METODOS EN LA INVESTIGACION JURIDICA PDF

Title METODOS EN LA INVESTIGACION JURIDICA
Course Derecho y Cambio Social
Institution Universidad Regional Autónoma de los Andes
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Métodos en la investigación jurídica en el derecho y algunas pretensiones....


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Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx

LOS MÉTODOS EN LA INVESTIGACIÓN JURÍDICA. ALGUNAS PRECISIONES1 Carlos Manuel villabella arMenGol2 suMario: I. Primera pauta para destejer los gazapos. La ciencia jurídica en el conglomerado de las ciencias: sus rasgos y nudos cognitivos II. Segunda precisión imprescindible. Los tipos y enfoques de la investigación: los modos de la investigación jurídica. III. Esclareciendo un galimatías. El marco conceptual-teórico de la investigación. IV. Sin necesidad de innovar. Los métodos, instrumentos y técnicas de investigación: métodos de la ciencia jurídica. V. Cinco reflexiones finales. VI. Bibliografía.

I. PriMera Pauta Para DesteJer los GazaPos. la ciencia JuríDica en el conGloMeraDo De las ciencias: sus rasGos y nuDos coGnitivos

A lo largo de la historia se han establecido diversas clasificaciones de las ciencias atendiendo al objeto de estudio, los métodos que emplean, su finalidad, el orden histórico de su aparición, etcétera. Algunas marcaron época por la taxonomía novedosa que hacían de los saberes.3 Por ejemplo, Aristóteles (384-322 antes de nuestra era) distinguió entre teoréticas o especulativas (matemática, física, historia), prácticas (moral, economía, política), y poéticas (retórica, dialéctica, poética); Francis Bacon (1561-1626) diferenció historia, poesía y filosofía; Augusto Comte (17981 Este artículo retoma epígrafes del libro, La metodología de la investigación y la comunicación jurídica, publicado en México en 2009 por la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla y el Instituto de Ciencias Jurídicas de Puebla, y en 2a. edición, por la editorial Féliz Varela, La Habana, 2012. 2 Profesor titular en la Universidad de Camagüey; director del programa de doctorado en derecho del Instituto de Ciencias Jurídicas de Puebla, México. [email protected]. 3 Blalock Hubert, M., Construcción de teorías en ciencias sociales, 2a. ed., México, Trillas, 1988, pp. 214 y ss.; Tejedor, C. C., Historia de la filosofía en su marco cultural, Madrid, Ediciones SM, 1999, pp. 374 y 375.

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1857) estableció un agrupamiento que repercutió en la consolidación posterior del enfoque positivista de la ciencia al distinguir los conocimientos como auténticos (estudian regularidades y presentan leyes), e inauténticos (estudian hechos individuales y hacen descripciones). En los finales del siglo XIX se produjo una revisión de las catalogaciones existentes, con consecuencias para la distinción entre ciencias sociales y naturales, que se adoptó ulteriormente. Por ejemplo, Wilhelm Wundt (1832-1920) separó a las ciencias formales que estudian objetos ideales, de las ciencias reales, que abordan objetos reales; Wihelm Dilthey (1833-1911) criticó el dominio ejercido por las ciencias naturales u objetivas, y reivindicó la personalidad de las ciencias humanísticas o subjetivas, las que consideraba metodológicamente diferentes de las anteriores, a partir de que las primeras explicaban los objetos en términos de causa-efecto, mientras estas últimas trataban de comprender y penetrar los fenómenos en los que participa el ser humano; Wilhelm Windelband (1848-1915), fundador de la Escuela de Baden, diferenció entre las disciplinas ideográficas y las nomotéticas. Las primeras son las que estudian hechos singulares y cambiantes, y emplea métodos que aprehenden racionalmente el objeto que abordan con la intención de comprenderlo. Las segundas son las que estudian fenómenos objetivos e invariables y emplean métodos que posibilitan observar el objeto en estudio y medir sus propiedades con el propósito de verificar variables. Este enfoque dicotómico entre las ciencias dedicadas al estudio de la naturaleza y la sociedad centró parte del debate filosófico de finales del siglo XIX y principios del XX, coadyuvando a contornar como ambivalentes sus dominios científicos y delineando una prevalencia epistemológica del modelo empírico-experimental de las ciencias exactas. Otra clasificación que nos interesa destacar es la que hace diferencia entre ciencias formales y fácticas. Las ciencias formales estudian entes ideales, abstracciones que el hombre construye, formas en las que se puede volcar un contenido ilimitado, por lo que su significado es convencional, y no entra en conflicto con la realidad. Sus enunciados establecen teoremas racionales que pueden demostrarse a través de métodos lógicos.4 Las ciencias fácticas abordan hechos, sucesos, procesos que se encuentran en la realidad, y cuyas variables necesitan de la observación, medición o experimentación para captarse. No basta que sus enunciados sean racionales, sino, además, deben ser verificables en la experiencia, por lo que 4

Bunge, Mario, La investigación científica, México, Siglo XXI, 2000, p. 11.

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únicamente, después de que hayan pasado la prueba de la verificación empírica, podrán considerarse adecuados o verdaderos.5 Ubicar a la ciencia jurídica en esta categorización puede resultar a priori más difícil, en tanto por ésta, cual rostro de Jano, es, por un lado, construcción racional-simbólica, y de otro, reflejo de hechos factuales que se despliegan a nivel de la sociedad; en este punto, una perspectiva teórica que permite visualizar el fenómeno jurídico en toda su complejidad es la que ha quedado condensada como enfoque tridimensional,6 teoría de los tres círculos,7 o teoría integral,8 la que sostiene que el derecho es norma, valor y hecho. La dimensión normativa —la más visible— evidencia al derecho como conjunto de preceptos imperativos, coactivos y heterónomos, que conforman un sistema estructurado y coherente, cuya finalidad es encauzar y organizar las relaciones sociales, sentido en el cual es una técnica de control y mediación que regula y coordina la coexistencia de los seres humanos, necesaria para la reproducción y continuidad de la sociedad: ubi societas, ibi ius. La dimensión valorativa deviene de visualizar el derecho como un sistema de cánones creados por los hombres y que pautan el sentido de justicia que postulan para su existencia; conjunto de reglas que los hacen iguales, miden su conducta y permiten dirimir conflictos; plexo axiológico que subyace en la idea de “deber ser” que se desea ponderar en las relaciones sociales. La dimensión fáctica expresa que el derecho es expresión de las condiciones, problemáticas y requerimientos de una sociedad en un momento determinado; en este sentido, puede señalarse que las normas condensan segmentos de las relaciones humanas en los diferentes planos sociales. Bajo esta visión omnisciente, puede enfocarse que el derecho es una obra humana estimulada por la conciencia de necesidades en la vida social, producida bajo forma normativa, que en su función para satisfacer esas necesidades intenta hacerlo de acuerdo con la realización de valores específicos.9 Es un sistema de normas integrado en las distintas ramas del ordenamiento jurídico, y que regulan ámbitos específicos de la vida en sociedad, dando lugar a un sistema que no es un simple, frío y absurdo conjunto, sino que pretende alcanzar determinados valores vinculados a conceptos, tales 5

Ibidem, p. 13. Atienza, Manuel, El sentido del derecho, Barcelona, Ariel, 2001, p. 54. 7 García Máynez, Eduardo, La definición del derecho. Ensayo de perspectivismo jurídico, 2a. ed., Xalapa, Universidad Veracruzana, 1960, p. 54. 8 Recaséns Siches, Luis, Tratado general de filosofía del derecho, 10a. ed., México, Porrúa, 1991, p. 88. 9 Ibidem, p. 40. 6

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como la justicia, seguridad y bien común, los cuales son producto de una determinada cultura y de determinadas circunstancias sociales, económicas, demográficas, políticas o etnográficas.10 Por último, queremos mencionar la distinción entre ciencia pura, aplicada y tecnología, que expresa diferentes grados en la interacción teoríapráctica.11 La ciencia pura, o básica, es la que se mueve al nivel teorético y se ocupa de los aspectos doctrinales y metodológicos; su fin es cognitivo, y su propósito, revisar teorías o estudiar las leyes de un saber. La ciencia aplicada es aquella que se desarrolla sobre problemas que de alguna manera ya han sido planteados; por tanto, su objetivo es aplicar teorías y revisar críticamente el conocimiento existente para aportar soluciones. La tecnología es el sistema de saberes, habilidades y destrezas que se aplican a problemáticas inmediatas con el fin de obtener productos, procesos, sistemas o servicios que satisfagan la demanda; es el conjunto de teorías y técnicas que permiten el aprovechamiento práctico del conocimiento científico. La apreciación de las dimensiones que sostiene el enfoque tridimensional del derecho (norma-valor-hecho) nos permite visualizar tres grandes áreas científicas en esta ciencia: 1. El estudio exegético de normas e instituciones jurídicas. 2. El análisis iusfilosófico. 3. La investigación de las problemáticas sociales con trascendencia para el derecho. Por otra parte, la distinción entre ciencia pura, aplicada y tecnología delimita a su vez tres niveles del conocimiento en el derecho: 1. El que aborda los prolegómenos doctrinales de la ciencia, así como los paradigmas, teorías, conceptos y principios de cada una de las disciplinas que la integran. 2. El que estudia aspectos del ordenamiento jurídico relacionados con la creación, vigencia y eficacia de normas. 3. El relativo a la aplicación del derecho y la actividad hermenéutica de los operadores jurídicos. La delimitación de estos planos —cada uno de los cuales se puede abrir en numerosos nichos de investigación— posibilita visualizar los grandes ho10 Fernández Bulté, Julio, Teoría del Estado y el derecho: teoría del derecho, La Habana, Félix Varela, 2002, p. 5. 11 Bunge, M., op. cit., p. 23; Bernal García, Manuel José y García Pacheco, Diana Marcela, Metodología de la investigación jurídica y sociojurídica, Bogotá, Uniboyacá-Centro de Investigación para el Desarrollo, 2003, p. 30.

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rizontes epistémicos de la ciencia jurídica, apreciando que la mayoría de ellos se ubican en el tejido básico de la ciencia, y operan con objetos teóricos; esto ofrece una primera pauta para visualizar los derroteros de la investigación jurídica. II. seGunDa Precisión iMPrescinDible. los tiPos y enFoQues De la investiGación: los MoDos De la investiGación JuríDica

En la ciencia ha prevalecido el modelo de investigación empírico-experimental-cuantitativo, asociado al manejo de volúmenes de información, los análisis estadísticos, expresión algebraica de los resultados, predicciones, y generalización de los resultados; de esta forma, aunque hoy no se pone en duda la trascendencia de la episteme social, tantos lustros de predominio científico positivista han dejado sus efectos; y, subliminalmente, continúa predominando en algunos ámbitos el referido enfoque de investigación. Así, como acto reflejo, no pocos cientistas sociales —aguijoneados por la mirada de menosprecio dirigida desde el Olimpo por los especialistas de las mal llamadas ciencias duras— han querido hacer ciencia con los códigos de éstos, olvidando que los objetos de su saber son los sistemas y procesos sociales creados por el hombre, condicionantes de su naturaleza subjetiva, ideográfica, irrepetible, mutable y altamente influenciable por los procesos económicos y políticos; en este sentido, es importante distinguir las diferentes perspectivas que puede adoptar una investigación de acuerdo con dos variables básicas: el tipo y el enfoque. Cuando en la literatura especializada se habla de tipos de investigación, se hace referencia a la forma que puede adoptar esta, de acuerdo con diferentes variables; se produce así, una diversa taxonomía, documental o de campo; cuantitativa o cualitativa; exploratoria, descriptiva o explicativa; histórica, descriptiva-actual o experimental; transversal, longitudinal o transaccional; de laboratorio, de campo o bibliográfica; experimental, no experimental o cuasiexperimental; pura o aplicada, etcétera.12 En este sentido, es pertinente clarificar qué tipo de investigación es la forma que ésta adopta de acuerdo con su objeto de estudio, la perspectiva 12 Ander-Egg, Ezequiel, Técnicas de investigación social, Madrid, Gráficas Díaz, S. L., 1990, p. 99; Achig, Lucas, Metodología de la investigación social, Quito, Universidad de Cuenca, 1986, p. 56; Yuna, José y Urbano, Claudio, Técnicas para investigar , Buenos Aires, Brujas, 2006, p. 56, vol. II.

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formal o factual en que lo aborda, los métodos que emplea y los enunciados que establece; en esta tesitura, la investigación puede ser:13 — Teórica. — Empírica. — Mixta. El enfoque de investigación, por su parte, es la perspectiva que asume un estudio empírico en relación con las propiedades y variables del objeto que estudia, el análisis de los datos e información que captura, los métodos empleados y los razonamientos que establece; en este sentido, puede ser:14 — Cuantitativa. — Cualitativa. — Multimodal. 1. Los tipos de investigación. La investigación teórica La investigación empírica o de campo es la que aborda objetos, fenómenos o procesos factuales de los que percibe rasgos, propiedades o manifestaciones. Con ese fin, utiliza métodos que posibilitan la interacción directa del sujeto con el objeto de estudio, cuya muestra de análisis tiene que ser representativa (porcentual o tipológica) de la población. Su desiderata es establecer patrones de comportamiento, generalizaciones, o dominar las cualidades intrínsecas del fenómeno, y comprenderlo. La investigación teórica es la que se desarrolla sobre objetos abstractos, que no se perciben sensorialmente, y cuya materia prima son datos indirectos, no tangibles; especulativos; a esos efectos, se emplean métodos del pensamiento lógico, tiene un fin cognitivo, y su propósito es la reconstrucción del núcleo teorético de la ciencia. Aunque toda investigación parte de las teorías existentes, sobre las que estructura los nuevos conocimientos, se reconoce como investigación mixta aquella que en un mismo proceso trabaja sobre teoremas, conceptos, principios o leyes, y a la par, estudia empíricamente el objeto. Algunas características del tipo de investigación teórica son las siguientes:15 Sabino, Carlos, El proceso de la investigación, Buenos Aires, El Cid, 1978, p. 246. Grinnell, 1997, p. 56. 15 Velita, María y García Treviño, María C., Guía para la investigación documental, México, Trillas, 2002, p. 56. 13

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a) Los diseños de investigación que la sostienen son maleables, ya que en cierta medida admiten ajustes una vez iniciada la investigación. Trabajan con hipótesis teóricas o ideas científicas a defender, y que tienen una arquitectura cognitiva flexible. b) Sus objetos de estudio son nociones ideales, formas lingüísticas elaboradas por el hombre, constructos racionales y simbólicos que la ciencia ha facturado para aprehender la realidad. c) El dato con el que trabaja es indirecto, intangible, especulativo; y no se percibe sensorialmente. Se condensa en axiomas, teoremas, postulados, supuestos, conceptos, hipótesis, leyes, teorías y paradigmas. d) Para su ejecución interactúa con fuentes impresas o digitalizadas de disímil formato (libros, artículos, ensayos, crónicas, monografías, leyes, códigos, etcétera), por lo que el investigador requiere del desarrollo particular de habilidades para explorar, seleccionar, fichar, revisar y resumir las fuentes de información; su escenario es la biblioteca o el centro de información. e) No trabaja con muestras, y en ese sentido, no precisa, por lo general, de estudios pilotos en el campo. f) Requiere de métodos de investigación que operen a un nivel del pensamiento lógico-racional (análisis, síntesis, comparación, abstracción, generalización y concreción). g) Sus tesis se expresan mediante un discurso argumentativo (inductivo o deductivo), y un lenguaje gráfico. h) La textura de sus conclusiones posee marcado sesgo cultural y axiológico, en tanto son creaciones intelectuales del ser humano. i) Sus aportes adquieren fundamentalmente el perfil de conceptualizaciones, teorías, revisiones críticas del sistema de conocimiento, estudios comparados, análisis desde perspectivas renovadas, reformas normativas, establecimiento de regularidades o principios, delineación de metodologías, rediseño de estructuras organizacionales o procedimientos, etcétera. 2. Los enfoques de investigación. La investigación empírica cualitativa La investigación cuantitativa está relacionada con el paradigma positivista de la ciencia, y su propósito es abordar el objeto de estudio a través de sus propiedades y manifestaciones observables, por lo cual se centra en recolectar datos, cuantificar magnitudes y hacer análisis estadísticos. Tiene la finalidad de medir y verificar hipótesis; sus resultados correlacionan varia-

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bles sobre las que explican nexos causales, y su fin es establecer patrones de comportamiento y generalizaciones. La investigación cualitativa se inspira en un paradigma emergente, alternativo, naturalista, humanista, constructivista, interpretativo o fenomenológico, el cual aborda problemáticas condicionadas, históricas y culturales, en las que el hombre está insertado, y cuyo propósito es la descripción de los objetos que estudia, la interpretación y la comprensión; de esta forma, la investigación responde a las preguntas ¿qué es? y ¿cómo es?, y tiende a precisar la cualidad, la manera de ser, lo que distingue y le caracteriza. La investigación multimodal es la que conjuga ambos enfoques sobre un objeto en un mismo proceso investigativo, lo cual es expresión de una postura epistemológica que ha rebasado la antítesis entre los enfoques de investigación cuantitativa y cualitativa.16 Algunos rasgos del enfoque de inv...


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