Linea del Tiempo - derecho electoral; resumen PDF

Title Linea del Tiempo - derecho electoral; resumen
Author Viridiana Muñoz
Course Derecho electoral
Institution Universidad Autónoma de Ciudad Juárez
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LINEA DEL TIEMPO – ELECTORAL ANTECEDENTES PREHISPANICOS Elección del Tlatoani   



Los reyes de México, Texcoco y Tacuba eran nombrados por elección directa. Para elegir a estos reyes, el pueblo nombraba a cuatro electores de entre las personas más nobles, y en el voto de ellos se comprometían todos los votos de la nación. El aspirante debe reunir como cualidades: a) pertenecer a la casa real, b) ser varón, valiente y temperante, c) contar con 30 años de edad, y en caso de que no fuera así se le nombraría un regente. También eran electos cuatro consejeros para que lo ayudaran en los asuntos de gobierno. Eran cargos obligatorios.

Elección de los Calpulleque 



Calpulli significa “casa grande” y se trata de un grupo socio-político de familiares, amigos y aliados que integran de hecho un clan. Se regían por un consejo de ancianos que presidia un calpulleque o jefe de barrio. Sus funciones eran administrar cuidadosamente el barrio y distribuir la tierra disponible en parcelas o calpullallis.

EN EL DERECHO INDIANO 

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Se establece el municipio en México, en 1519 cuando Hernán Cortes fundo la Villa Rica de la Veracruz con el objeto de establecer un ayuntamiento, mismo que le daría un título legal para su empresa de conquista sobre el pueblo azteca. Al ayuntamiento indiano también se le denominaba municipio, consejo, regimiento o cabildo. Se trataba de asambleas democráticas directas, con participación de hombres y mujeres, quienes trataban de resolver problemas como uso de montes, tierras y aguas, funcionamiento de mercados, mejoramiento de caminos, etc. Posteriormente se manejó un sistema mixto con regidores populares (elegidos por el pueblos para representarlos) y regidores reales (designados por la corona). Los cabildos eran designados por un año cada primero de enero. Se utilizaron diversos sistemas, como el de elección con intervención de todos los vecinos, cooptación, o la suerte o por autogeneración (el cabildo saliente elegía a quienes integrarían el siguiente), en este último se prohibió nombrar familiares.

LA INTERVENCION FRANCESA  

La política expansionista de Napoleón dio como resultado la intervención armada de Francia en territorio español a principios del siglo XIX. A raíz de esto surgieron diferentes agrupaciones de patriotas constituidas en juntas distribuidas en diversas ciudades de España, mismas que encabezaban movimientos de resistencia al invasor francés, en favor del reconocimiento de Fernando VII como autentico soberano del imperio español.





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En 1808 se formó la Junta Central Gubernativa; existía una conspiración del ayuntamiento de la ciudad de México, que pretendía lograr la independencia del país basándose en el principio de la soberanía popular, en este caso, actualizado por la ausencia del legítimo monarca Fernando VII. En 1809, la Junta Suprema de Aranjuez reconoció que las Indias formaban parte integrante de la monarquía española y por lo mismo deberían tener su representación nacional e inmediata para constituirse como integrantes de la Junta Central Gubernativa; debiendo así nombrar un diputado por cada Virreinato. Posteriormente se formaría en su lugar el denominado Supremo Consejo de Regencia el 1810. Los ayuntamientos de las capitales provinciales designarían una terna en cada caso y de ella saldría el nombramiento del diputado de la provincia respectiva. Las Cortes abrieron en septiembre del 1810 en la isla de León. Estas declararon que la soberanía nacional residía en el Congreso de los representantes de España.

LA CONSTITUCION DE CADIZ 

Se celebraron 5 elecciones de diputados a Cortes entre 1810 y 1822. Su principal trabajo fue la elaboración de la Constitución Política de la Monarquía Española, la cual se concretó el 19 de marzo de 1812 en España.

LAS CORTES DE CADIZ  



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Para ser diputado a Cortes se requiere: a) ser ciudadano, b) mayor de 25 años, c) nacido en la provincia que representa, etc. Subsiste el ayuntamiento, se eligen sus miembros por un año a pluralidad absoluta de los votos de los ciudadanos del lugar. Hay reelecciones pero con dos años de intermedio. También señalaba la Diputación Provincial que limitaba el poder centralista del Virrey y de la Real Audiencia. Lo que propicio un futuro “federalismo” y, en concreto, se permitió a la ciudadanía se convirtiera en una fuerza política básica. El virrey Venegas logro suspender la Constitución, argumentando el riesgo de guerra de Independencia. En marzo de 1820 por la rebelión de Rafael de Riego, se restauró en España la Constitución y el virrey Juan Ruiz Apodaca la juro públicamente.

ELEMENTOS CONSTITUCIONALES DE 1813  

A la muerte del cura Hidalgo, don Ignacio López Rayón estableció en Zitácuaro una junta general para coordinar las acciones de la Guerra de Independencia. Esta Junta, por iniciativa de López Rayón, elaboro un proyecto de constitución, muy breve que le llamo “Elementos Constitucionales” en marzo de 1813.

El Congreso de Chilpancingo 

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Cuando los españoles recuperaron Zitácuaro la junta se suspendió y posteriormente se sustituyó por un Congreso al que denomino de Anáhuac. Mismo que quedo instalado en Chilpancingo el 14 de septiembre de 1813. Morelos entrego al Congreso los llamados “Sentimientos de la Nación”, en donde declaraba que la soberanía dimana inmediatamente del pueblo. La obra más importante del Congreso fue el “Decreto constitucional para la libertad de la América Mexicana”.

LA CONSTITUCION DE 1824 



A raíz de la Independencia se convocó a Cortes del Imperio mexicano. Se organizaron elecciones. Se le otorgo el voto a los ciudadanos de todas las clases y castas, aun a los extranjeros que tuvieran 18 años en adelante, esto con arreglo al Plan de Iguala. En el Reglamento Provisional Político del Imperio Mexicano se reiteran de manera general las formas electivas. El 4 de octubre de 1824 se juró la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos.

LAS LEYES CONSTITUCIONALES DE 1836 

Estas leyes fueron de tendencia conservadora y proponían para la elección de senadores, que la Cámara de Diputados, la Junta de Ministros y la Suprema Corte de Justicia enviaran por separado una lista de senadores a las juntas departamentales, mismas que las votaban y reenviaban a la Cámara de Diputados el acta correspondiente para hacer el cómputo y declaratoria.

LAS BASES ORGANICAS DE LA REPUBLICA MEXICANA DE 1843 

Se determina como quienes serían los representantes a elegir.

EL ACTA DE REFORMA DE 1847  

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Previamente se lanza convocatoria para un Congreso Extraordinario a desarrollarse en 1846. Con el acta constitutiva de reformas a la Constitución de 1824 decretada en 1847, entre otras cosa, se manifestó que era derecho de todos los ciudadanos el voto y por primera vez se contemplaron los derechos de asociación política y de petición. Posteriormente, la situación del país era tan tensa que en 1854 estallaba la revolución de Ayutla que termino con la caída definitiva de Santa Anna en 1855. Se decreta el Estatuto Orgánico Provisional de la República Mexicana, en donde se establecía la edad de 18 años para votar y se obligaba a los ciudadanos a inscribirse en el padrón de la municipalidad.

LA CONSTITUCION DE 1857



El 5 de febrero de 1857 fue jurada la nueva Constitución del país, con corte eminentemente liberal, en donde destaca en materia electoral lo siguiente: Derechos de petición y asociación política (artículos 8º y 9º).

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Se incluyen prerrogativas del ciudadano (votar y ser votado). Calidad de ciudadano requerida para votar, y para ejercer un cargo de elección. Requisitos para ser presidente. Desaparece la vicepresidencia y se reestablece el sistema unicameral en el Congreso. El sufragio se consideró universal e igualitario. El sistema de elección continua siendo indirecto, pero en primer grado.

REFORMAS ESTRUCTURALES DE NUESTRO SISTEMA ELECTORAL Reforma electoral 1977    





Apertura de la competencia electoral. El 30 de diciembre de 1977 se promulgó la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales (LOPPE) Se introduce por primera vez el concepto de representación proporcional al Poder Legislativo. Se asienta la obligación de mantener un número de afiliados para los partidos, ostentar el nombre, emblema y color registrado, cumplir con sus estatutos, editar una publicación periódica, realizar listas de candidatos plurinominales, entre otras. Se establecen además derechos para postular candidatos, nombrar a un representante ante las mesas directivas de casilla y ante la Comisión Federal Electoral, obtener financiamiento público, tiempos permanentes en radio y televisión, apoyos para tareas editoriales, entre otros. La Comisión Federal Electoral fungía como autoridad electoral y otorgaba el registro a los partidos políticos.

Reforma electoral 1986-1987  

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Surge la figura de las candidaturas comunes. En la Cámara de Diputados aumentó de 100 a 200 el número de legisladores plurinominales y así se estableció el número de 500 diputados que permanece hasta la actualidad. Por lo que hace a la Cámara de Senadores, se estableció que ésta se renovaría por mitad cada tres años, para elegir a un senador por entidad federativa que duraría seis años en el cargo. Se incorpora la llamada "cláusula de gobernabilidad", que garantizaba la mayoría absoluta en la Cámara de Diputados. A la figura de la Comisión Federal Electoral (CFE), se le incorporó un representante del senado y otro de los diputados, mientras que el número de representantes partidistas, se hizo proporcional a la votación obtenida en la última elección. Se crea el Tribunal de lo Contencioso Electoral (TRICOEL), órgano autónomo de carácter administrativo, integrado por nueve magistrados nombrados por el Congreso de la Unión. El TRICOEL sólo funcionaba durante el proceso electoral y estaba a cargo de la resolución de los recursos de apelación y quejas.

Reforma electoral 1990



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El cambio más importante introducido por la reforma electoral de 1990 fue, sin duda, la creación de una nueva entidad autónoma para organizar las elecciones federales: el Instituto Federal Electoral (IFE) que reemplazó a la Comisión Federal Electoral, directamente dependiente del Secretario de Gobernación. Se realizó un nuevo Registro Federal de Electores y un formato nuevo de credencial para votar. Se creó el Tribunal Federal Electoral (TRIFE) que cambió de ser un órgano administrativo a ser uno de carácter jurisdiccional.

Reformas electorales 1993 y 1994  

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En 1993 se prohibió el financiamiento proveniente de gobernantes, extranjeros, ministros de culto y empresas mercantiles. Se establecieron nuevas reglas para los partidos políticos como: la entrega de informes de ingresos y gastos anuales y de campaña. Para formar coaliciones, los partidos debían postular a los mismos candidatos en las elecciones de presidente, diputados y senadores y contar con una misma declaración de principios, programa de acción, estatutos, plataforma electoral y programa de gobierno o programa legislativo. Aumenta en el IFE de 6 a 9 el número de consejeros ciudadanos locales y distritales. El Tribunal Federal Electoral (TRIFE) se estableció como la máxima autoridad en materia electoral con facultades jurisdiccionales. En 1994 en el Consejo General del IFE, los consejeros magistrados se sustituyeron por seis consejeros ciudadanos propietarios y sus suplentes, quienes durarían ocho años en el cargo, con la posibilidad de ser ratificados; y su designación estaría a cargo de las dos terceras partes de la Cámara de Diputados. Observadores electorales visitantes extranjeros.

Reforma electoral 1996    

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Se establecieron nuevos requisitos para obtener el registro como partido. Se reforzó la equidad de las prerrogativas y los procedimientos para su control y vigilancia. Se reforzó la equidad de las prerrogativas y los procedimientos para su control y vigilancia. La asignación del financiamiento ordinario sería 30% de forma igualitaria a los partidos con representación en el Congreso y 70% de manera proporcional con la votación obtenida. Se reforzó la equidad de las prerrogativas y los procedimientos para su control y vigilancia. La asignación del financiamiento ordinario sería 30% de forma igualitaria a los partidos con representación en el Congreso y 70% de manera proporcional con la votación obtenida. En el Congreso de la Unión, se establecieron límites para evitar la sobrerrepresentación: cada partido contaría con un máximo de 300 diputados y el total de diputados de un partido no representaría un porcentaje del total de la Cámara, superior al 8% de su votación nacional. El número de Senadores permaneció en 128,

dos electos por mayoría en cada Estado y en el Distrito Federal, y uno asignado a la primera minoría. Los 32 restantes serían elegidos por representación proporcional. Reforma electoral 2002 

Con esta reforma se procuró la equidad de género en el ejercicio de los derechos político-electorales. Se estableció para los partidos políticos la obligación de promover la igualdad de oportunidades y la equidad entre hombres y mujeres a través de postulaciones a cargos de elección popular en el Congreso de la Unión.

Reforma electoral 2003 y 2005 

En 2003 se realizaron cambios en los requisitos para integrar un partido o Agrupación Política Nacional (APN). Para 2005, se reconoció el derecho de votar de los mexicanos residentes en el extranjero para la elección de Presidente de la República.

Reforma electoral 2007-2008  

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Se abrogó el Cofipe aprobado en 1990. Esta reforma retomó las demandas de los actores políticos, destacándose las siguientes: Las reglas de acceso al sistema de partidos permiten a las organizaciones de ciudadanos obtener el registro, antes sólo podían solicitarlo las Agrupaciones Políticas Nacionales. Los partidos políticos tienen prohibida la afiliación corporativa y adquirieron obligaciones en materia de transparencia y acceso a la información. Para el caso de los partidos que pierden su registro se reguló la liquidación de los recursos y bienes que posean. La reforma incorporó la regulación de las precampañas, cuya duración no excederá 60 días en el año de la elección de Presidente de la República y el Congreso de la Unión. Mientras que cuando sólo se renueve la Cámara de Diputados, no superarán 40 días. Asimismo, el periodo de campañas electorales se redujo a 90 días en el año de elección Presidencial y 60 días cuando se renueve sólo la Cámara de Diputados. La difusión de la propaganda gubernamental se restringió, no podrá realizarse en periodo de campañas. El IFE se constituyó en la autoridad única a nivel federal y local encargada de distribuir y asignar los tiempos del Estado para fines electorales. Se creó la Contraloría General del IFE, encargada de realizar auditorías, procedimientos, métodos y sistemas necesarios para la revisión y fiscalización de los recursos a cargo de las áreas y órganos del IFE. En cuanto al conteo de votos, al “acta de la jornada electoral” se le agregó el nombre completo y firma autógrafa de los funcionarios de casilla y el número de boletas recibidas para cada elección. La credencial para votar también se perfeccionó, ahora cuenta con la Clave Única del Registro de Población (CURP), el año de emisión y el año en el que expira su vigencia, la cual es de 10 años. Se incorporó un Libro Séptimo al Cofipe, “De los regímenes sancionador electoral y disciplinario interno”, que incluye a los sujetos de responsabilidad, el tipo de infracciones que pueden cometer y procedimientos para: 1) faltas y sanciones



administrativas por infracciones a la normatividad electoral, dentro y fuera de proceso electoral; 2) sobre financiamiento y gasto de partidos políticos y APN y 3) respecto de responsabilidades administrativas de los servidores públicos del IFE. Respecto de las facultades del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), algunos asuntos competencia de su Sala Superior se desconcentraron en sus Salas Regionales que ahora funcionan permanentemente. Entre las atribuciones exclusivas de la Sala Superior están la declaración de nulidad de la elección presidencial y las de atracción y delegación de los juicios que conozcan las Salas Regionales con excepción de las campañas de información de las autoridades electorales, las relativas a servicios educativos y de salud, o las necesarias para la protección civil en casos de emergencia....


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