Norma Oficial Mexicana NOM 010 stps-2014 PDF

Title Norma Oficial Mexicana NOM 010 stps-2014
Author leo ruiz
Course Higiene y seguridad Industrial
Institution Instituto Tecnológico de Tlalnepantla
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Norma oficial Mexicana NOM-010-STPS-2014 Diario oficial de la federación...


Description

NORMA OFICIAL MEXICANA CONTAMINANTES DEL

NOM-010-STPS-2014,

AGENTES

QUÍMICOS

AMBIENTE LABORAL-RECONOCIMIENTO, EVALUACIÓN Y CONTROL

¿QUÉ ES? Es una Norma Oficial Mexicana que establece los procesos y medidas para prevenir riesgos a la salud del personal ocupacional expuesto (POE) a agentes químicos contaminantes del ambiente laboral y el cómo realizar el reconocimiento, evaluación y control. La norma menciona que el “Personal Ocupacionalmente Expuesto” (POE): Son aquellos trabajadores que en ejercicio y con motivo de su ocupación están expuestos a agentes químicos contaminantes del ambiente laboral. FUENTE: Diario Oficial Norma Oficial Mexicana NOM-010STPS-2014, Agentes químicos contaminantes del ambiente laboral, reconocimiento, evaluación y control, pp:4

La misma norma en su apartado de “ Definiciones” menciona que “Agentes químicos contaminantes del ambiente laboral”: son aquellas sustancias o mezclas capaces de modificar las condiciones ambientales del centro de trabajo que, por sus propiedades, concentración, nivel y tiempo de exposición o acción, pueden alterar la salud de los trabajadores. FUENTE: Diario Oficial Norma Oficial Mexicana NOM-010-STPS-2014, Agentes químicos contaminantes del ambiente laboral, reconocimiento, evaluación y control, pp:4

También menciona que el “Reconocimiento”: Es el proceso mediante el cual se identifican los agentes químicos contaminantes del ambiente laboral, sus propiedades o características, las vías de ingreso al cuerpo humano, sus efectos en la salud, las fuentes emisoras de contaminantes, las áreas o zonas donde exista riesgo a la exposición, los de exposición homogénea, sus puestos y las actividades que desarrollan, así como los tiempos y frecuencias de exposición. FUENTE: Diario Oficial Norma Oficial Mexicana NOM-010-STPS-2014, Agentes químicos contaminantes del ambiente laboral, reconocimiento, evaluación y control, pp:4

La norma menciona que la “Evaluación”: Es el proceso por medio del cual se efectúa el muestreo, la determinación analítica de los agentes químicos contaminantes del ambiente laboral y la comparación de los resultados, de acuerdo con los valores límite de exposición. FUENTE: Diario Oficial Norma Oficial Mexicana NOM-010-STPS-2014, Agentes químicos contaminantes del ambiente laboral, reconocimiento, evaluación y control, pp:3

De igual forma menciona que el “Control”: Es el proceso mediante el cual se prepara las acciones preventivas o correctivas pertinentes, derivada de la evaluación de los agentes químicos contaminantes del ambiente laboral, a efecto de no rebasar los valores límite de exposición. FUENTE: Diario Oficial Norma Oficial Mexicana NOM-010-STPS-2014, Agentes químicos contaminantes del ambiente laboral, reconocimiento, evaluación y control, pp:3

¿DÓNDE SE PRESENTAN, O SUS PRINCIPALES FUENTES GENERADORAS? Su campo de aplicación se rige en todo el territorio nacional y se aplica a todos los centros de trabajo donde existan agentes químicos contaminantes del ambiente laboral. FUENTE: Diario Oficial Norma Oficial Mexicana NOM-010-STPS-2014, Agentes químicos contaminantes del ambiente laboral, reconocimiento, evaluación y control, pp:2

La norma considera a los “Centros de trabajo”: A todos aquellos lugares como edificios, locales, instalaciones y áreas, donde se realicen actividades de producción, comercialización, transporte y almacenamiento o prestación de servicios, en los que laboren personas que estén sujetas a una relación de trabajo. FUENTE: Diario Oficial Norma Oficial Mexicana NOM-010-STPS-2014, Agentes químicos contaminantes del ambiente laboral, reconocimiento, evaluación y control, pp:3

El reconocimiento de los agentes químicos contaminantes del ambiente laboral podrá ser realizado por el patrón o por un laboratorio de pruebas. FUENTE: Diario Oficial Norma Oficial Mexicana NOM-010-STPS-2014, Agentes químicos contaminantes del ambiente laboral, reconocimiento, evaluación y control, pp:3

El reconocimiento de los agentes químicos contaminantes del ambiente laboral deberá comprender la identificación:  

    

Centro de trabajo donde se efectué. Las sustancias químicas o mezclas que se manejen en el centro de trabajo cuando impliquen riesgo a la salud de los trabajadores por sus propiedades, concentración, nivel y tiempo de exposición o acción. Las fuentes emisoras y características del área, proceso y puesto de trabajo. Las sustancias químicas o mezclas por muestrear. Los grupos de exposición homogénea a los agentes químicos contaminantes del ambiente laboral. El personal ocupacionalmente expuesto a considerar para el muestreo. Los controles administrativos y/o técnicos que en su caso existan en el centro de trabajo. FUENTE: Diario Oficial Norma Oficial Mexicana NOM-010-STPS-2014, Agentes químicos contaminantes del ambiente laboral, reconocimiento, evaluación y control, pp:7

¿CÓMO SE CLASIFICAN?  La clasificación del riesgo se deberá determinar con base en el grado de riesgo a la salud o la categoría de peligro para la salud de la sustancia química, del sistema de comunicación de peligro y riesgos que utilice el centro de trabajo, conforme a la tabla 1 del anexo. FUENTE: Diario Oficial Norma Oficial Mexicana NOM-010-STPS-2014, Agentes químicos contaminantes del ambiente laboral, reconocimiento, evaluación y control, pp:9

El grado de riesgo a la salud de la sustancia químicas, considerando su vía de ingreso al organismo “oral, piel y/o inhalación” y la concentración letal 50( CL50 ) se deberá seleccionar conforme a la tabla 2 del anexo. FUENTE: Diario Oficial Norma Oficial Mexicana NOM-010-STPS2014, Agentes químicos contaminantes del ambiente laboral, reconocimiento, evaluación y control, pp:9

1) Las dosis letales 50 (DL50) están basadas en experimentos de laboratorio, al administrar la sustancia por vía oral a ratas. FUENTE: Diario Oficial Norma Oficial Mexicana NOM-010-STPS-2014, Agentes químicos contaminantes del ambiente laboral, reconocimiento, evaluación y control, pp:9

2)

Las dosis letales 50 (DL50) fueron obtenidas por experimentos de laboratorio, al administrar la sustancia vía dérmica a conejos o ratas. FUENTE: Diario Oficial Norma Oficial Mexicana NOM-010-STPS-2014, Agentes químicos contaminantes del ambiente laboral, reconocimiento, evaluación y control, pp:9

3) Las concentraciones letales 50 (CL50) se determinaron en experimentos de laboratorio, al administrar la sustancia por vía inhalatoria a ratas. FUENTE: Diario Oficial Norma

Oficial Mexicana NOM-010-STPS-2014, Agentes químicos contaminantes del ambiente laboral, reconocimiento, evaluación y control, pp:9

La concentración letal media (CL50) es una medida para evaluar el efecto tóxico de sustancias peligrosas al medio ambiente, que significa la concentración de la sustancia medida a la cual el 50% de los organismos mueren en un periodo de exposición determinado. Fuente: VázquezVillegas, Meza-Gordillo, Gutiérrez-Miceli, Ruíz-Valdiviezo, Villalobos-Maldonado, Montes-Molina, Fernández-Toledo, Agroproductividad: vol.11, Núm.4, abril.2018 pp:106, Determinación de CL50 y CE50 de Endosulfán Lactona y Diazinón en Lombriz de Tierra (Eisenia foetida).

Según el punto 2.6 del apartado de “Definiciones”: La dosis letal media (DL50 ) es la estimación estadística de la cantidad de toxico necesaria para matar al 50 por ciento de una población representativa de la muestra experimental, seleccionada y utilizada bajo condiciones previamente establecidas y controladas, referidas a la raza, variedad, edad, sexo, masa, salud, alimentación y aspectos ambientales, se expresa en miligramos de tóxico por kilogramo de masa del animal. FUENTE: Diario Oficial Norma Oficial Mexicana NOM-Y-302-1988, Plaguicidas clasificación toxicológica.

 La Categoría de Peligro para la Salud de la sustancia química, determinada de acuerdo con el código de indicaciones de peligro del Sistema Globalmente Armonizado para la Clasificación y Comunicación de Peligros por Sustancias Químicas, de conformidad con lo que establece la tabla 3 del anexo. FUENTE: Diario Oficial Norma Oficial Mexicana NOM-010-STPS-2014, Agentes químicos contaminantes del ambiente laboral, reconocimiento, evaluación y control, pp:10

 En caso de sustancias químicas solidas se deberá tomar en cuenta la generación de polvos con base en el tamaño de la partícula, conforme a la tabla 4 del anexo. FUENTE: Diario Oficial Norma Oficial Mexicana NOM-010-STPS-2014, Agentes químicos contaminantes del ambiente laboral, reconocimiento, evaluación y control, pp:10

 En caso de las sustancias químicas en estado líquido, se deberá considerar su punto de ebullición y la temperatura de operación del proceso de acuerdo con la tabla 5 del anexo. FUENTE: Diario Oficial Norma Oficial Mexicana NOM-010-STPS-2014, Agentes químicos contaminantes del ambiente laboral, reconocimiento, evaluación y control, pp:10

¿PRINCIPALES AFECTACIONES A LA SALUD? De acuerdo con la NOM-010STPS-2014, primero se tiene que determinar que tipo de sustancia es y la cantidad que se manipula, también se tiene que tener en cuenta que tipo de solido o liquido es ya que se puede presentar en forma de pellets, sustancias sólidas cristalinas o granulares, también pueden ser polvos finos y de baja densidad o en el caso de los líquidos donde el punto de ebullición sea de 150ºC o donde la ebullición entre 50ºC y donde sea inferior a 50ºC, los gases se consideran de alta volatilidad. FUENTE: Diario Oficial Norma Oficial Mexicana NOM-010-STPS-2014, Agentes químicos contaminantes del ambiente laboral, reconocimiento, evaluación y control.

Ahora después de esto existen claves o códigos donde se describe que tipo de consecuencia pueden desencadenar en la salud como:  H304. Puede ser mortal en caso de ingestión y de penetración en las vías respiratorias.  H330. Mortal si se inhala.  H331. Tóxico si se inhala.  H332. Nocivo si se inhala.

 H333. Puede ser nocivo si se inhala.  H305. Puede ser nocivo en caso de ingestión y de penetración en las vías respiratorias.  H334. Puede provocar síntomas de alergia o asma o dificultades respiratorias si se inhala.  H335. Puede irritar las vías respiratorias.  H336. Puede provocar somnolencia o vértigo.  H340. Puede provocar defectos genéticos.  H341. Susceptible de provocar defectos genéticos.  H350. Puede provocar cáncer.  H351. Susceptible de provocar cáncer.  H360. Puede perjudicar la fertilidad o dañar al feto.  H361. Susceptible de perjudicar la fertilidad o dañar al feto.  H370. Provoca daños en los órganos.  H371. Puede provocar daños en los órganos.  H372. Provoca daños en los órganos tras exposiciones prolongadas o repetidas.  H373. Puede provocar daños en los órganos tras exposiciones prolongadas o repetidas.  (H300 + H330). Mortal en caso de ingestión o si se inhala.  (H301 + H331). Tóxico en caso de ingestión o si se inhala.  (H302 + H332). Nocivo en contacto o si se inhala.  (H310 +H330). Mortal en contacto con la piel o si se inhala.  (H311 + H331). Tóxico en contacto con la piel o si se inhala.  (H312 + H332). Nocivo en contacto con la piel o si se inhala.  (H303 + H333). Puede ser nocivo en caso de ingestión o si se inhala.  (H313 + H333). Puede ser nocivo en contacto con la piel o si se inhala.  (H303 + H313 + H333). Puede ser nocivo en caso de ingestión, en contacto con la piel o si se inhala.  (H300 + H310 + H330). Mortal en caso de ingestión, en contacto con la piel.  (H301 + H311 + H331). Tóxico en caso de ingestión, en contacto con la piel o si se inhala.  (H302 + H312 + H332). Nocivo en caso de ingestión, en contacto con la piel o si se inhala Con estos códigos podremos leer y saber qué tipo de síntomas se presentarán dependiendo el nivel en el que se clasifique la afectación presentada por la persona se pueden observar en la tabla 3. FUENTE: Diario Oficial Norma Oficial Mexicana NOM-010-STPS-2014, Agentes químicos contaminantes del ambiente laboral, reconocimiento, evaluación y control, pp:81-82

SELECCIÓN DEL EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL COMO MEDIDA DE CONTROL De acuerdo con la tabla A1 de la NOM-017-STPS-2008, el equipo determinado de protección personal el cual concuerda con las actividades y con los casos que se pueden desarrollar en un ambiente con químicos o mezclas peligrosas. Fuente: Norma Oficial Mexicana NOM-017-STPS2008, Equipo de protección personal-Selección, uso y manejo en los centros de trabajo.

 Cabeza: Capucha para evitar una exposición con partículas  Ojos y cara.



 

Anteojos de protección: Para evitar el riesgo de proyección de partículas o líquidos, en el caso de exposición a radiaciones su utilizan anteojos de protección contra la radiación Goggles: En caso de haber riesgo de exposición a vapores o humos que pudieran irritar los ojos o partículas mayores o a alta velocidad Pantalla facial: Se utiliza también cuando se expone a la proyección de partículas en procesos tales como esmerilado o procesos similares, para proteger ojos y cara.

 Aparato respiratorio: Es importante verificar las recomendaciones o especificaciones de protección del equipo especificadas por el fabricante del producto.  Respirador contra partículas: Protección contra polvos o partículas en el medio ambiente laboral y que representan un riesgo a la salud del trabajador.  Respirador contra gases y vapores: Protección contra gases y vapores. Considerar que hay diferentes tipos de gases y vapores para los cuales aplican también diferentes tipos de respiradores, incluyendo para gases o vapores tóxicos.  Equipo de respiración autónomo: Se utiliza cuando el trabajador entra a espacios confinados o cuando un respirador no proporciona la protección requerida.  Extremidades: Es importante verificar las recomendaciones o especificaciones de los diferentes guantes existentes en el mercado realizadas por el fabricante del producto.  Guantes contra sustancias químicas: Riesgo por exposición o contacto con sustancias químicas corrosivas.  Guantes contra temperaturas extremas: Riesgo por exposición a temperaturas bajas o altas  Guantes: Se deberá de determinar qué tipo de protección se requiere debido a la gran variedad de guantes.  Mangas: Se utiliza cuando es necesario extender la protección de los guantes hasta los brazos.  Tronco. 



 

Mandil contra sustancias químicas: Riesgo por exposición a altas temperaturas, cuando se puede tener contacto del cuerpo con algo que esté a alta temperatura. Overol: Extensión de la protección en todo el cuerpo por posible exposición a sustancias o temperaturas, se debe considerar la facilidad de quitarse la ropa lo más pronto posible, cuando se trata de sustancias corrosivas. Bata: Protección generalmente usada en laboratorios u hospitales. Ropa contra sustancias peligrosas: Es un equipo de protección personal que protege cuerpo, cabeza, brazos, piernas pies, cubre y protege completamente el cuerpo humano ante la exposición a sustancias altamente tóxicas o corrosivas.

 Extremidades inferiores.  Calzado conductivo: Protección del trabajador cuando es necesario que se elimine la electricidad estática del trabajador; generalmente usadas en áreas de trabajo con manejo de sustancias explosivas.  Calzado contra sustancias químicas: Protección de los pies cuando hay posibilidad de tener contacto con algunas sustancias químicas, se deberá de considerar las especificaciones del fabricante.  Botas impermeables: Generalmente utilizadas cuando se trabaja en áreas húmedas. Fuente: Norma Oficial Mexicana NOM-017-STPS-2008, Equipo de protección personal-Selección, uso y manejo en los centros de trabajo.

ANEXO Tabla 1 Grado de Riesgo a la Salud NOM-018-STPS-2000, Modelo rectángulo (Ver tabla 2) Grado 0, Mínimamente peligroso Grado 1, Ligeramente peligroso Grado 2, Moderadamente peligroso Grado 3, Seriamente peligroso Grado 4, Severamente peligroso

Clasificación de Riesgo

0

Categoría de Peligro para la Salud NMX-R-019-SCFI-2011 (Ver tabla 3) Categoría 5

1

Categoría 4

2

Categoría 3

3

Categoría 2

4

Categoría 1

Tabla 2 Grados de Riesgo a la salud Grado 0, Mínimamente peligroso Grado 1, Ligeramente peligroso Grado 2, Moderadamente peligroso Grado 3, Seriamente peligroso Grado 4, Severamente peligroso

Oral (1) mg/kg

Vía de ingreso / Piel (2) mg/kg

DL50 mayor que 5,000 mg/kg.

DL50 mayor que 5,000 mg/kg.

CL50 mayor que 200 mg/l o mayor que 10,000 ppm.

DL50 mayor que 500 hasta 5,000 mg/kg DL50 mayor que 50 hasta 500 mg/kg.

DL50 mayor que 1,000 hasta 5,000 mg/kg DL50 mayor que 200 hasta 1,000 mg/kg.

CL50 mayor que 20 hasta 200 mg/l o mayor que 2,000 hasta 10,000 en ppm. CL50 mayor que 2 hasta 20 mg/l o mayor que 200 hasta 1,000 en ppm.

DL50 mayor que 20 hasta 50 mg/kg. DL50 hasta 1 mg/kg.

DL50 mayor que 20 hasta 200 mg/kg. DL50 hasta 20 mg/kg.

CL50 mayor que 0.2 hasta 2 mg/l o mayor que 20 hasta 200 ppm CL50 hasta 0.2 mg/l o hasta 20 ppm.

DL50 o CL50 Inhalación (3) mg/l o ppm

Tabla 3 Código de indicación de Peligro

H333; (H303 + H333); (H313 + H333), y (H303 + H313 + H333). H332; (H302 + H332); (H312 + H332), y (H302 + H312 + H332). H331; H335; H336; (H301 + H331); (H311 + H331), y (H301 + H311 + H331). H305; H341; H351; H361; H371 y H373. H304; H330; H334; H340; H350; H360; H370; H372; (H300 + H330); (H310 + H330), y (H300 + H310 + H330).

Categoría de Peligro 5 4 3 2 1

Tabla 4 Volatilidad

Sólidos

Baja

Sustancias en forma de pellets que no tienen tendencia a romperse. No se aprecia producción de polvo durante su empleo. p.ej. pellets de cloruro de polivinilo, escamas enceradas, entre otras. Sustancias sólidas cristalinas o granulares. Cuando son usadas, se observa producción de polvo que se disipa o deposita rápidamente sobre superficies después del uso. p.ej. jabón en polvo, entre otros. Polvos finos, ligeros y de baja densidad. Cuando son usados, se producen nubes de polvo que permanecen en el aire durante varios minutos. p.ej. cemento, negro de humo, polvo de tiza, entre otros.

Media

Alta

Tabla 5 Volatilidad Baja Media

Alta

Líquidos Punto de ebullición por arriba de 150°C, con temperatura de operación de 20 a 55 °C. Puntos de ebullición entre 50°C, con temperatura de operación de 20 a 310 °C, y 150°C, con temperatura de operación de 20 a 55 °C. Punto de ebullición por debajo 50°C, con temperatura de operación de 20 a 310 °C....


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