Title | Clasificacion de constitucion, cuadro sinoptico |
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Author | Karem Rondan |
Course | Derecho Constitucional |
Institution | Universidad Estatal de Sonora |
Pages | 1 |
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la constitucion tiene clasificacion...
Formal: es aquella elaborada de acuerdo a un procedimiento (procesos legislativos). La constitución es una ley o conjunto de leyes que han sido escritas y redactadas por voluntad de un legislador Formal y material
Jurídica y real
Material: conjunto de disposiciones que determinan un régimen jurídico y político particular, cuando estos fundamentos normativos esenciales no se encuentran recogidos en un texto único uniforme y escrito. Tiene origen histórico, evoluciona de acontecimientos sociales. por ejemplo, del Reino Unido, San Marino, Israel o Nueva Zelanda, entre otros.
Jurídica: es jurídica porque va a ser un conjunto de normas escritas que imponen derechos y obligaciones. Nos referimos a que las constituciones de forma jurídica pueden ser codificadas o dispersas. Real: esta conformada por la suma de factores reales y efectivos de poder que rigen en la sociedad Escrita/codificada: es aquella formulada en un documento por una autoridad competente. Como su nombre lo indica, son aquellas que están escritas en un volumen o código. Ejemplo: Constitución Mexicana y la mayoría de los países en Hispanoamérica.
Escrita y no escrita
CLASIFICACIÓN DE
No escrita/dispersa: Debido al orden político y jurídico de los países que cuentan con este tipo de constitución, son aquellas que no se originan en un momento determinado del tiempo, sino que más bien son producto de una modificación continua derivado de la evolución social y política del citado país, por lo que no se encuentran plasmadas en un código, sino que son una variedad de estatutos y decisiones jurídicas. Ejemplo: Constitución Inglesa y algunos de las constituciones de los países anglosajones.
LAS CONSTITUCIONES Flexible y rígida
Democrática y no democrática
Originaria y derivada
Rígida: Son las que exigen un procedimiento especial, se requiere de un órgano específico (poder constituyente, aunque en otros países se le puede dar una denominación distinta), quien está facultado por la misma constitución para realizar las reformas correspondientes. Flexible: A diferencia de la anterior, la constitución flexible no requiere de un órgano en específico que desarrolle las reformas, sino que el poder legislativo general o común, puede desarrollar dichas modificaciones.
Democrática/impuesta: A diferencia de las anteriores, es el propio pueblo quien las impone al titular del Poder Soberano. Ejemplo: Constitución de Cádiz de 1812, que reconoció Fernando VII en 1820. No democrática/otorgada: estas se le otorgan al pueblo por concesión del titular del Poder Soberano. Ejemplo: Un Monarca, como fue el caso de la Carta Constitucional de Luis XVIII del 4 de junio de 1814.
Originaria: nace de una realidad nacional historia de una nación. Ejemplo: EUA Derivada: se basa en otra constitución y por lo tanto toman una realidad ajena. Ejemplo: constituciones de Sudamérica...