Unidad-01-Introduccion Conecta- Centralizacion PDF

Title Unidad-01-Introduccion Conecta- Centralizacion
Author Beatriz Ochera
Course Contratación pública
Institution UNED
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CONTRATACIÓN Y LICITACIÓN ELECTRÓNICA DE BIENES Y SERVICIOS CENTRALIZADOS Unidad 1: Introducción al sistema CONECTACENTRALIZACIÓN Manual de contenidos

Autores: Mª Dolores De Los Rios Jimeno Eugenio José Cañizares Llopis

Unidad 1: Introducción al Sistema CONECTA-CENTRALIZACIÓN

Contenido Contenido ................................................................................................................................................ 2 Introducción a la unidad .......................................................................................................................... 4 Objetivos de la unidad ............................................................................................................................. 5 Esquema del contenido de la Unidad ...................................................................................................... 5 1. Introducción al Sistema Estatal de Contratación Centralizada............................................................ 6 Introducción......................................................................................................................................... 6 Objetivos .............................................................................................................................................. 6 ¿Qué es la Contratación Centralizada? Principales características. .................................................... 6 Centrales de Contratación. El Sistema Estatal de Contratación Centralizada. .................................... 8 Ámbito Objetivo del Sistema Estatal de Contratación Centralizada ................................................. 10 Ámbito Subjetivo del Sistema Estatal de Contratación Centralizada ................................................ 18 Procedimiento de contratación de los contratos basados en acuerdos marco. ............................... 23 Conclusiones ...................................................................................................................................... 29 2. Estructura e información general de la Web ..................................................................................... 31 Introducción....................................................................................................................................... 31 Objetivos ............................................................................................................................................ 31 Información Estática Pública .............................................................................................................32 Información Dinámica Pública ........................................................................................................... 40 Información contenida en la parte privada ....................................................................................... 48 Empresas y Organismos ..................................................................................................................... 51 Contratos tramitados......................................................................................................................... 56 Conclusiones ...................................................................................................................................... 59 3. Configuración de los equipos para el uso avanzado de la aplicación ................................................ 60 Introducción....................................................................................................................................... 60 Objetivos ............................................................................................................................................ 60 Requisitos iniciales............................................................................................................................. 60 Permitir los elementos emergentes .................................................................................................. 61 Incluir la Web del SECC como Sitio de confianza del navegador ....................................................... 62 Vista de compatibilidad ..................................................................................................................... 64 Instalación de la autofirm@ ..............................................................................................................64 Conclusiones ...................................................................................................................................... 66 4. Aplicaciones de acceso externo a la Web .......................................................................................... 67 2

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Introducción....................................................................................................................................... 67 Objetivos ............................................................................................................................................ 67 Concepto de firma electrónica .......................................................................................................... 67 Verificación de documentos impresos .............................................................................................. 68 Conclusiones ...................................................................................................................................... 70 Conclusiones de la Unidad ..................................................................................................................... 71

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Unidad 1: Introducción al Sistema CONECTA-CENTRALIZACIÓN

Introducción a la unidad Con esta Unidad empieza el curso Contratación electrónica de bienes y servicios de contratación centralizada. A través del mismo se pretende formar al alumno en la tramitación a través del Sistema Estatal de Contratación Centralizada (S.E.C.C.). El S.E.C.C. pone a disposición de los organismos el Sistema CONECTACENTRALIZACIÓN, para la tramitación de contratos basados en acuerdos marco. El artículo 3 de la orden EHA/1049/2008, de 10 de abril, establece que “con relación a los contratos basados, la propuesta de adjudicación, independientemente de si requieren o no de una nueva licitación, se realizará por medios telemáticos a través de la aplicación CONECTA CENTRALIZACIÓN junto con la documentación requerida en cada caso.” En este curso se va a ver la tramitación, con carácter general, de los contratos basados en acuerdos marcos de bienes y servicios declarados de contratación centralizada a través de la aplicación Conecta-Centralización, si bien algunos de los acuerdos marco adjudicados están sujetos a requisitos específicos, de manera que para determinados acuerdos marco se han establecido en la aplicación ConectaCentralización especialidades documentales a seguir en la tramitación de los procedimientos de contratación. El Sistema permite realizar las solicitudes de contratación de forma electrónica, estableciendo distintas posibilidades en este ámbito según el grado de avance en el uso de procedimientos electrónicos. Para ello se establecen dos niveles, la denominada la Tramitación electrónica, donde el Sistema permite realizar todos los trámites de confección, firma y envío de forma totalmente electrónica y la denominada Tramitación parcialmente electrónica, que combina las ventajas de la tramitación electrónica permitiendo realizar determinados pasos de la tramitación de forma externa al sistema. Al finalizar el curso, el alumno será capaz de realizar una solicitud mediante los dos tipos de tramitación. Para llegar a ello es necesario, primero, comprender los aspectos jurídicos y procedimentales que rigen el funcionamiento de la contratación a través del S.C.C.E. Posteriormente hay que conocer la herramienta para la contratación, la Web CONECTA-CENTRALIZACIÓN, sus opciones, su correcta configuración y las facilidades que ofrece. Hasta aquí el contenido de esta Unidad, introductoria para el resto del curso.

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Objetivos de la unidad El objetivo general de esta unidad es doble:  Conocer la base jurídica y de procedimiento del Sistema de Contratación Centralizada Estatal, en lo referente a las contrataciones realizadas a través del mismo.  Comprender y sacar el máximo provecho de la parte pública de la web CONECTA-CENTRALIZACIÓN, así como preparar el equipo para sacar el máximo provecho de las funcionalidades del sistema.

Al finalizar la Unidad se debe de haber conseguido:  Entender la base jurídica y de procedimiento de Sistema de Contratación Centralizada Estatal.  Comprender la visión general de la Web CONECTA-CENTRALIZACIÓN.  Conocer los servicios que ofrece dicha Web.  Saber localizar información de interés cómo pueden ser licitaciones, manuales, legislación, formularios de acuerdos de adhesión…  Saber configurar correctamente el equipo para aprovechar todas las funcionalidades que ofrece el sistema.

Esquema del contenido de la Unidad

Introducción al Sistema CONECTACENTRALIZACIÓN

Introducción al Sistema de Contratación Centralizada Estatal

Estructura general de la Web CONECTACENTRALIZACIÓN

Configuración de los equipos para el uso avanzado de la aplicación

Aplicaciones de acceso externo a la Web

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Unidad 1: Introducción al Sistema CONECTA-CENTRALIZACIÓN

1. Introducción al Sistema Estatal de Contratación Centralizada. Introducción A lo largo de este curso aprenderemos todo lo necesario para ser capaces de realizar tramitaciones de contratos basados a través del Sistema Estatal de Contratación Centralizada Estatal (S.E.C.C.), mediante la herramienta CONECTACENTRALIZACIÓN. Antes de empezar con el contenido práctico es necesario conocer las bases y fundamentos que rigen la contratación centralizada, sus principales características, funcionamiento, y particularidades, que se estudiarán en esta lección.

Objetivos Los objetivos que se pretenden cubrir con esta lección son los siguientes:  Conocer las principales características del Sistema Estatal de Contratación Centralizada.  Conocer la legislación que regula la contratación centralizada de bienes y servicios.  Conocer el ámbito objetivo del sistema, y la posibilidad de contratación al margen del mismo.  Conocer el ámbito subjetivo obligatorio y no obligatorio del uso del sistema.  Conocer los distintos disponibles en el SECC.

acuerdos

marco

y

contratos

centralizados

 Conocer las bases del procedimiento de la contratación basada en acuerdos marco.

¿Qué es la Contratación Centralizada? Principales características. La Contratación Centralizada es una estrategia de contratación, cuya tendencia va en aumento en los mercados de contratación pública europea, consistente en la agregación, mediante distintas fórmulas, de la demanda de los compradores públicos. Gracias a esta agregación es posible beneficiarse de las economías de escala, tanto en lo referente a la reducción de precios como en los costes de tramitación, simplificando y racionalizando los procedimientos. Asimismo, la centralización conduce a una profesionalización de la gestión de la contratación, que produce mejores procedimientos, mejor regulación y mejores 6

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decisiones estratégicas, gracias a una mayor especialización del personal implicado. Adicionalmente, la concentración permite aumentar el impacto de las medidas aplicadas relativas a la transparencia, eficiencia y mejora de la gestión, haciendo extensiva la aplicación de las políticas públicas a través las decisiones de contratación. Normativa principal aplicable La norma principal en vigor que rige la contratación administrativa, es la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. De ahora en adelante nos referiremos a ella como la LCSP. Esta norma establece regulación específica para la contratación centralizada. Concretamente, en su Libro segundo, Título I, Capítulo II, regula la racionalización técnica de la contratación (artículos 218 a 230), dedicándose en particular la subsección 2ª, de la Sección 4ª, del aludido Capítulo, a la regulación de la contratación centralizada en el ámbito estatal. Se debe tener en cuenta, no obstante, en relación a los distintos acuerdos marco y contratos centralizados en vigor en su Disposición transitoria primera. Expedientes iniciados y contratos adjudicados con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley, se establece: 1. Los expedientes de contratación iniciados antes de la entrada en vigor de esta Ley se regirán por la normativa anterior. A estos efectos se entenderá que los expedientes de contratación han sido iniciados si se hubiera publicado la correspondiente convocatoria del procedimiento de adjudicación del contrato. En el caso de procedimientos negociados sin publicidad, para determinar el momento de iniciación se tomará en cuenta la fecha de aprobación de los pliegos. 2. Los contratos administrativos adjudicados con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley se regirán, en cuanto a sus efectos, cumplimiento y extinción, incluida su modificación, duración y régimen de prórrogas, por la normativa anterior.

Por lo tanto, aquellos acuerdos marco y contratos centralizados que hayan sido iniciados antes de la entrada en vigor de la LCSP se regirán por lo establecido en Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprobó el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP).

Adicionalmente a estas dos normas principales, se deben destacar, entre otras, las siguientes normas específicas de la contratación centralizada: 7

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 Orden EHA/1049/2008, de 10 de abril, de declaración de bienes y servicios de contratación centralizada, en la que se definen los bienes y servicios declarados de contratación centralizada, y se regulan determinados aspectos relativos a la contratación centralizada, como son el procedimiento de contratación, la autorización para contratar al margen de los acuerdos marco y contratos centralizados, el régimen de adhesiones y el funcionamiento de la Junta de Contratación Centralizada.  Resolución de 8 de junio de 2018, de la Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación, por la que se da cumplimiento a la disposición adicional segunda de la Orden EHA/1049/2008, de 10 de abril, de declaración de bienes y servicios de contratación centralizada, en la que se contienen determinadas previsiones sobre suministros y servicios susceptibles de ser declarados de contratación centralizada y se regula el informe que ha de emitir la Subsecretaría, en los contratos cuya duración exceda de un año.

Con respecto al uso concreto de la herramienta CONECTA-CENTRALIZACIÓN, adicionalmente a lo regulado relativo a la contratación electrónica, existe la siguiente norma:  Resolución de la Dirección General de Patrimonio, de 16 de mayo de 2005, por la que se aprueba la aplicación Conecta-Patrimonio para la presentación telemática de proposiciones a los concursos de adopción de tipo de bienes y servicios de adquisición centralizada, así como de peticiones de suministros y servicios derivados de dichos concursos.

Además de las normas citadas, son de aplicación las distintas disposiciones de tanto de estructura orgánica y de competencias, como presupuestarias con incidencia directa en la contratación centralizada.

Centrales de Contratación. El Sistema Estatal de Contratación Centralizada. Centrales de Contratación La LCSP establece las Centrales de contratación como uno de los sistemas para la racionalización técnica de la contratación incluidos en la misma. En concreto, en el Artículo 218. Sistemas para la racionalización de la contratación de las Administraciones Públicas, determina: Para racionalizar y ordenar la adjudicación de contratos las Administraciones Públicas podrán concluir acuerdos marco, articular sistemas dinámicos, o centralizar la contratación de obras, servicios y suministros en servicios especializados, conforme a las normas de este capítulo. 8

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En su artículo 227 contempla dos modelos de centrales de contratación diferenciados, un modelo “de mayorista”, que adquiere los bienes y servicios para otros, o bien un modelo de “intermediario”, que presta los servicios para un tercero, sin participar en el pago ni recepción, ni vendiendo productos. 2. Las centrales de contratación actuarán adquiriendo suministros y servicios para otros entes del sector público, o adjudicando contratos o celebrando acuerdos marco y sistemas dinámicos de adquisición para la realización de obras, suministros o servicios destinados a los mismos.

Se debe tener en cuenta que, aunque la LCSP establece una sección particular para la regulación de un sistema central o estatal de contratación centralizada, contempla, en su artículo 228 la posibilidad de centrales de contratación autonómicas o locales, aunque estableciendo la siguiente restricción en su apartado 3 relativo a la contratación mediante estas centrales: “En ningún caso una misma Administración, ente u organismo podrá contratar la provisión de la misma prestación a través de varias centrales de contratación.”.

El Sistema Estatal de Contratación Centralizada. La Contratación Centralizada en el ámbito estatal se articula a través del Sistema Estatal de Contratación Centralizada. Los bienes y servicios declarados de contratación centralizada por el Ministro de Hacienda deben contratarse a través del Sistema Estatal de Contratación Centralizada. No se incluyen en este sistema los medicamentos o servicios de productos sanitarios, que pueden contratarse de forma centralizada a través del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social. El órgano de contratación del Sistema Estatal de Contratación Centralizada es la Junta de Contratación Centralizada, conforme establece el artículo 229.5 de la LCSP y el artículo 17.3 del Real Decreto 1113/2018, de 7 de septiembre, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda. No obstante lo anterior, la Disposición Adicional Séptima del Real Decreto 689/2020, de 21 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales., desconcentra en la Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación las competencias de la Junta de Contratación Centralizada salvo las relativas a los actos de adjudicación de los acuerdos marco, de los sistemas dinámicos de adquisición y de los contratos, con excepción de los contratos basados en un acuerdo marco y de contratos específicos en el marco de un sistema 9

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dinámico. La Junta de Contratación Centralizada, Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación (DGRCC), opera en el ámbito de la Administración General del Estado, sus Organismos Autónomos, Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social y demás Entidades Públicas Estatales, como Central de Contratación y como determina el apartado quinto del artículo 229 LCSP: El órgano de contratación del sistema estatal de contratación centralizada es la Junta de Contratación Centralizada, adscrita a la Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación del Ministerio de Hacienda y Función Pública, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 6 siguiente sobre la competencia para...


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