73510 Solex 170620 2019 2 PDF

Title 73510 Solex 170620 2019 2
Author Estefanía León
Course Derecho constitucional
Institution Universitat Oberta de Catalunya
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SOLEX 2019...


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73.510 – SISTEMA CONSTITUCIONAL ESPAÑOL Semestre Feb – Jun 20

Criterios de solución de los exámenes

SOLEX 2020_06_17 Sección A: Parte Teórica (4 punts) I. Indica si las siguientes afirmaciones son verdaderas o falsas, y justifica por qué en un máximo de cinco líneas para cada pregunta (2 puntos). 1. La Constitución española establece un sistema autonómico abierto e incompleto. Cierto. El Título VIII de la Constitución no fija un modelo autonómico cerrado y con una regulación de detalle. No precisa cuántas Comunidades autónomas habrá, ni cuáles serán. Tampoco establece un sistema institucional preciso (más allá de lo dispuesto en el artículo 152 CE), ni precisa las competencias que se reconocerán a cada Comunidad autónoma, etc. En virtud del principio dispositivo se deja que sean las Comunidades autónomas que se constituyan, en los respectivos Estatutos de autonomía que se aprueben, quienes complementen la Constitución en todas estas decisiones. 2. El parlamentarismo en España es muy equilibrado, dado que el Congreso y el Senado tienen las mismas funciones. Falso. El parlamentarismo en España es imperfecto o asimétrico, ya que el Congreso de los Diputados y el Senado tienen un peso muy distinto, diferencia que es favorable al Congreso. Hay procedimientos en los que solo interviene el Congreso (investidura, moción de censura, cuestión de confianza). En el caso del procedimiento legislativo, que intervienen ambas cámaras, en caso de divergencia prevalece el Congreso. Únicamente en tres casos tiene funciones equivalentes, y sólo en un caso interviene únicamente el Senado: el artículo 155 CE. 3. Hablamos de constitución rígida cuando para reformar una constitución se exige que se siga en el Parlamento el procedimiento legislativo ordinario. Falso. Para poder hablar de constitución rígida es necesario que el procedimiento de reforma exija procedimientos (y quórums) diferentes y más agravados y complejos que los propios del procedimiento legislativo ordinario. Es característico, en cambio, de las constituciones llamadas flexibles poder ser reformadas siguiendo el procedimiento legislativo ordinario, al no contemplarse otro procedimiento específico para su reforma. 4. Como el rey es irresponsable, alguien debe hacerse cargo de la responsabilidad de sus actos, y la Constitución española prevé un mecanismo para lograr esto. Cierto. El artículo 56.3 CE establece la irresponsabilidad del Rey y que sus actos estarán refrendados. El refrendo es, por tanto, un instrumento que permite que otro asuma la responsabilidad (quien refrenda, sea el presidente del Gobierno, los ministros o, en su caso, el presidente del Congreso según art. 64 CE). Solo en un par de casos del art. 65 CE no se exige el refrendo. El refrendo puede ser de varios tipos: expreso, tácito o presunto.

73.510 – SISTEMA CONSTITUCIONAL ESPAÑOL Criterios de solución de los Exámenes II. Lee el siguiente texto y, en un máximo de 20 líneas, explica a qué se refiere el TC cuando dice que la autonomía no es soberanía, que incluso la soberanía tiene sus límites y que el principio de autonomía no puede oponerse al de unidad; explica igualmente a qué entes reconoce autonomía la Constitución, y si la autonomía es siempre igual para todos los entes que la tienen reconocida (2 puntos): "Ante todo, resulta claro que la autonomía hace referencia a un poder limitado. En efecto, autonomía no es soberanía -y aun este poder tiene sus límites-, y dado que cada organización territorial dotada de autonomía es una parte del todo, en ningún caso el principio de autonomía puede oponerse al de unidad, sino que es precisamente dentro de éste donde alcanza su verdadero sentido, como expresa el art. 2 de la Constitución" (STC 4/1981, FJ 3). El TC subraya, en este fundamento jurídico, la distinción entre autonomía y soberanía. Aquella es en sí misma limitada, porque el ente que goza de autonomía se halla incardinado dentro de un ente mayor. Por tanto, está sometido al marco jurídico que este establece y no puede excederse de los límites marcados. Por ello, la autonomía de una parte no puede comprometer la unidad del conjunto. Tradicionalmente el concepto de soberanía (que actualmente recae en el pueblo ex art. 1.2 CE) se consideraba ilimitado, pero esto no es así en la actualidad. Así, por ejemplo, estados como España pertenecen a la Unión Europea. Por ello, no emiten su propia moneda, están sometidos a límites y restricciones cuando elaboran su presupuesto, integran en su ordenamiento jurídico normas que proceden de instituciones europeas, acatan sentencias de órganos jurisdiccionales situados fuera de sus fronteras. La soberanía, por tanto, es un concepto que ha evolucionado en el tiempo, con un contenido y alcance distinto del reconocido hace unos siglos. El artículo 2 CE nos habla del derecho a la autonomía de nacionalidades y regiones. El artículo 137 CE da un paso más y distingue municipios, provincias y Comunidades autónomas, todos entes que gozan de “autonomía para la gestión de sus respectivos intereses”. Son dos tipos de autonomía: la local (municipios y provincias) y la política (Comunidades autónomas). Ésta última es más intensa: las Comunidades autónomas aprueban leyes y tiene una serie de competencias relevantes aseguradas en su Estatuto. La autonomía local, en cambio, tiene un recorrido menor y depende del que en cada momento indiquen las leyes estatales y autonómicas de régimen local.

Sección B: Parte Práctica (6 puntos) Imagina que se han celebrado unas elecciones generales, y que por tanto hay que proceder después a la elección de un nuevo presidente del Gobierno. Responde a las siguientes preguntas de la manera más argumentada y detallada posible: 1. El candidato a presidente del Gobierno, ¿debe ser miembro del Congreso o del Senado? ¿Quién debe votar a este candidato a presidente? En la Constitución no se exige expresamente que el candidato deba pertenecer al Congreso o el Senado: no se establece tal requisito. Sin embargo, habitualmente, en la práctica, acostumbra a ser un diputado aunque el artículo 99 de la CE solo habla de candidato, sin otra precisión. Es distinto de lo que acontece en el ámbito autonómico, dónde el candidato a presidente autonómico tiene que pertenecer a la cámara legislativa porqué así lo establece el artículo 152.1 CE.

2 Semestre Feb – Jun19

73.510 – SISTEMA CONSTITUCIONAL ESPAÑOL Criterios de solución de los Exámenes Quien debe votar al candidato es el Congreso, por mandato del artículo 99 CE. Por tanto, se excluye al Senado de toda intervención en el procedimiento de investidura. Ello viene a ser una expresión del carácter asimétrico de nuestro sistema parlamentario, donde se establece un claro predominio del Congreso. 2. ¿Qué votaciones y con qué mayorías se prevén para elegir al presidente del Gobierno? ¿Puede el Rey escoger si quiere nombrar o no al presidente del Gobierno que haya sido elegido? El Congreso vota y, para salir elegido el candidato a presidente, el artículo 99.3 CE exige mayoría absoluta en primera vuelta. Ello implica que la fuerza política a la que el candidato se adscriba, si no goza de mayoría absoluta de escaños en el Congreso de los Diputados (176) tendrá que llegar a acuerdos con otras fuerzas para alcanzar el mínimo de votos favorables. Caso que no se llegue a esta mayoría absoluta, 48 horas después se hará una nueva votación, en la que el artículo 99.3CE exige mayoría simple por investir al candidato, esto es, más votos a favor que en contra, sin tener en cuenta abstenciones ni ausencias. Con ello se quiere facilitar la investidura en segunda vuelta. Si tampoco se alcanza tal mayoría, el artículo 99.4 CE establece que se tramitarán sucesivas propuestas en los términos indicados hasta que, según el artículo 99.5 CE, a los dos meses desde la primera votación sin alcanzar las mayorías necesarias, se disolverán las cámaras y se celebrarán elecciones. El Rey no puede decidir si quiere nombrar o no como presidente al candidato elegido por el Congreso. Se trata de un acto debido. El Rey no es elegido y tampoco es responsable de sus actos (art. 56 CE) por lo que, como regla general, solo se le reconocen funciones simbólicas y representativas. Tiene que limitarse a actuar como le exigen los poderes correspondientes, firmando y emitiendo el acto que estos decidan, sin que su voluntad cuente. Y es por ello que, además, sus actos son refrendados por otros (con las excepciones puntuales establecidas en el artículo 65 CE). 3. Una vez nombrado el presidente del Gobierno y durante la legislatura, ¿podría el Congreso conseguir cesar al presidente? En caso afirmativo, explica cómo y con qué requisitos. Y el Senado, ¿podría conseguirlo? El Congreso de los Diputados sí que podría cesar al presidente. En el parlamentarismo existe una relación de confianza entre parlamento y gobierno, que nace con la investidura y puede acabar durante la legislatura. Esta ruptura puede dar lugar si, en primer lugar, se presenta una moción de censura y el Congreso la aprueba. El artículo 113 CE establece que la moción de censura se aprueba si votan a favor la mayoría absoluta de los diputados. Con esta exigencia de mayoría reforzada se quiere proteger la posición del presidente. Pero si se alcanza esta mayoría, el presidente tiene que dimitir y será sustituido por la persona que la moción de censura incorpore como candidato alternativo (art. 114 CE). Estamos, pues, ante una moción de censura de tipo constructivo, que incorpora un mecanismo de sustitución de un presidente por otro, parecida a la regulación alemana. En segundo lugar, la ruptura de la confianza puede darse porque el Congreso no apruebe la cuestión de confianza presentada por el presidente del Gobierno. Según establece el art. 112 CE, el presidente puede, si lo desea, presentar la cuestión (solo se exige deliberación del Consejo de ministros, en el sentido de comunicar su decisión) a fin de constatar si el Congreso aún deposita su confianza en el presidente. El presidente hará una declaración política general o bien explicará su programa, y se vota. Si por mayoría simple obtiene la confianza, saldrá reforzado; si el Congreso deniega la confianza, deberá dimitir y se iniciará un proceso de investidura (art. 114 CE).

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73.510 – SISTEMA CONSTITUCIONAL ESPAÑOL Criterios de solución de los Exámenes El Senado no interviene en ninguno de estos procedimientos (art. 112 a 114 CE). Por tanto, el Senado no puede cesar al Presidente del Gobierno, ni tampoco interviene en su investidura. 4. Si durante la legislatura el presidente del Gobierno así lo quisiera, ¿podría disolver anticipadamente el Congreso y el Senado? ¿Con qué requisitos y límites? ¿Podría disolver sólo una de las dos cámaras? Sí que podría disolver anticipadamente. El artículo 115 CE le concede esta facultad de disolución anticipada, que es discrecional del presidente (solo se exige deliberación del Consejo de Ministros, esto es, que lo comunique). La CE permite al presidente disolver solo una de las cámaras (la que quiera) o ambas, que es lo habitual. El Rey firmará el decreto de disolución (es un acto debido por el Rey, por lo que no procede decidir si quiere o no) y en el decreto se fijará fecha de las elecciones. Existen límites al ejercicio de tal facultad por parte del presidente. El art. 115 CE señala que no será procedente cuando se esté tramitando una moción de censura (en tal caso, el presidente podría evitar que ésta prospere o presionar a los diputados) ni cuando haga solo un año desde la última disolución (para conceder un mínimo de estabilidad al Parlamento). La posibilidad de que el presidente pueda disolver anticipadamente el Parlamento es una muestra de parlamentarismo racionalizado. No solo el Parlamento puede tramitar acciones contra el presidente (moción de censura, cuestión de confianza) sino también el presidente tiene, como contrapeso, un instrumento frente al Parlamento. Lo puede usar bien porque la relación gobierno-parlamento haya empeorado y no pueda tramitar ciertas iniciativas (pasando el conflicto en manos de los electores) o bien para avanzar las elecciones en el momento que el presidente estime que puede ser más favorable a los intereses electorales de su formación política.

4 Semestre Feb – Jun19...


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