Análisis Comparativo DEL Libro IV DEL Código Tributario Peruano CON EL Modelo CIAT Grupo 4 PDF

Title Análisis Comparativo DEL Libro IV DEL Código Tributario Peruano CON EL Modelo CIAT Grupo 4
Author Shirley Fernandez
Course Tributación Internacional
Institution Universidad César Vallejo
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FACULTAD DE CIENCIAS EMPRESARIALESESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL DE CONTABILIDADTRABAJO DE INVESTIGACIÓNAnálisis comparado: Libro IV del Código Tributario peruano con el modelo de Código Tributario del Centro Interamericano de Administraciones Tributarias (CIAT)AUTORES:Calla Culque, Jhaneli DomitilaG...


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FACULTAD DE CIENCIAS EMPRESARIALES ESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL DE CONTABILIDAD TRABAJO DE INVESTIGACIÓN Análisis comparado: Libro IV del Código Tributario peruano con el modelo de Código Tributario del Centro Interamericano de Administraciones Tributarias (CIAT) AUTORES: Calla Culque, Jhaneli Domitila Guerrero Altamirano, Yacseni Gutiérrez Toro, Fiorella Lizet Manchay Rosales, Kevin Mori Marín, Gabriela Katherine Piñas Aquino, Alonso Adrián

ASESOR MUCHA PAITAN, MARIBEL EULOGIA

LÍNEA DE INVESTIGACIÓN: TRIBUTACIÓN LIMA – PERÚ

2020

Contenido I.INTRODUCCIÓN...............................................................................................................................3 II.ANTECEDES.....................................................................................................................................4 2.1 Nivel internacional...................................................................................................................4 2.2 Nivel nacional..........................................................................................................................4 III. DESARROLLO................................................................................................................................5 3.1 Análisis comparado:................................................................................................................5 3.1.1 Libro IV del Código Tributario peruano.............................................................................5 3.1.2 CIAT..................................................................................................................................5 IV. PROBLEMAS..................................................................................................................................7 Problema 1: Infracciones Tributarias.............................................................................................7 Problema 2: Sanciones..................................................................................................................7 Problema 3: Delitos - Justicia Penal...............................................................................................7 V. JUSTIFICACIÓN...............................................................................................................................8 VI. OBJETIVOS....................................................................................................................................8 VII. ANÁLISIS DE RIGOR.....................................................................................................................9 VIII. CONCLUSIONES........................................................................................................................10 REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS........................................................................................................11

I.INTRODUCCIÓN En este trabajo de investigación desarrollaremos un Análisis comparado: del Libro IV del Código Tributario peruano con el modelo de Código Tributario del Centro Interamericano de Administraciones Tributarias (CIAT) La primera versión del Modelo de Código Tributario del CIAT fue publicada el año 1997 y

surgió

de

la

convicción

de

que para que las reformas tributarias puedan

implementarse adecuadamente, es necesario asegurar la efectividad del Sistema de Administración Tributaria. En ese sentido, fortalecerlas institucionalmente y mejorar el desempeño de todas las entidades que la conforman se convirtió en el objetivo de muchos procesos de reforma fiscal iniciadas a mediados de los ochenta en los países de América Latina. El Título IV ofrece muchas novedades. En este Título se abordan las normas relativas a las infracciones y sanciones tributarias: las normas generales sobre responsabilidad, sanciones, y la tipificación de ilícitos tributarios que comprenden las infracciones y sanciones tributaria. El título preliminar del Código Tributario nos muestra una serie de temas de trascendencia para la comprensión del mismo y en general de las normas tributarias. Es una especie de preámbulo o introducción a temas básicos de la materia tributaria como fuentes, exoneraciones, principios, clasificación de los tributos, etc. La Obligación Tributaria estudia ´principalmente la relación Estado - contribuyente, señalando sus primeros conceptos como: la obligación tributaria, nacimiento de la misma, responsables, domicilio, extinción etc. El presente trabajo de investigación tiene como objetivos: Explicar el concepto de infracción tributaria del libro IV del código tributario peruano con el modelo CIAT, Comparar las similitudes del libro IV del código tributario peruano con el modelo CIAT, Comparar las diferencias del libro IV del código tributario peruano con el modelo CIAT,

Indicar los tipos de sanciones para los profesionales que participen en actos ilícitos tributarios tanto en el código tributario peruano como en el modelo CIAT.

II.ANTECEDES

2.1 Nivel internacional Según el modelo de Código Tributario del Centro Interamericano de Administraciones Tributarias (CIAT) menciona que “a través de sus actividades de promoción de intercambio de experiencias en eventos internacionales y de cooperación técnica, pudo constatar que en gran parte de sus países miembros, en especial en los de América Latina, las normas que regulan las relaciones fisco contribuyente no resultan adecuadas para lograr una aplicación equitativa de los tributos en un ambiente de seguridad jurídica. Existe una gran dispersión de esas normas, las cuales se encuentran establecidas en las diferentes leyes que establecen cada uno de los tributos que componen el sistema tributario y que, muchas veces, adoptan soluciones diferentes para situaciones equivalentes. En muchos de los países de América Latina, la insuficiencia de facultades legales de la Administración tributaria para controlar y exigir el cumplimiento de las obligaciones de los administrados, constituye una de las principales causas de la evasión tributaria, la cual representa, entre todos los actos lesivos al principio de igualdad de la tributación, la forma más burda y condenable de injusticia tributaria”.

2.2 Nivel nacional El código tributario peruano, el primer esfuerzo de la comisión fue el fijar los objetivos de la reforma tributaria llegándose a la conclusión de integrar el sistema tributario nacional, dotando en primer lugar al país de un código de principios generales jurídico-tributario, aplicable a toda clase de tributos y en el que se incorporen los principios rectores de la tributación, recogiendo los ya consagrados en la constitución del estado y leyes orgánicas. La Dirección General de Estudios Tributarios, simultáneamente a la preparación del código se publicó recopilaciones de las leyes tributarias por grupos de impuestos, di a la

luz los relativos a los impuestos a la Renta, al Capital Movible, Predios Urbanos y Rústicos y al impuesto de Patente.

III. DESARROLLO

3.1 Análisis comparado: Libro IV del Código Tributario peruano con el modelo de Código Tributario del Centro Interamericano de Administraciones Tributarias (CIAT).

3.1.1 Libro IV del Código Tributario peruano Es el conjunto de principios, conceptos y normas que regulan las infracciones y los delitos tributarios en la medida que generalmente, el punto de partida es el incumplimiento de una obligación (de naturaleza tributaria o formal) y el punto de llegada es la sanción. El aspecto “tributario” viene por la circunstancia que, el acto ilegal puede consistir en la falta de cumplimiento de una obligación tributaria, por ejemplo, la omisión de pago de un impuesto dentro del plazo de Ley. También es factible que la ley se refiera al incumplimiento de un deber formal vinculado a la obligación tributaria. Por ejemplo, la Ley debe señalar que constituye infracción el caso de las empresas que no llevan contabilidad. En dicho supuesto no cabe alguna referencia al dolo o culpa del agente infractor. En segundo lugar, la Administración Tributaria y el administrado deben tomar en cuenta tan solo los aspectos operativos para determinar la existencia de la infracción. En tercer lugar, el principio general es que para que proceda la aplicación de una sanción es suficiente la realización del hecho que constituye infracción, sin importar la presencia o ausencia del elemento intencional. Por otro lado, en el primer párrafo del art. 165 del Código Tributario se indican las sanciones que pueden ser utilizadas para reprimir las infracciones tributarias. Generalmente son penas de naturaleza administrativa, pues se advierten limitaciones al ejercicio de ciertos derechos del administrado como resultado de la intervención de la Administración Tributaria. En el caso específico de la SUNAT, una de sus labores de control consiste en la verificación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y formales. Durante las campañas de intervención, el agente fiscalizador de la SUNAT puede detectar la comisión de una infracción tributaria. 3.1.2 CIAT El Banco Interamericano de Desarrollo junto con CIAT y GIZ, ha impulsado la elaboración de una actualización del Modelo de Código Tributario basado en la Experiencia Iberoamericana. El Código Tributario es una ley que regula las relaciones entre las administraciones tributarias y los contribuyentes. El mismo establece los derechos y obligaciones de ambas partes y la forma en que deben desarrollarse los procedimientos del funcionamiento de una Administración Tributaria, como, por ejemplo, el de fiscalización, el de las sanciones o los recursos legales contra las decisiones de la Administración Tributaria. Este Modelo ya está sirviendo de referencia en la modernización de las administraciones de tres países. En materia de estructura, el aspecto más novedoso es la ampliación de los comentarios a cada artículo, donde no solo se han incluido muchos más ejemplos y amplias explicaciones sino también en algunas ocasiones, redacciones alternativas a la del artículo comentado. En cuanto al contenido, lo más destacado es: (i) la clarificación de las distintas

formas de determinación de oficio de los tributos; (ii) la incorporación de formas automáticas de comunicación con el contribuyente (factura y buzones electrónicos obligatorios y similares); (iii) las mejoras en materia de asistencia administrativa mutua, tanto internacional como doméstica, y de intercambio de la información; (iv) la introducción del acuerdo conclusivo como un mecanismo alternativo de solución de controversias; (v) una modernización del régimen sancionatorio y (vi) la racionalización del sistema de recursos administrativos tributarios. En el Centro Interamericano de Administraciones Tributarias – CIAT, trabaja apoyando el esfuerzo de los gobiernos nacionales promoviendo la evolución, aceptación social y el fortalecimiento institucional de las administraciones tributarias; fomentando la cooperación internacional y las acciones conjuntas en materia de intercambio de experiencias y mejores prácticas. Son un organismo internacional público, sin fines de lucro que provee asistencia técnica especializada para la actualización y modernización de las administraciones tributarias. Desde su creación en 1967 y hasta el momento, el CIAT agrupa a 42 países miembros y países miembros asociados, en cuatro continentes: 32 países americanos; cinco países europeos; cuatro países africanos y un país asiático. Angola, India, Marruecos y Nigeria son países miembros asociados. 3.1.2.1 Lineamientos Estratégicos



Promover acciones de cooperación mutua entre las administraciones tributarias para prevenir y combatir todas las formas de fraude, evasión y elusión tributaria y facilitar el cumplimiento voluntario;



Elaborar y divulgar información, estudios, investigaciones y desarrollos de buenas e innovadoras prácticas para mejorar la política y administración tributaria.



Diseñar, impulsar y ejecutar actividades de capacitación en coordinación con las administraciones tributarias, para contribuir a mejorar los niveles de profesionalización de su personal.



Evaluar, apoyar y ejecutar la implementación de proyectos de asistencia técnica para el fortalecimiento de las administraciones tributarias.



Desarrollar políticas de dirección interna y de coordinación externa para fortalecer institucionalmente al CIAT.

IV. PROBLEMAS

Problema 1: Infracciones Tributarias El Perú es considerado uno de los países con mayor informalidad en Latinoamérica, teniendo en cuenta que la cantidad de infracciones que se cometen viene de parte de empresas informales valga la redundancia, lo cual sería un problema ya que genera en el país un desarrollo lento e ineficiente. Por otro lado un porcentaje importante de empresas peruanas formales incumplen con la presentación de la declaración de renta dentro de los plazos establecidos, lo cual dicha infracción generaría una multa de 1 UIT para empresas de dentro del Régimen General. En el caso de empresas dentro del régimen especial y/o personas naturales, la sanción corresponde al 50% de la UIT.

Problema 2: Sanciones Las sanciones están basadas a las infracciones tributarias, de acuerdo a estas se estipula el tipo de multa que se puede llegar a generar, también esto dependerá del régimen a cual pertenezca la empresa. Basado en todo esto, las empresas pequeñas con poco conocimiento del tema tienden a cometer diversas fracciones y el problema viene después, ya que están generando algún tipo de sanción, lo cual en el tema económico sería perjudicial, obligando al deudor tributario cerrar este tipo de empresas, ya que no contara con solvencia necesaria para afrontar este tipo de sanciones; estas sanciones se mencionan en el libro cuarto del código tributario (Art. 180.)

Problema 3: Delitos - Justicia Penal En la actualidad existen Fiscalías Especializadas en Delitos Tributarios del Ministerio Público, que reciben las denuncias sobre delito tributario por parte de personas naturales y/o de los representantes de la Sunat, quienes deberán fundamentar sus denuncias conforme al código tributario y el código penal. El ente encargado de dictar la sentencia debe hacer un seguimiento y hacer cumplir con lo estipulado, donde sucede todo lo contrario. El problema resalta con las grandes empresas, quienes a pesar de haber cometido el delito tributario, la sentencia salen a su favor, lo cual se estaría infiriendo que existe un caso de corrupción, teniendo en cuenta que este delito afecta en gran magnitud al desarrollo del país.

V. JUSTIFICACIÓN Consideramos que esta investigación es pertinente en el campo de la contabilidad y basa su justificación desde los siguientes campos. La investigación presentada es importante ya que contiene información necesaria para poder aplicarla dentro de la sociedad en distintas situaciones, el sistema educativo “deber tributario” forma parte de los deberes sociales como ciudadano, por ello es necesario una buena cultura tributaria ya que esto ayudaría desde niños o jóvenes a comprender el sistema y cumplir con nuestras obligaciones ya que estas bases legales nos favorecen y enriquecen intelectualmente. porque se tiene la finalidad de la aplicación del criterio de calificación para la evasión de normativas de tributación y apariencias desde el punto de vista tributario existe la necesidad de buscar nuevas propuestas de acrecentar la recaudación. Por otro lado, en el aspecto económico estas bases constitucionales de la tributación tienen un mayor aporte, ya que los entes encargados de recaudar los tributos, se encargan de derivar este aporte para la mejora de la infraestructura, como pistas, instituciones educativas, seguridad ciudadana, hospitales, etc. desarrollándonos progresivamente como país teniendo como base estas normas constitucionales. La corrupción atrae retraso en lo político, social y económico, sobre todo afectará a los ciudadanos mismos, las relaciones con otros países. Muchos de los países al no verse beneficiados incurren automáticamente a la corrupción, hasta los países más desarrollados de tal manera que es muy difícil combatirlo al 100% ya que es de carácter encubierto generando millones de pérdidas generando una gran distorsión en el crecimiento de los países. El panorama tributario del Perú está influenciado por la informalidad de la economía que representa más o menos el 36% en el IGV y el 57% en el Impuesto a la Renta, lo cual significa que hay una gran parte de personas naturales y jurídicas que no están pagando lo que deberían pagar.

VI. OBJETIVOS  Explicar el concepto de infracción tributaria del libro IV del código tributario peruano con el modelo CIAT.

 Comparar las similitudes del libro IV del código tributario peruano con el modelo CIAT

 Comparar las diferencias del libro IV del código tributario peruano con el modelo CIAT.

 Indicar los tipos de sanciones para los profesionales que participen en actos ilícitos tributarios tanto en el código tributario peruano como en el modelo CIAT.

VII. ANÁLISIS DE RIGOR Análisis comparado: Libro IV del Código Tributario peruano con el modelo de Código Tributario del Centro Interamericano de Administraciones Tributarias (CIAT). El libro IV del código tributario peruano precisa el procedimiento que se debe de seguir para efectivizar la cobranza coactiva, la cual se inicia con la notificación del deudor tributario de la resolución de ejecución coactiva. Y también se refiere que la cobranza coactiva se puede aplicar, pero para ser un ejecutor coactivo se deben dar ciertas condiciones, ser abogado, no haber sido condenado por delitos dolosos, etc. Y Establece que ninguna autoridad ni órgano administrativo, político, ni judicial podrá suspender o concluir el Procedimiento de Cobranza Coactiva en trámite con excepción del Ejecutor Coactivo quien deberá actuar conforme lo establezca los procedimientos. Por otro lado, tenemos el CIAT que nos habla sobre las presunciones que permite las leyes tributarias, las cuales pueden ser eliminadas por la prueba en contrario. Pero también Indica los procedimientos que se deben de seguir para determinación administrativa de los tributos sujetos a declaración-liquidación o autoliquidables por los obligados tributarios. Y Establece que la administración tributaria debe y está en la obligación de informar al contribuyente y asistirlo, de tal forma que se garantice el cumplimiento de la obligación tributaria.

VIII. CONCLUSIONES



El incumplimiento del libro IV que se titula infracción tributaria, la administración tributaria tiene la facultad discrecional de determinar las infracciones y a su vez sancionarlas por esas infracciones, en virtud a esa facultad la administración tributaria tiene la autoridad de eximir, rebajar o no rebajar dicha sanción.



En el Centro Interamericano de Administraciones Tributarias – CIAT, se asemeja en gran manera a nuestro Código Tributario Peruano ya que el CIAT trabaja apoyando el esfuerzo de los gobiernos nacionales promoviendo la evolución, aceptación social y el fortalecimiento institucional de las administraciones tributarias; fomentando la cooperación internacional. Habiendo comparado nuestro Código Tributario Peruano con el modelo CIAT, hemos encontrado que se diferencias en el número de artículos y algunas denominaciones en los títulos, así como por ejemplo en el régimen de incentivos ya que en el Perú contamos con porcentajes ya establecidos por nuestro país. Se incluyen 3 tipos de sanciones accesorias: de suspensión o destitución de cargos públicos, que dependerá de si se ha sido autor o participe en una infracción grave; o muy grave; de inhabilitación de profesiones y oficios, que se relaciona con el incumplimiento de deberes de información, cuando se ha sido objeto de al menos 3 requerimientos; de perder la posibilidad de obtener subvenciones, de contratar con el estado o de disfrutar beneficios fiscales, por...


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