Concepto y objeto de la Criminología PDF

Title Concepto y objeto de la Criminología
Author Lucía Arráez
Course Introduccion A La Criminologia
Institution UNED
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Resumen tema 1...


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CONCEPTO Y OBJETO DE LA CRIMINOLOGÍA. I.

CONCEPTO DE CRIMINOLOGÍA.

La consideración de la Criminología como ciencia independiente del Derecho penal se le debe a  la Escuela positiva. De los diferentes conceptos de Criminología, el elemento común a todos ellos es  conocimiento científico del delito. Desde un punto de vista etimológico, la Criminología es  la ciencia del delito. Desde un punto de vista etiológico (concepción clásica  Sutherland), la Criminología es considerada  el cuerpo de conocimientos sobre el delito como fenómeno social. La Criminología crítica define la Criminología como  la teoría de la desviación y el control social. Desde una perspectiva restringida, la Criminología se ocuparía de  la investigación empírica del delito y de la personalidad del delincuente. Desde una perspectiva más amplia, la Criminología se define como la ciencia que analiza los comportamientos delictivos y las reacciones sociales frente a ellos. II.

OBJETO DE LA CRIMINOLOGÍA. En un concepto restringido de Criminología, sus objetos serían: Delito. Delincuente. La ejecución de las penas.  Se aborda el delito como un hecho individual. En un concepto amplio de Criminología, sus objetos de estudio son: Delito. Delincuente. Víctima. El control social del comportamiento desviado. Se aborda el delito como un hecho individual y social.

El delito. El concepto de delito es cambiante y complejo, pues experimenta modificaciones de acuerdo con las transformaciones que se producen en la sociedad. La sociedad considera delito  las conductas contrarias al orden social establecido.

El delito es un concepto multidimensional que está apoyado en tres pilares  la ley, la moral y la sociedad. Para que una conducta sea considerada delito, deben darse las siguientes condiciones: Debe ser reprochable e interpretado como ilegal. Necesita se legitimado y reconocido por  las víctimas (actores sociales). Se necesita un sistema normativo que tipifique estos actos cometidos por unos determinados sujetos como injustos reprochables. Reconocimiento por parte del sistema de justicia criminal respecto de las reivindicaciones de la víctima y del reproche y sanción al ofensor. La Criminología científica ha tratado de definir y explicar el delito a través de diferentes modelos científicos:  La Criminología clásica y neoclásica: Parte del dogma del libre albedrío. Su modelo NO es etiológico, no busca las causas del delito. El crimen es una decisión racional y libre, basada en criterios de utilidad y oportunidad.  La Criminología positivista. Adopta el paradigma etiológico, pues intenta buscar las causas del delito. Mediante el análisis causal-explicativo atribuye las causas del delito a factores biológicos, psicológicos y sociales.  La teoría de la reacción social o del etiquetamiento (labeling approach). Opta por las teorías de la criminalización. No le interesan las causas del delito –etiología-, sino los factores y variables de los procesos de criminalización. No importa por qué se delinque, sino por qué ciertas personas son etiquetadas como delincuentes por las instancias de control social formal.  Las corrientes de la moderna Criminología. Tratan de explicar el delito siguiendo un enfoque dinámico que tiene en cuenta los procesos de consolidación y cambio de la conducta de los sujetos, que evolucionan en las diferentes etapas de su vida (infancia, adolescencia…). Concepto de delito. El delito es el comportamiento que viola una ley penal –concepto tomado del Derecho Penal-. La Criminología se ocupa del delito desde un punto de vista  empírico y cognitivo. I. Concepto legal de delito.

El concepto legal de delito viene recogido en el artículo 10 del Código Penal  son delitos las acciones u omisiones dolosas o imprudentes penadas por la ley. El concepto de delito es  dinámico.  En él influyen las concepciones ético-sociales, jurídicas y políticas dominantes en una sociedad en el momento en el que se tipifican las conductas constitutivas de delito. La criminalización de unas conductas y la despenalización de otras en el código penal se deben a las variaciones en las concepciones sociales sobre lo que debe ser delito. Las teorías del conflicto mantienen que el delito es lo que define como tal el grupo que conquista el poder de acuerdo con sus intereses. El labeling approach NIEGA la existencia de un concepto de delito.  El delito sería una etiqueta que el sistema legal atribuye, de forma selectiva y discriminatoria, a una persona que realiza determinados comportamientos.  Ningún acto en sí mismo es delictivo, sino que es delictivo lo que el sistema de Administración de Justicia define como tal. La Criminología parte del concepto de delito del Derecho Penal, pero no queda limitada al mismo  Los criminólogos parten del concepto legal de delito pero realizan unas clasificaciones de delitos que no coinciden con la calificación legal de los delitos –como los delitos de cuello blanco-. II. Concepto natural de delito. El delito natural o social es una infracción de aquella parte del sentido moral que consiste en los sentimientos altruistas fundamentales (piedad y probidad) según la medida media que se encuentra en las razas humanas superiores y esta medida es necesaria para la adaptación del individuo a la sociedad. Una definición más concreta de delito natural  la ofensa a estos sentimientos profundos e instintivos del hombre social.  NO se exige que estas infracciones estén tipificadas en las leyes penales. III. Otros conceptos criminológicos de delito.    



Todo acto de fuerza física o engaño realizado buscando el beneficio propio. Toda infracción de normas sociales recogidas en las leyes penales que tienda a ser perseguida oficialmente en caso de ser descubierta. Cualquier conducta identificable que un número apreciable de gobiernos ha prohibido específicamente y ha castigado formalmente. Conjunto de interacciones que pueden surgir entre una persona dispuesta a delinquir, un objeto o víctima atractivo y un control social tanto formal como informal insuficiente. Un acto de infracción de una norma moral definido por el Derecho penal.

El comportamiento desviado es aquel comportamiento que infringe normas sociales SIN llegar a ser constitutivo de delito.  Es aquel contrario a los patrones de comportamiento definidos como “normales” por la sociedad. El delincuente. Para el positivismo existe el determinismo para delinquir.  Mantiene la teoría de la diversidad del delincuente frente a la normalidad del resto de sujetos, cuyo origen puede ser de carácter biológico o social. Teoría de la diversidad del delincuente:  El delincuente sufre alguna anormalidad o patología que lo lleva a cometer delitos.  Los delincuentes son diferentes al resto de personas que no delinquen. El correccionalismo considera que el delincuente es un enfermo necesitado de ayuda.  Una persona desvalida que necesita un tratamiento individualizado para conseguir su corrección. Para marxismo el delincuente es una víctima de  la estructura económica capitalista de la sociedad. Las teorías sociológicas NO consideran que el delincuente sea diferente a los demás o sufra algún tipo de patología.  Se decanta por la normalidad del delincuente.  El delincuente se estudia en relación con el medio social en el que se lleva a cabo la conducta delictiva. Para el enfoque del etiquetamiento (labeling approach), el delincuente es aquél que ha sido etiquetado como tal por otros.  El delincuente se convierte en víctima, y el interés se centra en las personas que lo definen como tal. La víctima. La víctima fue objeto de estudio de la Criminología después  de la Segunda Guerra Mundial. A la parte de la Criminología que se ocupa del estudio de la víctima se la denomina  Victimología. La víctima, en sentido estricto, es  la persona que sufre el delito. En un concepto amplio de víctima se incluirían todas aquellas personas que sufren las consecuencias del delito  familiares, amigos, perjudicados…

La victimización es el proceso por el que una persona sufre las consecuencias negativas de una infracción penal. Victimización primaria  la que sufre una persona, de modo directo o indirecto, los efectos negativos del delito. Victimización secundaria  los efectos que causa en la víctima el proceso penal, que puede aumentar el sufrimiento que ya tuvo en la victimización primaria. Victimización terciaria  la que sufre el delincuente como consecuencia del cumplimiento de la condena y los costes de la penalización sobre el delincuente y sobre terceros. Los primeros autores que se ocuparon del estudio de la víctima, se preocuparon del estudio etiológico de las víctimas  las causas por las que una persona se convierte en víctima. La Victimología moderna, interaccionista, se preocupa por las víctimas a nivel internacional y por los derechos humanos. El estudio de las víctimas a través de las encuestas de victimización aporta datos valiosos sobre el conocimiento del fenómeno criminal. En la postmodernidad (sociedad postindustrial), se ha producido una despersonalización, colectivización y anonimato de la víctima. El anonimato y falta de relación entre autor y víctima son unos de los factores que llevan a  la neutralidad o justificación del delito. El control social. El control social es el conjunto de instituciones, estrategias y sanciones sociales que pretenden promover y garantizar el sometimiento del individuo a los modelos y normas comunitarias. Para que se ejerza el control social son necesarios 3 elementos: La existencia de una norma. La existencia de una sanción. La existencia de un procedimiento para imponer la sanción en caso de que se infrinja una norma. Los teóricos del control social distinguen entre  controles sociales activos y reactivos. El control social activo está formado por los mecanismos que intentan prevenir un comportamiento socialmente NO deseado.  Se trata de controles internos que operan preventivamente. El control social reactivo es externo, y se clasifica en: 1. Control social informal.

 NO está institucionalizado, se ejerce por la familia, amigos, escuela…  Se rige por normas NO escritas pero que son conocidas por las personas: costumbres, normas éticas, sociales, morales…  Estas normas no escritas se dirigen a todos los sujetos que integran la sociedad. 2. Control social formal.  Se rige por normas escritas que forman el derecho positivo.  Se lleva a cabo por las instancias formales que tienen encomendada la protección y el mantenimiento del orden en la sociedad.  Las instituciones que ejercen el control social en la sociedad son: Policía. Administración de Justicia. Administración penitenciaria. Instituciones penitenciarias. El paradigma etiológico formulaba  las teorías de la criminalidad. Ahora, el paradigma del control formula  las teorías de criminalización. Las teorías del etiquetamiento y de la reacción social (labeling approach), se centran en los mecanismos de control social como configuradores de la criminalidad. El enfoque del labeling approach señala 3 características del control social: Su comportamiento selectivo y discriminatorio  el criterio del status social prima sobre el objetivo de los merecimientos del autor de la conducta La función constitutiva o generadora de criminalidad  los agentes de control social no detectan al infractor, sino que crean la infracción y etiquetan al infractor como tal. Su impacto estigmatizante  el paso del individuo por las agencias del control social formal marca el inicio de la desviación secundaria y de las carreras delictivas. La Criminología de la reacción social considera que el control social formal jurídico-penal realiza una función esencial en la estructuración del orden social, porque la pena contribuye a la confirmación y aseguramiento de los otros sistemas de control social. Para la teoría de la acción comunitaria el control social estaría formado por los mecanismos sociales que, de manera reactiva y proactiva se refieren al delito, definiéndose y ejecutándose por agencias estatales o de libre mercado, guiadas por imperativos burocráticos y económicos. En los casos en los que NO son suficientes los mecanismos de control social informal, intervienen los mecanismos de control social formal  dentro de los mecanismos de los que dispone el control social formal, el derecho penal es la última ratio. Procesos de infracción de las normas y de reacción a la infracción de las normas. Objetos de la Criminología son: El proceso de infracción de las normas o leyes.

Las reacciones al fenómeno delictivo. Otros posibles objetos. Otros posibles objetos de la Criminología son: La medición del delito. La elaboración de las leyes penales. La conducta desviada....


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