples luces sobre la dinámica de la pareja penal. En este apartado mencionaremos algunos aspectos de cómo es percibido el criminal por la víctima. La primera reacción de la víctima en un 27% es, por lo general la de "coraje o rabia", como lo ha probado nuestra investigación, 1;

segunda es de temor (14%); esto nos puede decir que las reacciones más comunes hacia el criminal son de odio, rabia, y miedo, quizá en muchos casos confundidas entre sí. Para el Distrito Federal y zona conurbada, la reacción principal es coraje-llanto con 47.3% y 54.8%, siguiendo el temor con 17.7% y 15.3% respectivamente. Las variaciones se dan, en mucho, de acuerdo al conocimiento previo del criminal y a la actitud que se tenía hacia él, como hemos visto anteriormente. Sin embargo, estas reacciones de rechazo, odio, temor y deseo de venganza no son universales, ya que nos encontramos con la actitud contraria: una admiración por el criminal (eclitofilia criminal). Pocos fenómenos pueden ejemplificar tan ampliamente esto como el llamado "síndrome de Estocolmo". En 1973, el Credit Bank de Estocolmo fue asaltado por dos Bandidos, que a mano armada se apoderaron del local y encerraron a varios rehenes en la caja de seguridad. Conforme pasó el tiempo, y mientras se realizaban pláticas entre los secuestradores y la autoridad, los lazos de afectividad entre rehenes y bandidos se fueron haciendo más estrechos, hasta llegar a unirse en contra de las autoridades. Otro ejemplo, por demás conocido, es el de Patricia Hearst, que termina uniéndose a sus captores y formando parte de la banda. 235 El síndrome de Estocolmo consiste entonces en la afinidad que los rehenes desarrollan hacia sus captores, y depende en mucho de la intensidad de la experiencia, la duración de los acontecimientos, la dependencia del rehén para todos sus movimientos, la intransigencia de las autoridades, etc., elementos que coadyuvan para la identificación de la víctima con el criminal. X.5. PERCEPCIÓN DE LA VÍCTIMA POR EL CRIMINAL ! Este es un tema de mayúscula importancia para explicar las relaciones entre la pareja penal; en mucho la elección de la víctima depende de la percepción que de ésta tenga el criminal. Existen entre los delincuentes definiciones estereotipadas de las víctimas. Un camino interesante para conocer esto es el estudio de la denominación de las víctimas en la jerga criminal. Hentig hace un detenido estudio de este tema,236 ejemplificando cómo en Alemania se denomina Kaffernfanger (caza-aldeanos) al es233 Pascal, John y Francine. El extraño caso de Paty Hearsl. Lasser Press. México, 1974. 23(i Hentig, op. cit. (El delito), pp. 422 y ss.

tafado, en tanto que en Inglaterra a la víctima se le denomina mug (l...


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