Magistraturas PDF

Title Magistraturas
Course Derecho Romano
Institution Universidade de Vigo
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Magistraturas romanas...


Description

Características Comunes 1. Anualidad 2. Colegialidad: varios ciudadanos accedían a una magistratura al mismo tiempo, normalmente en número par. 3. Gratuidad: este principio fue observado rigurosamente en el imperium domi , mientras que en el imperium militae  los magistrados recibían idemnizaciones para viajes y la alimentación de la población sometida. Otras características de acuerdo con el profesor García Garrido son la elegibilidad y responsabilidad. 1. Imperium Domi : facultad de mando ejercida dentro de los límites de la ciudad de Roma y una milla alrededor. Puede ser limitado por los tribunos mediante la intercessio  (veto). 2. Imperium Militae : facultad de mando militar ejercida por cónsules o gobernadores fuera de los límites del pomerium  (explanada dentro y fuera de los límites de la ciudad, considerada sanctum  en la que no se podía cultivar ni edificar) de Roma y una milla alrededor. Tipos de magistraturas 1. Ordinarias: a) Permanentes: cónsules, pretores, ediles, cuestores y tribunos de la plebe. b) No permanentes: censores. 2. Extraordinarias: creadas por necesidades especiales en la República. Son el dictador, los decemviri l egibus s  cribundis , y los tribuni m  ilitum c  onsulari potestate. Un magistrado posee poder conferido conocido como potestas , el imperium e  s la suprema potestad de mando. - Magistrados cum imperio : cónsules, pretores y dictador. - Magistrados sine imperio : ediles, cuestores y censores Para ocupar una magistratura era necesaria cierta capacidad y el seguimiento de un orden en su ocupación, el cursus honorum , establecido por la Lex Villia Annalis  en orden ascendente: - Cuestura (31 años) - Edilidad Curul (37 años) - Pretura (40 años) y Consulado (43 años) Debían transcurrir 2 años entre cada magistratura.

Cónsules Eran los 2 supremos magistrados de la civita  romana durante la República. Eran elegidos por la asamblea popular en comicios, y su potestad estaba limitada por la intercessio  que su compañero podía imponer. Sus signos de poder son la toga praetexta , la silla curul, y los 12 lictores que les preceden portando las fasces . Pretores - Pretor Urbano: administraban la jurisdicción civil entre ciudadanos romanos, recibían facultades segregadas de los cónsules y podían convocar al Senado y los Comicios. - Pretor peregrino: administraban la jurisdicción civil entre extranjeros, sin sometese al ius civile . Tenían imperium , iban acompañados de lictores y tenían derecho a la silla curul. Ediles Magistratura creada durante la República. 1. Ediles Curules: se encargaban de la Policía Urbis , la Vía Pública, los Mercados y la Organización de Juegos Públicos. 2. Ediles Plebis: de origen plebeyo, asistían a los ediles curules. Cuestores Magistrados inferiores, en un principio meros auxiliares de los cónsules, y más tarde también de los pretores. Tribuno de la plebe Representantes y defensores de la plebe, su figura es inviolable. Gozan de la intercessio contra las decisiones de los magistrados pero no del imperium . Se duda de si el tribuno era una magistratura. Censor Magistrado de la época republicana, eran elegidos por comicios centurianos en pares, cada 5 años, sin gozar de imperium  ni jurisdicción civil. Eran nombrados entre anteriores cónsules y su función era elaborar el censo de la población.

Dictador Era designado en momentos de peligro, asumía temporalmente la suprema potestad del Estado, sin limitaciones y desapareciendo el poder colegiado de los cónsules. Su ejercicio no pasaba de 6 meses y debía haber sido cónsul anteriormente....


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