Resumen sobre el Pacto de Toledo PDF

Title Resumen sobre el Pacto de Toledo
Author Tatyana Sotoka
Course Derecho De La Seguridad Social
Institution Universidad de Alicante
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Summary

resumen sobre el pacto de Toledo realizado para las clases impartidas del profesor Carlos Pujalte. ...


Description

Resumen sobre el Pacto de Toledo En el año 1995, es aprobado por el Congreso de los Diputados un documento que contenía quince recomendaciones sobre los cuales se fundamentaría las políticas sociales relativas a las pensiones, y que por tanto, dirigido a un sector de la sociedad tan sensible como aquellos que dependen de una pensión de jubilación o de invalidez o viudedad, etc. Por tal motivo todos los partidos políticos se pusieron de acuerdo para no utilizar las pensiones como arma electoral. A este documento se le denominó “PACTO DE TOLEDO”. Al cabo de ocho años (en el 2003), se decidió hacer un seguimiento y actualización del mismo. Las 15 recomendaciones que, debían orientar las futuras reformas del sistema de pensiones con el fin de garantizar, en primer lugar, su viabilidad y, si fuera posible, su mejora, fueron apoyadas por todos los grupos parlamentarios del Congreso de los Diputados y, poco tiempo después, los llamados “interlocutores sociales” sumaron su apoyo al documento denominado Pacto de Toledo. Estos Principios Programáticos o Recomendaciones (con algunos cambios que se introdujeron posteriormente son: 1.-

Separación

de

las

fuentes

de

financiación.- Separando

las

asignaciones

presupuestarias, las no contributivas de las contributivas de forma que éstas sean abonadas con los propios recursos de la Seguridad Social. 2.- Mantenimiento del poder adquisitivo.- A través de su revalorización anual en función de la subida del IPC. 3.- Constitución de reservas.- Mediante la creación de un Fondo de Reserva en el que se ingresarían a principios de cada año los recursos sobrantes después de pagar las pensiones del año anterior. 4.- Simplificación e integración de los diferentes regímenes especiales.- Con la finalidad de que, gradualmente, se llegue a tener dos grandes regímenes, uno constituido por los trabajadores por cuenta ajena y otro por los de cuenta propia o autónomos. 5.- Mejora de las bases de cotización.- Para acercarlas a los salarios realmente percibidos. 6.- Cotizaciones orientadas al crecimiento del empleo.- Bonificar los contratos laborales de aquellos colectivos que tengan una mayor dificultad en acceder a un empleo, si bien, estas bonificaciones deberán ir a cargo de las políticas activas de empleo. 7.- Modernización e información al ciudadano.- Facilitar al ciudadano el acceso a una mas amplia información, aprovechando las innovaciones tecnológicas. 8.- Gestión del sistema.- Mejorar la coordinación y la eficacia de la gestión. 9.- Lucha contra el fraude. 10.- Principio de contributividad.- Es necesario que las pensiones a percibir sean proporcionales al esfuerzo contributivo efectuado por el pensionista a lo largo de su vida laboral.

11.- Edad de jubilación.- Resulta conveniente adaptar, de manera gradual y progresiva, la edad de jubilación a la esperanza de vida de la población española. A tal fin pueden ser útiles fórmulas mixtas como la jubilación parcial. 12.- Pensiones de viudedad y orfandad.- Es conveniente mejorar paulatinamente la cuantía de estas pensiones, armonizando el principio de contributividad en el caso de las pensiones mas bajas. 13.-

Reforzamiento

del

principio

de

solidaridad.- Conjugar

el

principio

de

contributividad con el principio de solidaridad para inculcar que las cotizaciones mas altas beneficien a los perceptores de las pensiones mas bajas. 14.- Sistemas complementarios.- Es conveniente desarrollar la fórmula de pensión complementaria a través de planes de pensiones o de otras formas aseguradoras, con el fin de que la jubilación no ocasione una reducción traumática de los recursos económicos del pensionista. 15.- Seguimiento periódico.- De manera periódica el parlamento comprobará la adecuada ejecución de las recomendaciones que recoge el denominado PACTO DE TOLEDO.

Este seguimiento es tarea de la Comisión no permanente que debe evaluar y comprobar la evolución socio-económica, pudiendo introducir modificaciones a las recomendaciones recogidas en el Pacto de Toledo o, en su caso, añadir nuevas recomendaciones o principios programáticos, como de hecho sucedió en el año 2003 al añadir, en el documento elaborado en el año 1995, otras recomendaciones relativas a:

·

Nuevas formas de trabajo

·

Mujer y protección social

·

Discapacidad

·

Inmigración

Estas nuevas recomendaciones pusieron de relieve la necesidad de armonizar los cambios en nuestro sistema de pensiones a las sucesivas novedades que, de manera paulatina, han ido introduciendo las Instituciones de la Unión Europea; en especial las que se refieren a la inmigración, las situaciones de dependencia, las personas con discapacidad o la movilidad de los trabajadores comunitarios. a)

Nuevas formas de trabajo.- Los contratos de trabajo bonificados pueden ser un

instrumento válido que favorezca la incorporación o permanencia en el trabajo de personas con dificultades de acceso al mundo del trabajo o que corran riesgo de expulsión por su edad. Estas bonificaciones deben centrarse en colectivos cuyo empleo se pretende favorecer, implicando a las Administraciones públicas a que pongan en marcha políticas activas de empleo eficaces, entre otros aspectos mejorando la formación para una mas fácil colocación de quienes se incorporan al mercado laboral con una mayor cualificación profesional.

b)

Mujer y protección social. - La comisión defiende que se adopten las medidas precisas

para que se logre una real y efectiva igualdad de oportunidades, igualdad de trato entre hombres y mujeres en relación con el empleo e igualdad de salario a igual desempeño de funciones. Una adecuada conciliación de la vida personal, familiar y laboral. c)

Discapacidad.- Se considera que el Sistema de la Seguridad Social constituye un

instrumento de política social que debe contribuir, en mayor medida, a la plena inclusión de las personas con discapacidad. d) Inmigración.- La comisión defiende la importancia de una inmigración ordenada y legal que ayude a la estabilidad futura de nuestro sistema de protección social, manteniendo el crecimiento demográfico y la tasa de natalidad, contribuyendo al desarrollo de nuestro mercado laboral.

Todo lo anteriormente expuesto es un resumen del documento denominado PACTO DE TOLEDO, que no deja de ser un conjunto de buenas intenciones o programas a desarrollar y que

en

función

del momento

político,

social

y

económico, corresponderá

al Poder Ejecutivo poner en práctica.

Al día de hoy no se puede predecir qué va salir de los acuerdos o desacuerdos de estas reuniones ni de las manifestaciones o propuestas de unos u otros, máxime cuando en un mismo paquete se esta negociando, entre otros temas, las futuras normas legales que regulen las pensiones, extinción de contratos por causas objetivas, o normas que regulen la negociación colectiva.

Con respecto a la norma que regule las pensiones y en especial la pensión por jubilación, ya que es ésta la que más impacta y preocupa a toda la sociedad española, al día de hoy todo son dudas; para los sindicatos la jubilación a los 67 años era innegociable y amenazaban con una huelga general, ya no existe tal amenaza pese a que el propio Presidente del Gobierno, en declaraciones propias, ha manifestado que, para optar a cobrar el cien por cien de la pensión (base reguladora), la edad de jubilación será a los 67 años y haber cotizado mas de 35 años. Una semana más tarde, el ex ministro de trabajo Don Jesús Caldera, que ahora se incorpora como mediador en las negociaciones objeto de estas reformas, habla de que la vida laboral puede prolongarse dos o tres años....


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