Principios - Introduccion introduccion PDF

Title Principios - Introduccion introduccion
Author Anonymous User
Course Derecho administrativo
Institution Universidad Alas Peruanas
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Summary

INTRODUCCIÓN.Dentro de la norma adjetiva administrativa y nos referimos a la Ley de Procedimientos Administrativos Generales se encuentran los principios del procedimiento administrativo y se encuentran señalados en el Título Preliminar de la Ley 27444, son las guías rectoras o directivas mediante l...


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INTRODUCCIÓN.

Dentro de la norma adjetiva administrativa y nos referimos a la Ley de Procedimientos Administrativos Generales se encuentran los principios del procedimiento administrativo y se encuentran señalados en el Título Preliminar de la Ley 27444, son las guías rectoras o directivas mediante las cuales se va a desarrollar el procedimiento administrativo, en áreas de que las actuaciones de la administración pública sean ajustadas al derecho, lo cual es una garantía para los administrados. Ningún acto de la administración publica debe de apartarse de estos principios, a fin de no vulnerar los derechos que le asisten al administrado, y esto para cumplir con la finalidad de la Administración Publica que es el de garantizar el sentido de justicia de sus decisiones. Cabe señalar que la lista de los principios que señala la norma vigente no es una lista cerrada, si no que por el contrario es abierta a los cambios y evolución de la sociedad. La presente monografía está divida en capítulos donde desarrollaremos básicamente los principios del derecho Administrativo y porque es importante para nuestra sociedad y nuestra realidad actual

Principio de privilegio de controles posteriores. La tramitación de los procedimientos administrativos se sustentará y la aplicación de la fiscalización posterior reservándose la autoridad administrativa el derecho de comprobar la veracidad de la información presentada, el cumplimiento de la normativa y sustantiva y aplicar las sanciones pertinentes en caso de la información presentada no sea verás. Se pondera en que los trámites se sustentan a la aplicación fiscalizadora posterior esto quiere decir que en reserva de la autoridad administrativa el derecho comprobar la veracidad de la información presentada cumpla con la normativa respectiva, así como la aplicación de las sanciones pertinentes en cuanto a la información presentada que se sujete bajo la realidad. Principio del ejercicio legítimo del poder. La autoridad administrativa ejerce única y exclusivamente las competencias atribuidas para la finalidad prevista en Las normas que le otorgan facultades o potestades, evitándose especialmente el abuso del poder, bien sea para objetivos distintos de los establecidos en las disposiciones generales o en contra de interés general. Ilegítimo poder va de acuerdo a lo que obedece a los límites cuya inobservancia se supone el abuso de tal actuación o competencia legal atribuida al ejercicio con una finalidad exclusiva está dictada por un acto administrativo que va de acuerdo a una formalidad interpuesta por el ordenamiento jurídico para preservar los derechos y garantías constitucionales de los administrados.

Principio de responsabilidad. La autoridad administrativa está obligada a responder por los daños ocasionados como consecuencia del mal funcionamiento de la actividad administrativa, conforme lo establecido en la presente ley. Las entidades y sus funcionarios y servidores asumen las consecuencias de sus actuaciones de acuerdo con el ordenamiento jurídico. La responsabilidad administrativa es un ponderado sobre la responsabilidad que haya dentro de la constitución política el Ministerio Público y la fiscalización nacional y potestad disciplinaria estás bajo generales de ley constituyen la potestad disciplinaria la investigación administrativa en cuya cuestión y crítica es el cumplimiento eficiente de un alto grado de excelencia bajo criterio y visión de la eficacia en atenciones a lo que Se presume una pena en atención a víctimas que han sido vulneradas por derechos dentro del ejercicio público. Principio de acceso permanente. La autoridad administrativa está obligada a facilitar información a los administrativos qué son parte de un procedimiento administrativo ha tramitado ante ellas, para que en cualquier

momento del referido procedimiento puedan conocer su estado de tramitación y a acceder y obtener copias de los documentos contenidos en dicho procedimiento, sin perjuicio del derecho de acceso a la información que se ejerce conforme a la ley de la materia. Los administrados gozan de todos los derechos y garantías inherentes al debido proceso cimiento administrativa que comprende el derecho a exponer sus argumentos y ofrecería producir pruebas y obtener una decisión motivada y fundamentada en base a su derecho...


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