Practica administrativo junta de andalucia PDF

Title Practica administrativo junta de andalucia
Course Derecho Administrativo I
Institution Universidad de Málaga
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Summary

Práctica resuelta...


Description

Práctica Administración de la Junta de Andalucía Supuesto: La Presidenta de la Junta de Andalucía, consciente de las dificultades por las que atraviesa el empleo en nuestra Comunidad Autónoma, ha decidido realizar algunos cambios en la estructura del Gobierno y la Administración con la finalidad impulsar las medidas que se ha propuesto desarrollar. A estos efectos, le solicita que emita un informe jurídico sobre las siguientes cuestiones de carácter organizativo: Cuestiones: 1ª.- Descripción de la estructura organizativa que ejerce las competencias en materia de empleo actualmente.

La estructura organizativa en materia de empleo está integrada en la Conserjería de Empleo, Empresa y Comercio, que a su vez cuenta con una Viceconserjería. Dentro de esta, la que se tiene competencias en materia de empleo es la Secretaría General de Empleo dirigida por Jesús González Márquez. La creación de esta Conserjería se hizo mediante el Decreto 210/2015, de 14 de julio. Su organización viene explicada en el artículo 2.

2ª.- Órganos competentes y procedimiento a seguir para la transformación de la actual organización en una nueva Consejería y la consiguiente asignación a éste de las competencias en materia de empleo. CREACIÓN DE LA CONSERJERÍA Y DESIGNACIÓN DEL TITULAR Según el artículo 10.1e) y h) de la LGA (Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía): “1. Al Presidente o a la Presidenta de la Junta de Andalucía, en su condición de titular de la Presidencia del Consejo de Gobierno, le corresponde: […] e) Nombrar y separar a las personas titulares de las Vicepresidencias y de las Consejerías. […] h) Dictar decretos que supongan la creación de Consejerías, la modificación en la denominación de las existentes, en su distribución de competencias o su orden de prelación, así como la supresión de las mismas.” Sería la Presidenta de la Junta la que nombraría al titular de la nueva Conserjería y, en su caso al de las Vicepresidencias. Además, para crear una nueva conserjería, como se observa en el apartado h, debe dictar un decreto (Decreto de la Presidencia) así como para la supresión de la ya existente. ORGANIZACIÓN DE LA CONSERJERÍA Como indica el artículo 24.1 de la LAJA: “La organización interna de las Consejerías comprenderá, además de su titular, los siguientes órganos centrales: Viceconsejería, Secretaría General Técnica y Direcciones Generales. Podrán crearse, además, Secretarías Generales. Su estructura orgánica se aprueba por decreto acordado en Consejo de Gobierno” Por ello, hay que destacar dos aspectos: -

Que la conserjería no está formada por su titular, sino también por órganos directivos centrales, que también deberán ser nombrados. Su estructura orgánica se hace mediante decreto acordado en Consejo de Gobierno (Decreto del Consejo de Gobierno)

3º.- Propuesta de una planta de la nueva Consejería.

4º Valoración de las ventajas e inconvenientes de la alternativa propuesta frente a la opción organizativa actualmente existente. Las ventajas del modelo que planteo es que se adapta más a los tiempos en los que estamos viviendo y al fenómeno de la globalización. Por un lado, dejo tal cual la S.G. de empleo pero por otro, elimino la S.G. Técnica ya que al observar sus funciones (artículo 29 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre) he podido apreciar que realmente sus tareas son meramente administrativas y de gestión; y, por tanto, quizás lo que haría falta en mi modelo es alguna entidad adscrita que llevara a cabo dichas tareas o bien que las asumiera directamente la viceconsejería asistida por un órgano auxiliar diferente. Además he de destacar que he dividido la actual S.G. de Innovación, Industria y Energía en dos: la de Innovación e I+D+I, y la de Industria y Energía. Con ello, lo que persigo es lo que he dicho anteriormente: que la estructura de la Concejalía se adapte a la globalización. Por ello, dentro de la primera de ellas hay un D.G. de “formación de Nuevas Tecnologías aplicadas al comercio y a la empresa” para que sea posible que todos aquellos empresarios que lo deseen puedan informarse y formarse de tal manera que puedan vender sus productos por internet y llegar a un mayor número de consumidores en todo el mundo, pues la mayoría de las empresas españolas son pymes y esto les podría ayudar a crecer al menos en Andalucía. También considero que debería haber un D.G. de “ayuda a proyectos I+D+I” para que, por ejemplo, se pudieran hacer estudios de mercados en las pymes para ayudar a su desarrollo. Por último en esta Secretaría General, está el D.G. de asistencia jurídica para nuevos proyectos, lo que pretende aumentar el número de emprendedores, ya que estaría dirigida a todas las

personas que quisieran empezar un proyecto pero no saben cómo y necesitan ayuda jurídica para saber qué es lo que pueden hacer y lo que no, y sobre todo, cómo hacerlo. Incluso esta ayuda jurídica puede expandirse a negocios ya existentes, cuyos dueños no tengan conocimientos amplios en derecho y les ayude a solucionar o a dirigir su acción en un litigio. La tercera secretaría es la de Industria y Energía. El D.G. de ayuda a los emprendedores trata de dar una serie de ayudas para que los negocios no quiebren. Otro D.G. sería el de energías e industrias, cuyo papel principal (que yo remarcaría) sería el de reducir las emisiones contaminantes intentando cambiar el modelo productivo; de tal manera que se utilizaran energías renovables y que el modelo fuera más eficaz y eficiente en la utilización de sus recursos. Por último, no podemos olvidar el D.G. de recursos humanos, que trataría de comprobar que las personas que trabajaran en cualquier tipo de industria lo hacen en buenas condiciones laborales. Finalmente, destaco como desventajas de mi modelo que las funciones del D.G. de recursos humanos pueden solaparse con las de la S.G. de Empleo en materia de trabajadores, sobre todo en salud laboral. Lo mismo podría ocurrir con el D.G. de ayuda a los emprendedores, cuyas funciones podrían ser eliminadas y transferidas al D.G. de ayuda a proyectos I+D+I....


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