Apuntes sede electronica para ayuntamientos PDF

Title Apuntes sede electronica para ayuntamientos
Author JUANJO VALENTIN
Course Proyecto Fin de Grado
Institution Universitat Politècnica de València
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CURSO MyTAO-01

1

SEDE ELECTRÓNICA.......................................................................................................2 1.1 INFORMACIÓN GENERAL SOBRE LA SEDE ELECTRÓNICA................................................................2 1.1.1 ¿Qué es?..............................................................................................................2 1.1.2 Normativa de la Sede electrónica............................................................................3 1.2 SERVICIOS DESTACADOS RELACIONADOS CON EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO.............................3 1.2.1 Catálogo de trámites.............................................................................................3 1.2.2 Mis expedientes..................................................................................................11 1.2.3 Notificaciones electrónicas....................................................................................12 1.2.4 Validación de documentos expedidos electrónicamente (CSV)...................................15 1.3 INFORMACIÓN PARTICULAR DEL TERCERO..............................................................................15 1.3.1 Datos de contacto...............................................................................................15 1.3.2 Consulta del registro de entrada y salida................................................................16 1.3.3 Consulta de propiedades, recibos, calendario fiscal..................................................17 1.3.4 Consulta de padrón de habitantes y datos del censo electoral...................................20 1.4 INFORMACIÓN PÚBLICA...................................................................................................22 1.4.1 Tablón de anuncios y edictos................................................................................22 1.4.2 Consulta de calendario de días inhábiles.................................................................23 1.4.3 Factura electrónica..............................................................................................24 1.4.4 Normativa Municipal............................................................................................24 1.4.5 Información incluida en los indicadores de transparencia..........................................25

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1 SEDE ELECTRÓNICA 1.1

Información general sobre la sede electrónica

1.1.1 ¿Qué es? La sede electrónica es la dirección electrónica del Ayuntamiento de Vila-real a través de la cual los ciudadanos y empresas pueden ejercer su derecho de acceso a la información, a los servicios y a los trámites electrónicos del Ayuntamiento. La sede electrónica es un espacio de relación con el ciudadano. https://seuelectronica.vila-real.es

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1.1.2 Normativa de la Sede electrónica La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas reconoce el derecho de los ciudadanos, como personas físicas, a relacionarse con las administraciones públicas por medios electrónicos, así como la obligación de las personas jurídicas, entre otros, a hacerlo por dichos medios electrónicos. Las Administraciones Públicas deben garantizar que los interesados pueden relacionarse con la Administración a través de medios electrónicos, para lo que deben de poner a su disposición los canales de acceso que sean necesarios así como los sistemas y aplicaciones que en cada caso se determinen. A la vez, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece que la sede electrónica es aquella dirección electrónica disponible para los ciudadanos a través de redes de telecomunicaciones cuya titularidad, gestión y administración corresponde a una Administración Pública, órgano o entidad administrativa en el ejercicio de sus competencias. Las sedes electrónicas dispondrán de sistemas que permitan el establecimiento de comunicaciones seguras siempre que sean necesarias. El establecimiento de una sede electrónica conlleva la responsabilidad del titular respecto de la integridad, veracidad y actualización de la información y los servicios a los que pueda accederse a través de la misma. Deberá garantizar la identificación de los medios disponibles para la formulación de sugerencias y quejas. Cada Administración Pública determinará las condiciones e instrumentos de creación de las sedes electrónicas, con sujeción a los principios de transparencia, publicidad, responsabilidad, calidad, seguridad, disponibilidad, accesibilidad, neutralidad e interoperabilidad. La publicación en las sedes electrónicas de informaciones, servicios y transacciones respetará los principios de accesibilidad y usabilidad de acuerdo con las normas establecidas al respecto, estándares abiertos y, en su caso, aquellos otros que sean de uso generalizado por los ciudadanos. La sede electrónica del Ayuntamiento de Vila-real entra en funcionamiento de manera progresiva, conforme se va desplegando el Plan de Administración Electrónica del Ayuntamiento.

1.2

Servicios destacados relacionados con el procedimiento administrativo

A continuación se detallan los servicios más importantes de los que actualmente dispone la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Vila-real, relacionados con el procedimiento administrativo.

1.2.1 Catálogo de trámites El catálogo de trámites contiene las fichas informativas de cada uno de los trámites que los terceros pueden realizar en el ayuntamiento. Cada ficha contiene toda la información sobre el trámite, normativa que le afecta, instancias en PDF y la posibilidad de realizar el trámite telemáticamente. Es el punto de partida de todo expediente del Ayuntamiento. El catálogo de trámites consta de: 

 

una introducción, donde se puede encontrar un enlace a la solicitud de propósito general, que permite su tramitación electrónica, la instancia general en PDF y el modelo de otorgamiento de representación. un buscador de trámites, que permite buscar principalmente por el título del trámite y por su ámbito. un listado que muestra los trámites acorde con los filtros seleccionados en el buscador. Debajo del listado aparece un selector de página y un botón “Ver todos” que permite ver todos los trámites sin tener que acceder página a página.

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En el catálogo de trámites deberían aparecer todas las fichas de trámites que el tercero puede iniciar de instancia de parte, de forma que no se puede iniciar un expediente si no existe el trámite en este listado. Es responsabilidad de cada departamento asegurarse que sus trámites son visibles en este catálogo de trámites.

1.2.1.1 Ejemplo de ficha de trámite La ficha del trámite contiene la información necesaria para que el tercero pueda conocer dicho trámite: Finalidad, presentación, normativa básica, documentación relacionada, documentación a presentar, etc. Es muy importante que esta ficha contenga la información detallada y actualizada sobre cada trámite, de forma que el tercero pueda ser capaz de iniciar el trámite de la forma más correcta posible, además de ser la información que será utilizada a efectos legales por todas las partes.

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Al pie de la ficha existen dos botones para bien realizar la tramitación electrónica o bien para informarse de cómo realizar la tramitación presencial.

Ejemplo de ficha de trámite

1.2.1.1.1

Información general

Quien lo puede presentar, plazos, lugar de presentación, órgano gestor, plazo de resolución, efectos del silencio administrativo, tasas, normativa etc.

1.2.1.1.2

Documentación relacionada

Documentos adjuntos al trámite de ayuda para su tramitación, como por ejemplo la Solicitud en PDF, para su rellenado, impresión y tramitación presencial, o el Anexo de datos particulares, que son los datos que serán requeridos obligatoriamente en la presentación telemática.

1.2.1.1.3

Documentación a presentar

Relación de documentos que el tercero deberá presentar de forma obligatoria para iniciar el trámite. Cabe recordar que el ayuntamiento no puede solicitar documentación al tercero si esta documentación ya obra en poder de la administración o es la administración quien genera estos documentos. Por ejemplo, no debemos pedir al ciudadano un volante de empadronamiento de Vila-real, o un Certificado de estar al corriente en las obligaciones de la Seguridad Social, sino que debemos obtenerlo por interoperabilidad con otras administraciones. Para ello, el ayuntamiento está gestionando con las distintas administraciones los permisos necesarios para poder obtener esta información de forma directa.

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Los documentos que ya seamos capaces de obtener directamente de la administración los marcaremos con un (*) en el listado, de forma que si el tercero no se opone a su obtención por nuestra parte, no deberá adjuntarlos.

1.2.1.2 Tramitación presencial y telemática Con la entrada en vigor de las Ley 39/2015 y 40/2015, los ciudadanos tienen el derecho de poder tramitar telemáticamente y las personas jurídicas la obligación de hacerlo por esta vía. Por esta razón, cada ficha de trámite contiene dos botones.

1.2.1.2.1

Tramitación presencial

El primer botón permite al ciudadano informarse de cómo, dónde y cuándo puede tramitar su solicitud. Para su comodidad, se han elaborado y publicado instancias en PDF que facilitan que el ciudadano rellene la solicitud, la imprima y la presente en la oficina de registro.

Ejemplo de instancia PDF rellenable

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1.2.1.2.2

Tramitación telemática

El segundo botón permite a personas físicas y jurídicas realizar la solicitud de forma telemática, rellenando el siguiente formulario web:

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El apartado de datos de la persona interesada permite actuar en calidad de interesado o de representante.

En el caso de actuar como representante, nos aparecerá un formulario que nos permite bien seleccionar del desplegable a una persona física o jurídica a la que ya haya representado anteriormente, o dar de alta una nueva persona física o jurídica a representar.

En el apartado de medios de notificación, las personas físicas pueden elegir entre ser notificados para ese trámite de forma electrónica o en papel. Si seleccionan telemática, deberán informar su correo electrónico de contacto. Si seleccionan papel, deberán indicar su dirección física a efectos de notificaciones.

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Las personas jurídicas no pueden seleccionar notificación en papel. En el apartado de otros medios de aviso, el solicitante podrá facilitarnos otros datos de contacto:

El campo Solicito permite exponer de forma breve en qué consiste la solicitud.

En la sección de documentación a aportar, debemos adjuntar los ficheros sugeridos para cada trámite. Algunos de los documentos están marcados con un asterisco, *, que indica que su aportación es obligatoria. Los documentos a aportar y la obligatoriedad de su aportación se definen en la ficha del trámite.

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Para facilitar la tramitación al ciudadano, en lugar de tener que rellenar de nuevo toda la instancia en PDF y adjuntarla a la petición web, se facilita un anexo que sólo contiene los datos particulares de esa solicitud (evitamos tener que volver a rellenar los datos identificativos del solicitante, por ejemplo).

Ejemplo de anexo de datos particulares

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Una vez rellenados todos los datos y adjuntados los documentos, podemos hacer clic en “Continuar”. Nos aparece un resumen de nuestra solicitud y nos permite firmar esta solicitud y enviarla al registro:

Si todo ha funcionado correctamente, veremos una página de confirmación que nos permitirá descargar el justificante del registro. Además, en todo momento podemos acceder al apartado “Registro de entrada y salida” de la sede electrónica donde podremos consultar las anotaciones de registro relacionadas con nuestra persona.

1.2.2 Mis expedientes El apartado Mis expedientes permite a los terceros consultar el estado de los expedientes iniciados de los cuales son interesados o representantes del interesado

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Se pueden consultar tanto los expedientes en curso como los archivados. Haciendo clic sobre el número de expediente se puede ampliar la información sobre el mismo, consultar documentos del expediente, etc.

Ejemplo de ficha de expediente Al consultar un expediente, el tercero tiene la opción de subscribirse a la notificación electrónica en sede. El nivel de información mostrado al tercero sobre el estado de tramitación del expediente es configurable a nivel de tipo de trámite, y es el departamento responsable del trámite quien debe definir qué se debe mostrar al tercero y qué no.

1.2.3 Notificaciones electrónicas 1.2.3.1 Información general El Artículo 41.1 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece el carácter preferente de las notificaciones por medios electrónicos. En todo caso, se realizarán de este modo cuando el interesado resulte obligado a recibirlas por esta vía. Por tanto, para aquellos interesados que no están obligados, la notificación electrónica tiene carácter voluntario. Las personas podrán decidir y comunicar en cualquier momento al Ayuntamiento de Vilareal, que las notificaciones sucesivas se practiquen o dejen de practicarse por medios electrónicos. De acuerdo al art. 43.1 de la misma norma, la notificación electrónica debe ser practicada mediante comparecencia la Sede electrónica, tanto para el acceso a las notificaciones electrónicas derivadas de a aquellos procedimientos a los que voluntariamente haya decidido suscribirse como para aquellos en los que la notificación electrónica sea obligatoria. En el caso de los usuarios obligados por el Art. 14.2 de la Ley39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, éste será el medio de notificación empleado, debido a la obligación a relacionarse por medios electrónicos con las Administraciones Públicas.

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Este servicio cumple con las máximas garantías de confidencialidad, autenticidad y privacidad con el fin de asegurar la identidad de los participantes y la seguridad de las comunicaciones.

1.2.3.2 Subscripción Aquellos interesados que no están obligados podrán decidir y comunicar en cualquier momento al Ayuntamiento de Vila-real, que las notificaciones sucesivas se practiquen o dejen de practicarse por medios electrónicos. Existe un procedimiento denominado “Consentimiento para la suscripción o baja de notificaciones electrónicas”. Los interesados pueden elegir suscribirse a las notificaciones electrónicas en sede o por correo postal para todos los tipos de trámite, o por el contrario elegir en cada tipo cómo quiere ser notificado.

Si se selecciona la primera opción “Deseo escoger por tipo de trámite”, aparecerá un listado con los tipos de trámite a los que ya se está suscrito para notificación electrónica en sede y los disponibles para suscripción.

1.2.3.3 Buzón de notificaciones Todas las notificaciones están disponibles en la sede electrónica en el buzón de notificaciones, tanto si el interesado está suscrito a las notificaciones electrónicas como si no. Para acceder, pulsamos sobre el botón Notificaciones y posteriormente, en el botón Acceso a su buzón de notificaciones.

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También podemos acceder al buzón de notificaciones desde el correo electrónico que recibimos, a título informativo, si estamos suscritos a las notificaciones electrónicas.

Una vez accedamos al buzón, el primer paso es identificarnos con nuestro certificado digital. Es muy importante acceder con un certificado digital cuyo NIF coincida con el del interesado. Si no aparece una notificación pendiente, es posible que se haya accedido con un certificado digital incorrecto. Si el interesado se ha identificado correctamente, accederá al buzón de notificaciones, donde podrá diferenciar entre Pendientes, Aceptadas y Rechazadas.

Pulsando sobre el asunto de la notificación, accedemos a la página donde debemos Firmar y aceptar o Firmar y rechazar.

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En este punto es importante cumplir con los requisitos técnicos específicos de la firma digital. Si el interesado problemas a la hora de acceder a la información proporcionada en esta Sede Electrónica, debe tener en cuenta los requisitos técnicos: 

 

Se necesita disponer de un navegador web actualizado, como por ejemplo: o Firefox https://www.mozilla.org/es-ES/firefox/new/ o Internet Explorer o Chrome https://www.google.es/chrome/browser/desktop/ Para identificarse correctamente, necesita un certificado digital. Para la realización de firma digital, necesaria en caso de acceder a una notificación o realizar una solicitud telemática, se necesita disponer de Java actualizado a última versión o Última versión de Java https://www.java.com/es/download/

1.2.4 Validación de documentos expedidos electrónicamente (CSV) Todos los documentos que formen parte de los expedientes del ayuntamiento dispondrán de un código de validación denominado CSV (Código Seguro de Verificación), anteriormente denominado CUD (Código Único de Documento), de forma que un tercero podrá comprobar la validez del documento introduciendo este código en el validador de documentos que se encuentra en la portada del Ayuntamiento.

Con este servicio se facilita también el envío de información a un interesado. Por ejemplo, en lugar de enviar un documento o documentos PDF, se puede facilitar un listado de códigos CSV, de forma que el interesado pueda consultarlos y descargarlos directamente.

1.3

Información particular del tercero

1.3.1 Datos de contacto En el apartado datos de contacto, una persona física o jurídica puede consultar los datos de los que el Ayuntamiento dispone. Permite, además, modificar los medios de contacto, como el teléfono móvil o el correo electrónico.

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Esta sección también es útil en el caso de un interesado que ha recibido una notificación y tiene problemas para acceder a ella. Previamente a entrar al buzón de notificaciones, puede entrar en este apartado y comprobar que su nombre y NIF es correcto, ya que podría ocurrir que hubiese accedido con un certificado erróneo, o que los datos que el ayuntamiento almacena no fuesen correctos.

1.3.2 Consulta del registro de entrada y salida Las personas físicas y jurídicas pueden consultar todas las anotaciones de entrada y salida en las que aparezcan como interesados o representantes.

Podemos acceder al detalle de la anotación, incluidos los documentos adjuntos, pinchando en el número de anotación.

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1.3.3 Consulta de propiedades, recibos, calendario fiscal En la sede electrónica se pone a disposición de cualquier persona el listado de las propiedades o unidades fiscales de las cuales es propietario.

Podemos ver el detalle de la unidad fiscal pulsando sobre la lupa. En este detalle podemos consultar:   

si tenemos domiciliado el pago de los recibos, la cuenta a la que está domiciliado un listado de los recibos emitidos relacionados con esa unidad fiscal, incluyendo el importe de cada recibo las personas relacionadas con esa unidad fiscal

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En el apartado de Gestión de recibos podemos obtener un listado de todos los recibos, agrupados por estado de c...


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