Modelo particion privada PDF

Title Modelo particion privada
Author maria bazan
Course Derecho Privado VI (Derecho de Familia)
Institution Universidad Siglo 21
Pages 5
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Summary

modelo de partición privada...


Description

FORMULAN PARTICION Y ADJUDICACION. ADJUNTAN INFORMES DE DOMINIO. SE LIBRE OFICIO.

Señor Juez Nacional:

MARIA ZULMA DIPARA con domicilio real en la calle Cuevas 1221 de esta ciudad, y LUIS ALBERTO DIPARA con domicilio real en la calle Concepción Arenal 2222, piso 5º, Departamento "B" de esta ciudad, ambos por derecho propio, y con domicilio constituído en la calle Libertad 777, Piso 3º, Departamento “A”, conjuntamente con nuestro letrado patrocinante Dr. ESTEBAN FUENTES (T°.., F°..), C.U.I.T. n°.........., en los autos caratulados “COLET, JUANA s/SUCESION AB-INTESTATO (Expediente número trescientos de dos mil) a V.S. decimos

I. OBJETO:

Nos presentamos ante V.S. a efectos de manifestar la partición de bienes correspondientes al presente sucesorio de nuestra extinta madre, Doña JUANA COLET viuda en primeras nupcias de don Luis María Dipara.

II. ANTECEDENTES: La partida de defunción adjuntada al escrito inicial da cuenta que JUANA COLET falleció el 25 de mayo de 1998 en esta capital. surge asimismo que la causante se casó en primeras nupcias con Luis María Dipara, siendo hijos de dicho matrimonio MARIA ZULMA DIPARA y LUIS ALBERTO DIPARA.

III. Que como consecuencia de ello se dictó en estos autos declaratoria de herederos por la que se estableció que revisten el carácter de únicos y universales herederos de la causante sus hijos MARIA ZULMA DIPARA y LUIS ALBERTO DIPARA.

IV. BIENES (ACERVO HEREDITARIO): Son los bienes correspondientes al presente sucesorio:

A la fecha del deceso de la causante el patrimonio de la misma estaba compuesto por los siguientes bienes:

1. El cien por ciento (100%) de la Unidad Funcional Nº1 (Planta Baja y Planta Azotea) y Unidad Complementaria I (guardacoche) sitos en la calle Mendoza 1888 (Matrícula 2-3000/1).

Este bien es propio de la causante y le fue adjudicado el 5/12/85 mediante Escritura Nº137, pasada ante el Registro Notarial Nº450, de la Capital Federal.

2. El cincuenta por ciento (50%) indiviso del lote de terreno con lo en él edificado, sito en la calle El Ceibo (calle 400) Nº2555 (entre 20 y 21) de la localidad de Ringuelet, Partido de La Plata, Provincia de Buenos Aires. Nomenclatura Catastral: Circunscripción V, Sección U, Manzana 2, Parcela 19 (Partida Nº107.000).

Este bien es ganancial pues fue adquirido por don Luis María Dipara, cónyuge premuerto de la causante, el 20/7/55 mediante Escritura Nº666 pasada ante el Escribano Público Juan Manuel Pujol de Avellaneda, inscripta en el Registro del Partido de La Plata bajo en Nº9716.

V. SUCESION DE DON LUIS MARIA DIPARA:

Fallecido nuestro legítimo padre se inició el correspondiente juicio sucesorio que tramitó por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº.. entonces a cargo del Dr............, Secretaría Nº.. entonces a cargo del Dr............, en los autos caratulados "DIPARA, LUIS MARIA s/SUCESION ABINTESTATO".

Con fecha 15/4/74 se dictó declaratoria de herederos a favor de sus hijos MARIA ZULMA y LUIS ALBERTO DIPARA y COLET y de su esposa JUANA COLET DE DIPARA.

VI. PARTICION Y ADJUDICACION:

Solicitamos por medio de este escrito se efectúe la división y partición de los bienes indicados en el punto IV.

MARIA ZULMA DIPARA y COLET: Se adjudica a su favor el 100% del dominio de la Unidad Funcional Nº1 (Planta Baja y Planta Azotea) y Unidad Complementaria I (guardacoche) sitos en la calle Mendoza 1888 de la Capital Federal (Matrícula 2-3000/1), Escritura Nº137, pasada ante el Registro Notarial Nº450, de la Capital Federal.

Valor del bien: $45.350,20 (a este efecto se adjunta constancia de valuación fiscal).

LUIS ALBERTO DIPARA y COLET: Se adjudica a su favor el 75% del dominio del lote de terreno con lo en él edificado, sito en la calle El Ceibo (calle 400) Nº2555 (entre 20 y 21) de la localidad de Ringuelet, Partido de La Plata, Provincia de Buenos Aires. Nomenclatura Catastral: Circunscripción V, Sección U, Manzana 2, Parcela 19 (Partida Nº107.400).

Este bien es ganancial pues fue adquirido por don Luis María Dipara, cónyuge premuerto de la causante, el 20/7/55 mediante Escritura N°666 pasada ante el Escribano Público Juan Manuel Pujol de Avellaneda, inscripta en el Registro del Partido de La Plata bajo el N°9716.

Valor del bien: $ 47.917,28 (a este efecto se adjunta constancia de valuación fiscal).

VII. ADJUNTAN INFORMES DE DOMINIO: Que a fin de que se disponga la inscripción de los bienes adjuntamos informes de dominio de los bienes cuya inscripción se solicita.

VIII. PAGO DE LA TASA JUDICIAL: A fin de cumplir con el pago de la tasa de justicia (arts. , ley 23.898) se adjuntan constancias de la valuación fiscal de ambos bienes inmuebles.

a) Inmueble sito en calle Mendoza 1888, Unidad Funcional N°1, y Unidad Complementaria I................

b) Por los bienes muebles..........

c) Inmueble sito en la calle El Ceibo N°2555 de la localidad de Ringuelet........................

d) Por los bienes muebles..........

Total (a + b + c + d)..............

En razón de que al fallecer el cónyuge premuerto de la causante, don Luis María Dipara la declaratoria de herederos estableció que sobre el bien sito en la calle El Ceibo N°2555 de la localidad de Ringuelet ambos herederos había ya heredado el 25% cada uno de ellos -el 50% correspondía a la aquí causante por ser ganancial-, el cálculo de la tasa de justicia sobre este último bien debe realizarse sobre el 50% y no sobre el 100%, a diferencia del bien sito en la calle Mendoza 1888.

IX. HONORARIOS:

El letrado patrocinante, respecto de los derechos que puedan corresponderle en razón de las normas arancelarias, manifiesta que no teniendo objeción que formular, presta su conformidad a lo solicitado en el presente.

X. PETITORIO:

En virtud de lo expuesto precedentemente, a V.S. solicitamos:

1º) Se apruebe la propuesta de partición formulada en este escrito.

2°) Se disponga la agregación de los informes de dominio acompañados.

3º) Tenga por abonada la tasa de justicia correspondiente a estas actuaciones.

4º) Ordene libramiento de oficio a los Registros de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal y Provincia de buenos Aires (ley 22.172) la inscripción de los bienes adjudicados respetando los términos de la propuesta de partición formulada, haciéndose constar que el Dr. Esteban Fuentes y/o quien este designe se encuentra autorizados para diligenciar la inscripción de los oficios peticionados.

5º) Tenga presente lo expuesto por el Dr. Esteban Fuentes respecto a sus honorarios.

Tenerlo presente y proveer de conformidad, SERA JUSTICIA....


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