Testamento en Roma PDF

Title Testamento en Roma
Course Derecho romano II
Institution Universidad Autónoma de la Ciudad de México
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TESTAMENTO

Derecho civil

Testamentum calatis comitiis:

Según la opinión doctrinal dominante, no era otra cosa que una adrogatio, es decir, un expediente por el cual el pater que no tenía herederos directos, procuraba uno artificialmente, con el que aseguraba la perpetuidad de su familia.

El paterfamilias, ante los comicios convocados al efecto, declaraba a quien elegía por heredero

Se considera como la figura más antigua del testamento militar. Testamentum in procinctu Según Gayo, era el realizado por aquellos que estuvieran in proelium exituri, es decir, ante el ejército

Formas del testamento o modalidades en los testamentos

En armas. Podía hacerse ante la inminencia de la batalla y, no estando sujeto a la observación de forma alguna.

Testamentum per aes et libram Este modo de testar consiste en la aplicación a las disposiciones por causa de muerte del procedimiento De la mancipatio que, como vimos servía para transmitir la propiedad de las cosas mancipables.

Ambas clases de testamento tenían un acusado carácter público-religioso, pues el primero se hacía bajo la presencia de los pontífices Y el segundo, una vez que el comandante del ejército había tomado los auspicios.

La persona que quería disponer por testamento, transmitía su patrimonio mediante mancipatio a un amigo (familiae emptor= comprador del patrimonio), encargándole oralmente que ejecutase su voluntad respecto a otras personas.

Derecho pretorio Las reglas del testamento de derecho pretorio provienen del testamento per aes est libram.

Así el pretor declaro en un edicto que concedería la bonorum possessio secundum tabulas, a quien presentase las tablas de un testamento selladas y firmadas por siete testigos, que confirmaban la voluntad del disponente, instituyéndole como heredero

Este nuevo testamento fue creado por Teodosio II y Valentiniano III en el 439, continuando en vigor bajo Justiniano

Constituciones imperiales Simplificaron la legislación sobre los testamentos, y de la fusión entre el derecho civil y el derecho pretorio, Nació una nueva forma de testar.

El testador habiendo escrito previamente su testamento sobre las habituales tablillas enceradas, las presentaba cerradas (si quiere que nadie sepa lo que en él se encuentra escrito), o abiertas, ante siete testigos, para que las sellen y suscriban junto con el testador. Estas formalidades debían cumplirse uno contestu, esto es, al mismo tiempo. Si sustituimos la subscrito (poner el nombre junto a los sellos) por la firma moderna, y a uno de los testigos por el Notario, esta forma se asemeja notablemente a la exigida por nuestro código civil

Formas del testamento o modalidades en los testamentos

También podía el testador, en vez de presentar las tablillas, declarar oralmente ante los 7 testigos su última voluntad. En la actualidad

Testamento ológrafo: sin necesidad de testigos. (Sin necesidad de testigos).

Artículo 679. Declarada la ausencia, si hubiere testamento público u ológrafo, la persona en cuyo poder se encuentre lo presentará al juez, dentro de quince días, contados desde la última publicación de que habla el artículo 677. Artículo 680. El juez, de oficio o a instancia de cualquiera que se crea interesado en el testamento ológrafo, abrirá éste en presencia del representante del ausente, con citación de los que promovieron la declaración de ausencia y con las demás solemnidades prescritas para la apertura de esta clase de testamento.

Testamento nuncupativo

En el bajo Imperio Formas del testamento o modalidades en los testamentos

Existía la posibilidad de que se pueda testar oralmente, sosteniendo en la mano tablillas que contienen el nombre del heredero y disposiciones testamentarias El testador habiendo escrito su testamento sobre tablillas, reúne siete testigos, les presenta las tablillas, cerradas en parte si quiere guardar el secreto de sus disposiciones. Posteriormente el testador como los testigos pone su firma debajo de cada testamento, cerrándose después las tablillas, poniendo cada testigo su sello.

En el tiempo de la peste se renunciaba a la presencia simultánea de los testigos necesarios. Testamentos especiales o extraordinarios:

La persona ciega que no sabía escribir podía testar oralmente Testamento en el campo solo se requería cinco testigos.

¿Qué debe contener un testamento? Información básica tales como nombre, dirección y fecha en la cual se firma el testamento, se debe mencionar que es el último testamento y que reemplazará a cualquiera anterior, así como también incluir la fecha en la que cobra vigencia. Mencionar al ejecutor del testamento y documentar que se otorga el derecho de administrar el patrimonio, así como solicitar que el ejecutor pague deudas y gastos finales en su representación. Esto solventará cualquier deuda debida a hipotecas o préstamos. También incluirá gastos e impuestos del funeral. Indicar cómo se van a dividir los activos (dinero, propiedad y pertenencias). Se necesita ser tan específico como sea posible, nombrando al beneficiario (la persona que recibirá el ítem) y el ítem específico. Se debe nombrar un segundo beneficiario en caso de que el primer ejecutor fallezca antes del testador. Si se tiene hijos, es deber listar el nombre de la persona que deseas que los cuide cuando muera (Si hay hijo dependiente, inclusive si ambos padres están aún vivos por si acaso ocurre el peor escenario y ambos se accidentan al mismo tiempo y dinero aparte para sus gastos e incluso fideicomisos), e indicar la edad en la que el hijo puede asumir la responsabilidad del monto de dinero que quede de esta parte. Terminar el testamento indicando cuándo y dónde se firmaste y deberá ser firmado al menos por dos personas que no sean beneficiarios.

¿Cuáles son las causas por las que se puede anular un testamento? Justifique su respuesta. El testamento carece de valor desde el día en que fue hecho, (sea cual fuere la fecha de la muerte del testador y no producirá efecto) cuando: 1.- No se cumplen con las formalidades establecidas por la ley. 2.- Cuando cambia la voluntad del testador.

3.- Por privar la ley de eficacia a algunos actos de última voluntad, dando por caducada la disposición testamentaria; 4.- Cuando el fin que se propone el testador sea ilícito: entonces la voluntad es absoluta. 5.- La nulidad del testamento puede resultar de forma o de vicios de fondo, pero siempre es total: concierne a todos el acto de última voluntad y, por ende, todas las disposiciones contenidas en el mismo quedan privadas de valor y efectos

¿Qué es la revocación de un testamento? Se refiere a la característica del testamento como un acto jurídico revocable, de esta manera el anterior queda revocado o anulado de pleno derecho por uno posterior, en todo o en parte de acuerdo a los deseos del testador. Esta revocación producirá sus efectos aunque el segundo testamento caduque por la incapacidad o renuncia del heredero o de los legatarios nuevamente nombrados El testador tiene el derecho de revocar su testamento en cualquier momento, pudiendo retractarse hasta el último día de su vida. El surgimiento del nuevo testamento deja sin efectos el testamento anterior, pues sería ilógico que existieran dos testamentos de una misma persona.

REFERENCIAS

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