Recensión Sobre la paz perpetua PDF

Title Recensión Sobre la paz perpetua
Author Dunia Cabrera
Course Teoria crítica
Institution Universitat Autònoma de Barcelona
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Trabajo sobre el significado y relevancia de la obra de Kant...


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Teoría crítica (2ª evaluación)

Edición: (2008), Madrid: Editorial Tecnos

Dunia Cabrera Monfort; NIU: 1272667

Recensión: Sobre la paz perpetua Immanuel Kant

Ésta obra fue publicada en el año 1795, fecha en la que, también, se firmó la Paz de Basilea que reconocía la República francesa. Kant quedó maravillado por la Revolución, pero no tardó demasiado en darse cuenta de que los ideales propuestos en su inicio, no eran ciertamente los que se tuvieron en cuenta durante todo su proceso. Dicha obra recoge los puntos que el autor consideraba principales para conseguir la paz permanente entre los estados, derivada de una unión de los principios de la política interna y externa. En primer lugar, Kant afirma que los tratados de paz no son válidos si se tratan de meros armisticios, ya que no son, en ese caso, seguridad de paz perpetua. Un Estado no se trata de un objeto y, por tanto, no puede ser heredado por otro ya que está conformado por sujetos autónomos, que constituyen una sociedad, y ésa sociedad debe tener la palabra sobre cómo administrar dicho Estado, conformando, en su conjunto, una sola persona moral. Dicha persona no puede ser tratada como un mero medio, sino cómo un fin en sí mismo; tal hecho abarca la misma situación pero de carácter individual, con cada uno de los hombres por separado, es decir las relaciones que existan en ese Estado, entre individuos, deben ser las de derecho. Al igual que no estará permitido heredar un Estado, tampoco será correcto para Kant alquilar tropas, ya que esto también significaría tratar como medios a esos vasallos de otro Estado. Los Estados que tengan ejércitos compuestos por profesionales no deberán tener un carácter permanente, ya que esto facilitará que por cualquier motivo decidan iniciar una guerra. Únicamente el propio Estado tendrá palabra sobre lo que ocurre en él, ya que, al igual que las personas, un Estado se trata de una entidad de carácter autónomo; es decir, tiene la característica de no depender de nada, a la hora de gobernarse, que no sea él mismo. El único caso en el cual Kant acepta que un Estado pueda intervenir sobre otro aparece cuando existe una división, actuando el Estado ajeno para restablecer el derecho; ahora bien, en el momento en el que ése se recupere, el Estado foráneo deberá retirarse. Kant, también, introduce una división entre los tipos de leyes: permisivas y preceptivas por un lado, y prohibitivas por otro. El problema que se plantea es que la ley prohibitiva, en muchas ocasiones, se ve arrastrada por rasgos de carácter permisivo; es decir, se da una excepción de los individuos sobre sí, en pos de sus deseos. Pero aún así, en la posibilidad de que exista dicha ley, reside uno de los puntos clave para Kant: “… es la única piedra de toque verdadera de una

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legislación consecuente; sin ella el llamado ius certum se quedará siempre en un pío deseo. Sin ella habrá meras leyes generales (con eficacia en general), pero no leyes universales (con eficacia universal), como parece exigir el concepto de ley.” [Pág. 13] Por lo tanto, aparece aquí la división entre imperativo hipotético e imperativo categórico; las leyes generales serán aquellas que se adaptarán al deseo, es decir que tienen como finalidad la felicidad y que, por tanto, no se tratan de universales, sino simplemente de generales; serían aquellas que se moverían por imperativos hipotéticos. Mientras que las leyes universales, como bien indica el fragmento, serán eficaces de forma absoluta; esto es precisamente lo que rige el concepto de ley para Kant, aquél que tiene un carácter categórico, como ocurrirá con las leyes prohibitivas. Cuando los hombres se encuentran en estado de naturaleza, no deben considerarse las guerras como algo permanente; lo permanente es el sentimiento de hostilidad entre los diferentes pueblos. Conseguir la paz eterna no es algo tan sencillo como dejar de lado las armas, sino que para ello es necesario un acuerdo entre Estados, ya que solo así se garantiza que no existen sentimientos de inseguridad por parte de ningún hombre; dicho acuerdo se conseguirá mediante la ley. Motivo por el cual los Estados deberán disponer de una Constitución jurídica, que en relación a los ciudadanos de cada Estado, constituye que existe: en primer lugar, el derecho político de los hombres dentro de un pueblo; a continuación, derecho de gentes, de los Estados en las relaciones que mantienen entre sí; y por último el derecho cosmopolita, configurando el tema de las relaciones entre hombres y Estados siendo ciudadanos de un estado universal. Además defiende que el Estado debe garantizar al pueblo los siguientes principios: “…, 1º. de la libertad de los miembros de la sociedad (en cuanto hombres), 2º de la dependencia de todos respecto a una única legislación común (en cuanto súbditos) y 3º. de conformidad con la ley de la igualdad de todos los súbditos (en cuanto ciudadanos): es la única que deriva de la idea del contrato originario y sobre la que deben fundarse todas las normas jurídicas de un pueblo.” [Pág. 15] Kant propone, desde el principio de la obra, como su forma predilecta de gobierno a la república; pero aun así, considera que es totalmente necesario cuestionarse si es la única forma de gobierno capaz de conducir a la paz perpetua. La república nace del concepto de derecho, con la vista ya puesta en la paz perpetua; el caso es que si esta no fuera su naturaleza, el súbdito no sería ciudadano, ya que el jefe del Estado sería el propietario de este, tratando los males que pudieran afectar a su propiedad únicamente como un juego. Por eso mismo, es importante no confundir jamás la constitución republicana con una de carácter democrático, ya que ésta tendrá necesariamente un carácter despótico: no existirá una separación del poder legislativo y el ejecutivo, ya que todos decidirían, sin tener en cuenta al gobernante. Por tanto se trata de una forma de gobierno no2

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representativa, se trata de una no-forma porque como bien dice Kant: “…, porque el legislador no puede ser al mismo tiempo ejecutor de su voluntad en una y misma persona” [Pág. 19]. El caso es que una democracia siempre es un gobierno en el que todos desean ser soberanos, lo cual llevará a que nadie se deba al Estado, sino a sí mismo, al contrario de lo que ocurre en una república, en la que el soberano es precisamente eso: un servidor del Estado. Lo que ocurre es que cuantas menos son las personas del poder estatal y a su vez, mayor la representación de los mismos, más se acerca ésta constitución al republicanismo. Y es que para Kant únicamente existirá la racionalidad en la forma de Estado si se da la representación, al contrario que Rousseau que niega la representación, y considera que la voluntad general siempre tiene razón. Es fundamental dejar claro que el republicanismo que se defiende en Sobre la paz perpetua, nada tiene que ver con los Estados que han podido existir hasta ese momento, ya que todos ellos terminaron convirtiéndose en un despotismo. Los Estados en su estado de naturaleza, se lastiman unos a otros por el simple hecho de coexistir, al igual que los hombres, por eso mismo deben salir de ese estado de naturaleza, constituyendo una alianza en la cual todos los Estados buscarán la paz. Los Estados consideran que su soberanía reside en no estar sometidos a ninguna fuerza externa, lo cual hace que no sea factible una entidad suprema sobre todos los ellos; por tanto, continuará habiendo Estados independientes, pero entre los que no existirán hostilidades ya que se habrán establecido pactos y alianzas. De este hecho se deriva que entre ellos existirá la hospitalidad,

el denominado derecho cosmopolita:

“…significa aquí el derecho de un extranjero a no ser tratado hostilmente por el hecho de haber llegado al territorio de otro.” [Pág. 27]. Por tanto configura el conjunto de leyes, que como miembros de una comunidad mundial, deben encargarse de regular las relaciones entre los Estados y los ciudadanos de otros Estados, limitándose a las condiciones de hospitalidad universal. Cualquier persona tiene derecho a no ser maltratada por ser extranjera, pudiendo visitar, así, cualquier lugar del mundo. Kant considera que qué dicho derecho se trata de un punto clave para conseguir una paz de carácter universal y perpetuo. El estado de naturaleza se trata de la garantía de la paz perpetua, aunque en un primer momento esto pueda parecer contradictorio. La naturaleza, inicialmente hace que los hombres convivan en el mundo habitándolo por completo, ya que a causa de las guerras tienen que explorar nuevos territorios, y, también, por la existencia de dichos conflictos bélicos tengan que crear relaciones de carácter legal entre ellos. La naturaleza, por tanto, permite vivir a los hombres, y de ese mismo hecho deriva que deben vivir; esto está vinculado, no con ninguna ley moral, sino con que la naturaleza ha elegido la guerra como medio para su fin, que es la paz. Aunque pueda parecer que

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sí la naturaleza no actúa de forma despótica, imponiéndonos lo que debemos hacer; la naturaleza simplemente actúa, estemos o no de acuerdo. Y también, la naturaleza, es la encargada de solucionar las dificultades que aparecen a la hora de conformar la republica; a través de sus tendencias egoístas el hombre se ve obligado, sin necesidad de ser un hombre bueno, a ser un buen ciudadano. El problema principal para establecer el Estado de carácter republicano, que se trata básicamente de la existencia de una multitud que desea unas leyes universales contrariado a una tendencia de cada uno de esos individuos a querer la excepción para sí mismo, tiene solución, que se basa en mecanismos de la naturaleza, ya que ésta desea que el derecho conserve su supremacía. El caso es que la voluntad de todo Estado se trata de llegar a la paz duradera, y dominar a todos los demás, pero el fin de la naturaleza es otro: la naturaleza se sirve de las diferencias que existen entre los pueblos, para que estos coincidan en la paz y se dé entre ellos un equilibrio de fuerzas. Y esta separación entre Estados, llevada a cabo por la naturaleza, dará lugar a que exista el derecho cosmopolita. Los filósofos juegan un papel importante cuando se habla del conocimiento que tienen los diferentes pueblos de los artículos de sus constituciones. En primer lugar, está claro que no puede haber artículos que no sean públicos, ya que si se trata de una constitución para un pueblo, será contradictorio que ésta no esté por completo al alcance de todos los ciudadanos. Pero, ¿deben ser los filósofos tenidos en cuenta? Kant considera que se los debe dejar hablar, pero nunca haciéndoles más caso que a los juristas. La justificación que dará a esto será la siguiente: “No hay que esperar que los reyes filosofen ni que los filósofos sean reyes, como tampoco hay que desearlo, porque la posesión del poder daña inevitablemente el libre juicio de la razón” [Pág. 43] Es decir son relevantes, porque no están influenciados por tener poder y por tanto su razón no se encontrará alterada. Más tarde Kant irá más allá, y considerará que la filosofía es la que puede hacer fracasar a la hábil política, mediante la publicidad de sus máximas. La paz perpetua, se encuentra en medio de la eficacia real en la instauración de la paz y por otro lado, del intento de su justificación moral, lo cual resulta un problema fundamental. El caso es que la paz pertenece a aquello que debe ser, al uso práctico de la razón, y que nada tiene que ver con la empírea. Para que ambas, moral y política, resulten posibles, lo que debe ocurrir es que se encuentren unidas. El hombre, por naturaleza, no deseará jamás lo que se le exige, por lo que no es suficiente con que todos los sujetos vivan obligados bajo una constitución, sino que deben quererla, porque es necesaria una causa que los unifique. Si esta causa no existe, todos los Estados que pudieran aprovecharían para apoderarse de otros. 4

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Pero el caso es que todo se trata de un simple mecanismo de la naturaleza, y la política se trata de sabiduría práctica viniendo el derecho de un pensamiento vacío. Si es considerado, como necesario, el vínculo entre el concepto de derecho y el de política, será posible un acuerdo entre política y moral. Es concebible la idea de un político moral, que según Kant se trata de: “…, un político que entiende los principios de la habilidad política de modo que puedan coexistir con la moral,…” [Pág. 48] y que considerará que se trata de un deber por parte de los gobernantes corregir las leyes, en caso de que se perciban defectos, poniendo esto por encima de su propio egoísmo; pero en ningún caso se debe concebir un moralista político que moviéndose por máximas sofisticas, sería aquel: “…, que se forje una moral útil a las conveniencias del hombres del Estado.” [Pág. 48]. A continuación aparece un punto en el cual, inicialmente, Kant deja claro su apoyo a la Revolución Francesa, ya que considera que si una revolución ocurre en miras de una constitución más conforme a la ley que la que existe, se deberá castigar al que atente contra ella. Pero en ningún caso, otro Estado podrá obligar a otro a reformar sus leyes. Establecerá que un pueblo se debe constituir a través de los conceptos de libertad e igualdad; por tanto, la paz se tratará de el resultado de una acción de carácter políticoracional: únicamente en el caso de que se actúe de forma que la ley de todos, sea a la vez la ley de cada cual, la paz llegará sin más y no habrá disparidad objetiva entre moral y política. La incompatibilidad de las máximas del derecho de gentes con la publicidad, muestra claramente el desacuerdo entre política y moral; por eso mismo, resulta necesario saber cuál es la condición bajo la cual sus máximas coinciden con el derecho de gentes. La condición de posibilidad del derecho de gentes es que se dé un estado jurídico, ya que sin éste no hay derecho público, sino únicamente derecho privado. Así, un acuerdo entre moral y política únicamente resulta factible en una unión federativa. Por lo tanto toda prudencia política, que tenga fundamento jurídico conllevará una instauración de una unión federativa. Finalmente, Kant propone un principio transcendental que desarrollará, cómo él bien indica, en otro momento. Dicho principio se trata de: “«Todas las máximas que necesitan la publicidad (para no fracasar en sus propósitos) concuerdan con el derecho y la política a la vez.»” [Pág. 69] Es decir, la publicidad se trata de la única forma en la que se adecua el Estado al fin general del público, que es la felicidad; esto lleva al pueblo a estar de acuerdo con la tarea de la política, eliminando así el escepticismo frente a sus máximas. Estas máximas tienen que ser acordes al derecho público, ya que solo así resulta posible la unión de los fines de todos los seres racionales. Por tanto, estas máximas al respaldarse en el derecho público, serán deseadas por los ciudadanos como universales, pudiendo convertirse en imperativos categóricos.

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