Pretensión Relación Y Diferencia Entre Proceso Y Litigio PDF

Title Pretensión Relación Y Diferencia Entre Proceso Y Litigio
Author Luis Ortiz
Course Teoría General del Proceso
Institution Universidad Autónoma del Estado de Morelos
Pages 3
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Summary

Este documento habla sobre la pretensión, característica de todo proceso en el area del Derecho. Contiene información coleccionada de Carnelutti y y Gomez Lara, así como de otros autores....


Description

LA PRETENSIÓN

Carnelutti: “exigencia de la subordinación del interés ajeno al interés propio” Couture: “es la afirmación de un sujeto de derecho de merecer la tutela jurídica y, por supuesto, la aspiración concreta de que ésta se haga efectiva”. “la autoatribución de un derecho por parte de un sujeto que invocándolo pide concretamente que se haga efectiva a su respecto la tutela jurídica”. Jaime Guasp (español) “la pretensión procesal, por su estructura, es una declaración de voluntad por la cual una persona reclama a otra, ante un tercero supraordinado a ambas, un bien de la vida, formulando en torno al mismo una petición fundada, esto es, acotada o delimitada, según los acaecimientos de hecho que expresamente se señalen”. Para Gómez Lara, “la pretensión es uno de los elementos necesarios para la existencia del litigio” 1 “es un querer, una voluntad, una intención exteriorizada para someter un interés ajeno al interés propio”. Estas definiciones nos conducen necesariamente a que abordemos la distinción que existe entre pretensión, derecho subjetivo y acción, para poder entender la estrecha relación que guardan entre sí. El Derecho subjetivo, lo entendemos como el, facultas agendi, Alberto Trabucchi2, expresamente lo define como: “cuando se desea expresar el poder atribuido a la voluntad del sujeto para satisfacer sus propios intereses” es el derecho de gozar de mi bien. Es entonces, algo que se tiene o que no se tiene. En cambio la pretensión, hace referencia a una actividad, a una conducta, refleja algo que se hace o que no se hace, esta actividad, puede ser discutida, fundada, impugnada, infundada, insatisfecha, resistida o bien incluso sin derecho. Ejemplo: Préstamo de dinero. Pretensiones:  Que le paguen el dinero que prestó.

1

Gómez Lara, Cipriano. Teoría General del Proceso. 10ª. ed Ed. Oxford p 3 Trabucchi, Alberto. Instituciones de Derecho Civil. XV ed. Editorial Revista de Derecho Privado. Madrid 1967. 2

2  

Que le paguen los intereses que convinieron, para el caso de incumplimiento en el pago. Que le paguen los gastos y costas del juicio.

Acción, del latín actio, movimiento, actividad, acusación, es un vocablo que posee varias acepciones jurídicas, la que más nos interesa es la que hace referencia a su carácter procesal: “poder jurídico de provocar la actividad de juzgamiento de un órgano que decida los litigios de intereses jurídicos”. Es decir, de acuerdo con Cipriano Gómez Lara, la “acción es un medio para para introducir la pretensión en el campo de lo procesal” Este carácter procesal es el punto en donde los tres vocablos que estamos analizando se unen, pues la acción es una de las formas de hacer valer la pretensión, al llevarla hacia el proceso y abrir sus puertas, por ello Gómez Lara la considera como una llave. Por lo que respecta a la pretensión, encontramos dos medios para hacerla valer: los legales, como los ruegos o algunas presiones y, las que pueden llegar a ser ilegales: las amenazas y la fuerza. Con el objeto de ubicar la pretensión frente a los fenómenos de la acción y de las satisfacción de derechos, por una parte, y para relacionar dicho concepto también con los de la existencia del derecho y la opinión que el pretensor de él pueda tener, acerca de si ese derecho existe o no, por otra parte Cipriano Gómez Lara ha formulado el siguiente cuadro, el cual ha denominado el cuadro de la pretensión, guiándonos por cinco momentos en los nos presenta el comportamiento de dicho concepto, desde lo procesal, como desde lo factico. Momentos de la pretensión que nos permiten entender la relación que existe entre proceso y litigio: a) Existencia del derecho subjetivo. b) Opinión subjetiva del pretensor sobre la existencia del derecho. c) Pretensión. d) Acción e) Satisfacción de la pretensión y del derecho, o de ambos.

3

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10

Existencia de Der. Subjetivo

Opinión del pretensor

Pretensión

Acción

X X X X x

X X X X X X X

X X X X

X X

X X X X

X

X

Satisfacción del derecho subjetivo y/o de la pretensión X

X X

RELACIÓN Y DIFERENCIA ENTRE PROCESO Y LITIGIO a) Plano del contenido: en este plano están el litigio y la pretensión b) Plano del continente: en este plano están el proceso y la acción

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