Criminalidad REAL PDF

Title Criminalidad REAL
Author JUAN CARLOS JIMENEZ BENAVIDEZ
Course Criminología y criminalística
Institution Universidad Popular Autónoma de Veracruz
Pages 2
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Summary

Criminalidad REAL...


Description

CRIMINALIDAD REAL REYES ECHANDÍA la define como: “la totalidad de los delitos que efectivamente se realizan […] independientemente de que hayan sido o no investigados o siquiera conocidos por la autoridad o los particulares” CRIMINALIDAD APARENTE “Está constituida por el conjunto de delitos que llegan al conocimiento de la autoridad (policía, alcaldes, jueces) en virtud de denuncias formuladas, por conocimiento directo de tales funcionarios, por informaciones confidenciales o mediante cualquier otro medio de comunicación o percepción” CRIMINALIDAD OCULTA La criminalidad oculta consiste en el conjunto de delitos que no llegan al conocimiento de las autoridades. Cuando el hecho delictivo no es denunciado a las autoridades, puede ser por las siguientes razones según REYES ECHANDÍA: 1. No llega a descubrirse; 2. La víctima o el testigo no lo perciben como conducta delictuosa; 3. Hay desconfianza en la autoridad responsable; 4. Son amenazados por alguien para no hacer la denuncia; 5. Por simpatía al delincuente en caso de ser el victimario conocido o familiar; por temor a venganzas; 6. Para no ser involucrado en el proceso de investigación como testigo o como víctima; y 7. Para no perder tiempo pensando en que el daño no se va a reponer debido a la lentitud del órgano judicial o porque se puede arreglar de una manera más rápida. A continuación se explican con base en SOLÍS QUIROGA y actualizado:

1. Cuando el hecho delictivo no llega a descubrirse por falta de testigos o de pruebas que lo afirmen; 2. Cuando la víctima o el testigo no lo consideran como delito: puede deberse muchas veces a la ignorancia de la ley, cuando se desconoce que cierta conducta es considerada como delito; 3. Un hecho muy común es la desconfianza que se tiene hacia la autoridad judicial, la cual, ha demostrado en muchas ocasiones de sus abusos, así como de sus fallas, errores y falta de interés por cumplir con su labor de proteger y ayudar a la sociedad; 4. La amenaza por alguien para no realizar la denuncia puede ser considerada como intimidación, que consiste en que un servidor público que por sí o por otra persona, utilizando la violencia física o moral, inhiba a cualquier persona para evitar que ésta o alguien más denuncie, formule querella o aporte información relativa a la presunta comisión de una conducta sancionada por la ley; 5. La simpatía hacia el delincuente por ser conocido de la víctima o de alguien conocido de la víctima: es un problema que queda libre de castigo, por influencias o favores pedidos a alguien más, para no afectar al victimario que es conocido por algunas personas; 6. El temor de las víctimas de que ellos o sus familiares puedan sufrir las consecuencias por presentar cualquier medio para que se abra una investigación en contra de alguien, y constituye otro problema que queda sin castigo, además de quedar temor en las víctimas por el daño hecho y por las posibles venganzas; y 7. Por último se da la negación a involucrarse en el proceso para que la víctima se evite molestias, o a los testigos; otro más es por la resignación a que el daño no se le reparará por desobediencias del victimario a la ley o por carencias del mismo....


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