IDIP U2 A2 SECCDC HV EJF VKJEF VJKHER VJNE FVJ ERKJHV E PDF

Title IDIP U2 A2 SECCDC HV EJF VKJEF VJKHER VJNE FVJ ERKJHV E
Author Sergio Cadena
Course Desarrollo e innovación de productos
Institution Universidad Abierta y a Distancia de México
Pages 17
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Summary

Desarrollo e innovaciónde productosUnidad 2Actividad 2Marco legal de laorganizaciónAlumnoSergio Céspedes CadenaResponsable de la AsignaturaMtra. Fabiola M. Guadalupe Banda Pérez14 de mayo del 2021IntroducciónLicenciatura enMercadotecniaDentro de la siguiente actividad analizaremos mediante un cuadro...


Description

Licenciatura en Mercadotecnia Desarrollo e innovación de productos Unidad 2

Actividad 2 Marco legal de la organización Alumno Sergio Céspedes Cadena Responsable de la Asignatura Mtra. Fabiola M. Guadalupe Banda Pérez 14 de mayo del 2021

Introducción

Dentro de la siguiente actividad analizaremos mediante un cuadro sinóptico las principales leyes involucradas dentro de su marco legal a la creación de una marca o producto innovador, así como su normalización e impuestos involucrados en la comercialización de dicho producto a nivel internacional. Además, realizaremos el llenado mediante un caso práctico para el registro de marca y derechos de autor en México que nos ayudará a conocer el primer paso en caso de querer registrar una idea, patente o producto que busque innovar el mercado. Por último, describiremos desde nuestras propias palabras qué entendemos por “marca”, “patente” y “derechos de autor” así como las diferencias y puntos clave sobre qué es el IMPI y el OMPI. Dicha actividad desarrollará nuestras habilidades como profesionales de la mercadotecnia con la intención de proteger nuestra idea o producto en caso de querer comercializarlo o generar una remuneración económica gracias a su utilización.

1. Cuadro sinóptico “Principales leyes involucradas con el registro de marca”

Ley Federal de derecho de autor

Salvaguradará y promocionará el acervo cultural de la nación de los artistas, interpretes, ejecutantes, editores, productores y organismos de radiodifusión sobre sus obras de origen literario o artístico en todas sus modalidades.

Ley federal sobre metrolog a y normalización

Es la encargada de establecer las disposiciones de órden público y de interés social en áreas de metrolog a, normalización, certificación, acreditamiento y verificación.

Ley de propiedad industrial

Es la encargada de proteger los derechos de los individuos que crean inventos, s mbolos, nombres, imágenes, dibujos, marcas, denominaciones de origen y secretos industriales de empresas diversos mecanismos innovadores, procesos, recetas secretas y hasta bases de datos.

Ley de impuestos generales de importación y exportación

Rige las fracciones arancelarias en todas las mercanc as que se buscan exportan e importar con origen o destino de territorio Mexicano de las cuales tienen injerencia diversas Secretar as de estado dependiendo las mercanc as.

Leyes

2. Formatos de registro de marca y derechos de autor DM/1 (S) 27 de marzo de 2021

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DM/1 (S) ARREGLO DE LA HAYA RELATIVO AL REGISTRO INTERNACIONAL DE DIBUJOS Y MODELOS INDUSTRIALES SOLICITUD DE REGISTRO INTERNACIONAL En la sección “Cómo presentar una solicitud internacional a la Oficina Internacional” de la Guía del usuario del Sistema de La Haya encontrará instrucciones para rellenar este formulario

IMPORTANTE 1. 2.

Le recomendamos que presente su solicitud internacional por conducto de eHague. Si no utiliza eHague, remita el presente formulario directamente a la Oficina Internacional por conducto de

Contact Hague. 3.

La solicitud de registro internacional puede abarcar varios dibujos y modelos industriales (hasta un máximo de 100). Sin embargo, todos los dibujos y modelos industriales, o los productos respecto de los cuales se utilizarán esos dibujos y modelos, deben pertenecer a la misma clase de la Clasificación Internacional (Locarno). La lista de clases y subclases de la Clasificación de Locarno puede ser consultada, junto con las respectivas notas explicativas, en el sitio web de la OMPI. Cabe remitirse asimismo a la nota de pie de página 2 del apartado 6.

4. Los apartados de este formulario que son obligatorios, llevan la indicación “(obligatorio)” entre paréntesis junto a su título. Cuando, tras haber efectuado una determinada designación, haya apartados obligatorios, se indicará en una nota de pie de página al final del apartado. 5. La solicitud debe mecanografiarse.

6.

Las fotografías y demás representaciones gráficas de los dibujos y modelos industriales deben pegarse o imprimirse directamente en una hoja aparte de papel A4 blanco y opaco, conforme a las instrucciones que figuran en la Guía.

7. La legislación de la Federación de Rusia y de los Estados Unidos de América exige un control de seguridad. De conformidad con la legislación de la Federación de Rusia, los dibujos o modelos creados en la Federación de Rusia por personas jurídicas o físicas con nacionalidad rusa están sujetos a un control de seguridad efectuado por el Servicio Federal de la Propiedad Intelectual (ROSPATENT) para garantizar que los dibujos o modelos no contienen secretos de Estado. En virtud de la legislación de los Estados Unidos de América, se exige que, para los dibujos o modelos industriales creados en los Estados Unidos, el solicitante obtenga en primer lugar una licencia de la Oficina de Patentes y Marcas de los Estados Unidos (USPTO) antes de presentar solicitudes fuera de los Estados Unidos. CALCULADOR DE TASAS

8.

En el sitio web de la OMPI encontrará un Calculador de

tasas.

ANEXOS 9. El Anexo I permite al solicitante presentar una Declaración sobre la Identidad del Inventor o, de no ser posible, una Declaración Sustitutiva en Lugar de una Declaración sobre la Identidad del Inventor, con respecto a una designación de los Estados Unidos de América. La declaración es obligatoria si se designa a los Estados Unidos de América. 10. El Anexo II permite al solicitante presentar documentación en apoyo de una declaración relativa a la excepción a la falta de novedad respecto de una designación de la República de Corea (cabe remitirse al apartado 15). 11. El Anexo III permite que el solicitante indique información que él posea que sea fundamental para establecer que el/los dibujo(s) o modelo(s) industrial(es) de que se trate satisface(n) las condiciones exigidas para la protección con respecto a una designación de los Estados Unidos de América. 12. El Anexo IV permite al solicitante apoyar una reivindicación de micro entidad (cabe remitirse al apartado 18) con un certificado de micro entidad para obtener una reducción de la tasa de designación individual con respecto a una designación de los Estados Unidos de América. 13. El Anexo V permite al solicitante presentar documentación justificativa de una reivindicación de prioridad respecto de una designación de la República de Corea (cabe remitirse al apartado 13.) Esta página de portada no debe enviarse a la Oficina Internacional Organización Mundial de la Propiedad Intelectual Chemin des Colombettes 34, P.O. Box 18, 1211 Ginebra 20, Suiza N.o de teléfono: +41 (0)22 338 75 75 Sitio web: www.wipo.int Para más información, utilice Contact Hague

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SOLICITUD DE REGISTRO INTERNACIONAL A rellenar por el solicitante

DM/1 (S)

A rellenar por la Oficina de presentación indirecta

Su referencia: 06789787678889234 Esta solicitud internacional contiene el siguiente número de hojas de continuación: 15

OFICINA ENCARGADA DE TRANSMITIR LA SOLICITUD INTERNACIONAL (Si procede) Nombre de la Oficina: Referencia de la Oficina:

Esta solicitud internacional va acompañada de los siguientes Anexos: I

1

II

III

IV

V

Fecha en que la Oficina recibe la solicitud internacional: 14 de mayo del 2021 Firma y/o sello de la Oficina:

SOLICITANTE (todos los campos son obligatorios excepto donde se indique lo contrario) a)

El solicitante es una (marque solo una casilla) Persona natural – Apellido: Céspedes Cadena

Nombre: Sergio

Persona jurídica – Denominación oficial: b)

Dirección: Morelos 12 Código postal: 40000

Ciudad: Iguala de la Independencia País: México

c)

Dirección de correo electrónico1: [email protected]

d)

Teléfono 2: 5567621570

1

Todas las comunicaciónes relativas a esta solicitud internacional y al registro internacional resultante de ella se enviarán exclusivamente a la dirección de correo electrónico indicada más arriba, a menos que en el punto 4 se indique una dirección de correo electrónico alternativa para la correspondencia o se nombre a un mandatario. El solicitante debe asegurarse de que la dirección de correo electrónico indicada más arriba sea correcta y se mantenga actualizada.

2

No es obligatorio indicar un número de teléfono, pero permitirá a la Oficina Internacional comunicarse con usted si fuese necesario.

2

DERECHO A PRESENTAR UNA SOLICITUD INTERNACIONAL (obligatorio) Con respecto a cada uno de los criterios de habilitación enunciados en los literales a) a d) infra, indique la Parte o las Partes Contratantes de que se trate. De no ser aplicable alguno de los literales, escriba “Ninguno/a”. Se adjunta al presente formulario un listado de las Partes Contratantes vinculadas por el Acta de 1999 o el Acta de 1960. En el literal d) sólo podrá indicarse una Parte Contratante vinculada por el Acta de 1999. Cuando el derecho a presentar una solicitud resulte de una conexión con una Parte Contratante que sea un Estado miembro de una organización intergubernamental (la Unión Europea o la Organización Africana de la Propiedad Intelectual (OAPI)), se deberá indicar tanto ese Estado miembro como la organización intergubernamental (por ejemplo, “Francia, Unión Europea”) en el literal que corresponda; cuando el derecho a presentar una solicitud resulte de una conexión con un Estado miembro de una organización intergubernamental que no sea una Parte Contratante, sólo se indicará la organización intergubernamental.

a)

Nacionalidad: Mexicana

b)

Domicilio: Aldama 28 Col. Centro Iguala de la Independencia Guerrero

c)

Establecimiento industrial o comercial real y efectivo: Brick Inmobiliaria

d)

3

Residencia habitual: Morelos 12 Col. Centro Iguala de la Independencia, Guerrero.

PARTE CONTRATANTE DEL SOLICITANTE (obligatorio cuando sea aplicable el Acta de 1999) Indíquese la Parte Contratante o una de las Partes Contratantes, vinculadas por el Acta de 1999 y mencionadas en el apartado 2, que deba ser considerada como la Parte Contratante del solicitante. Si no se indica la Parte Contratante del solicitante y la solicitud internacional se presenta por conducto de la Oficina de una Parte Contratante que se indica en el apartado 2, se considerará que la Parte Contratante así indicada es la Parte Contratante del solicitante.

Parte Contratante del solicitante: De haber más de un solicitante, marque esta casilla y anote en una hoja aparte la información exigida de cada solicitante con arreglo a los apartados 1, 2 y 3.

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4

DIRECCIÓN PARA LA CORRESPONDENCIA Cuando haya varios solicitantes con direcciones diferentes y no se haya nombrado un mandatario, se deberá indicar una dirección para la correspondencia. Si no se indica tal dirección, se considerará que la dirección de la primera persona indicada en el apartado 1 es la dirección para la correspondencia.

Dirección para la correspondencia: Calle: Morelos 12 Código postal: 40000

Ciudad: Iguala de la Independencia

País: México

Dirección de correo electrónico: [email protected]

5

NOMBRAMIENTO DEL MANDATARIO (de haberlo) La persona que se indica a continuación es el mandatario designado por el solicitante. a)

El mandatario es una (marque la casilla apropiada)3 Persona natural – Apellido: Céspedes Cadena

Nombre: Sergio

Persona jurídica – Denominación oficial: b)

Dirección: Aldama 28 Código postal: 40000

Ciudad: Iguala de la Independencia

País: México

4

c)

Dirección de correo electrónico : [email protected]

d)

Teléfono5: 5567621570 se adjunta un poder al presente formulario (opcional)

3

Solo se ha de marcar una casilla. Si se marcan las dos casillas, el nombre del mandatario se inscribirá con el nombre de la persona natural que preceda al nombre de la persona jurídica.

4

Cuando se nombre un mandatario, todas las comunicaciones relativas a esta solicitud internacional y el registro internacional resultante se enviarán exclusivamente a la dirección de correo electrónico del mandatario. El solicitante y el mandatario deben asegurarse de que la dirección de correo electrónico indicada más arriba sea correcta y se mantenga actualizada.

5

No es obligatorio indicar un número de teléfono, pero permitirá a la Oficina Internacional comunicarse con su mandatario si fuese necesario.

6

6

NÚMERO DE DIBUJOS O MODELOS INDUSTRIALES, REPRODUCCIONES Y/O MUESTRAS (obligatorio) a)

Número total de dibujos o modelos industriales (100 como máximo)6: 1

b)

Número total de reproducciones: 1

c)

Número total de páginas A4 con reproducciones: 1

d)

Número total de muestras (de haberlas): 1

Blanco y negro: 1

Color

Si la solicitud incluye más de un dibujo o modelo industrial y en ella se designa a los Estados Unidos de América, Estonia, Federación de Rusia, Kirguistán, México, República Árabe Siria, Rumania, Tayikistán o Viet Nam, se recomienda especialmente remitirse a la Guía del usuario del Sistema de La Haya – apartado 6.

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7

PARTES CONTRATANTES DESIGNADAS (obligatorio – posteriormente no podrán añadirse Partes Contratantes) Indíquese, marcando la casilla adecuada, la Parte Contratante en la que se solicita protección. La Parte Contratante designada debe estar vinculada por un Acta – el Acta de 1999 y/o el Acta de 1960 – a la que también esté vinculada al menos una de las Partes Contratantes indicadas en el apartado 2 (se adjunta al presente formulario un listado de las Partes Contratantes): EM

Unión Europea

KR

República de Corea8

RO

Rumania

AM Armenia

ES

España

LI

Liechtenstein

RS

Serbia

AZ

Azerbaiyán

FI

Finlandia7

LT

Lituania

RU

Federación de Rusia

BA

Bosnia y Herzegovina

FR

Francia

LV

Letonia

RW Rwanda

GA

Gabón

MA Marruecos

SG

Singapur

BG

Bulgaria

GB

Reino Unido

MC Mónaco

SI

Eslovenia

BJ

Benin

GE

Georgia

MD República de Moldova

SM

San Marino

BN

Brunei Darussalam

GH

Ghana7

ME

SN

Senegal

GR

Grecia

MK Macedonia del Norte

SR

Suriname

HR

Croacia

ML

ST Santo Tomé y Príncipe

HU

Hungría7

MN Mongolia

AL

Albania

BW Botswana BX

Benelux

BZ

Belice

CA

Canadá8

CH

Suiza

CI

Côte d’Ivoire

DE

Alemania

DK

Dinamarca

EE

Estonia

EG

Egipto

8

Montenegro Malí 7

SY República Árabe Siria TJ

Tayikistán

IL

Israel

MX

México

IS

Islandia7

NA

Namibia

TM Turkmenistán

IT

Italia

NE

Níger

TN Túnez

JP

Japón

NO Noruega

TR

KG

Kirguistán

OA

UA

Ucrania

KH

Camboya

US

KP

República Democrática Popular de Corea

Estados Unidos de América9

Organización Africana de la Propiedad Intelectual

OM Omán PL

Polonia

Turquía

VN Viet Nam WS Samoa

7

Si Finlandia, Ghana, Hungría, Islandia y/o México han sido designados, es obligatorio indicar en el apartado 11 la identidad del creador. Este último declara que él se considera el creador del dibujo o modelo industrial. Si la persona señalada como creador no es el solicitante, queda declarado por este medio que el creador cede la presente solicitud internacional al solicitante.

8

Generalmente, los productos pertenecientes a la clase 32 de la Clasificación de Locarno no podrán recibir protección con arreglo a la legislación del Canadá, de Israel y de la República de Corea . En consecuencia, la designación del Canadá, de Israel o de la República de Corea en un registro internacional respecto de los dibujos o modelos industriales de la clase 32 será objeto de denegación por su respectiva Oficina.

9

Si se designa a los Estados Unidos de América, deberá indicarse, en el apartado 11, la identidad del creador, y presentar un juramento o declaración sobre la identidad del inventor utilizando el Anexo I.

8

PRODUCTO QUE CONSTITUYE EL DIBUJO O MODELO INDUSTRIAL O EN RELACIÓN DEL CUAL SERÁ UTILIZADO (Obligatorio) (véase la nota 1 en la página de portada) Clase de la Clasificación de Locarno a la que pertenece el o los dibujos o modelos industriales (opcional):

N.º del dibujo o modelo (en orden numérico) 1

Número total de reproducciones 1

Productos

Subclase (opcional)

Casas elaboradas mediante impresoras 3D

Si el espacio disponible no es suficiente, marque esta casilla y continúe en una hoja aparte.

9

DESCRIPCIÓN10, 11, 12 Únicamente se describirán las características predominantes de los dibujos o modelos industriales que aparecen en una reproducción. Además, los elementos que figuren en una reproducción pero para los cuales no se solicite protección podrán ser señalados en la descripción (y/o mediante una línea punteada o discontinua o coloreados en la reproducción). En la descripción se podrá indicar igualmente el funcionamiento o el posible uso del dibujo o modelo industrial, siempre y cuando no sea técnico. También podrá indicarse la omisión de una vista específica. Si la descripción contiene más de 100 palabras, deberá abonarse una tasa adicional de 2 francos suizos por cada palabra que exceda de 100. El producto se basa en la creación de modelos patentados de casas elaboradas gracias a la tecnología de impresoras 3D anexadas a

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página 3 algoritmos cifrados de estructura para la delimitación de acabados que generen un modelo de casa tipo molde que reduce costos.

Si el espacio disponible no es suficiente, marque esta casilla y continúe en una hoja aparte. 10

Si se designa a la República Árab...


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