Title | Operaciones DE Credito |
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Author | Gamaliel Nochebuena Urbina |
Course | Derecho |
Institution | Universidad ICEL |
Pages | 4 |
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Cuadro comparativo de operaciones de credito-Derecho Mercantil...
CUADRO COMPARATIVO DE LAS OPERACIONES DE CREDITO OPERACIONES DE CREDITO
6.1 Apertura de Crédito
6.2 Cuenta Corriente
6.3 Deposito
CARACTERISTICAS
SIMILITUDES
DIFERENCIAS
La apertura de crédito es un contrato consensual. Se perfecciona por el mero acuerdo de voluntades. No requiere formalidad alguna para su validez La apertura de crédito es un contrato bilateral Se generan obligaciones tanto del banco como del tomador del crédito
Se encuentran en la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito en el Cap. IV de los Crédito en el Art 291. Todos son expedidos por alguna institución financiera.
No hay ninguna diferencia, ya que todo acto de apertura de crédito genera derechos y obligaciones.
Cuenta básica para realizar operaciones cotidianas como ingresos, pagos, domiciliaciones de recibos, transferencias o retiradas de efectivo en cajeros automáticos. Se denomina también depósito “a la vista” ya que el titular puede retirar el dinero en cualquier momento. Es un producto principalmente operativo y no tanto enfocado para el ahorro. Es un contrato real, ya que sólo se perfecciona por la entrega de la cosa. Es naturalmente gratuito, esto es, salvo pacto en contrario Es unilateral o bilateral , según sea gratuito o retribuido. No confiere al depositario facultad es de uso, disfrute ni disposición, pues la entrega de la cosa
Se encuentran en la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito en el Cap. IV de los Crédito en el Art 302. Todos son expedidos por alguna institución financiera.
A diferencia de los créditos, esto no te genera ningún interés y solo el dinero que se genere es lo que tienes disponible.
Se encuentran en la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito en el Cap. II de Deposito a partir del Art 267. Todos son expedidos por alguna institución financiera.
Solo son acciones que el depositante realiza siendo o no el beneficiario sin generar ningún interés o comisión .
6.4 Contrato de Descuento
6.5 Créditos Agropecuarios, Las sociedades de producción rural
sólo tiene el sentido de permitirle su obligación principal de custodia El depósito puede ser civil o mercantil, según la legislación aplicable . El banco descuenta los intereses que se generarían desde el pago del adelanto hasta el vencimiento de la deuda. Además de los intereses, la entidad financiera también descuenta comisiones y otros gastos. El descuento puede efectuarse sobre letras de cambio, pagarés, créditos ordinarios o incluso cupones de acciones. Los créditos cedidos no pueden haber vencido ni estar en litigio. El descontante puede acercarse a otra entidad financiera para cederle sus derechos de cobro. Las instituciones que otorgan crédito al sector agropecuario mexicano son la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero (FND), Intermediarios Financieros Bancarios (IFB), y no Bancarios, los Fideicomisos Instituidos en Relación con la Agricultura (FIRA), y en menor proporción el Banco Nacional de Comercio Exterior, SNC (Bancomext), Nacional Financiera, SNC (NAFIN), Sociedad Hipotecaria Federal, SNC (SHF), Banco del Ahorro
Se encuentran en la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito en el Art. 288. Todos son expedidos por alguna institución financiera.
Los pagos de este son a convenir al cliente ya que se reduce el interés y descuentan comisiones. Es más benéfico para el cliente que lo adquiere.
Todos son expedidos por alguna institución financiera. Son para el beneficio del que lo pide.
Son créditos que no cualquier institución financiera otorga, ya que son considerados créditos de primera necesidad .
Nacional y Servicios Financieros (BANSEFI), y Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, SNC (BANOBRAS). Expresarán el objeto de la operación, la duración y la forma en que el beneficiario podrá disponer del crédito materia del contrato;
6.6 Créditos de Habilitación o avío y los Refaccionarios
Fijarán, con toda precisión, los bienes que se afecten en garantía, y señalarán los demás términos y condiciones del contrato;
Se encuentran en la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito a partir del Art 321 al 333. Todos son expedidos por alguna institución financiera.
Son créditos que no cualquier institución financiera otorga, ya que son considerados créditos de primera necesidad.
Todos son expedidos por alguna institución financiera.
Una de las diferencias que puedo notar es que para poder sacar este tipo de crédito se deja en garantía la propiedad y hasta que se termine es liberada.
Se consignarán en contrato privado que se firmará por triplicado ante dos testigos conocidos y se ratificará ante el Encargado del Registro de que habla la fracción IV. Serán inscritos en la Sección Única del Registro Único de Garantías Mobiliarias del Registro Público de Comercio.
6.7 Créditos Hipotecarios
La garantía hipotecaria es la principal característica de los créditos hipotecarios. El inmueble adquirido se grava con una hipoteca. De esta forma, si se produjese el impago del crédito, la entidad financiera o acreedor podría ejecutar esta garantía hipotecaria. Es importante destacar que la responsabilidad del deudor es tanto con la
6.8 Carta de Crédito
hipoteca de su inmueble como con el resto de sus bienes presentes y futuros. Las cartas de crédito deberán expedirse en favor de persona determinada y no serán negociables; expresarán una cantidad fija o varias cantidades indeterminadas; pero comprendidas en un máximo cuyo límite se señalará precisamente. Las cartas de crédito no se aceptan ni son protestables, ni confieren a sus tenedores derecho alguno contra las personas a quienes van dirigidas. El que expida una carta de crédito quedará obligado hacia la persona a cuyo cargo la dio, por la cantidad que ésta pague en virtud de la carta dentro de los límites fijados en la misma.
Se encuentran en la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito en el Art. 311 al 316. Todos son expedidos por alguna institución financiera.
Se agregan diferentes clausulas en beneficio a la institución que las expide. Son documentos emitidos por las instituciones bancarias para el cobro de algún crédito que se le otorgo....