Practica 3.1, Diferencia entre reglas y principios. Teoría del derecho PDF

Title Practica 3.1, Diferencia entre reglas y principios. Teoría del derecho
Course Teoría del Derecho
Institution Universidad de Zaragoza
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Práctica de teoría del derecho sobre la diferenciación entre las reglas y los principios....


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Teoría del derecho 2020‐2021  práctica 3.1 La diferencia entre reglas y principios Extensión de la práctica: entre dos y cuatro páginas Lee los textos que vienen a continuación y contesta brevemente y con tus propias palabras a las siguientes cuestiones Alexy 1. ¿Por qu según el concepto de derecho de Hart y Kelsen puede ocurrir que haya distintas soluciones para un mismo caso? Hart y Kelsen tenían una concepción del derecho positiva. Desde su propia perspectiva, el procedimiento judicial consiste en un método de reglas que se pueden reconocer como normas jurídicas sobre la base de su validez o eficacia. El sistema jurídico es un sistema abierto que provoca cierta confusión, esta es debida a varias razones, como la poca clarificación del lenguaje del derecho o el riesgo de conflicto entre normas y la presencia de casos no regulados. En otras palabras, podemos encontrar dos tipos de casos, en primer lugar, aquellos que no se pueden resolver mediante la aplicación de normas, también denominado como “espacios vacíos”, en estos casos el juez debe llegar a una solución mediante fundamentos extrajurídicos por lo que puede haber más de una solución y en segundo lugar tenemos aquellos que pueden ser resueltos simplemente mediante la aplicación de las reglas. En conclusión, ambos intelectuales decretan que pueda existir más de una solución en un mismo caso como ya hemos podido observar. 2. ¿Qu modelo de derecho propone Dworkin?, ¿Porque crees que con l se supera el problema anterior? Dworkin propone un modelo de principios, en el que se encuentra una respuesta perfecta para cada caso, muy diferente que las teorías positivas expuestas por los anteriores autores. Este sistema además de estar conformado por reglas, lo está también por principios jurídicos. En este modelo y a diferencia del anterior también existe una única respuesta para los casos en el que las reglas determinan que hay más de una respuesta. Este autor, expone que cuando el jurista se enfrenta a un caso con más de una respuesta, puede hacer uso de los principios, son normas más generales, estos le aportan razones a favor y en contra de una decisión, es decir, actúan como mandatos de decisión. 3. ¿Cuáles son las diferencias entre reglas y principios según Dworkin?, ¿y según Alexy? Según Dworkin, las reglas pueden ser destinadas en forma de todo o nada, sin embargo, los principios no, ya que son normas más generales, es decir, si la regla es reconocida, por consiguiente se deben aceptar las consecuencias jurídicas y lo opuesto en el caso contrario, no obstante, los principios, aunque se aprueben, no concretan automáticamente una decisión, sino que aportan como ya he mencionado anteriormente razones a favor o en contra de una resolución. Asimismo, si dos principios chocan se le da una mayor importancia en cuanto a la decisión al principio que tenga un peso mayor sin que el otro principio quede totalmente inválido.

Según Alexy, la diferencia entre las reglas y los principios se encuentra en que los principios son normas que mandan que se ejecute en la mayor medida posible, es decir, son mandatos de optimización que se singularizan en que pueden ser llevados a cabo en diversos grados y en relación con las posibilidades fácticas y jurídicas. A pesar de esto, las reglas por los contrarios son normas que demandan un cumplimiento pleno y que únicamente sean cumplidas o incumplidas sin término medio, estas reglas poseen determinaciones en relación con las posibilidades fácticas y jurídicas. 4. ¿C/mo afectan los principios a la separaci/n entre derecho y moral? La presencia de los principios, por consiguiente, mandatos de optimización, afectan directamente al concepto de derecho. Donde es más claro que afectan, es en los principios constitucionales, como la dignidad humana, la libertad, la democracia, la igualdad, el Estado de Derecho y el Estado social. El carácter de los principios consiste en que estos no son meras normas vagas, sino que gracias a ellos podemos exponer una tarea de optimización, y además actúan en el aspecto jurídico, más concretamente en cuanto al contenido moral, es decir, que otra función de los principios es moral. En definitiva, el problema de la correspondencia entre derecho y moral ha de exponerse en relación con la argumentación jurídica y la moral. Relativo al concepto de principio obtenido por el que provoca la separación, hay que preguntarse si se puede llevar a cabo una teoría de los principios que encuentra para cada caso difícil, una respuesta particular. Aarnio 5. ¿C/mo actúan los principios según Aarnio?, ¿Que ocurre cuando hay un conflicto entre dos principios? En el texto que se nos presenta, Aarnio manifiesta la disimilitud entre la tesis de la demarcación fuerte, en la que se declara que la diferencia principal es cualitativa, frente a la demarcación débil, que muestra que la diferencia no se encuentra en si es cualitativa sino en el grado. Contestando a la primera pregunta, Aarnnio expone que los principios actúan como un guía, que los ayuda a buscar una solución a los problemas acontecidos debido a que, como ya hemos comentado anteriormente son normas más generales, son mandatos de optimización. Asimismo, en el momento que ocurre un conflicto entre principios prevalece ante el otro el que mayor peso tenga ‐desplaza al otro principio‐, en este caso ya no existe un orden jerárquico sino un orden de preferencia....


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