Tipos DE Sociedades Existentes EN Colombia Cuadro Comparativo PDF

Title Tipos DE Sociedades Existentes EN Colombia Cuadro Comparativo
Author Jessica Valentina CORREDOR GUTIERREZ
Course contaduria publica
Institution Corporación Universitaria Minuto de Dios
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TIPOS DESOCIEDADESEXISTENTES ENCOLOMBIASociedadesLimitadas– LTDA.Descripción Número deSociosCapital Social Denominaciónde Socios oAccionistasUtilidades Sociales Causales de Disolución DuraciónObligaciRevisor FEs una sociedad se caracteriza por ser una sociedad de personas, y como su nombre lo indica...


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TIPOS DE SOCIEDAD ES EXISTENT ES EN COLOMBI A

Sociedades Limitadas – LTDA.

Sociedades Anónimas – S.A.

Descripción

Número de Socios

Capital Social

Denominación de Socios o Accionistas

Es una sociedad se caracteriza por ser una sociedad de personas, y como su nombre lo indica, la responsabilidad de los socios está limitada al monto de sus aportes, de modo que no responden solidaria e ilimitadamente con su patrimonio. Es una forma societaria que se caracteriza por ser abierta, por ser una sociedad de capital, que por su naturaleza permite la negociación de sus acciones en el mercado de valores.

La sociedad de responsabilidad limitada se debe constituir con un mínimo de dos socios, y un máximo de 25.

- Se divide en cuotas de igual valor.

Socios

Conformada por un número plural de socios que no puede ser menor a cinco (5) socios y un máximo ilimitado.

Se divide en acciones de igual valor. - Las acciones circulantes corresponden al capital pagado por los accionistas. - Podrán emitirse también acciones privilegiadas, acciones con dividendo preferencial y sin voto, bonos de disfrute acciones,

- Cualquier aumento o reducción de capital requiere la modificación de los estatutos sociales

Accionistas

Utilidades Sociales

Causales de Disolución

1. Pérdidas que reduzcan el capital por debajo del 50%. 2.Número de socios sea mayor a 25 o menor a lo exigido por la ley. 3.Por vencimiento del contrato. 4.Por la imposibilidad de desarrollar la empresa social. 5.Por la declaración de Liquidación Obligatoria (Ley 222 de 1995). Porcentaje a distribuir 6.Por las causales que se estipulen en el contrato. no menor al 50% de las utilidades liquidas 7.Por decisión de los asociados, conforme a la ley y al contrato social. salvo que un 78% de los accionistas apruebe 8.En casos expresamente previstos en lo contrario (Art 155, la ley y llevados a cabo por la autoridad competente. C.Co). El cincuenta por ciento 1. Por el cese en el ejercicio de la (50%) del capital actividad o actividades que social autorizado debe constituyan el objeto social. estar suscrito y un En particular, se entenderá que tercio del capital social se ha producido el cese tras un suscrito debe ser período de inactividad superior pagado al momento de a un año. la constitución de la 2. Por la conclusión de la sociedad. empresa que constituya su objeto. 3. Por la imposibilidad manifiesta de conseguir el fin social. 4. Por la paralización de los órganos sociales de modo que Reparto de Utilidades Las utilidades dadas después de cada ejercicio legal son en proporción a las acciones suscritas o cuotas de participación,

Dura ción

Obligaci Revisor

Indefi nida

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Indefi nida

El códig comercio n a que sociedad anónimas un revisor f modo que la norma ge la ley 43, e al monto ingresos o

capital de los servicios prestados dividendo preferencial y sin derecho a voto o bonos obligatoriamente convertibles en acciones.

5.

6.

7.

8.

resulte imposible su funcionamiento. Por pérdidas que dejen reducido el patrimonio neto a una cantidad inferior a la mitad del capital social, a no ser que éste se aumente o se reduzca en la medida suficiente, y siempre que no sea procedente solicitar la declaración de concurso. Por reducción del capital social por debajo del mínimo legal, que no sea consecuencia del cumplimiento de una ley. Porque el valor nominal de las participaciones sociales sin voto o de las acciones sin voto excediera de la mitad del capital social desembolsado y no se restableciera la proporción en el plazo de dos años. Por cualquier otra causa establecida en los estatutos.

Se caracterizan porque para conformarse se requiere la existencia de dos tipos de socios; unos que comprometan su responsabilidad Sociedad de manera en solidaria e Comandita ilimitada y otros Simple – S. que respondan hasta el monto en de sus aportes.

Sociedad en Comandita por Acciones – S.C.A.

una sociedad capitalista cuyo capital social está dividido en acciones, que se formará por las aportaciones de los socios

Al menos un socio gestor y no más de 25 socios comanditarios.

-Se divide en partes de interés de igual valor, con un derecho de voto cada una. -El capital está compuesto por aportes de los socios comanditarios y gestores (si existen tales contribuciones).

Al menos un socio gestor y cinco comanditarios. No hay máximo de gestores ni de comanditarios.

- Cualquier aumento o reducción de capital de la sociedad requiere la modificación de los estatutos sociales -Se divide en acciones de igual valor, con un derecho de voto cada una. -El capital está compuesto por aportes de los

Socios gestores Socios comanditarios que no intervienen en la administración de la sociedad

a) Socios Gestores b) Socios comanditarios que no intervienen en la Administración

El capital se paga en su totalidad en el momento de la incorporación.

las sociedades en comandita simple se disolverán por pérdidas que reduzcan el capital a la tercera parte o menos, mientras que la sociedad en comandita por acciones se disuelve cuando las pérdidas reduzcan el patrimonio neto a menos del cincuenta por ciento del capital suscrito.

Indefi nida

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El cincuenta por ciento (50%) del capital social autorizado debe estar suscrito y un tercio del capital social suscrito debe ser pagado al momento

1. Por las causales señaladas en el artículo 218 de este Código; 2. Por las causales especiales de la sociedad colectiva, cuando ocurran respecto de los socios gestores, y. 3. Por desaparición de una de

Indefi nida

Es obliga

socios comanditarios y gestores (si existen tales contribuciones).

Sociedad Colectiva

Es una sociedad comercial de personas, cerrada, de responsabilidad solidaria e ilimitada, y cuya administración corresponde a todos los socios o asociados.

Al menos dos socios y sin límite máximo.

-Cualquier aumento o reducción del capital social requiere la modificación de los estatutos sociales. - Se divide en partes de interés, que pueden tener valores diferentes - Cada socio tiene derecho a voto, con independencia del valor de su aporte. - Cualquier aumento o reducción de capital de la sociedad requiere la modificación de los estatutos sociales

de la sociedad.

de la constitución de la sociedad.

las dos categorías de socios.

Socios

Los socios manifiestan su compromiso respecto del aporte en los documentos de constitución de la empresa.

1. Cuando fallece alguno de los socios, siempre y cuando no se haya de continuar con los herederos del fallecido o los demás socios; se podrá continuar la sociedad con los herederos del difunto cuando los herederos tengan capacidad para ejercer el comercio, pues de lo contrario se disolverá la sociedad. 2. Cuando a uno de los socios le sobreviene una incapacidad, a menos que se contemple que la sociedad puede seguir con el resto de los socios, o se acepte por

Indefi nida

No es nec solo si su ingres 3000SM 5000SMLV activ

los socios que los derechos del incapaz sean ejercitados por su representante. 3. Cuando uno de los asociados se encuentre en trámite de liquidación obligatoria y ninguno de los socios adquiera su interés social o no se permita la adquisición de esta a un extraño. 4. Por venta forzada del interés social a uno de los socios o a un tercero, cuando dentro de los 30 días siguientes los socios no aceptan seguir la sociedad con el comprador. 5. Y, por último, cuando uno de los socios renuncia de manera justificada, sino se adquiere el interés social por alguno de los demás asociados o no se le permite la cesión.

https://www.gerencie.com/sociedad-anonima.html https://www.gerencie.com/sociedad-de-responsabilidad-limitada.html https://prezi.com/cvcaxpn5ytql/sociedades-de-responsabilidad-limitada/?frame=6d344888faaf823a2c4ce0cb77a650306e316ae2 https://jlcasajuanaabogados.com/disolucion-de-sociedades-anonimas-y-sociedades-limitadas/ https://encolombia.com/derecho/codigos/comercio-colombiano/codcomerciolibro2-3/ https://www.gerencie.com/caracteristicas-de-la-sociedad-en-comandita.html http://proyectos.andi.com.co/es/GAI/GuiInv/CrEmp/ConsSoc/Paginas/default.aspx...


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