Esquema etapas históricas PDF

Title Esquema etapas históricas
Author Carlos Martín
Course Derecho romano
Institution Universidad de Jaén
Pages 1
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ETAPAS HISTÓRICAS DEL DERECHO ROMANO (ESQUEMA).ÉPOCA ARCAICA(MONÁRQUICA)ÉPOCAPRECLÁSICA(REPUBLICANA)ÉPOCACLÁSICA(IMPERIAL)ÉPOCAPOSTCLÁSICA(DEL DOMINADO)ÉPOCAJUSTINIANEA(BIZANTINA)EXTENSIÓNTEMPORALs. VIII a. (754 a. Fundación de la ciudad) s. IV a. (367 a. Leges Liciniae Sextiae 1 ). s. IV a. (367 a....


Description

ETAPAS HISTÓRICAS DEL DERECHO ROMANO (ESQUEMA).

EXTENSIÓN TEMPORAL

POLÍTICA

ÉPOCA PRECLÁSICA (REPUBLICANA)

ÉPOCA CLÁSICA (IMPERIAL)

ÉPOCA POSTCLÁSICA (DEL DOMINADO)

s. VIII a.C. (754 a.C. Fundación de la ciudad) - s. IV a.C. (367 a.C. Leges Liciniae Sextiae1).

s. IV a.C. (367 a.C.)s. I. a.C. (27 a.C. Subida al poder del emperador Augusto).

s. I a.C. (27 a. C.)s. III d. C. (284 d.C. Subida al poder de Diocleciano).

s. III d. C. (284 d. C.)s. V d. C. (476 d. C. Caída del Imperio romano de Occidente).

s. V d.C. (476 d.C.)s. VI d. C. ( 565 d.C. Muerte de Justiniano).

La máxima autoridad reside en el rex (hasta el advenimiento de la República en el 509 a.C., como consecuencia de la rebelión de la nobleza patriarcal frente al poder monárquico).

El poder recae en el pueblo (a través de las Asambleas populares), en el Senado y en las magistraturas. El consulado o suprema magistratura viene a sustituir la figura del rey.

Las guerras civiles hunden el sistema político republicano. El emperador o Princeps (Príncipe) concentra en su figura todos los poderes (legislativos, judiciales, militares, etc.)

Diocleciano pone fin a la crisis económica del Imperio, con su famoso “Edicto de precios” y la instauración del Absolutismo imperial o “Dominado”.

El Imperio romano de Occidente cae en manos de los bárbaros. El Imperio de Oriente continúa con su capital en Bizancio (Constantinopla).

Cerrada, rural, familiar, patriarcal.

Roma se convierte en un gran Estado que domina todo el Mediterráneo. Sociedad, por tanto, más abierta, cosmopolita y mercantilista.

El emperador Antonino Caracalla otorga la ciudadanía romana a todos los habitantes del Imperio (212 d.C.). Consecuencia: desaparece la distinción ius civileius gentium.

El absolutismo imperial atribuye al emperador un poder absoluto sobre todos los ciudadanos del Imperio (que, ahora, son súbditos del Imperio) y sobre sus bienes de propiedad privada. Desarrollo del Cristianismo.

Reconquista, momentánea (532554) del antiguo territorio romano (África del Norte, Italia e Hispania). Aspiración de una unidad del Imperio en el plano políticoterritorial, legislativo y religioso.

Surge el ius gentium y la figura del praetor peregrinus (241a.C), para dirimir los litigios en los que interviniera un extranjero (peregrinus).

La creación del Derecho está en manos del emperador (a través de sus constitutiones principis).

Se caracteriza por su decadencia y vulgarización. Los juristas son meros burócratas al servicio de la Administración imperial. Su papel se limita a recopilar obras de juristas anteriores.

Se da al Imperio una regulación jurídica adecuada, acorde con el ideal de restaurar el Imperio romano clásico, conforme al alto nivel científico de las Escuelas de Derecho, sobre todo la de Constantinopla.

El edicto del pretor como fuente del Derecho y el desarrollo de la jurisprudencia laica.

Esplendor de la ciencia jurídica, dado el desarrollo y perfección técnica de la jurisprudencia.

Recopilaciones de leges (constituciones imperiales) y de obras de juristas clásicos (iura).

Corpus Iuris Civilis.

SOCIEDAD Luchas entre patricios (descendientes de las antiguas familias quiritarias) y plebeyos (llegados a Roma, de distintos orígenes, constituyendo el proletariado urbano).

DERECHO

Rígido, formalista, ritualista. Consuetudinario2. Monopolizado por los Colegios sacerdotales.

HITOS JURÍDICOS

Ley de las XII Tablas (450 a.C).

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ÉPOCA JUSTINIANEA (BIZANTINA)

ÉPOCA ARCAICA (MONÁRQUICA)

Estas leyes supusieron el acceso de los plebeyos al consulado republicano. Basado en las costumbres, reglas no escritas, provenientes de los antepasados (mores maiorum)....


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