Estructura DEL Estado Peruano PDF

Title Estructura DEL Estado Peruano
Course Derecho Y Estado
Institution Universidad Andina del Cusco
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resumen de la composicion del estado peruano...


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ESTRUCTURA DEL ESTADO PERUANO 1.- PODER EJECUTIVO. Es el órgano autónomo encargado de hacer cumplir y ejecutar las leyes, así también es responsable del buen funcionamiento de los servicios públicos que la colectividad necesita para su desarrollo y bienestar. Está conformado por: Presidente de la República, los vice presidentes y los ministros del Estado. El presidente de la República es el jefe del Estado y personifica a la Nación. Es elegido en sufragio directo por un periodo de cinco años. Las atribuciones más importantes del Presidente de la República son: a) Cumplir y hacer cumplir la constitución, los tratados, leyes y demás disposiciones legales. b) Representar al Estado, dentro y fuera de la república. c) Dirigir la política general de gobierno. d) Velar por el orden interno y la seguridad exterior de la República. e) Convocar a elecciones. f) Conceder indultos y conmutar penas. g) Convocar al congreso a legislatura extraordinaria. h) Otros señalados en la Constitución Art. 110 – 118. EL CONSEJO DE MINISTROS. Es el órgano del poder ejecutivo integrado por la reunión de ministros encargados de la conducción de los diversos sectores públicos. Cada ministerio es el responsable de la dirección y gestión de los asuntos que competen a la cartera a su cargo. El Presidente del Consejo de Ministros, quien puede ser ministro sin cartera, es, después del Presidente de la República, el portavoz autorizado del gobierno, coordina las funciones de los demás ministerios y firma los decretos legislativos, los decretos de urgencia y los demás decretos y resoluciones que señala la ley y la constitución. Atribuciones del Consejo de Ministros: Son las siguientes, contenidas en el Art. 125 de la Constitución: • •

• •

Aprobar los proyectos de ley que el Presidente de la República somete al congreso. Aprobar los decretos legislativos y los decretos de urgencia que dicta el presidente de la República, así como los proyectos de ley y los decretos y resoluciones que dispone la ley. Esto conforme a la constitución Art. 104. Deliberar sobre asuntos de interés público. Las demás que le otorgan la constitución Art. 119 - 129 y las leyes.

LOS MINISTERIOS. 1. 2. 3. 4. 5.

Ministerio de Economía y Finanzas. Ministerio de Relaciones Exteriores. Ministerio de Agricultura. Ministerio de Energía y Minas. Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción.

6. Ministerio de Trabajo y Promoción Social. 7. Ministerio de Educación. 8. Ministerio de Justicia. 9. Ministerio de Defensa. 10. Ministerio del Interior. 11. Ministerio de Salud. 12. Ministerio de Pesquería. 13. Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales. 14. Ministerio de la Mujer y Desarrollo Humano. 15. Ministerio del Ambiente. 16. Ministerio de la Cultura. 17. Ministerio de la Juventud. 18. Ministerio de la Inclusión Social. 2.- EL PODER LEGISLATIVO. Es el órgano del Estado encargado de dictar, modificar y derogar las leyes. También tiene atribuciones de fiscalización con respecto a las instituciones públicas y a los funcionarios que las ejercen a través de comisiones investigadoras. El Congreso de la República es la expresión del poder legislativo. Está integrado por cámara única compuesta por 130 representantes, elegidos por cinco años mediante voto electoral directo, secreto y obligatorio. Los requisitos para ser congresistas, las funciones, atribuciones y otros están en la Constitución Art. 90 – 102. Organización del Congreso de la República. • • •

La Comisión Permanente. Las Comisiones Investigadoras Las Comisiones Dictaminadoras

Formación y Promulgación de las Leyes – Art. 107 – 109. 1. 2. 3. 4. 5.

Iniciativa Legislativa. Dictamen de la Comisión Respectiva. Aprobación de la Ley. Promulgación de la Ley. ublicación de la Ley en el Peruano.

3.- PODER JUDICIAL. Es el poder del Estado, que tiene autonomía política, administrativa, económica, disciplinaria e independiente en lo jurisdiccional, encargado de administrar justicia conforme a la Constitución y a las Leyes, a las personas y las instituciones que conforman la sociedad. Principios y derechos de la función jurisdiccional, implica que el Poder Judicial a través de sus órganos jurisdiccionales, es el único llamado a administrar justicia en todo el territorio nacional, con la excepción de la extensión jurisdiccional y el derecho consuetudinario. Sus funciones, atribuciones y demás están estipulados en la Constitución Art. 138 – 149. Organización y Funciones del P_oder Judicial.











La Corte Suprema de Justicia.- es el más alto tribunal de justicia, denominado también Tribunal Supremo de Justicia. Tiene su sede en la capital de la República – Lima, tiene competencia sobre todo el territorio nacional. Está integrado por 18 vocales supremos, con el presidente a la cabeza, seguido del vocal jefe de la oficina de control de la magistratura, vocal integrante del consejo ejecutivo del poder judicial y por otros vocales integrantes de las salas jurisdiccionales. La Corte Suprema está conformado por salas especializados de cinco vocales cada una, en materias como: civil, penal y derecho constitucional y social. Las Cortes Superiores de Justicia.- son órganos jurisdiccionales que administran justicia en segunda instancia y tienen como sede el Distrito Judicial donde se encuentran establecidas. Cuentan con salas especializadas o mixtas como: civiles, penales, laborales y agrarios. Las Cortes Superiores están conformadas por el presidente de la corte y tres vocales cada una de las salas, que la preside el más antiguo. Juzgados Especializados y Mixtos.- son aquellas entidades que resuelven en primera instancia. En los lugares donde no hay juzgados especializados, el despacho es atendido por un juzgado mixto. En cada provincia hay por lo menos un juzgado especializado o mixto, teniendo como sede la capital de la provincia y su competencia es provincial. En las provincias existen jueces especializados o mixtos, en materias como: civiles, penales, trabajo, agrarios y de familia (del menor y del adolescente). Juzgados de Paz Letrados.- son instituciones judiciales que funcionan en lugares señalados por ley. Los jueces de paz en general, tiene como función primordial la de conciliar a las partes en litigio y resuelven el conflicto mediante un procedimiento más expeditivo. Los jueces de paz letrados conocen asuntos civiles, penales y laborales. El juez debe rotar del puesto cada dos años. Juzgados de Paz.- son órganos de menor jerarquía. Los jueces de paz, anteriormente conocidos como juzgados de paz no letrados, desarrollan actividades jurisdiccionales en asuntos de mínima cuantía. Generalmente están a cargo de personas legales. En cada centro poblado según su volumen demográfico rural y urbano debe establecerse un juzgado de paz. La función principal del juez de paz radica en la búsqueda de la conciliación, proponiendo alternativas de solución.

ENTIDADES AUTÓNOMAS DEL PERÚ • •

















BANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERÚ: Preservar la estabilidad monetaria. CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA: Nombrar y ratificar a jueces, fiscales, Jefes de ONPE y RENIEC probos y competentes, así como destituir a los que transgredan sus responsabilidades, a través de procesos justos y transparentes, para contribuir con el fortalecimiento de la administración de justicia y la institucionalidad de la democracia. DEFENSORÍA DEL PUEBLO: Defender los derechos constitucionales y fundamentales de la persona y de la comunidad, así como supervisar el cumplimiento de los deberes de función de la administración estatal y la prestación de los servicios públicos a la población. Además, su Ley Orgánica, Ley Nº 26520, le asigna la responsabilidad de promover los derechos humanos, lo cual supone una preocupación permanente por la vigencia de los valores éticos en el ejercicio de la función pública y la convivencia social. FEDERACIÓN PERUANA DE CAJAS MUNICIPALES DE AHORRO Y CRÉDITO: Somos la organización que representa a las Cajas Municipales de Ahorro y Crédito de manera eficiente y oportuna, identificando, desarrollando y administrando servicios de interés común, que promuevan y consoliden el liderazgo del Sistema en la industria micro-financiera. FUERO MILITAR POLICIAL: El fuero Militar Policial constituye una jurisdiccion excepcional e independiente, que tiene como misión el juzgamiento de los delitos de función en los que incurra el personal militar y policial en situación de actividad, con arreglo al Codigo de Justicia Militar Policial. JURADO NACIONAL DE ELECCIONES: Organismo constitucional autónomo que garantiza el respeto de la voluntad popular, manifestada en los procesos electorales, contribuyendo en la consolidación del sistema democrático y la gobernabilidad de nuestro país, a través de sus funciones constitucionales y legales; con eficacia, eficiencia y transparencia. LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA: “Promover el desarrollo de una gestión eficaz y moderna de los recursos públicos en beneficio de todos los peruanos”. MINISTERIO PÚBLICO FISCALÍA DE LA NACIÓN: El Ministerio Público es el organismo autónomo del Estado que tiene como funciones principales la defensa de la legalidad, los derechos ciudadanos y los intereses públicos, la representación de la sociedad en juicio, para los efectos de defender a la familia, a los menores e incapaces y el interés social, así como para velar por la moral pública; la persecución del delito y la reparación civil. MINISTERIO PÚBLICO FISCALÍA DE LA NACIÓN El Ministerio Público es el organismo autónomo del Estado que tiene como funciones principales la defensa de la legalidad, los derechos ciudadanos y los intereses públicos, la representación de la sociedad en juicio, para los efectos de defender a la familia, a los menores e incapaces y el interés social, así como para velar por la moral pública; la persecución del delito y la reparación civil. OFICINA CENTRAL DE LUCHA CONTRA LA FALSIFICACIÓN DE NUMERARIO: Visión: Una organización reconocida en la lucha contra la falsificación de la moneda nacional y extranjera, que cuenta con personal especializado, motivado e identificado con la responsabilidad social que le









compete. Misión: Planificar e implementar las medidas conducentes a combatir la falsificación y alteración del numerario, a fin de contribuir a la generación de confianza en la legitimidad de la moneda que se utiliza como medio de pago. OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES: Velar por la obtención de la fiel y libre expresión de la voluntad popular de los ciudadanos, organizaciones políticas, instituciones públicas, privadas y de la sociedad civil, en todos los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular de manera oportuna, transparente con un enfoque intercultural e inclusivo. REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL: o Mantener actualizado el Registro de identificación de las personas y emitir los documentos que acrediten su identidad. o Inscripción de nacimientos, matrimonios, divorcios, defunciones y otros actos que modifican el estado civil. o Prepara, mantiene actualizado el padrón electoral y proporciona al JNE y a la ONPE la información necesaria para el cumplimiento de sus funciones. o Entidad Certificadora Nacional para el Estado Peruano, actúa como ECERNEP, ECEP, EREP. SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES: Proteger los intereses del público a través de la cautela de la estabilidad y solvencia de las empresas que forman parte de los sistemas financiero, de seguros y privado de fondos de pensiones, así como prevenir y detectar el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL: El Tribunal Constitucional es el órgano de control de la Constitución, y su supremo intérprete. Mediante el conocimiento de los Procesos Constitucionales, cumple funciones de valoración, ordenación y pacificación del orden constitucional, tanto a nivel jurídico como social, garantizando la protección de los derechos fundamentales de las personas y la defensa de la Constitución....


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