CARACTERISTICAS DE LAS NORMAS PDF

Title CARACTERISTICAS DE LAS NORMAS
Author Katherine Romero
Course Derecho Procesal Familiar
Institution Universidad Autónoma de Querétaro
Pages 2
File Size 91.3 KB
File Type PDF
Total Downloads 70
Total Views 162

Summary

ESTOS DOCUMENTOS PRESENTES SON ALGUNAS TAREAS QUE LOS PROFESORES DE LA LICENCIATURA EN DERECHO OSEA (INTRODUCCION AL DERECHO) HAN PEDIDO ESPERO LES SIRVA(:...


Description

CARACTERÍSTICAS DE LAS NORMAS.

UNILATERALIDAD: La unilateralidad es la cualidad de aquello que se refiere a un solo aspecto o viene de una sola parte. Se diferencia principalmente de la bilateralidad. En el ámbito del Derecho se habla, por ejemplo, del testamento como un acto jurídico unilateral: es el causante quien lo realiza. Las normas unilaterales son aquellas que únicamente confieren obligaciones. BILATERALIDAD: Consiste en que la norma jurídica al mismo tiempo que impone deberes, también concede derechos a uno o varios sujetos. ... Esta característica se opone a la unilateralidad que consiste en que frente al sujeto a quien obligan las normas, no existe otro autorizado para exigir su cumplimiento. Las normas bilaterales son aquellas que al mismo tiempo que confieren derechos, también conceden obligaciones. INTERIORIDAD: Consiste en el cumplimiento de la norma efectuada con pleno convencimiento del sujeto sin importar el interés de los demás. Se dice que las normas son interiores cuando regulan la intención o convicción del ente que tiene que cumplir la norma.

EXTERIORIDAD: La norma jurídica únicamente toma en cuenta la adecuación externa de la conducta con el deber estatuido en la norma, sin importarle la intención o convicción del sujeto obligado; se opone a la Interioridad en la cual el cumplimiento del deber no se realiza solo d acuerdo con la norma, sino conforme a los principios y convicciones del obligado.

Se dice que las normas son exteriores cuando regulan una conducta visible, prescindiendo de la intención o convicción del ente que tiene que cumplir la norma. INCOERCIBILIDAD: Este termino en la actualidad se encuentra desusado, se entiende por incoercibilidad hace alusión como la carencia o la falta de coercibilidad que en el ámbito de derecho se dice en emplear o usar la fuerza en caso de una violación de la ley o precepto y la credibilidad de un derecho. Se dice que estamos en presencia de una norma incoercible, cuando el cumplimiento de la norma es voluntario. COERCIBILIDAD: Esta característica consiste en que el Estado tiene la posibilidad de aplicar por medio de la fuerza pública una sanción si la persona se niega a acatar; a esta se le opone la incoercibilidad que consiste en que la norma se ha de cumplir de manera espontánea, no puede obligarse a las personas a que la cumplan por medio de la fuerza judicial. La sanción es un daño o mal que sobreviene por el incumplimiento de una norma y desde ese punto de vista todas las normas tienen sanción, sin embargo, solo las jurídicas cuentan con coercibilidad Estamos en presencia de una norma coercible, cuando el cumplimiento se puede exigir a través de un tercero....


Similar Free PDFs