Idrisca estabilidad en el empleo PDF

Title Idrisca estabilidad en el empleo
Author Daniel Alba
Course Derecho Laboral
Institution Universidad Santo Tomás Colombia
Pages 12
File Size 198.2 KB
File Type PDF
Total Downloads 43
Total Views 126

Summary

Download Idrisca estabilidad en el empleo PDF


Description

FACULTAD DE DERECHO ANALITICA 8 DAVID RUBIANO GONZALEZ CODIGO:2185034 DANIEL ALBA NARANJO CODIGO:2172637

Identificar 1. 2. 3. 4. 5.

Contrato Libertad Derechos Empleo Estabilidad

Definir 1. Contrato “El contrato, en cuyo seno el consentimiento libremente prestado constituye un requisito esencial para la existencia del negocio jurídico” Página 25 “Las relaciones entre la duración de contrato y sus mecanismos extintivos con la mirada puesta la evolución de nuestro ordenamiento que no está exento de particularidades con respecto a otros de su entorno” Página 27 - 28 “Cuando el contrato tenía una duración determinada el procedimiento habitual de extinción lo constituye la llegada del término y, solo excepcionalmente, puede el empleador dar por concluido el contrato, siendo para ello necesario un fundamento causal, cuya ausencia conlleva debes indemnizatorios” Página 28 “La temporalidad del contrato, en cuanto circunstancia por completo libre la autonomía de la voluntad que es la que decide si limitar o no la duración de la relación, permite ingresar en el terreno de no despido, trasmutando formalmente la extinción unilateral en una extinción consensuada que no conoce límites por constituir el libre ejercicio de la voluntad privada” Página 34 ‘’La contratación indefinida, fue, en principio, fruto de la labor doctrinal y jurisprudencial acompañada después de la tarea legislativa, la producente de la intervención autoritaria en las relaciones laborales (ordenanzas y reglamentaciones) en primer lugar y ya en época más cercana en el tiempo, la que surge de la legislación laboral del alcance general’’ Página 35

‘’ Sin duda que esta contratación “los límites a la contratación temporal como derivados del derecho al trabajo” determina importantes consecuencias para concretar el margen de acción del legislador al respecto’’ Página 45 ‘’ En el ámbito estricto de la contratación temporal la primera las reformas aludidas, la incorporada a través de la ley 12/2001 aun sin llegar a romper con el compromiso de estabilidad alcanzado en 1997, introduce algunas novedades preocupantes por lo que tienen de filtraciones de la política de empleo al terreno de la temporalidad del contrato’’ Página 70 “En el marco de los contratos temporales el equilibrio contractual queda profundamente más alterado en beneficio empresarial que el que permite la contratación indefinida” Página 71 ‘’La penalización económica de la contratación temporal puede constituir un remedio efectivo contra su uso desmedido, y convendría no perder de vista que reducir el esquema de la temporalidad a una mera cuestión de oportunidad económica fomenta cierta ceguera para un análisis en profundidad de este problema’’ Página 71 “El contrato de interinidad, cuya delimitación causal no parece dudosa, ha sido objeto de importantes matizaciones interpretativas que lo han convertido en la práctica en una formula flexible de gestión de la mano de obra sobre todo en el seno de la administración pública” Página 75 ‘’El recurso a la contratación de los trabajadores de empresas de trabajo temporal no solo constituye un medio para atender necesidades temporales de la empresa usuaria, sino que además se ha constituido en un medio de reducir los costes salariales’’ Página 76 ‘’El culto a la contratación temporal, abalado por años de permisibilidad legal como acabamos de ver mantiene firmes las reticencias empresariales a la que la contratación indefinida aun acosta de los límites legales’’ Página 78 “Los contratos formativos son en la actualidad… el contrato para la formación y el contrato en prácticos regulados ambos en el artículo 11 del ET y desarrollados reglamentariamente por el RD 488/1998 de 27 de marzo” Página 88 “El contrato en práctica donde la formación no constituye una formación autónoma del empresario y no se integra en la causa del contrato, sino que supone únicamente un límite a las facultades contractuales de determinación de la prestación del trabajo que deberá permitir la aplicación práctica de los conocimientos teóricos propios de la formación académica del trabajo” Página 89 “El contrato para la formación se refiere; la duración legal es la misma mínima de la seis meses y máxima de dos años aunque mediante convenio colectivo de ámbito sectorial estatal o, en su defecto, los convenios colectivos sectoriales de

ámbito inferior, de podrán establecer otras duraciones atendiendo las características del oficio o puesto de trabajo a desempeñar o a los requerimientos formativos del mismo, sin que en ningún caso, la duración mínima sea a seis meses ni la máxima superior a tres años (art 11.2.c ET)” Página 89 “Los autores que se ocuparon del contrato de aprendizaje en la LCT 1994 coincidieron en afirmar que en el pacto por el que este contrato pasaba a ser indefinido afectaba a la propia causa de la contratación, incluyendo la modificación en el terreno de la novación extintiva o propia, de modo que la dinámica del cambio consistía en la extinción del contrato de aprendizaje y su sustitución por un contrato de trabajo de tipo común” Página 90 “La peculiaridad del contrato para formación es mayores, pero tampoco alcanza a impugnar su naturaleza laboral sobre todo si se repara en que la formación prevista se concibe (como un añadido externo a las obligaciones de las partes más directamente vinculadas con el sinalagma del contrato de trabajo)” Página 92 ‘’De esta forma es posible encontrar en la legislación vigente dos tipos de estímulos a la contratación indefinida y, en concreto, la novación de la duración de los contratos laborales: a) los tradicionales incentivos de carácter económico b) la posibilidad de que el resultado de estas trasformaciones’’ Página 100 “El contrato para el fomento de la contratación indefinida (CFCI) se planteó inicialmente como una medida de carácter experimental, configurada legalmente de forma provisional y sometida a una revisión de sus resultados” Página 102 “Los contratos susceptibles de transformación en el CFCI son los de duración determinada o temporales incluidos los formativos” Página 106 “Los contratos cuya trasformación se incentiva son los temporales celebrados con anterioridad al 1 de enero del 2004, límite temporal que no entra en escena cuando se trata de transformar contratos formativos, de relevo y de sustitución por anticipación de la edad de jubilación, cualquiera que sea la fecha de su celebración” Página 105 “Los contratos formativos por su propia finalidad nos son susceptibles de encausar las actividades laborales que forman el sustrato de la contratación temporal estructural” Página 129 “El contrato solo podrá distinguirse cuando concluya la obra de la quede forma novatoria ha sido adscrito el trabajador y si ello supone que la relación alcanza una duración mayor a tres años, el contrato se convertirá en fijo de planilla desapareciendo la conclusión de la obra como causa de extinción” Página 133 “Cuando el contrato indefinido se extinga por el cumplimiento de una condición resolutoria pactada inicialmente y las partes continúen la relación que las une bajo cobertura de un nuevo contrato” Página 144

2. Derechos “…En nuestro derecho, en vínculos de precariedad reforzada en ellos se concentran los elementos de inestabilidad propio de los contratos sometidos a término, a los que se les unen aquellos que habitualmente forman parte del universo de la contratación indefinida, fundamentalmente el despido como un acto unilateral del empleador que permite dar concluido el contrato ante tempus” Página 30 “El derecho del trabajo constituido sobre el pilar de la estabilidad se va a proyectar, así, sobre la tutela del puesto de trabajo sobre el ámbito de la unidad empresaria, es decir, sobre la que antes denominaban estabilidad en la empresa” Página 36 “Los derechos individuales clásicos del liberalismo decimonónico tales como la libertad individual, la igualdad, la propiedad privada o la participación ciudadana en la contratación del estado y sus políticas, lejos de desaparecer en los nuevos estados sociales se reafirman, aunque desde ópticas novedosas” Página 37 ‘’La imposibilidad de satisfacer el derecho así entendido, debido así contemplación desde otras libertades y sobre todo la empresa, que lleva al ámbito privado la mayor parte del trabajo disponible y erige el soberano casi absoluto al empresario a la hora de definir la contratación laboral’’ Página 42 ‘’Esta vertiente del derecho al trabajo viene entonces a suplir las carencias del derecho individual al trabajo, que, no obstante, lejos de quedar lejos de contenido se dirige a asegurar otros extremos de la relación de trabajo ya en vigor, entre ellos, la estabilidad en el empleo, es decir, el derecho del trabajo del que ya tiene trabajo, lo que, sin duda, constituye una paradoja a la que parece conducir de forma irremediable la interpretación del texto constitucional en este punto’’ Página 42 ‘’El derecho al trabajo no se agota a la libertad de trabajar; supone también el derecho a un puesto de trabajo y como tal presta un doble aspecto: individual y colectivo, ambos reconocidos en los artículos 35.1 y 40.1 de nuestra constitución respectivamente’’ Página 43 ‘’En su dimensión colectiva el derecho de trabajo implica además un mandato a los poderes públicos para que lleven a cabo una política de pleno empleo pues en otro caso el ejercicio del derecho al trabajo por una parte de la población lleva consigo la negación de ese mismo derecho para otra parte de esta’’ Página 43 ‘’La constitución que el derecho al trabajo ha hecho el tribunal constitucional admite que un ámbito individual, estabilidad individual, puede sufrir restricciones basadas en su dimensión colectiva, esto es, en la puesta en marcha de políticas de pleno empleo destinadas a satisfacer el derecho de los que no tienen trabajo, aunque para ello haya que sacrificar alguno de los derechos de los que ya lo tienen’’ Página 47

‘’Y con ello no se pretende decir que el derecho de trabajo deba permanecer inmune a los cambios que lo rodean, indudablemente deberán afrontarlos, pero no parece que el modo de hacerlo deba ser por fuerza unilateral y sin espacio para el debate, también jurídico’’ Página 56 ‘’Pero trascendiendo el ámbito del derecho del trabajo, lo cierto es que este ha venido configurándose tradicionalmente como el mecanismo más importante para ofrecer a la mayoría de los ciudadanos cierta seguridad económica’’ Página 58 ‘’El punto de partida de este derecho del trabajo de la crisis se encuentra en el RDL 18/1976 en el que se revisa los dos puntales de la estabilidad, el despido y la contratación temporal’’ Página 62 ‘’En el derecho del trabajo la mayoría de los autores que se han ocupado de la novación admiten, en sintonía con la doctrina civil mayoritaria, la presencia de su doble faceta modificativa y extintiva’’ Página 84 ‘’En nuestro derecho cabe hablar una novación de efectos extintivos o novación en sentido estricto y novación simplemente modificativa o novación en sentido lato.’’ Página 85 ‘’El derecho del trabajo nieva al animus novadi, es decir, a las facultades de las partes en orden a determinar los efectos de la novación el poder omnímodo del que goza en su configuración jurídica común’’ Página 85 ‘’El cual goza en el derecho del trabajo de una significación especial que, en este terreno, privilegia a los pactos novatorios modificativos (forzando el principio dela compatibilidad, que hace que la obligación no se extinga) ’’ Página 86 ‘’…Sino de la causa de la interinidad, que deja de ser la necesidad de cubrir la plaza en tanto durara el derecho de reserva del trabajador sustituido y pasa a ser la necesidad de desempeñarla hasta que se produzca la cobertura con arreglo a las normas vigentes de provisión de vacantes o su amortización en forma legal o reglamentaria’’ Página 126

3. Estabilidad ‘’La estabilidad constituye un objetivo renovado del ordenamiento laboral…’’ Página. 20 ‘’La noción de estabilidad remite implícitamente a un doble orden de consideraciones: de un lado, la (duración). Su significado literal así lo atestigua al ser definido como (permanencia, duración en el tiempo; firmeza, seguridad en el espacio)’’ Página. 20

‘’La noción de estabilidad trasladada al ámbito laboral, la estabilidad en el empleo puede valorarse desde ambas perspectivas que, en todo caso, son complementarias’’ Página 21 ‘’La estabilidad en el trabajo o los trabajos constituye la versión más amplia y, a grandes rasgos, consiste en procurar al trabajador continuidad en su estatuto profesional más allá de los límites de una concreta empresa’’ Página 22 ‘’… La estabilidad en el puesto de trabajo que viene a ser concreción de la anterior y según la cual el trabajador tiene derecho no solo a permanecer en la empresa sino en concreto puesto de trabajo’’ Página 23 ‘’En nuestra opinión la estabilidad en el empleo, en su dimensión técnico-jurídica actual, viene a coincidir con la estabilidad en la empresa;’’ Página 24 ‘’Estabilidad de todos modos, solamente técnica desde el momento que el contrato de duración determinada admitía sin restricciones todas las combinaciones posibles y, Por tanto, términos de muy corta duración unidos a una capacidad de prorroga infinita’’ Página 27 ‘’El principio de estabilidad en el empleo, comienza, entonces, a configurarse por vía inductiva de toda una serie de normas dirigidas a limitar la otrora ilimitada facultad de denuncia empresarial de las relaciones de trabajo indefinida y que actúan en un doble sentido, de un lado (casualismo) el ámbito posible del despido y, de otro, desgajando pura y simple del terreno extintivo un buen número de vicisitudes de las que expresamente se dice que no ponen en cuestión el mantenimiento de la relación laboral’’ Página 32 ‘’La estabilidad constituye en sus orígenes la abstracción o hilo conductor que se desprende de la normativa destinada a limitar las facultades extintivas del empresario en el contrato indefinido’’ Página 32 ‘’La estabilidad llega a ser tal que la doctrina no dudo en señalar que técnicamente esta se reducía al denominado, principio objetivo de la relación laboral, es decir, al hecho de que (el contrato de trabajo deberá celebrarse por tiempo indefinido cuando la prestación de servicios tenga por finalidad atender a la actividad normal y permanente de la empresa)’’ Página 35 ‘’…La estabilidad contribuye con particular fuerza a la real efectividad de los derechos que se desarrollan en el ámbito de la relación laboral’’ Página 39 ‘’La estabilidad así entendida constituye un principio implícito que surge por vía inductiva de todo un conjunto de reglas siempre orientadas hacia el mantenimiento del contrato (suspensiones, novaciones, nulidad parcial, etc.), así como a otorgar a este la mayor duración posible, limitando a su vez la capacidad extintiva del empresario’’ Página 40

‘’La estabilidad así entendida no deja de ser una opción normativa, cualificada sí, pero contingente.’’ Página 40 ‘’ La idea tradicional de estabilidad que aquí venimos sosteniendo y su traslación al mudo de la empresa marca, sin duda, una edad de oro en la seguridad del mantenimiento del trabajo como fuente primaria de ingresos para un altísimo porcentaje de la población’’ Página 48 ‘’La estabilidad en el empleo, la seguridad del ingreso vital se convierte en la contrapartida a la subordinación; se admiten altas dosis del sometimiento al poder patronal a cambio de la garantía del empleo; tanto sufrimiento, pero también tanta certeza, tanta subordinación, pero también tanta garantía, garantía que, no obstante, modula, atenuándolo, el sometimiento del trabajador al quedar parcialmente liberado de la compulsión que supone la amenaza de perder el trabajo’’ Página 49 ‘’…La ofensiva frente a la estabilidad en el empleo no escapa siempre a un razonamiento neoliberal destinado a enlazar la libertad de empresa y la competitividad, eliminando las trabas laborales, entre ellas, las que tienen que ver con la estabilidad como mecanismo protector del trabajador’’ Página 56 ‘’La estabilidad del estatuto profesional es, sin duda, un buen planteamiento, para superar las dificultades del nuevo mundo del trabajo’ Página 60 ‘’… La promoción de la estabilidad solo cabía si se conjugaban las dos líneas; de un lado la vuelta a un disfavor normativo de la contratación temporal y, de otro y en este contexto, el estímulo a la contratación indefinida y, dadas las insoportables tasas de temporalidad en nuestro país, el incentivo a la estabilidad de platillas, es decir, a la transformación de temporales en indefinidos’’ Página 99 ‘’El objeto de las ayudas a la estabilidad es el pacto novatorio, es decir, el voluntariamente acordado por las partes del contrato’’ Página 115 ‘’La garantía de la estabilidad alcanza a través del contrato indefinido puede verse implicada en los casos de cambio de titularidad empresarial, en los que, producida la sucesión de empresa, no es posible sustituir la fijeza mediante el recurso a la concertación de modalidades temporales, o a través del establecimiento de un periodo de prueba con la empresa subrogada’’ Página 139

4. Empleo ‘’El empleo, en este contexto, deja de ser un mero hecho y comienza a presentarse como un derecho a continuar en la ejecución del contrato’’ Página 41 ‘’Las políticas de empleo más recientes, fruto del consenso social de 1997, han demostrado su apoyo decidido a este tipo de actos incentivando su conclusión

mediante ventajas económicas e, incluso permitiendo que el propio contrato indefinido resulte de la trasformación suma peculiares características que lo hagan más atractivo a los ojos empresariales’’ Página 96 ‘’El mencionado fenómeno del empleo estable volvió a sentarse casi en exclusiva en el apoyo de las contrataciones exnevo determinado grupo de trabajadores (jóvenes, trabajadores mayores a 45 años y mujeres) reduciendo los incentivos a la trasformación de contratos temporales en indefinidos a los casos de contrataciones en prácticas y para la formación, subvencionado las novaciones con una cantidad a tanto alzado, -en concreto 550.000 pesetas- (articulo2.22)’’ Página 99 ‘’Cambio radical en las medidas de fomento de empleo: se abandonan en términos generales el uso de la contratación temporal como mecanismo de creación de empleo, tomado de conciencia de la necesidad de que las contrataciones se revaloricen en sus aspectos cualitativos y, por tanto, siga los derroteros de la estabilidad’’ Página 100 ‘’El programa de fomento del empleo previsto en la ley 64/1997 fue sustituido por el programa de 1999 diseñado por la DA 43. De la ley 50/98, cuyas novedades más significativas fueron la reducción de las bonificaciones a la trasformación y la incorporación a las contrataciones indefinidas a tiempo parcial a los supuestos con derecho a bonificación’’ Página 114 ‘’…El empleo de las formulas formativas presupone la adscripción dl trabajador a tareas permanentes cuyo desarrollo (junto con el aprovechamiento de la formación teórica en el contrato para la formación) le otorgara la pericia suficiente como para quedar adscrito a la plantilla fija de la empresa’’ Página 128 5. Libertad ‘’La proclamación de la libertad individual constituye una característica estructural del nuevo sistema, no en vano calificado libertad’’ Página 25 ‘’Esta protección de la libertad individual dispuso que, fuera de los contratos concertados a término, se introdujeran extraordinarias salvaguardias en los contratos celebrados por una duración indefinida: la facultad de poner fin unilateralmente al contrato por cualquiera de las partes, facultad que atemperada la fuerza obligatoria de los lasos contractuales y que se consideraba el corolario de la prohibición de los vínculos perpetuos al constituir un mecanismo imprescindible para proteger la libertad individual” Página 26 “La defensa de la libertad individual se sometía, además, a otro parámetro clásico del estado liberal: la igualdad formal” Página 26

“La libertad de la persona absolutamente intangible, en los modelos jurídicos contemporáneos, al menos, para las personas privadas no así para los estados” Página 27 “Por ello, en el fondo, la cosa es igual, y si esta aparecía de libertad puede darle, por un lado, una libertad real, por el otro tiene la desventaja que ningún hombre le garantiza la manutención, que puede ser echado e...


Similar Free PDFs