Procedimiento nomina. Casos practicos y analisis. PDF

Title Procedimiento nomina. Casos practicos y analisis.
Author Jesús Ordóñez
Course Derecho del Mercado Financiero
Institution Universidad de Sevilla
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PROCEDIMIENTO PARA CALCULAR NOMINASVamos a seguir este esquema paso a paso para confeccionar una nómina o recibo de salario, utilizando un ejemplo práctico. ( Para mejor comprensión)Caso práctico 1:Un trabajador forestal ( peón forestal ) con antigüedad de Septiembre de 2010 con contrato indefinido ...


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PROCEDIMIENTO PARA CALCULAR NOMINAS Vamos a seguir este esquema paso a paso para confeccionar una nómina o recibo de salario, utilizando un ejemplo práctico. ( Para mejor comprensión)

Caso práctico 1: Un trabajador forestal ( peón forestal ) con antigüedad de Septiembre de 2010 con contrato indefinido a tiempo completo, percibe las siguientes retribuciones en Enero de 2021: CONDICIONES DEL MES DE ENERO DE 2021       

Salario base----------------------- 1.100€. Antigüedad------------------------ 110 €. Plus Convenio----------------90€. Plus de distancia------------------ 30 €. Plus de productividad----------------- 35€ . Horas extraordinarias no estructurales----------- 60 €. Tiene derecho a 2 PAGAS EXTRAORDINARIAS por los conceptos de Salario Base + Antigüedad cada una de ellas.

El porcentaje de I.R.P.F que le retiene mensualmente la empresa es el 9%

1º PASO: Calcular el Total devengado (BRUTO): En primer lugar, vamos a SUMAR TODAS LAS CANTIDADES ,que nos indica el caso práctico, para obtener de este modo el sueldo bruto o total devengado que percibe el trabajador en ese mes de Diciembre.

2º PASO: VER SI LOS COMPLEMENTOS SON SALARIALES O NO SALARIALES En este punto, analizaremos/distinguiremos qué conceptos económicos que recibe el trabajador son complementos salariales, y complementos no salariales, ya que esto es importante para posteriores pasos ( PARA DETERMINAR correctamente la base de cotización ya que puede haber cantidades que coticen o no). Es importante distinguirlos para ubicarlos en un lugar u otro del recibo de salarios ( Documento de la nómina).

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Para distinguirlos debemos utilizar la siguiente tabla: COMPLEMENTOS SALARIALES PERSONALES. PUESTO ACTIVIDA TRABAJO. D. Antigüedad Títulos Idiomas

Peligrosidad Toxicidad Turnicidad Nocturnidad Destino Festivos Responsab.

Productivid ad Asistencia Calidad Primas Convenio Especifico

COMPLEMENTOS SALARIALES.

NO

Dietas de viaje ( Cotiza Exceso, 53,34€) Kilometraje ( COTIZA EXCESO 0,19€) Transporte ( COTIZA) Ropa de trabajo( COTIZA) Desgaste herramientas( COTIZA) Plus de distancia( COTIZA) Indemnizaciones por despido, suspensiones o traslados. Indemnizaciones por matrimonio. Indemnizaciones de la Seguridad Social.

3º PASO CALCULO PARTE PROPRCIONAL DE PAGAS EXTRAORDINARIAS: Pueden pasar 2 POSIBLIDADES:  1º. POSIBILIDAD : Si el enunciado del caso práctico o las condiciones salariales del trabajador indican que las Pagas Extras están PRORRATEADAS ( están incluidas en su nómina mensual COMO UN CONCEPTO MÁS), tendréis que incluir dicha cantidad en su apartado correspondiente y sumarla al total devengado ( salario bruto) y en la parte de debajo de la nómina dónde se suma la remuneración mensual y la prorrata de pagas ( AQUÍ PONDREMOS 0) 

El resultado de esta operación la sumaremos al total devengado ( Al bruto como un concepto más)

 2º. POSIBILIDAD : Si el enunciado del caso o las condiciones salariales del trabajador que percibe las pagas extraordinarias SIN PRORRATEAR ( NO FORMA PARTE DE LA NOMINA COMO UN CONCEPTO SALARIAL A SUMAR AL TOTAL DEVENGADO, sino que lo tendremos sólo en cuenta en el cálculo de la Base de Cotización por Contingencias Comunes.)  En este ejemplo el caso 2 PAGAS (Salario Base + Antigüedad)/12 meses del año.

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 

De esta forma también NO se deben incluir en el total devengado o sueldo bruto del mes. En este caso la cantidad resultante: Pasa al apartado correspondiente en la zona de base de cotización ( Donde Indica Prorrata de Pagas extraordinarias)

RESOLUCION DEL CASO PRACTICO 1:      

Salario base----------------------- 1.100€. Antigüedad------------------------ 110 €. Plus Convenio----------------90€. Plus de distancia------------------ 30 €. Plus de productividad----------------- 35€ . Horas extraordinarias no estructurales----------- 60 €.

TOTAL DEVENGADO ( BRUTO) -----------------------------

1.425€.

Este es el bruto a percibir por el trabajador, que figura en la nómina como total devengado, y es la suma de todas las cantidades que recibe el trabajador en ese mes.

4º PASO CÁLCULO BASES DE COTIZACIÓN: APARTADO 1. Cálculo BASES COMUNES ( SIN HORAS EXTRAS)

DE

COTIZACION

CONTINGENCIAS

A continuación, vamos a calcular las bases de cotización ( por las que el trabajador cotiza) sobre las cuáles se aplicarán los % que vienen recogidos en la Ley, para descontar al trabajador las cantidades que son las aportaciones/ contribuciones que realiza el trabajador a Seguridad Social, Desempleo... Fórmula: BCCC = Salario Base + Complementos Salariales y no salariales ( ver si se cotizan íntegramente o por exceso) - Horas Extraordinarias + Parte Proporcional de Pagas Extraordinarias En 1º lugar, revisaremos si existe algún concepto o cantidad que hayamos puesto en el Total Devengado( Bruto) , que sea considerada Retribución NO SALARIAL- NO COTIZABLE ( Por ejemplo Dietas, Kilometraje..). En 2º lugar, RESTAREMOS EL IMPORTE DE LAS HORAS EXTRAORDINARIAS (voluntarias o estructurales) que el trabajador haya realizado en el mes, por que sólo las sumaremos cuando calculemos la BCCP ( Base de Cotización por Contingencias Profesionales). En 3º lugar sumaremos , LA PARTE PROPORCIONAL DE PAGAS EXTRAORDINARIAS ( P.P.P. EXTRAS) que reciba el trabajador en un año. Lo más habitual ( aunque es mejorable por convenio o contrato de trabajo, es que sean 2 pagas). A esta cantidad la dividiremos entre 12 ( meses).

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EJEMPLO PRACTICO CASO 1 : CÁLCULO BASE COTIZACION CONTINGENCIAS COMUNES ( BCCC): RECUERDA: Fórmula: BCCC = Salario Base + Complementos Salariales (Excluidas Horas Extraordinarias) + Parte Proporcional de Pagas Extraordinarias

AL TOTAL DEVENGADO ( BRUTO)= 1425 € - 60 € ( RESTAMOS LAS HORAS EXTRAORDINARIAS NO ESTRUCTURALES) + PARTE PROPORCIONAL PAGAS EXTRAORDINARIAS ( 1.100+110 €) x 2 PAGAS /12 MESES BASE DE COTIZACION CONTINGENCIAS COMUNES: 1425€-60€+201,66= 1566,66€ B.C.C.C.= 1566,66€ Los 30 € son el plus de distancia (percepción no salarial) , pero SI COTIZAN TRAS REFORMA DE 2014, y los 60 € las horas extras las restamos del bruto ya que las horas extraordinarias no se tienen en cuenta en el cálculo de la BCCC. APARTADO 2. Cálculo BASES DE COTIZACION PROFESIONALES (CON HORAS EXTRAS)

CONTINGENCIAS

Su fórmula es muy sencilla: BCCP = BASE CCC ( Contingencias Comunes) + Importe Horas Extras ( Estructurales o no estructurales) Ejemplo caso 1: BASE COTIZACION CONTING.PROFESIONALES ( BCCP) = 1566,66 € B.C.C.C. + 60 € ( Horas Extras) = 1.626,66 € B.C.C.P.= 1626,66€ APARTADO 3. Cálculo EXTRAORDINARIAS

BASES

DE

COTIZACION

DE

HORAS

Aquí debemos calcular 2 Bases de Cotización de horas extras: 1º Horas extras estructurales, y otra 2º Horas extras no estructurales (voluntarias). Las bases de Cotización son el total de horas extras realizadas por el trabajador en ese mes.

Ejemplo Caso Práctico 1: Base Cotización Horas extras no estructurales = 60 €.

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Base Cotización Horas extras estructurales = 0 €. Después de calcular las dos bases de cotización ( BCCC y BCCP), CALCULAREMOS LA BASE DEL IMPUESTO DEL IRPF

5º PASO: CÁLCULO BASE RETENCION del Impuesto sobre la Renta (I.R.P.F.): HACIENDA Sueldo bruto = Base de Cotización por IRPF. 1º POSIBILIDAD : NOMINA NORMAL SIN QUE TENGA CONCEPTOS EXENTOS. ( TODO COTIZA Y TRIBUTA) Al total devengado ( al salario bruto) a percibir por el trabajador, le aplicaremos el % IRPF indicado en el ejercicio ( que le corresponde al trabajador) Ejemplo CASO PRACTICO 1: Base IRPF ( Total Devengado) = 1.425,00 €. Porcentajes de IRPF: 9% a descontar CANTIDAD A DESCONTAR: 1425€ *9%= 128,25€ 2º POSIBILIDAD : NOMINA QUE TENGA CONCEPTOS EXENTOS. ( KILOMETRAJE O DIETAS ( HASTA SU EXENCION) Al total devengado ( al salario bruto) a percibir por el trabajador, en primer lugar restaríamos las cantidades extentas y luego aplicaremos el % IRPF indicado en el ejercicio ( que le corresponde al trabajador)

6º PASO: COMPROBAR SI LA BASE DE COTIZACION ( BCCC Y BCCP) ESTÁN ENTRE LOS TOPES MINIMOS Y MÁXIMOS 1º Comprobaremos que las Bases Cotización por Contingencias Comunes ( BCCC) que hemos calculado se hallen entre la cantidad mínima y la máxima que la tabla de cotización , que a continuación se detalla. 2º En caso de que nuestra Base de Cotización ( BCCC) no llegue a la cantidad mínima cogeremos la base mínima que recoge la tabla, y no tenemos en cuenta la calculada por nosotros. Si la Base ( BCCC) que hemos calculado es superior a la cantidad máxima que recoge la tabla, ( TOPE MAXIMO) cogeremos la Base de Cotización de Contingencias Comunes de la siguiente tabla.

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Régimen General de la Seguridad Social

Para la Base de Cotización de Contingencias Profesionales se utiliza una tabla más sencilla. De igual modo, si la Base de Contingencias Profesionales que hemos calculado, no llega al mínimo cogemos la cantidad que nos da la tabla; si se pasa del máximo nos quedamos con la cantidad que nos da la tabla.

TOPES COTIZACIÓN. BASE DE COTIZACIÓN DE CONTINGENCIAS PROFESIONALES. ACCIDENTES DE TRABAJO / ENFERMEDADES PROFESIONALES. MÁXIMO MÍNIMO 4070,10 €/ MES 1050 €/MES En el caso práctico 1º: Las bases calculadas ( BCCC Y BCCP) están entre tope mínimo y tope máximo. No hay que cambiar nada

7º PASO. APLICAR TIPOS DE COTIZACION A LAS BASES DE COTIZACION ( DESCONTAR CANTIDADES AL TRABAJADOR POR SEGURIDAD SOCIAL, DESEMPLEO ,FP Y FOGASA). Cálculo de las deducciones En este apartado calcularemos las cantidades que el empresario debe descontar del salario del trabajador para pagar Seguridad Social, Desempleo, F.P, Fogasa ..

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Para ello, utilizamos las Bases de Cotización antes calculadas, y les aplicaremos les unos tipos ( %) de cotización que a continuación detallamos en la siguiente tabla de porcentajes.

Conceptos

Empresa

Trabajador

Total

Contingencias comunes.

23,60%

4,70%

28,30%

Horas extraordinarias: Estructurales/ no estructurales Fuerza Mayor

23,60% 12 %

4,70% 2%

28,30% 14%

Desempleo: - Indefinidos T.Compl. o Parcial - Temporales a tiempo completo - Temporales a tiempo parcial

5,50% 6,7% 6,7%

1,55% 1,60% 1,60%

7,05% 8,30% 8,30%

Fondo Garantía Salarial(

0,20%

-

0,20%

0,60%

0,10%

0,70%

Formación Profesional

Fogasa)



La Base de Cotización de Contingencias Comunes (BCCC) la usaremos para aplicar las deducciones por contingencias comunes, y se le aplican los tipos que corresponden.



La Base de Cotización de Contingencias Profesionales ( BCCP) , que es la que incluye horas extraordinarias ,la utilizaremos para calcular las siguientes deducciones: -

DESEMPLEO: Se aplica el % en función del tipo de contrato que tenga el trabajador. FOGASA. : No hay descuento para el trabajador (Solo la paga la empresa, que es la que contribuye al sistema). FORMACION PROFESIONAL: Al trabajador le corresponde un 0,10%

La BASE DE COTIZACION POR HORAS EXTRAORDINARIAS, debemos analizarla en 2 partes ya que los tipos de cotización son diferentes según el tipo de horas extras que ha realizado el trabajador en el mes:  

Horas extras estructurales. ( 2%) Horas extras no estructurales (voluntarias). ( 4,70%)

El porcentaje de aplicación del IRPF depende en función de distintos criterios, entre otros, se tiene en cuenta: retribución anual a percibir, el estado civil del trabajador, número de hijos o familiares a cargo... En nuestro caso, el porcentaje lo dará directamente el caso.

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Las cantidades que resulten de aplicar los tipos de cotización a las bases de cotización y de aplicar el % de IRPF son las deducciones del sueldo que se restarán del sueldo bruto para el cálculo del sueldo líquido o neto.

CASOS ESPECIALES EN DEDUCCIONES POR IRPF 

RETRIBICIONES/SALARIO EN ESPECIE Estas retribuciones tienen un tratamiento especial en la nómina. En primer lugar se deben valorar en cuantía ( dinero) , y después se incluirán en el devengo ( cantidad bruta) , es decir, en el sueldo bruto a percibir el trabajador. Se debe tener en cuenta, que en realidad el trabajador no percibe el dinero monetariamente , sino que disfruta del producto recibido en especie, yla nómina sólo tiene en cuenta las cantidades monetarias que recibe el trabajador, de ahí la necesidad de cuantificar. Por ello si aparecen en algún caso, debéis sumarlas, en el sueldo bruto, y cuando lleguéis al apartado de deducciones, restarlas.



OTROS CONCEPTOS DEDUCIBLES  ANTICIPOS: son cantidades que recibe el trabajador, por adelantado de un mes a solicitud del propio trabajador. Si se da este supuesto, simplemente debéis tratarlo como una deducción más de la nómina de ese mes  EMBARGO DE SALARIOS: Respetando los límites establecidos en el Art 607 del LEC.

EJEMPLO CASO PRACTICO 1 TRABAJADOR ( DEDUCCIONES):

CALCULO TIPOS

EMPRESA Y

 Contingencias Comunes: TRABAJADOR: BCCC= 1566,66 € x 4,70 % = 73,63 €. ( IMPORTE A RESTAR) EMPRESA: BCCC= 1.566,66 € x 23,60 % = 369,73 €.

 Desempleo: TRABAJADOR: BCCP = 1.626,66 € x 1,55 %= 25,21 €.( IMPORTE A RESTAR) EMPRESA: BCCP = 1.626,66x 5,50 % = 89,46 €.

 Fondo de Garantía Salarial (FOGASA): 9

EMPRESA: BCCP = 1.626,66 € x 0.20 % = 3,25 €. 

Formación Profesional (FP):

TRABAJADOR: BCCP = 1.626,66€ x 0,10 % = 1,62 €( IMPORTE A RESTAR) EMPRESA: BCCP = 1.626,66 € x 0,60% = 9,75€.

 Horas extras no estructurales (voluntarias): TRABAJADOR: Bc Horas extras = 60 € x 4,70% = 2,82 €( IMPORTE A RESTAR) EMPRESA: Bc Horas extras = 60 € x 23,60% = 14,16€.

 Horas extras estructurales: No existen en este caso.  IRPF:9% TRABAJADOR: BASE IRPF = 1.425,00 € x 9%=128,25€.( IMPORTE A RESTAR)

  

Productos en especie: En este caso no hay. Anticipos: En este caso no hay. Embargo de salario: En este caso no hay.

8º PASO. OBTENER EL LIQUIDO A PERCIBIR: SUMAR LAS DEDUCCCIONES DE SEGURIDAD SOCIAL Y DE IRPF DEL TOTAL DEVENGADO O BRUTO. El apartado final, consiste en sumar todas las cantidades calculadas en el punto anterior, y restarlas del sueldo bruto o total devengado, y obtendremos el sueldo neto o líquido, que es la cantidad que finalmente recibe el trabajador todos los meses de su sueldo ( en la cuenta bancaria para ser más claros). Solo debemos restar las deducciones que se le practican al trabajador, que son las que figuran en la nómina. Las deducciones que corresponden al empresario se vendrán determinadas al pie del recibo de salario a título informativo para el trabajador, para que conozca la cantidad que el empresario cotiza por él en la Seguridad Social, pero no afecta a la cantidad a percibir por el trabajador.

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PASO FINAL EJEMPLO CASO PRÁCTICO 1: Sueldo bruto = 1.425,00 €. Total deducciones Seguridad Social = ( 73,63€+25,21€+1,62€+2,82€)=103,28€ Retención IRPF: 128,25€. Sueldo neto = 1.425,00€ - 103,28€-128,25€ = 1.193,47 €

RESOLUCIÓN CASO PRÁCTICO PASO A PASO PASO 1º CALCULO CONCEPTOS)

DEL

TOTAL

DEVENGADO-BRUTO

(

SUMA

DE

Salario base------------------------------- 1.100€. Antigüedad---------------------------------- 110 €. Plus Convenio--------------------------90€. Plus de distancia---------------------------- 30 €. Plus de productividad-------------------- 35€ . H.Extras no estructurales---------------- 60 €. ________________________ TOTAL DEVENGADO 1.425,00€      

PASO 2º DETERMINAR QUE CONCEPTOS SON SALARIALES Y NO SALARIALES ( Para saber si cotizan y tributan íntegramente o hay exentos) CONCEPTOS SALARIALES  Antigüedad---------------------------------- 110 €.  Plus Convenio--------------------------90€.  Plus de productividad-------------------- 35€ .  CONCEPTOS NO SALARIALES  Plus de distancia---------------------------- 30 €. ( SI COTIZA)  HORAS EXTRAORDINARIAS ( Tienen un lugar reservado en la nómina)  H.Extras no estructurales---------------- 60 €.

PASO 3º CALCULO PARTE PROPORCIONAL DE PAGAS EXTRAORDINARIAS ( NO PRORRATEADAS COMO CONCEPTO DE COBRO MENSUAL) Tiene derecho a 2 Pagas extraordinarias de SALARIO BASE + ANTIGÜEDAD Operación: P.P.P. EXTRAORDINARIAS= MESES=201,66€

(

1.100+110

1

€)

x

2

PAGAS

/12

PASO 4º CALCULO BASES DE COTIZACION BCCC Y BCCP Fórmula Cálculo BCCC: Fórmula: BCCC = Salario Base + Complementos Salariales y no salariales ( ver si se cotizan íntegramente o por exceso) - Horas Extraordinarias + Parte Proporcional de Pagas Extraordinarias

TOTAL DEVENGADO ( BRUTO)= 1425 € - 60 € ( HORAS EXTRAORDINARIAS NO ESTRUCTURALES) + PARTE PROPORCIONAL PAGAS EXTRAORDINARIAS ( 1.100+110 €) x 2 PAGAS /12 MESES (201,66€) BASE DE COTIZACION CONTINGENCIAS COMUNES: 1425€-60€+201,66= 1566,66€ Fórmula Cálculo BCCP:

BCCP = BASE CCC ( Contingencias Comunes) + Importe Horas Extras ( Estructurales o no estructurales)

1566,66 € B.C.C.C. + 60 € ( Horas Extras) = 1.626,66 € BASE DE COTIZACION CONTINGENCIAS PROFESIONALES. B.C.C.P.= 1626,66€

5º PASO: CÁLCULO BASE RETENCION del Impuesto sobre la Renta (I.R.P.F.): HACIENDA Sueldo bruto = Base de Cotización por IRPF. Base IRPF ( Total Devengado) = 1.425,00 €. Porcentajes de IRPF: 9% a descontar CANTIDAD A DESCONTAR: 1425€ *9%= 128,25€

6º PASO: COMPROBAR SI LA BASE DE COTIZACION ( BCCC Y BCCP) ESTAN ENTRE LOS TOPES MINIMOS Y MÁXIMOS BASE DE COTIZACION CONTINGENCIAS COMUNES: 1566,66€ BASE DE COTIZACION CONTINGENCIAS PROFESIONALES= 1.626,66 € TOPE MAX: 4070,10€ TOPE MINIMO:1050€

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Está entre topes. CORRECTO.

7º PASO/ DEDUCCIONES: APLICAR TIPO DE COTIZACION A LAS BASES DE COTIZACION ( BCCC Y BCCP) Y RETENCION IRPF

DEDUCCIONES: 

CONTINGENCIAS COMUNES:

TRABAJADOR: BCCC= 1566,66 € x 4,70 % = 73,63 €. ( IMPORTE A RESTAR) 

DESEMPLEO:

VER

TIPO

DE

APLICACIÓN

CONTRATO

INDEFINIDO

TRABAJADOR: BCCP = 1.626,66 € x 1,55 %= 25,21 €.( IMPORTE A RESTAR) 

FORMACION PROFESIONAL (FP):

TRABAJADOR: BCCP = 1.626,66€ x 0,10 % = 1,62 €( IMPORTE A RESTAR)



HORAS EXTRAORDINARIAS NO ESTRUCTURALES (voluntarias):

TRABAJADOR: Bc Horas extras = 60 € x 4,70% = 2,82 €( IMPORTE A RESTAR) TOTAL APORTACIONES TRABAJADOR A LA S.SOCIAL Y RECAUDACIÓN CONJUNTA= 73,63 € +.25,21€+1,62+2,82€= 103,28€ CÁLCULO RETENCION IRPF:  TIPO IRPF:9% DEDUCCION TRABAJADOR: BASE IRPF = 1.425,00 € x 9%=128,25€. TOTAL APORTACIONES DEL TRABAJADOR ( IMPORTE A RESTAR AL BRUTO): 103,28€+128,25€= 231,54€

RESULTADO : TRABAJADOR

LIQUIDO

A

PERCIBIR

POR

EL

BRUTO 1425€- 231,54 DEDUCCIONES.= LIQUIDO A PERCIBIR: 1193,46€

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