Cuadro accion, tipicidad, etc PDF

Title Cuadro accion, tipicidad, etc
Course Derecho Penal II
Institution Universitat Ramon Llull
Pages 2
File Size 70.4 KB
File Type PDF
Total Downloads 105
Total Views 144

Summary

TIPICIDAD ANTIJURICIDAD C A U S A L I S M O causal: movimiento corporal que causa un cambio en el mundo exterior. Problemas: no puede explicar los delitos por (no es movimiento) ni de injurias (porque no hay cambio en el mundo exterior). objetiva de un proceso causal. No se valora nada subjetivo. En...


Description

ACCIÓN

TIPICIDAD

ANTIJURICIDAD

CULPABILIDAD

C A U S A L I S M O

Acción causal: movimiento corporal que causa un cambio en el mundo exterior. Problemas: no puede explicar los delitos por omisión (no es movimiento) ni de injurias (porque no hay cambio en el mundo exterior).

Descripción objetiva de un proceso causal. No se valora nada subjetivo. En cuanto que es una descripción externa se le ha denominado . TIPICIDAD – ACCIÓN – ANTIJURICIDAD = Portadoras de contenidos y fundamentos objetivos

Contradicción entre hecho y norma  Ausencia de causa de justificación  Concreción valorativa de una acción previa descrita típicamente (concepción objetivo-valorativa). Hecho ataca al ordenamiento jurídico aparentemente

Parte de la filosofía de la libertad del hombre para decidir entre el bien y el mal: libre albedrío. La culpabilidad mera relación del autor con el hecho, relación subjetiva. Crítica: en los delitos imprudentes no hay relación entre autor y hecho. Se analiza DOLO Y CULPA (imprudente): es donde el modelo falla, los casos fortuitos no deen analizarse aquí. No hay elementos del injusto (hechos subjetivos).

N E O K A N T I S M O F I N A L I S M O

Son delitos las acciones socialmente relevantes. Impera la filosofía de los valores. Las conductas humanas no son irrelevantes. Acción: des del punto de vista causal para incluir omisión.

Lo entiende como un mismo bloque: Tipicidad  descripción valorativa del proceso causal. El BJ epieza a tener importancia. Contempla elementos normativos y elementos de compenente subjetivo (elementos subjetivos del injusto). Antijuricidad  ausencia de causas de justificación. Son los descubridores de los ELEMENTOS SUBJETIVOS DEL INJUSTO (en función de los propósitos del autor). Terminologia penal: TIPO DE INJUSTO: tambien se valora el ataque a la norma penal. Proceso causal + realización de una acción final humana. Ex tipo de hurto, tipo de robo: ya contiene el ataque a la norma, al BJ.

Dolo y culpa forman parte de la culpabilidad.

Acción final: se retorna como en el causalismo a un concepto prejurídico de acción como eje del concepto de delito. Estructura lógico-objetiva: las acciones relevantes penalmente deben venir informadas por una dirección humana encaminada a un fin.

Incorpora un componente subjetivo (dolo o imprudencia). Parte objetiva: descripción de la acción. Parte subjetiva: dolo y cula, además del elemento subjetivo del injusto. Y es porque detrás de la tipicidad está la norma, y el legislador redacta la pena en función d si la norma se infringe con dolo o culpa.

Antijuricidad formal: ausencia de causas de justificación. Antijuricidad material: puesta en peligro o lesión de un bien jurídico, el derecho penal debe castigar.

Teoría normativa pura: el dolo y la culpa ya no están en la culpabilidad. Forman parte de la tipicidad.



Cambio en la construcciñin de la teoría del delito.  abarca los componentes subjetivos esenciales (dolo y culpa), incorpora la intención voluntad  el juicio sobre el sujeto queda despojado de componentes psicológicos, para adoptar una concepción normativa pura.

Fallo: el propósito debe estar conectado con el dolo, por tanto si se valora la conducta los propósitos tambien se deberan valorar la culpa y el dolo (los casos fortuitos se estudiaran aquí). Siguen la teoria normativa: reproche jurídico que se le hace al autor por su conducta (el enfermo) conoce.

Elementos que integran la culpabilidad en el finalismo:  imputabilidad: conoce y puede sujetarse a la norma  Conocimiento de la antijuricidad o prohibición: desconocer una norma, se relativiza el hecho.  Exigibilidad de conducta: el derecho puede exigirle que el autor se adecue a la norma. No podrá exigirse en caso de miedo insuperable ni necesidad exculpante....


Similar Free PDFs