2. Identificación DE Tercero PDF

Title 2. Identificación DE Tercero
Author tefa luniita
Course Derecho Notarial II
Institution Universidad de San Carlos de Guatemala
Pages 18
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RAGM—201113027 GRUPO#7

IDENTIFICACIÓN DE TERCERO

RAGM—201113027 GRUPO#7

1 ACTA NOTARIAL DE REQUERIMIENTO

RAGM—201113027 GRUPO#7 ACTA NOTARIAL DE REQUERIMIENTO. En la ciudad de Guatemala, siendo las ocho horas del día dieciocho de febrero del año dos mil veinte, YO: JESSICA ALEJANDRA CASTILLO RIVERA, NOTARIO, me encuentro constituido en mi oficina profesional ubicado en la sexta avenida cero guion sesenta, centro comercial de la zona cuatro, torre profesional dos, oficina doscientos tres A, de esta ciudad capital, soy requerida por los señores: ROXANA MARISOL HERNANDEZ ESTRADA de cuarenta y dos años de edad, soltera, comerciante, guatemalteca, de este domicilio, quien se identifica con el documento personal de identificación con código único de identificación: dos mil ciento ochenta y uno espacio treinta y ocho mil trescientos cuarenta y dos espacio cero ciento uno; extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala. Elrequirente me asegura hallarse en el libre ejercicio de sus derechos civiles y ser de los datos de identificación anteriormente consignados y requiere mis servicios a efecto de que se tramite ante mis oficios LAS DILIGENCIAS VOLUNTARIAS DE IDENTIFICACIÓN DE TERCERO, de su señora MADRE de nombre: ELVIRA DEL CARMEN ESTRADA RIVERA, procediéndose de la forma siguiente: PRIMERO: Manifiesta la requirente que la señora ELVIRA DEL CARMEN ESTRADA RIVERA, nació el día veinte de enero de mil novecientos cincuenta y uno ; y falleció el día veintidós de enero de dos mil veinte, según consta en las respectivas certificaciones extendidas por el Registro Nacional de las Personas. La señora ELVIRA DEL CARMEN ESTRADA RIVERA quien se identificaba constante y públicamente como ELVIRITA DEL CARMEN ESTRADA RIVERA para que notarialmente declare la notoriedad de dicho nombre. SEGUNDO: Manifiesta la requirente que para comprobar lo expuesto anteriormente presenta los siguientes documentos: a) Certificado de nacimiento, de la señora ELVIRA DEL CARMEN ESTRADA RIVERAextendida por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala; b) Certificación de la partida de defunción de la señora ELVIRA DEL CARMEN ESTRADA RIVERA extendida por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala, el día veintidós de enero del dos mil veinte; c) Certificación de la partida de nacimiento de la señora ROXANA MARISOL HERNANDEZ ESTRADA, extendida por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala, con fecha nueve de marzo de mil novecientos setenta y ocho.

RAGM—201113027 GRUPO#7 TERCERO: Con base a lo anterior, la me solicita: a) Que se tengan por presentados los documentos identificados; b) Que se realicen las publicaciones de ley;c) Que oportunamente se declare la notoriedad;d) Que se remita la certificación del acta de notoriedad al Registro Nacional de las Personas; d) Que se remita el expediente al Archivo General de Protocolos. No habiendo nada más que hacer constar, finalizo la presente treinta minutos después del inicio en el mismo lugar y fecha de su inicio, la cual se encuentra contenida en una hoja de papel bond a la que adhiero un timbre fiscal de cincuenta centavos y un timbre notarial de diez quetzales. Leo íntegramente lo escrito a la requirente y enterada de su contenido, objeto, validez y efectos legales, la acepta, ratifica y firma. Doy fe.

F._____________

Ante mí: Firma y sello del Notario Impuesto: Timbre Notarial Q.10.00 y un timbre fiscal de Q.0.50 por cada hoja

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2 PRIMERA RESOLUCIÓN

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BUFETE PROFESIONAL DE LA NOTARIO, JESSICA ALEJANDRA CASTILLO RIVERA; UBICADO EN LA SEXTA AVENIDA CERO GUION SESENTA, CENTRO COMERCIAL DE LA ZONA CUATRO, TORRE PROFESIONAL DOS, OFICINA DOSCIENTOS TRES A, DE ESTA CIUDAD DE GUATEMALA, VEINTICUATRO DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTE.---------------------------------------------------------I. Se tiene por promovidas e iniciadas las Diligencias Voluntarias Extrajudiciales de IDENTIFICACIÓN DE TERCERO, promovidas por la señora ROXANA MARISOL HERNANDEZ ESTRADA. II. Por ofrecidos los documentos presentados. III. Publíquese el edicto correspondiente, citando a los que tienen interés. VI. Oportunamente, faccionese el Acta Notarial de Notoriedad que en derecho corresponda. V. Remítase el expediente al Director del Archivo General de Protocolos. Artículos: 66 al 79, 128, 178, 401, 402, 403, 440, 441, 442 del Decreto Ley 107, Código Procesal Civil y Mercantil; Artículo 70 de la ley del Registro Nacional de las Personas. NOTIFÍQUESE-----------------------------------------------------

f.____________________________ Firma y sello del Notario

Impuesto: dos timbres notariales de Q.1.00 para cubrir el impuesto de Q.2.00

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3 NOTIFICACIÓN

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En la ciudad de Guatemala, el treinta de enero del dos mil veinte, siendo las once horas en punto, en la once calle diez guión setenta y tres zona uno, del municipio y departamento de Guatemala, NOTIFIQUÉ a: la señora BLANCA ODILIA MOSCOSO GARCÍA, el contenido de la resolución notarial con fecha de hoy, y le entregue copia de la misma, quien enterada sí firmó. DOY FÉ. Firma de la señora Firma y sello del notario.

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4 PUBLICACIÓN DEL EDICTO EN EL DIARIO OFICIAL

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BLANCA ODILIA MOSCOSO GARCÍA, promovió ante mis oficios la diligencia coluntaria extrajudiciales de IDENTIFICACIÓN DE TERCERO del señor ÁNGEL EDUARDO MOSCOSO MONTOYA. Quien en vida también utilizo los nombres de ÁNGEL EDUARD MOSCOSO MONTOYA y ANGEL MOSCOSO MONTOYA . En cumplimiento de la ley, se hace esta publicación. Guatemala, 25 de abril del 2,020, en la 11 calle 10-73 zona 1, ciudad de Guatemala. Guatemala, 26 de marzo del 2,020.- ROSA ALEJANDRA GARCÍA MIRANDA. Abogada y Notaria, Col. Xxxxxx.

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5 Acta notarial de notoriedad

RAGM—201113027 GRUPO#7 En la ciudad de Guatemala, el día veintiséis de marzo del dos mil veinte, siendo las diez horas con veinte minutos, yo, ROSA ALEJANDRA GARCÍA MIRANDA, Notaria, constituida en mi oficina profesional en la once calle diez guión setenta y tres zona uno, del municipio y departamento de Guatemala, a requerimiento de la señora BLANCA ODILIA MOSCOSO GARCÍA, de cuarenta y nueve años de edad, soltera, Perito Contador, guatemalteca, de este domicilio, quien se identifica con el Documento Personal de Identificación -DPI- con Código Único de Identificación -CUI- mil ochocientos veintiuno espacio cuarenta y cinco mil quinientos catorce espacio cero ciento uno (1821 45514 0101), extendida por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala. La requirente actúa en nombre propio y el objeto de la rogación es para solicitar la Autorización del ACTA NOTARIAL DE NOTORIEDAD, del nombre de su señor padre ANGEL EDUARDO MOSCOSO MONTOYA, motivo por el cual procedo de la manera siguiente: PRIMERO: ANTECEDENTES: Bajo juramento prestado de conformidad con la ley, y debidamente enterada de lo relativo a la pena por el delito de falso testimonio, declara la requirente que su señor padre ÁNGEL EDUARDO MOSCOSO MONTOYA, falleció el treinta de noviembre del dos mil diecinueve, habiendo usado y fue reconocido en forma pública y constante, también con los nombres de: ÁNGEL EDUARD MOSCOSO MONTOYA y ANGEL MOSCOSO MONTOYA, además del que aparece inscrito en su Certificado de Nacimiento en el Registro Nacional de las Personas de las Personas de la República de Guatemala, respectivo. SEGUNDO: La requirente acreditó el interés con que actúa mediante la siguiente documentación: a). Certificación de la partida de nacimiento número tres mil cuatrocientos ochenta y uno (3481), folio veintiuno (21), del libro treinta y tres (33) extendida por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala, correspondiente al difunto; b). Certificación de defunción de la partida número tres mil doscientos uno (3201), Folio: seiscientos siete (607), del libro doscientos tres (203), extendida por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala, correspondiente al fallecido ÁNGEL EDUARDO MOSCOSO MONTOYA; y c). Fotocopia autentica de la Certificación de la partida número treinta y ocho (38), folio: trescientos veintitrés (323), del libro ochenta y uno (81), extendida por el Registro Nacional de las Personas, correspondiente a la requirente. Asimismo, en este acto entrega al suscrito la publicación del Diario de Centroamérica, de fecha veinticinco de febrero del dos mil veinte, que contiene la publicación del edicto que ordena la ley. TERCERO: Se encuentran asimismo presentes, como testigos, los señores MISAEL PAZ ROSALES, y MARTA PATRICIA GALEANO PAZ, a quienes juramento de conformidad con la siguiente fórmula: ¿Prometen, bajo juramento, decir la verdad en la que fueren preguntado?, Responden: SÍ, bajo juramento, prometemos decir la verdad, por lo que les hago saber lo relativo a la pena por el delito de perjurio, por lo que declaran llamarse exactamente como quedó apuntado y ser de los datos de identificación personales siguientes: MISAEL PAZ ROSALES, de veintinueve años de edad, soltero, estudiante, guatemalteco, de este domicilio, de mi conocimiento; MARTA PATRICIA GALEANO PAZ, de treinta dos años de edad, casada, secretaria, guatemalteca, de este domicilio, quien se identifica con el Documento Personal de Identificación -DPI- con Código Único de Identificación -CUI- mil trescientos veintinueve espacio cuarenta y cinco mil seiscientos setenta y ocho espacio cero ciento uno (1329 45678 0101), extendida por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala. Examinados uno en pos de otro. DECLARAN: Que son parientes dentro de los grados de ley del señor ÁNGEL EDUARDO MOSCOSO MONTAYA, que no tienen interés directo en este asunto, que no son trabajadores domésticos, dependientes, acreedores, ni deudores de la requirente, y que tienen relación con la requirente y la difunta, y que conocieron indistintamente al señor ÁNGEL EDUARDO MOSCOSO MONTOYA, constándoles que en forma indistinta utilizó los nombres de ÁNGEL EDUARD MOSCOSO MONTOYA y ANGEL MOSCOSO MONTOYA, contándoles dicha circunstancia porque la conocieron y trataron durante toda su vida con ella. CUARTO: La infrascrita Notaria, con base en los documentos relacionados, las declaraciones testimoniales que constan en el punto anterior y por no existir oposición, declara la notoriedad de la identificación justificada suficiente a su juicio de la identificación de tercero del

RAGM—201113027 GRUPO#7 nombre del señor ÁNGEL EDUARDO MOSCOSO MONTAYA, y como consecuencia, que ese nombre y los de ÁNGEL EDUARD MOSCOSO MONTOYA y ANGEL MOSCOSO MONTOYA, corresponden e identifican a la misma persona, por lo que el Registrador Civil del Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala, deberá hacer las anotaciones en las inscripciones de la Certificación de la partida de nacimiento número tres mil cuatrocientos ochenta y uno (3481), folio veintiuno (21), del libro treinta y tres (33) extendida por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala, correspondiente al difunto; Certificación de defunción de la partida número tres mil doscientos uno (3201), Folio: seiscientos siete (607), del libro doscientos tres (203), extendida por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala, correspondiente al fallecido ÁNGEL EDUARDO MOSCOSO MONTOYA. Termino la presente, en el mismo lugar y fecha de su inicio, treinta minutos después, y leo lo escrito a los requirentes, quienes enterados de su contenido, objeto, validez, efectos legales de compulsar y certificar esta acta con su duplicado para la inscripción y anotaciones, lo aceptan, ratifican y firman, quedando la presente comprendida en una hoja de papel bond tamaño oficio, impresa de lado anverso y reverso, misma que número, sello y firmo. DOY FE.

Firma de la requirente, firma del testigo 1, firma de la testigo 2 ANTE MÍ. Firma y sello del Notario

Impuesto: Timbre Notarial de Q.10.00 y un timbre fiscal de Q.0.50 por cada hoja.

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6 Certificación del Acta Notarial de Notoriedad al RENAP

La infrascrita Abogada y Notaria ROSA ALEJANDRA GARCÍA MIRANDA, colegiada: xxxxxx, certifica que ha tenido a la vista las diligencias de identificación de tercero del señor ÁNGEL EDUARDO MOSCOSO MONTOYA, radicas ante mis oficios profesionales por la señora BLANCA

RAGM—201113027 GRUPO#7 ODILIA MOSCOSO GARCÍA, dentro de las cuales aparece el Acta de Notoriedad que compulsada literalmente dice: “En la ciudad de Guatemala, el día veintiséis de marzo del dos mil veinte, siendo las diez horas con veinte minutos, yo, ROSA ALEJANDRA GARCÍA MIRANDA, Notaria, constituida en mi oficina profesional en la once calle diez guión setenta y tres zona uno, del municipio y departamento de Guatemala, a requerimiento de la señora BLANCA ODILIA MOSCOSO GARCÍA, de cuarenta y nueve años de edad, soltera, Perito Contador, guatemalteca, de este domicilio, quien se identifica con el Documento Personal de Identificación -DPI- con Código Único de Identificación CUI- mil ochocientos veintiuno espacio cuarenta y cinco mil quinientos catorce espacio cero ciento uno (1821 45514 0101), extendida por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala. La requirente actúa en nombre propio y el objeto de la rogación es para solicitar la Autorización del ACTA NOTARIAL DE NOTORIEDAD, del nombre de su señor padre ANGEL EDUARDO MOSCOSO MONTOYA, motivo por el cual procedo de la manera siguiente: PRIMERO: ANTECEDENTES: Bajo juramento prestado de conformidad con la ley, y debidamente enterada de lo relativo a la pena por el delito de falso testimonio, declara la requirente que su señor padre ÁNGEL EDUARDO MOSCOSO MONTOYA, falleció el treinta de noviembre del dos mil diecinueve, habiendo usado y fue reconocido en forma pública y constante, también con los nombres de: ÁNGEL EDUARD MOSCOSO MONTOYA y ANGEL MOSCOSO MONTOYA, además del que aparece inscrito en su Certificado de Nacimiento en el Registro Nacional de las Personas de las Personas de la República de Guatemala, respectivo. SEGUNDO: La requirente acreditó el interés con que actúa mediante la siguiente documentación: a). Certificación de la partida de nacimiento número tres mil cuatrocientos ochenta y uno (3481), folio veintiuno (21), del libro treinta y tres (33) extendida por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala, correspondiente al difunto; b). Certificación de defunción de la partida número tres mil doscientos uno (3201), Folio: seiscientos siete (607), del libro doscientos tres (203), extendida por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala, correspondiente al fallecido ÁNGEL EDUARDO MOSCOSO MONTOYA; y c). Fotocopia autentica de la Certificación de la partida número treinta y ocho (38), folio: trescientos veintitrés (323), del libro ochenta y uno (81), extendida por el Registro Nacional de las Personas, correspondiente a la requirente. Asimismo, en este acto entrega al suscrito la publicación del Diario de Centroamérica, de fecha veinticinco de febrero del dos mil veinte, que contiene la publicación del edicto que ordena la ley. TERCERO: Se encuentran asimismo presentes, como testigos, los señores MISAEL PAZ ROSALES, y MARTA PATRICIA GALEANO PAZ, a quienes juramento de conformidad con la siguiente fórmula: ¿Prometen, bajo juramento, decir la verdad en la que fueren preguntado?, Responden: SÍ, bajo juramento, prometemos decir la verdad, por lo que les hago saber lo relativo a la pena por el delito de perjurio, por lo que declaran llamarse exactamente como quedó apuntado y ser de los datos de identificación personales siguientes: MISAEL PAZ ROSALES, de veintinueve años de edad, soltero, estudiante, guatemalteco, de este domicilio, de mi conocimiento; MARTA PATRICIA GALEANO PAZ, de treinta dos años de edad, casada, secretaria, guatemalteca, de este domicilio, quien se identifica con el Documento Personal de Identificación -DPI- con Código Único de Identificación -CUI- mil trescientos veintinueve espacio cuarenta y cinco mil seiscientos setenta y ocho espacio cero ciento uno (1329 45678 0101), extendida por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala. Examinados uno en pos de otro. DECLARAN: Que son parientes dentro de los grados de ley del señor ÁNGEL EDUARDO MOSCOSO MONTAYA, que no tienen interés directo en este asunto, que no son trabajadores domésticos, dependientes, acreedores, ni deudores de la requirente, y que tienen relación con la requirente y la difunta, y que conocieron indistintamente al señor ÁNGEL EDUARDO MOSCOSO MONTOYA, constándoles que en forma indistinta utilizó los nombres de ÁNGEL EDUARD MOSCOSO MONTOYA y ANGEL MOSCOSO MONTOYA, contándoles dicha circunstancia porque la conocieron y trataron durante toda su vida con ella. CUARTO: La infrascrita Notaria, con base en los documentos relacionados, las declaraciones testimoniales que constan en el punto anterior y por no existir oposición, declara la

RAGM—201113027 GRUPO#7 notoriedad de la identificación justificada suficiente a su juicio de la identificación de tercero del nombre del señor ÁNGEL EDUARDO MOSCOSO MONTAYA, y como consecuencia, que ese nombre y los de ÁNGEL EDUARD MOSCOSO MONTOYA y ANGEL MOSCOSO MONTOYA, corresponden e identifican a la misma persona, por lo que el Registrador Civil del Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala, deberá hacer las anotaciones en las inscripciones de la Certificación de la partida de nacimiento número tres mil cuatrocientos ochenta y uno (3481), folio veintiuno (21), del libro treinta y tres (33) extendida por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala, correspondiente al difunto; Certificación de defunción de la partida número tres mil doscientos uno (3201), Folio: seiscientos siete (607), del libro doscientos tres (203), extendida por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala, correspondiente al fallecido ÁNGEL EDUARDO MOSCOSO MONTOYA. Termino la presente, en el mismo lugar y fecha de su inicio, treinta minutos después, y leo lo escrito a los requirentes, quienes enterados de su contenido, objeto, validez, efectos legales de compulsar y certificar esta acta con su duplicado para la inscripción y anotaciones, lo aceptan, ratifican y firman, quedando la presente comprendida en una hoja de papel bond tamaño oficio, impresa de lado anverso y reverso, misma que número, sello y firmo. DOY FE.” aparecen tres firmas ilegibles, la palabra “ANTE MÍ”, firma ilegible, impresión de sello en que se lee ROSA ALEJANDRA GARCÍA MIRANDA, Abogada y Notaria. Para efectos de anotación e inscripción den la partida de nacimiento Certificación de la partida de nacimiento número tres mil cuatrocientos ochenta y uno (3481), folio veintiuno (21), del libro treinta y tres (33) extendida por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala, correspondiente al difunto; Certificación de defunción de la partida número tres mil doscientos uno (3201), Folio: seiscientos siete (607), del libro doscientos tres (203), extendida por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala. Extiendo, numero, sello y firmo la presente certificación, contenida en una hoja de papel bond, tamaño oficio. En la ciudad de Guatemala, veintiséis de marzo del dos mil veinte. Firma y sello de la Notaria.

Impuesto: timbre fiscal de Q0.50 solo este, este timbre no debe ser inhabilitado o cancelado por el Notario, sino que corresponde hacerlo al Registrador Civil, una vez opere la inscripción. NOTA: El duplicado debe ir enumerado, sellado y firmado en original (no lleva timbre fiscal o notarial).

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7 REMISIÓN DEL EXPEDIENTE AL AGP

SEÑORA DIRECTOR DEL ARCHIVO GENERAL DE PROTOCOLOS.

RAGM—201113027 GRUPO#7 Para los efectos de ley, y con la finalidad de dar cumplimiento a lo regulado en el Artículo 78 del Código de Notariado, remito el expediente de...


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