Apuntes sobre la Estructura UV - Esta todo en pdf PDF

Title Apuntes sobre la Estructura UV - Esta todo en pdf
Course Tecnicas y habilidades juridicas
Institution Universitat de València
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La estructura de la Universitat de ValènciaInstrumentos y Técnicas de Información, Organización del Estudio y Documentación. Curso 2016- 20171 Algunas cifras de la Universidad de ValenciaMás de 58 estudiantes: cerca de 45 en grados, casi 8 en másteres oficiales y doctorados y más de 5 en títulos pr...


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La estructura de la Universitat de València Instrumentos y Técnicas de Información, Organización del Estudio y Documentación. Curso 20162017

1 Algunas cifras de la Universidad de Valencia Más de 58.000 estudiantes: cerca de 45.000 en grados, casi 8.000 en másteres oficiales y doctorados y más de 5.000 en títulos propios de postgrado Más de 2.800 personas estudian en la Facultad de Ciencias Sociales. Cada curso se incorporan 580 estudiantes de nuevo ingreso: 250 al grado de Relaciones Laborales y Recursos Humanos, 230 al grado de Trabajo Social y 100 al grado de Sociología. En la Universidad de Valencia hay 3.800 profesores y 1.800 personas de administración y servicios.

2 Los Estatutos de la Universitat de València 2.1 Fines de la Universidad de Valencia - Estudio General Según los Estatutos de la Universidad de Valencia (art. 3), la UVEG es un servicio público con las siguientes misiones: 

Formar estudiantes o

Preparar para el ejercicio de actividades profesionales

o

Obtener los títulos académicos correspondientes

o

actualización permanente del conocimiento



Fomentar la investigación básica y aplicada y el desarrollo científico y tecnológico



Difundir la cultura en el seno de la sociedad o

estimular y acoger las actividades intelectuales y críticas en todos los campos de la cultura y del conocimiento

2.2 Valores de la Universidad de Valencia (arts. 3, 4, 5, 6) 

Racionalidad y universalidad, perfeccionamiento de las personas, convivencia en una sociedad plural y democrática.



El desarrollo intelectual y material de los pueblos.



El progreso del conocimiento.



La paz, la igualdad entre las mujeres y los hombres, la defensa ecológica del medio ambiente.



La libertad académica (libertad de cátedra, de investigación y de estudio), autonomía docente, investigadora, administrativa.



Las actividades universitarias no deben ser mediatizadas por ningún tipo de poder social, político, económico o religioso.



La vinculación a la realidad social y económica valenciana.



Logro del uso normalizado de su lengua propia.

2.3 Política lingüística de la UVEG (art.6) Son lenguas oficiales de la Universidad de Valencia las que reconoce como tales el Estatuto de Autonomía. La lengua propia de la Universidad de Valencia es la lengua propia de la Comunidad Valenciana [valenciano]. Es objetivo fundamental de la Universidad de Valencia el desarrollo de todas las funciones sociolingüísticas de su lengua propia como lengua de cultura moderna. Las lenguas oficiales de la Universidad de Valencia son vehículo de expresión normal de cualquier órgano universitario de gobierno y representación, así como de la docencia y de las actividades académicas, administrativas y culturales.

2.4 Derechos de los miembros de la UVEG (art. 10) La comunidad universitaria, esto es el personal docente e investigador (PDI), personal de administración y servicios (PAS), Estudiantes tiene reconocidos los siguientes derechos 

No discriminación por razón de sexo, etnia, nacimiento, lengua, creencia religiosa, ideología, opción sexual.



Ejercicio de la libre expresión.



Constitución e integración en organizaciones y sindicatos, y realización de las actividades correspondientes.



Participación en los órganos de gobierno, representación y gestión de acuerdo con lo establecido en los Estatutos.



Realización de actividades culturales, deportivas y recreativas.



Utilización adecuada de las instalaciones, bienes y recursos de la Universidad de Valencia.

2.5 Deberes de los miembros de la UVEG (art. 10) 

Contribuir a la mejora de las finalidades y el funcionamiento de la Universidad de Valencia como servicio público.



Potenciar el prestigio de la Universidad de Valencia y su vinculación a la sociedad.



Cumplir los Estatutos de la Universidad de Valencia, las disposiciones que los desarrollan y los acuerdos y las resoluciones de los órganos de gobierno.



Respetar y conservar el patrimonio de la Universidad de Valencia.



Los estudiantes tienen el deber de realizar el trabajo intelectual propio de su condición de universitarios y cursar los estudios con aprovechamiento (art. 171).

 Estatuto del estudiante universitario (RD 1791/2010)

2.6 Órganos de Gobierno: el Claustro (art. 81) Órgano máximo de representación del conjunto de la Universidad de Valencia, con competencias de reglamentación y control (aprobar los Estatutos, la gestión del rector / a, las líneas generales de política universitaria y presupuestarias...). Está formado por: 

El rector / a, el secretario / secretaria general, el gerente / ay



300 miembros elegidos según la Ley Orgánica de Universidades: a) 153 miembros del profesorado doctor con vinculación permanente a la Universidad y 38 miembros del profesorado no doctor o sin vinculación permanente, elegidos por todo el PDI [total: 191, repartidos por facultades]. b) 75 miembros elegidos por los y las estudiantes entre estos (repartidos por facultades). c) Treinta miembros elegidos por el personal de administración y servicios y entre éstos. d) Cuatro miembros elegidos por el personal investigador en formación y entre éstos.

Debe renovarse completamente cada cuatro años

2.7 Órganos de gobierno: el Consejo de Gobierno (arts. 87 y 90) Es el órgano colegiado de gobierno de la Universidad de Valencia y desarrolla las líneas generales de política universitaria aprobadas por el Claustro. Además, ejerce la potestad reglamentaria, de propuesta, de informe y de resolución que se le atribuyen los Estatutos y asiste al Rector en todos los asuntos de su competencia Algunas de las competencias del Consejo de Gobierno son:



Aprobar o modificar los planes de estudios (que se proponen al Consejo de Universidades e implanta la Generalidad)



Crear, modificar y suprimir departamentos y los centros



Aprobar anualmente el calendario y la oferta de curso académico.



Acordar la convocatoria de concursos públicos para la selección de PDI y PAS



Aprobar los procedimientos de admisión de estudiantes (...)

El Consejo de Gobierno está formado por (art. 88): 

el rector / a, el secretario / a general y el gerente / a



15 miembros de la comunidad universitaria designados por el rector / a



20 miembros del Claustro elegidos por éste (12 representantes PDI, 3 representantes PAS y 5 estudiantes / as)



11 representantes de los decanos / as de las diferentes facultades



3 representantes de los directores / as de departamento



1 representante de los directores / as de institutos universitarios de investigación



3 miembros del Consejo Social no pertenecientes a la propia comunidad universitaria

2.8 Órganos de gobierno: el Consejo Social (arts. 116 a 118) El Consejo Social es el órgano colegiado de participación de la sociedad valenciana en la Universidad de Valencia (regulado por Ley Orgánica de Universidades y Generalitat) Está integrado por su presidente / a (nombrado por la Generalitat Valenciana), 6 vocales en representación del Consejo de Gobierno de la UVEG y 18 vocales no miembros de la Universidad designados en representación de intereses sociales por las Cortes, Generalitat, Ayuntamiento y Diputación, organizaciones empresariales, sindicales y profesionales. Entre las competencias del Consejo Social están: 

la supervisión económica de la Universidad (aprobar el presupuesto anual y las cuentas, proponer a la Generalidad operaciones de endeudamiento, aprobar la plantilla de PAS...).



promover la colaboración de la sociedad en la financiación de la universidad.

2.9 El Rector / a (art. 93) El Rector es la máxima autoridad de la Universidad de Valencia, de la que ostenta la representación, ejerce el gobierno y dirige la gestión. Es responsable ante el Claustro, de acuerdo con la ley y los Estatutos. Elegido por la comunidad universitaria por un período de cuatro años, con posibilidad de sólo una reelección, entre los catedráticos y catedráticas de la Universidad de Valencia. Se elige por elección directa y sufragio universal, pero el voto es ponderado por sectores de la comunidad universitaria (según la Ley Orgánica de Universidades), con los siguientes valores: 

Profesorado doctor con vinculación permanente: 51%



Profesorado no doctor o sin vinculación permanente: 12,67%



Estudiantes: 25%



Personal de Administración y Servicios: 10%



Personal investigador en formación 1,33%



Competencias del Rector / a (art. 94)

Son competencias del Rector, entre otras: 

Suscribir convenios de colaboración con otras universidades, administraciones, personas físicas o jurídicas.



Ejecutar los acuerdos del Claustro, del Consejo de Gobierno y del Consejo Social



Convocar los procesos selectivos de acceso y provisión de plazas del personal de la Universidad y nombrar a los miembros de los correspondientes tribunales y comisiones de selección.



Autorizar y ordenar el gasto según lo previsto en el presupuesto.



Ejercer la dirección superior sobre todo el personal que preste servicios en la Universidad.



Ejercer la potestad disciplinaria sobre todos los miembros de la comunidad universitaria



Expedir los títulos académicos (...)

El Consejo de Dirección (equipo rectoral) está formado por: 1) Los vicerrectores y vicerrectoras (art. 105) son nombrados por el rector entre los miembros de la UVEG que reúnen los requisitos legales (PDI doctor).

Ejercen las competencias que les atribuye el rector / a Actualmente en la UVEG hay un estudiante delegado del rector con competencias de gestión del servicio de estudiantes. 2) El secretario / a general (art. 106) es nombrado por el rector entre los miembros de la Universidad de Valencia que reúnen los requisitos legales (PDI o PAS). Custodia la documentación universitaria y garantiza el acceso de los miembros de la comunidad universitaria a los acuerdos del Claustro y el Consejo de Gobierno. 3) El gerente / a (art. 107) dirige la gestión de los servicios económicos y administrativos de la Universidad de Valencia y ejerce como jefe del personal de administración y servicios.

2.10 La Sindicatura de Greuges (arts. 234 a 237) Órgano que ejerce las funciones legalmente atribuidas a la figura del defensor universitario: velar por el respeto a los derechos y las libertades de los miembros de la comunidad universitaria, ante las actuaciones de los diferentes órganos y servicios universitarios, aunque no haya infracción de la legalidad. El síndico o la síndica son elegidos por cuatro años entre los miembros de la comunidad universitaria por el Claustro; es asistido por dos vicesíndicos o vicesíndicas también elegidos por el Claustro, los cuales deben pertenecer a los otros dos grupos de la comunidad universitaria. El síndico / a ejerce su función con independencia, sin sujeción a órdenes o instrucciones de ningún tipo. Puede actuar por iniciativa propia o a instancia de personas interesadas, expresada individual o colectivamente. Si el síndico / a ama la queja, se dirigirá al órgano competente o a la persona responsable para establecer el modo de satisfacer la reclamación.

2.11 Los Departamentos (arts. 15 a 26) Los departamentos son unidades de docencia y de investigación; están constituidos por un área de conocimiento o conjunto de áreas relacionadas desde un punto de vista académico. Son funciones de los departamentos, entre otros:

Asignar y coordinar la docencia de las enseñanzas que tengan encomendados, de acuerdo con la programación del centro o centros (facultades y escuelas) donde se imparten. Supervisar, con respecto a la libertad de cátedra, que los programas de las enseñanzas impartidas se adecuan a lo establecido en los planes de estudios respectivos. Promover y coordinar los proyectos de investigación. Forman parte del Consejo de Departamento el PDI doctor y una representación del resto del PDI, PAS y estudiantes. Estructura de un Departamento

2.12 Los centros (Facultades y Escuelas Técnicas: arts. 31 a) Las facultades y escuelas son los centros encargados de la organización de las enseñanzas y de los procesos académicos, administrativos y de gestión conducentes a la obtención de los títulos académicos de la Universidad, así como de actividades de difusión de la cultura. La junta de centro es el máximo órgano de gobierno. Forman parte el decano o decana (PDI elegido por la Junta) y un máximo de 60 miembros distribuidos de la siguiente manera: a) 51% en representación del PDI con vinculación permanente b) 6% en representación del PDI sin vinculación permanente. c) 3% en representación del personal investigador en formación d) 30% en representación de los y las estudiantes. e) 10% en representación del personal de administración y servicios.

2.12.1 El equipo decanal El decano o decana designa, entre el profesorado miembro del centro, vicedecanos y vicedecanas así como un secretario / a. Todos estos integran el equipo decanal. El decano o decana, con la asistencia del equipo decanal, es el responsable de la dirección del centro y tiene entre otras las siguientes funciones: Ostentar la representación del centro. Ejecutar los acuerdos de la junta de centro.

Supervisar el funcionamiento de los servicios del centro y la gestión ordinaria del centro. Elaborar la propuesta de horarios. Proponer la iniciación de expediente disciplinario a cualquier miembro del centro.

2.12.2 Las Comisiones académicas de título Las comisiones académicas de título (CATs) colaboran en la organización de la docencia y garantizan la coherencia académica de la titulación correspondiente. Forman parte de cada CAT de grado representantes de los departamentos implicados en la docencia y de los estudiantes. Son funciones de las comisiones académicas de título: Elaborar la propuesta de organización del curso académico, teniendo en cuenta los criterios establecidos por el Consejo de Gobierno y las propuestas de los departamentos. Coordinar y supervisar la programación docente Informar de la propuesta de horarios. La Junta de centro aprueba las propuestas de organización de curso académico elaboradas por las CATs, que se remitirán al Consejo de Gobierno para su aprobación.

2.12.3 La estructura de una Facultad 2.12.4 Estructura organizativa Facultad de Derecho Equipo decanal Olmos Ortega, María Elena

Decana

Fabregat Monfort, Gemma

Vicedecana

Economía y Sostenibilidad

Rodriguez Pastor, Guillermo

Vicedecano

Estudios de Grado en Derecho

F. Javier Palao Gil

Vicedecano

Estudios de Postgrado

Javier Plaza Penades

Vicedecano

Calidad, Cultura y formación

Solanes Corella, Ángeles

Vicedecana

Relaciones Internacionales

Herminio Serra Martínez

Vicedecano

Estudiantes

Ferrando Villalba, Lourdes Viana Ballester, Clara

Vicedecana

Relaciones Institucionales

Secretaria

Coordinación Grado en Derecho: [email protected] Coordinación 1er curso: Goran [email protected]...


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