Pactos interprovinciales PDF

Title Pactos interprovinciales
Author Tatiana Rotchen
Course historia argentina
Institution Universidad Nacional del Nordeste
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Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales (U.N.L.P)

PACTOS INTERPROVINCIALES Pilar; Benegas; Cuadrilátero.

Universidad Nacional de La Plata (U.N.L.P) – Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales Historia Constitucional – Catedra I – Comisión 35

De Marco Malena Legajo nº 138460/4

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Pactos interprovinciales: Pilar; Benegas; Cuadrilátero 1. Para los tres tratados:

1.1. ¿Cuándo se celebró?  Tratado del Pilar: se celebró el 23 de febrero de 1820 en la capilla del Pilar, provincia de Buenos Aires, luego de la batalla de Cepeda de 1820.  Tratado de Benegas: fue firmado el 24 de noviembre de 1820 en la estancia de don Tiburcio Benegas ubicada en los márgenes del Arroyo del Medio, Santa Fe.  Tratado del Cuadrilátero: este tratado fue celebrado el 25 de enero de 1822 en la ciudad capital de la provincia de Santa Fe 1.2. ¿Quiénes lo firmaron?  Tratado del Pilar: Entre los principales personajes que participaron del tratado del Pilar se encuentran, Estanislao López, Francisco Ramírez y Manuel de Sarratea.  Tratado de Benegas: Fue firmado entre las provincias de Santa Fe y Buenos Aires por los diputados Juan Francisco Seguí y Pedro Tomás de Larrechea enviados por Estanislao López en representación de Santa Fe y los Diputados Mariano Andrade y Matías Patrón, delegados de Martin Rodríguez en representación de Buenos Aires.  Tratado del Cuadrilátero: Firmado entre las cuatro provincias litorales, Santa Fe, Buenos aires, Entre Ríos y Corrientes, por Francisco De La Cruz en representación de la provincia de Buenos Aires, Francisco Seguí enviado por la provincia de Santa Fe, don Casiano Calderón por Entre Ríos y Juan Nepomuceno Goytia de parte de Corrientes. 1.3. Carácter de quienes lo firmaron  Tratado del Pilar: los firmantes de este tratado fueron gobernadores. Estanislao Lopez gobernador de la provincia de Entre Rios, Francisco Ramirez de Santa Fe 1|P ág i na

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y Manuel de Sarratea de Buenos Aires, este último es elegido como gobernador provisorio de la provincia de Buenos Aires para la firma del tratado en consecuencia de la renuncia de Rondeau.  Tratado de Benegas: la Junta de Representante designa a los doctores Matias Patron y Mariano Andrade para la representación de Buenos Aires, y el Dr. Don Juan Francisco Seguí y Don Pedro Tomás de Larrachea, diputados por Santa Fe  Tratado del Cuadrilátero: Reunidos los Representantes de las cuatro provincias, Buenos Aires, Santa Fe, Entre Ríos y Corrientes, firmaron el tratado en su carácter de Coronel Mayor, Ministro de la Guerra, D. Francisco de la Cruz; el Secretario del Gobierno en todos los ramos de la segunda, don Juan Francisco Seguí; D. Casiano Calderón, presidente del Congreso Provincial Entreriano, y el Sr. D. Juan Nepomuceno Goytía, cura de las Ensenadas de Corrientes.

2. Para el tratado de Pilar

2.1. ¿Reconoce alguna forma de estado? En su artículo primero se pronunció en favor de la federación “que de hecho admiten”. Las provincias firmantes ratifican el voto unánime de su pueblo en favor del sistema federal.

2.2. ¿Convoca algún Congreso? Se convoca a un congreso en su artículo segundo, para el cual debían ser elegidos popularmente representantes por cada provincia, por consiguiente se reunirían los tres en el convento de San Lorenzo, de la Provincia de Santa Fe en un plazo de sesenta días.

2.3. ¿Qué ríos se declaran navegables?

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En su artículo cuarto se establecía que “en los ríos Uruguay y Paraguay navegaran únicamente los buques de las provincias amigas cuyas costas sean bañadas por dichos ríos”1 dándoles así un beneficio económico y comercial a las provincias del interior.

3. Para el tratado de Benegas

3.1. ¿Dónde habría de realizarse el Congreso? Se declara en su artículo nº2 que se promoverá a la eficaz reunión del Congreso remitiendo sus diputados a la ciudad de Córdoba en un lapso de dos meses, hasta que por unanimidad elijan el lugar de su residencia futura. “En esta cláusula se concretaba la reunión del postergado Congreso de San Lorenzo”2

3.2. ¿Qué provincia es garante de su cumplimiento? Es garante del cumplimiento de este pacto la provincia de Córdoba, según se establece en su artículo nº7: “Queda garante de su cumplimiento la Provincia mediadora de Córdoba, cuya calidad ha sido aceptada; y en su virtud -Subscriben los SS, que la representan, que tanto han contribuido con su oportuno influjo a realizarlo .”

3.3. ¿Qué personaje por la provincia de Buenos Aires se encarga de cumplir con lo acordado? Juan Manuel de Rosas fue el encargado de cumplir con lo acordado en el pacto por parte de la provincia de Buenos Aires. López pretendía que Buenos Aires le reconociera una recompensa monetaria por las pérdidas ocasionadas a su provincia en la guerra, pero Martín Rodríguez no podía comprometerse a pagarla. Juan Manuel de Rosas fue quien accedió a cumplir con esa obligación de indemnización, comprometiéndose a entregarle 25.000 cabezas de ganado en un plazo de tres meses.

1

Fragmento extraído del Pacto del Pilar en: http://hum.unne.edu.ar/academica/departamentos/historia/catedras/hist_argen_indep/pactos_trat_acuer/ pacto_pilar.pdf 2 López Rosas, J.R. 2002 “Historia Constitucional Argentina”, Ciudad de Buenos Aires. Editorial Astrea. 3|P ág i na

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Rosas cumplió con su palabra, contribuyeron a esta causa los hacendados de la provincia de Buenos Aires, la provincia con la cesión del diezmo y una suma de 37.500 pesos en efectivo. Se dejó constancia de la entrega de 23.242 cabezas de dos años para arriba y 6.904 de ganado gordo para consumo, en 42 recibos. Estas cifras suman un total de 30.146 animales, excediéndose en más de 5.000 cabezas respecto a lo prometido en la estancia de don Tiburcio Benegas.

4. Para el tratado del Cuadrilátero 4.1. ¿Qué establece la alianza defensiva-ofensiva entre las partes? En caso de ataque extranjero, todas las provincias firmantes pondrán en ejercicio su poder y recursos para echarlos inmediatamente del territorio nacional, según establece el artículo segundo de este tratado. Se deja en evidencia un sentimiento común de las provincias firmantes de luchar contra todo intento de ataque portugués o brasileño. El articulo nº 4 estipula “si alguna o todas las demás provincias de la nación atacaren con fuerza a cualquiera de las cuatro amigas, se les harán por todas en unión las más serias y formales protestas sobre su agresión, y caso de ser desatendidas, irán en su auxilio las otras tres, facilitando más a la invadida todos los recursos que necesite”. Los casos de ataque extraño o de invasión a alguna de las provincias contratantes por parte de otra se organiza en el artículo número 7, el cual establece que la provincia de Buenos Aires “facilitará, en cuanto lo permita su estado y recursos, el armamento, municiones y demás artículos de guerra a cualquiera de las otras que lo necesite y pida…”

4.2. ¿Qué se estipula sobre el Congreso reunido en Córdoba? Este tratado consagra la disolución del Congreso de Córdoba, por no ser considerado útil dado el estado de indigencia y devastación, según se expresa en el artículo decimotercero, en que están envueltas las provincias de Santa Fe, Corrientes y Entre Ríos por las guerras civiles, dificultando el sostenimiento de los enormes gastos de un Congreso.

4.3. ¿Cuándo habría de instalarse un nuevo Congreso General? 4|P ág i na

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Se dispone la instalación de un Congreso General cuando alguna de las provincias creyese ver la oportunidad, haciéndose entre sí las invitaciones correspondientes (art. 14).

Bibliografía  López Rosas, J.R. 2002 “Historia constitucional argentina”, Ciudad de Buenos Aires. Editorial Astrea  Galleti, A. 1987 “Historia constitucional argentina” (tomo I), La Plata. Editorial Librería Editora Platense S.R.L.  Internet: http://www.museobrigadierlopez.gob.ar/novedades_detalle/197/tratadodel-pilar.html  Internet: http://hum.unne.edu.ar/academica/departamentos/historia/catedras/hist_argen_in dep/pactos_trat_acuer/tratado_benegas.pdf  Internet:

https://www.educ.ar/recursos/128539/tratado-del-

cuadrilatero?fbclid=IwAR1HljSs7f9kBdrAbNQSLMRzVmdLKY4wP617ZRSBooFc yLO3D4y-oBLgM0Y

De Marco Malena.

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