PAS UCM 2019 - Apuntes 1 PDF

Title PAS UCM 2019 - Apuntes 1
Author Angel Parras
Course Sociología
Institution Universidad Complutense de Madrid
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AÑO XVI

28 de febrero de 2019

BOUC n.º 4

III. OPOSICIONES Y CONCURSOS III.2. PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS Resolución de 20 de febrero de 2019 de la Universidad Complutense de Madrid, por la que se convoca proceso selectivo, mediante el sistema de concurso-oposición libre, para la provisión de plazas de personal laboral fijo de administración y servicios de los grupos y niveles salariales A2, B1, B2 C1, C2 y C3. Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas por el artículo 20.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en relación con el artículo 2.2.e) de la misma norma, así como los Estatutos de la Universidad Complutense de Madrid, aprobados por Decreto 32/2017, de 21 de marzo, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 24 de marzo), modificados por Decreto 5/2018, de 23 de enero (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 26 de enero); y de conformidad con lo establecido en el artículo 19 y siguientes del II Convenio Colectivo de personal laboral de las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid, publicado por Resolución de 25 de noviembre de 2005 (BOCM de 10 de enero de 2006), previo acuerdo con el Comité de Empresa de esta Universidad, ha resuelto convocar proceso selectivo, mediante el sistema de Concurso-Oposición libre, para la provisión de 101 plazas vacantes en la relación de puestos de trabajo de personal laboral de administración y servicios de la Universidad Complutense de Madrid, con sujeción a las siguientes BASES DE CONVOCATORIA 1.- Normas Generales 1.1. Conforme a lo dispuesto en el art. 24 del II Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid (BOCM de 10 de enero de 2006), se convoca proceso selectivo, mediante el sistema de concurso-oposición libre, para cubrir 101 plazas vacantes de los grupos y niveles salariales A2, B1, B2 C1, C2 y C3, de la relación de puestos de trabajo de personal laboral de administración y servicios de la Universidad Complutense de Madrid, que figuran en el Anexo II. De las plazas indicadas, 15 se encuentran vinculadas a la Oferta de Empleo Público de la Universidad del Personal de Administración y Servicios para el año 2016; publicada mediante Resolución de 6 de julio de 2016 (BOCM de 20 de julio); 42 a la Oferta de Empleo Público de la Universidad del Personal de Administración y Servicios para el año 2017 publicada mediante Resolución de fecha 30 de noviembre de 2017 (BOCM de 14 de diciembre) y las 44 plazas restantes a la Oferta de Empleo Público de la Universidad del Personal de Administración y Servicios para el año 2018, publicada mediante Resolución de 30 de octubre de 2018 (BOCM de 31 de octubre). 1.2. Las plazas convocadas se agrupan, según la distribución contenida en el Anexo II, por el número de orden con el que figuran en el citado Anexo, de tal forma que en el mismo número de orden se incluyen las plazas coincidentes en el grupo profesional, nivel salarial, área de actividad y especialidad. Los aspirantes deberán presentar tantas solicitudes como números de orden en los que quieran participar. 1.3. A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades; el Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; el II Convenio Colectivo de personal laboral de administración y servicios de las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid (BOCM de 10 de enero de 2006); el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de

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Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio; el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad; los Estatutos de la Universidad Complutense de Madrid, aprobados por Decreto 32/2017, de 21 de marzo, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 24 de marzo), modificados por Decreto 5/2018, de 23 de enero, (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 26 de enero); otras disposiciones de aplicación, y lo dispuesto en la presentes bases. 1.4. El sistema de selección de los aspirantes será el de Concurso-Oposición, cuya descripción se detalla en la base sexta y en el Anexo I de la presente convocatoria. 1.5. El primer ejercicio de la fase de Oposición se realizará en el plazo máximo de seis meses, contados a partir de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. 1.6. El programa que ha de regir el proceso selectivo (Temario común para todas las plazas y Temario específico para cada número de orden), es el que figura como Anexo III a esta convocatoria. 1.7. Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, serán contratados con carácter fijo, hasta como máximo el número de plazas convocadas por cada número de orden. 1.8. En la presente convocatoria, se establecerá, por cada número de orden, la formación de una bolsa de trabajo, a efectos de contratación temporal. Los aspirantes deberán indicar con un aspa en el apartado correspondiente de la solicitud de participación si desean formar parte de la misma. 1.9. A efectos del cómputo de plazos, el mes de agosto de 2019 se declara inhábil. 2.- Requisitos de los aspirantes Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo los aspirantes deberán reunir en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener durante todo el proceso selectivo, los siguientes requisitos de participación: 2.1. Nacionalidad a) Tener la nacionalidad española. b) Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea. c) Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes. d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. e) Los extranjeros que no estando incluidos en los párrafos anteriores se encuentren con residencia legal en España. 2.2. Edad: Tener cumplidos 16 años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación legalmente establecida.

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2.3. Titulación: 2.3.1. Plazas del grupo profesional A2: Estar en posesión o en condiciones de obtener a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, el título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente, según establezca la Administración Educativa competente. 2.3.2. Plazas del grupo profesional B: a) Estar en posesión, o en condiciones de obtener a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, el título de Ingeniero Técnico, Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico o equivalentes, según establezca la Administración Educativa competente. b) Plaza del nivel salarial B1: Especialización complementaria específica Quienes opten a la plaza incluida en el Nº de orden: 2, Grupo y Nivel salarial B1, Denominación: Diplomado Universitario, Especialidad: Conservador Museo Farmacia, Área de actividad: Otros Servicios, deberán estar en posesión, además de la titulación académica exigida en el apartado 2.3.2.a), de una formación complementaria en museología y museografía, a través de cursos especializados o posgrados, adquirida mediante título académico oficial u homologado o mediante experiencia profesional acreditada durante dos años en la especialidad de la plaza. 2.3.3. Plazas del grupo profesional C: a) Titulación: Estar en posesión, o en condiciones de obtener a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, el título de Bachillerato, Formación Profesional específica de grado superior o equivalentes, según establezca la Administración Educativa competente. Asimismo, se estará a lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio (Boletín Oficial del Estado de 17 de junio de 2009), por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada mediante Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo, y restante normativa vigente en la materia. b) Experiencia profesional sustitutoria: Se podrá participar, en ausencia de la titulación exigida de conformidad con el artículo 9.4 del II Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid, siempre que cumpla, en cada número de orden, con cuatro años de experiencia profesional en la misma área de actividad que la de la/s plaza/s a la/s que se opte/n, que será acreditada, aportando junto con la solicitud de participación, la siguiente documentación: -

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Fotocopia de contrato de trabajo o certificación original de empresa justificativa de la experiencia manifestada, pudiendo utilizarse, en su defecto, cualquier otro medio de prueba admitido en derecho que acredite la experiencia alegada en el área y especialidad de que se trate. En cualquier caso, deberá acompañarse, también, certificación original de cotizaciones a la Seguridad Social en la que consten, expresamente, los períodos y grupo de tarifa. A los efectos de acreditar la experiencia por cuenta propia, se aportará certificación de cotizaciones al correspondiente régimen especial de la Seguridad Social en la que figure, expresamente, el período de cotización y certificación del alta en el impuesto de actividades económicas durante el período correspondiente. La experiencia profesional desarrollada en una Universidad Pública, sujeta al ámbito de aplicación personal y territorial del II Convenio Colectivo del

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personal laboral de administración y servicios de las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid, distinta de la Universidad Complutense, se acreditará mediante certificado original justificativo de la experiencia manifestada, según el modelo que figura en el Anexo V, que deberá ser firmado por el responsable de Recursos Humanos de la Universidad. No será necesario acreditar la experiencia profesional prestada en la Universidad Complutense, comprobándose de oficio por la Universidad. Con carácter general para todos los grupos y niveles salariales, los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario. 2.4. Quienes opten a las plazas Nº. de orden 14 y 23. Grupo y Niveles salariales: C1 y C2. Denominación: Técnico Especialista I Oficio y Técnico Especialista II Oficio. Especialidad: Calefacción/Climatización. Área de Actividad: Oficios, Obras….., deberán estar en posesión del carnet de manipulador de calderas, cuya fotocopia deberá acompañarse a la solicitud de participación. 2.5. Quienes opten a las plazas Nº. de orden 28. Grupo y Nivel salarial: C2. Denominación: Técnico Especialista II. Especialidad: Mecánico-conductor y Área de actividad: Servicios Generales, deberán estar en posesión del permiso de conducción tipo C1+E, cuya fotocopia deberá acompañarse a la solicitud de participación. 2.6. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones. 2.7. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los organismos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española, deberán igualmente no hallarse inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público. 3.- Solicitudes 3.1. Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud en cuya parte superior figura, «Solicitud de admisión a procesos selectivos Universidad Complutense de Madrid. Personal Laboral de Administración y Servicios». 3.2. La solicitud tendrá que ser presentada en el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, y se dirigirá al Sr. Rector Magnífico de la Universidad Complutense de Madrid. 3.3. La cumplimentación de los datos de la solicitud y, una vez completados los mismos, el pago de la tasa por derechos de examen, se deberán realizar, en ambos casos, electrónicamente, accediéndose a través de la siguiente dirección: https://www.ucm.es/concurso-oposicion-libre-res-20-2-2019, la aplicación informática a través de la cual se realizarán ambos procesos. Las solicitudes se completarán de acuerdo con las siguientes especificaciones: a) Se rellenará el apartado de «Datos Personales» incluyendo los que se solicitan en el mismo.

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b) En la casilla «Grado de discapacidad», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje que tengan reconocido, y solicitar, expresándolo en la casilla «En caso de discapacidad, adaptación que solicita», las posibles adaptaciones y los ajustes necesarios de tiempos y medios para la realización de los ejercicios del proceso selectivo. c) En el apartado «Títulos académicos oficiales», en la casilla «Exigidos en la convocatoria», se indicará, de las opciones que se presentan en el desplegable, el título académico que posea el aspirante y que cumpla los requisitos de la bases 2.3 de la convocatoria o bien, la experiencia profesional sustitutoria para el grupo C. d) En el apartado “Otros títulos y/o requisitos”, se indicará la titulación y/o requisito, exigidos en las bases 2.3.2.b), 2.4 y 2.5 de la convocatoria. e) En el apartado “Bolsa de Trabajo”, se marcará con un aspa si desea formar parte de la bolsa de trabajo prevista en la base 1.8. f)

El importe de la tasa por derechos de examen se consignará en el apartado destinado al mismo. g) En el apartado «Documentos que se aportan», deberán seleccionar y adjuntar el/los documento/s que, en su caso, corresponda/n, en formato electrónico. En la solicitud de participación, en el recuadro “Documentos que se aportan”, aparecerán relacionados, una vez completada la misma, el/los documento/s que el aspirante hubiera adjuntado previamente en formato electrónico, en este momento del proceso. Cada documento se identificará con un resumen único que permitirá garantizar la integridad de los documentos aportados por el aspirante.

3.4. Una vez finalizada la cumplimentación de la solicitud de participación, el pago de la tasa por derechos de examen se deberá realizar electrónicamente a través del programa informático ya mencionado, eligiendo la opción habilitada a tal efecto. El pago se realizará mediante tarjeta de crédito o débito. 3.5. La solicitud de participación se presentará preferentemente en el Registro Electrónico de la Universidad, al que se tendrá acceso desde la citada aplicación informática, una vez efectuado el pago de la tasa por derechos de examen. 3.6. Si la solicitud se presenta por otra modalidad, los participantes, una vez que hubieran cumplimentado su solicitud y efectuado el pago de la tasa por derechos de examen por medios electrónicos, en la forma descrita en la base 3.3 de esta convocatoria, deberán imprimir el documento de solicitud, que constará de 2 ejemplares que deberán ser firmados por el interesado, «ejemplar para la Universidad Complutense de Madrid» y «ejemplar para el interesado», y presentarlo prioritariamente en el Registro General de la Universidad Complutense de Madrid (Rectorado, Avenida de Séneca, número 2, 28040 Madrid). Igualmente podrá presentarse mediante las demás formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La documentación que deba acompañarse a la solicitud de participación deberá haber sido adjuntada anteriormente, en formato electrónico, en la forma prevista en la base 3.3.g) de esta convocatoria, por lo que no será necesario presentarla en papel. 3.7. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante. 3.8. Tasas por derechos de examen: El importe de la tasa por derechos de examen será, con carácter general, para las plazas del grupo profesional A de 51,87 euros, B de 40,37 euros, y para las plazas del grupo profesional C de 20,69 euros. Tendrán derecho a una bonificación del 50 por 100 de la tasa los miembros de las familias numerosas de categoría general, resultando el importe de la tasa en este supuesto, para

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las plazas del grupo A de 25,93 euros, B de 20,18 euros, y para las plazas del grupo C de 10,34 euros. En ningún caso, la realización del pago supondrá la sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud de participación en estas pruebas selectivas. 3.9. Exención del pago de la tasa. Están exentas del pago de la tasa por derechos de examen: 1. Las personas desempleadas que figuren en los Servicios Públicos de Empleo, como demandantes de empleo con una antigüedad mínima de seis meses, referida a la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. 2. Las personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por ciento. 3. Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos. 4. Las víctimas de violencia de género. 5. Las familias numerosas, en los siguientes términos: -

100 por 100 de exención a los miembros de familias de categoría especial. 50 por 100 de exención a los miembros de familias de categoría general.

A efectos de acreditar la exención total o, en su caso, parcial del pago de la tasa, los aspirantes habrán de presentar, junto con la solicitud de participación, copia de la siguiente documentación, según corresponda en cada caso: a) Las personas desempleadas: Informe de período ininterrumpido inscrito en situación de desempleo con una antigüedad mínima de seis meses inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, informe que habrá de ser expedido por los servicios públicos de empleo. b) Las personas con discapacidad: Certificado acreditativo de tal condición y del grado de discapacidad que tengan reconocido, expedido por el Órgano competente. c) Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos: Certificado acreditativo de tal condición, expedido por el órgano competente del Ministerio del Interior. d) Las víctimas de violencia de género: Resolución judicial u orden de protección dictada a favor de la víctima, o informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de ser víctima...


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