Title | Actividad 6 (Constitucion Politica) |
---|---|
Author | JONATHAN NOVOA |
Course | Algoritmos |
Institution | Corporación Universitaria Remington |
Pages | 10 |
File Size | 138.9 KB |
File Type | |
Total Downloads | 232 |
Total Views | 726 |
Actividad 6Artículo de opinión sobre la división de las entidades del territorio y sus funcionesPresentado por: Jonathan David Novoa Garzón ID: 709260Presentado a: Frank Estewer Gil RojasAsignatura Constitución política NRC : 20006Corporación Universitaria Minuto De Dios Contaduría Publica Villavice...
Actividad 6 Artículo de opinión sobre la división de las entidades del territorio y sus funciones
Presentado por: Jonathan David Novoa Garzón ID: 709260
Presentado a: Frank Estewer Gil Rojas
Asignatura Constitución política NRC: 20006
Corporación Universitaria Minuto De Dios Contaduría Publica Villavicencio 2021
INTRODUCCIÓN Realizaremos
un
recuento
territoriales que conforman
de el
la
país,
constitución sus
de
funciones
las y
entidades
como
están
jerarquizados, como están distribuidos de qué forma y quien los rige o controla en su actuar. Nuestro país Colombia está dividido por entidades territoriales para administrar y ejercer control sobre todos los habitantes y recursos que componen cada territorio, cada entidad puede ser dirigida por
personas
propias
de
la
región
que
son
elegidas
por
sus
habitantes mediante el voto popular, ellos se encargan de establecer normas, impuestos, administrar y darles buen destino a los recursos obtenidos en beneficio de la comunidad representada.
ARTICULO DE OPINION SOBRE LA DIVISIÓN DE LAS ENTIDADES TERRITORIALES Y SUS FUNCIONES
La Constitución de 1991 establece a Colombia como una República Unitaria que se divide administrativa y políticamente en 33 divisiones: 32 departamentos, los cuales son gobernados desde sus respectivas ciudades capitales y un distrito capital, Bogotá. Sin embargo, dentro de su organización territorial (Art. 285-321 C.P.) se contempla la descentralización administrativa, lo cual implica que gran parte de la administración del Estado se reparte entre las entidades administrativas-territoriales de menor nivel, son entidades territoriales los departamentos, los distritos, los municipios y los territorios indígenas. La ley podrá darles el carácter de entidades territoriales a las regiones y provincias que se constituyan, en los términos de la Constitución y la ley. (portafolio crítico justificada, s.f.) Así mismo, en el artículo 287 de la Constitución se establece que “las entidades territoriales gozan de autonomía para la gestión de sus intereses dentro de los límites de la Constitución y la ley, y que, en tal virtud, tendrán los siguientes derechos: 1. Gobernarse por autoridades propias. 2. Ejercer las competencias que les correspondan. 3. Administrar los recursos y establecer los tributos necesarios para el cumplimiento de sus funciones. 4. Participar en las rentas nacionales”. Colombia está organizada territorialmente por departamentos, municipios, distritos y otras divisiones especiales como las entidades territoriales indígenas.
Se encuentran desarrollando los derechos que les fueron Constitucionalmente atribuidos y que determinan pautas para el ejercicio del Legislador, lo que indica, que este no puede sobrepasarse ni ignorarlas en ningún momento. “El legislador está autorizado para fijar los alcances de la autonomía territorial, dentro de los límites mínimos y máximos que señala la Constitución -en un extremo, el núcleo esencial, y en el otro, el límite dado por el carácter unitario del Estado-, los cuales no podrá sobrepasar. Entre estos dos límites el legislador, en 24 ejercicio de su potestad de configuración, se desplaza para fijar el grado de autonomía en cada materia o asunto a cargo de las entidades territoriales”. (METODOLOGÍA ENTIDADES, s.f.) Existen un sin número de leyes aprobadas que no dan al caso puesto que no se cumplen. No tiene sentido, que haya una gestión en el proceso Legislativo sólo porque actúa como si las leyes con solo tenerlas y crearlas es todo, lo peor es que se está descuidando la calidad del bien producido y, en muchas ocasiones, eludiendo la función básica que le corresponde, cual es el ejercicio del control político respecto de las actividades desarrolladas por el Ejecutivo. Tantos son los proyectos presentados de muchísimos años y que no le han dado validez y son prácticamente perdidas, y a veces se ven respuestas tan confusas y con tan mal uso del lenguaje. No hay porque aludir a “la organización del territorio colombiano”, entre otras razones, porque esta ley está dentro del conjunto de normas que conforman el andamiaje jurídico de la organización político administrativa del país, pero no la única. Sin duda, uno de los temas más importantes del régimen constitucional vigente es la división de las entidades del territorio y dentro de este, las cuestiones relacionadas con el régimen jurídico, político, administrativo y fiscal de las entidades territoriales. Las principales funciones de las entidades territoriales son la de administrar los recursos y establecer los tributos necesarios para el cumplimiento de sus
funciones, participar en las rentas nacionales y ejercer las competencias que les correspondan asignadas por la ley.
De un lado, Colombia ha conseguido convertirse en una de las naciones más descentralizadas del hemisferio en términos políticos y fiscales, entregándoles capacidad de decisión a los ciudadanos y funciones y competencias a los gobiernos locales. De otro, ha perdido recursos y con ello posibilidades de desarrollo, a manos de la corrupción y de la ineficiencia. (DocumentsAdvisory, s.f.) Hay que diseñar formas para evitar que grupos ilegales o de interés particular se tomen los municipios y los departamentos. Hay que encontrar maneras para conseguir una mejor cobertura y calidad en la prestación de los servicios públicos locales, se debe aprender a mejorar la capacidad de gestión de los mandatarios regionales y municipales y lograr que las ciudades sean más competitivas. Algunos ejemplos de los malos manejos es que los gobiernos locales han sido vulnerables a la cooptación por parte de guerrillas, paramilitares y toda suerte de organizaciones ilegales y mafiosas, golpeando la legitimidad institucional, limitando las garantías democráticas y desviando recursos públicos hacia manos criminales.
Consecuencias que tienen para los colombianos conocer esta información. ● Al conocer la división de las entidades de territorio, nosotros como personas ciudadanas podemos llevar a cabo los procesos electorales para elegir a quien mejor consideremos buena autoridad, quien será la encargada de orientar el desarrollo económico, político y social, teniendo en cuenta las necesidades nacionales y locales. ● Conocer las normas fundamentales que regulan la organización
● No existirá la decisión y/o locura por obtener la riqueza del suelo, del espacio, de los mares, del mercado, del pensamiento. Actualmente muchos se pelean por obtener lo que verdaderamente no les pertenece. ● Se logrará una adecuada organización política administrativa del Estado en el territorio, para facilitar el desarrollo institucional, el fortalecimiento de la identidad cultural y el desarrollo territorial. ● Tendríamos un desarrollo económicamente competitivo donde sea más justo, más ambiental y fiscalmente sostenible, regionalmente armónico, culturalmente pertinente, atendiendo a la diversidad cultural y físico-geográfica de Colombia. (cronicadelquimico, s.f.) Funciones Art 287: las entidades territoriales gozan de autonomía para la gestión de sus intereses y dentro de los límites de la constitución y la ley. En virtud tendrán las siguientes funciones: Ejercer las competencias que les correspondan. Administrar los recursos y establecer los tributos necesarios para el cumplimiento de sus funciones. Garantizar una eficiente prestación de los servicios públicos y construir obras. Tener un buen orden del territorio. Promover la participación comunitaria en la gestión de sus intereses.
Trabajar
por
el
mejoramiento
social
y
cultural
de
su
población.
(organizacionterritorialencolombia,s.f.). Opinión sobre el tema. Actualmente vemos que la división de las entidades territoriales posee una desvinculación administrativa como parte de las políticas de desarrollo llevadas a cabo por el gobierno nacional, ya que no se organización se dirigen adecuadamente el orden público de los recursos económicos.
Gracias a estas divisiones territoriales nos ha facilitado esta administración por lo tanto es importante entender que en cada entidad territorial se puede gobernar por autoridades propias, administración de los recursos y establecimiento de impuestos necesarios, para que esto se cumpla el cumplimiento de las funciones y participación de las rentas nacionales. Con fines políticos definidos dependiendo de los objetivos planeados en los criterios económicos, ambientales, socioculturales, geopolíticos, étnicos etc. (definiciondivisionterritorial,s.f.).
CONCLUSIONES De acuerdo al siguiente trabajo las entidades territoriales son los departamentos, municipios, distritos, territorios indígenas, áreas metropolitanas, áreas urbanas y rurales. La organización territorial de la República de Colombia permanece igual desde 1991, tan solo siendo erigidos algunos nuevos municipios, y cambios en los estatutos de régimen administrativo de varias entidades como las áreas metropolitanas y los distritos especiales. La Región como entidad territorial, es la solución más favorable para el desarrollo del ordenamiento territorial en Colombia y la prestación eficiente de servicios a la población, entidad territorial que no ha progresado debido al déficit legislativo existente para su implantación; lo anterior, en el marco de análisis de los instrumentos normativos existentes en materia de ordenamiento territorial, así como de los principios de descentralización y autonomía que fueron adoptados como directrices del Estado por la Constitución de 1991. A través de este recorrido se evidenció el cambio significativo que se adelantó en Colombia a partir de la promulgación de la Constitución Nacional de 1991 en materia de organización Estatal y territorial, el cual tuvo como propósito fundamental consolidar al País como una República unitaria, descentralizada y con autonomía de sus Entidades territoriales, elevando estas directrices al rango de principios Constitucionales los cuales propenden en todo momento por garantizar a la población del territorio Nacional la eficiente prestación de servicios públicos.
BIBLIOGRAFÍA cronicadelquimico. (s.f.). Obtenido de cronicadelquimico: http://www.cronicadelquindio.com/noticia-completatitulopara_qu_sirve_el_ordenamiento_territorial-seccion-la_generalnota101960.htm
definiciondivisionterritorial. (s.f.). Obtenido de definiciondivisionterritorial: https://definiciones- de.com/m/Definición/de/division_territorial.php
DocumentsAdvisory. (s.f.). Obtenido de DocumentsAdvisory: https://www.ohchr.org/Documents/HRBodies/HRCouncil/AdvisoryCom/Loc alGvt/Colombi a.pdf
METODOLOGIAENTIDADES. (s.f.). Obtenido de METODOLOGIAENTIDADES: http://brc.com.co/archivos/METODOLOGIA%20ENTIDADES %20TERRI.pdf
organizacionterritorialdecolombia. (s.f.). Obtenido de organizacionterritorialdecolombia: https://es.wikipedia.org/wiki/Organizaci %C3%B3n_territorial_de_Colombia
organizacionterritorialencolombia. (s.f.). Obtenido de
organizacionterritorialencolombia: https://image.slidesharecdn.com/organizacionterritorialencolombia - 170428044003/95/organizacion-territorial-en-colombia-4638.jpg?cb=1493354479
portafoliocritica-justificada. (s.f.). Obtenido de portafoliocriticajustificada: https://www.portafolio.co/opinion/gabriel-rosasvega/critica-justificada-152112 revistas.uexternado. (s.f.). Obtenido de revistas.uexternado: https://revistas.uexternado.edu.co...