Textos tema 15, 16, 17, 18 Historia de España resueltos PDF

Title Textos tema 15, 16, 17, 18 Historia de España resueltos
Course Historia de España
Institution Bachillerato (España)
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Textos resueltos para la selectividad temas 15-17...


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TEMA 15 1. Manifiesto conjunto UGT-CNT (marzo de 1917). (Texto EvAU) Este texto es un fragmento del manifiesto conjunto de la UGT y la CNT escrito por los dirigentes de ambos sindicatos el 27 de marzo de 1917 en Madrid y publicado en La Correspondencia de España un día después de la creación del mismo. En éste, miembros de UGT y CNT se unen para convocar una huelga a favor de los derechos de los trabajadores y pedir al gobierno que mejore su situación, ya que las consecuencias de La Primera Guerra Mundial y la burguesía no ayudaban a su mejora. Por su naturaleza, presenta una forma histórico-circunstancial de contenido sociopolítico proveniente de una fuente primaria/directa. Escrito en marzo de 1917, estando en plena crisis la Restauración del sistema canovista durante el reinado de Alfonso XIII, este texto consta de autoría colectiva, UGT; Unión General de Trabajadores, sindicato socialista cuya creación fue impulsada en 1888, que elaboró un programa que defendía la negociación colectiva entre obreros y patrones y la huelga, y CNT; Confederación Nacional del Trabajo, sindicato anarquista fundado en 1910 y anteriormente llamado Solidaridad Obrera (1907), favorable a la lucha revolucionaria cuya ideología se basaba en la independencia del proletariado (apolítico). Tiene alcance general cuya finalidad es reivindicar los derechos de los trabajadores ante la opinión pública y el gobierno. La idea principal que recoge el texto es el manifiesto de UGT y CNT en el que se impone una huelga general como arma más poderosa para solucionar las miserias de las clases populares. En el primer párrafo se comenta que a pesar de las advertencias y quejas de los sindicatos al gobierno, la miseria que sufre el proletariado es cada vez mayor, ocasionado por el paro y la subida de los precios. Más adelante se expone la necesidad de unión de las dos fuerzas sindicalistas más importantes: CNT (anarquistas) y UGT (socialistas), donde se acuerda que debido a la situación de paro y subsistencia, viendo la actuación del gobierno de no satisfacer las condiciones de una vida más digna al proletariado, se impone una huelga general para reivindicar sus derechos, procediéndose a adoptar todas aquellas medidas que se consideren adecuadas y necesarias para el éxito de la misma. En 1888, los socialistas impulsaron la creación de un sindicato socialista, la Unión General de Trabajadores. Era un sindicato de masas que englobaba a todos los sectores de la producción y se organizaba en secciones de oficios en cada localidad. Elaboró un programa en el que defendía la negociación colectiva entre obreros y patrones y la huelga. En 1907 las corrientes anarquistas fundaron Solidaridad Obrera, que posteriormente, en 1910, se dio a conocer como Confederación Nacional del Trabajo (CNT); su objetivo era extenderse por toda España, era favorable a la lucha revolucionaria cuya ideología se basaba en la independencia del proletariado (apolítico) y sus líderes fueron Peiró, Pestaña y Seguí. Los dos sindicatos iniciaron sus contactos para pedir al Gobierno el abaratamiento de los productos de primera necesidad. Cuando se pudo conseguir algo al respecto, Eduardo Dato sustituye a Romanones y no se sintió obligado a cumplir la promesa de su antecesor. Fue entonces cuando los sindicatos decidieron ir a la huelga pacífica por todo el país, la cual se inicia en Valencia con la huelga de los ferroviarios, extendiéndose por Madrid, Barcelona, Vizcaya y Asturias. Después de la Primera Guerra Mundial, en España se vivió una crisis económica generalizada que provocó un aumento de la conflictividad social y un fuerte desarrollo del sindicalismo. En agosto de 1917 se produjo en toda España la convocatoria de una huelga general ante la pésima y mísera situación económica del país, debido, en parte, al impacto negativo de la Primera Guerra Mundial (en la que España no participó). Por primera vez en su historia, participaron conjuntamente los sindicatos UGT y CNT. En esta huelga, en la que se produjeron numerosos incidentes, hubo un gran número de muertos y detenidos. La represión por parte del gobierno fue muy dura. La huelga fue un fracaso debido a las desavenencias internas entre la UGT y la CNT, que a pesar de compartir algunos puntos en común, presentaban objetivos y tácticas muy diferentes. Los anarquistas deseaban la abolición del Estado con todas sus instituciones (gobierno, ejército, policía…), la supresión de la propiedad privada y la defensa del colectivismo. También defendían la revolución violenta. Los socialistas eran partidarios de participar en el sistema, y se centraron en reivindicaciones laborales, preocupados por mejoras en salarios, horarios y condiciones de trabajo. También fracasó por la no participación del campesinado, la dura represión del ejército, la oposición a la huelga por parte de los republicanos, nacionalistas, etc.

Finalmente, los propios miembros del comité de huelga, entre los que se encontraban los socialistas Besteiro y Largo Caballero, fueron condenados a cadena perpetua aunque recuperaron la libertad al año siguiente (en 1918 hubieron elecciones) cuando fueron elegidos diputados y las cortes les concedió la amnistía. El miedo a una revolución social influenciada por la revolución rusa de este mismo año (1917) hizo que los huelguistas tampoco tuvieran apoyo de los reformistas parlamentarios; sin embargo, y pese al balance negativo por el elevado número de muertos y heridos, el movimiento huelguístico fortaleció al sindicalismo socialista y agravó la quiebra definitiva del sistema de la Restauración. Como conclusión, cabe destacar los cambios sociales que provocó el movimiento obrero, tanto socialista como anarquista; ya que ambos, según avanzaba el tiempo, aumentaba el número de miembros de sus organizaciones. Sin embargo, estos incidentes no lograron acabar con el sistema político de la época, el cual se mantuvo pese a la continua tendencia degenerativa en la que se encontraba como consecuencia de su flexibilidad por y para los cambios sociales que tenían lugar en España. Esta situación cambiaría poco más tarde con el golpe de estado llevado a cabo por el general Primo de Rivera. 2. Manifiesto del golpe de estado Primo de Rivera. (Texto EvAU)

CLASIFICACIÓN: Nos encontramos ante un texto de carácter primario y de naturaleza política. Se trata de un documento público, destinado a toda la nación española. Publicado en el diario La Vanguardia entre otros muchos, el 13 de Septiembre de 1923. El autor es Miguel Primo de Rivera (1870-1930), militar español que consiguió importantes ascensos debido a su participación en guerras como la de Marruecos o Filipinas y que en adelante dirigirá una Dictadura Militar que pondrá fin al régimen de la Restauración. ANÁLISIS: La idea principal que subyace en el texto, es la instauración de una Dictadura Militar, que comenzaría en 1923 y que daría por finalizado el régimen de la Restauración (1875-1923), debido a una serie de problemas que atenazan al país y a los que no han dado solución ni los partidos del turno, ni los proyectos regeneracionistas. Entre las ideas secundarias se esgrime la necesidad de saltarse la legalidad, puesto que los gobiernos que se han alternado desde 1898 no han sido capaces de dar soluciones. Miguel Primo de Rivera alude al "cuadro de desdichas e inmoralidades" entre las desdichas podemos citar el Desastre de Cuba y la pérdida de las colonias de Cuba, Puerto Rico, Filipinas y Guam. Otras desdichas son algunos incidentes graves como la Semana Trágica de Barcelona en 1909 o la grave crisis de 1917. En cuanto a las inmoralidades no cabe duda de que se refiere a los casos de corrupción política que lleva a cabo unos gobiernos débiles dirigidos por la oligarquía española. COMENTARIO: Desde el fin de la Guerra de Cuba en 1898, España entra en una crisis identitaria como nación, que queda patente en el auge de los nacionalismos y regionalismos, con partidos como el PNV o la Lliga Regionalista con buenos resultados electorales. El movimiento Regeneracionista liderado por Joaquín Costa, deja al descubierto muchas de las irregularidades del sistema político de la Restauración, como el "encasillado" o el "caciquismo", sin embargo, los líderes políticos de este movimiento como Silvela, Maura o Canalejas, no sabrán dar solución a los problemas del país. Debemos sumar la difícil situación que se vive en Marruecos, que queda patente con la Semana Trágica de 1909, situación que se agravará con la Primera Guerra Mundial. Con todo, la tensión social se va acrecentando por la actividad del movimiento obrero que convoca numerosas huelgas y manifestaciones, con una respuesta violenta por parte de la patronal, y el crecimiento de la impopularidad del ejército y Alfonso XIII que tendrá su punto culminante en la Crisis de Annual en 1921. Ante esta situación, Miguel Primo de Rivera, con apoyo de Alfonso XIII dará un golpe de Estado que instaurará una dictadura dirigida en sus primeros años por un Directorio Militar. Desde 1923 a 1925, se instaura el Directorio Militar que tendrá como principal objetivo, el restablecimiento de la "paz social" y el conocido como "descuaje del caciquismo". Para lograr la "paz social" suspende las garantías constitucionales y declara el Estado de Guerra, que dará lugar a una disminución de los asesinatos políticos, la reducción drástica de manifestaciones y huelgas y con ellos una restitución del orden social.

Para el descuaje del caciquismo, Miguel Primo de Rivera sustituye las autoridades civiles, locales y provinciales por militares. Además suprime el uso de las lenguas catalana y vasca y el uso de banderas nacionalistas. Alfonso XIII asumió la jefatura del Estado y apoyó en todo momento a Miguel Primo de Rivera, en lo que se llamado "Dictadura con Rey", fórmula que también asumió Victor Manuel III en Italia con Mussolini. Además ataja el problema de Marruecos con el desembarco de Alhucemas en 1925, lo que le permitió ganar apoyos en la población, y continuar con régimen que en principio se establecía como provisional. En 1925, desaparece el Directorio Militar y se crea un Directorio Civil, que estará liderado por Miguel Primo de Rivera, y constituido mitad por militares y mitad por civiles que pertenecen a un partido único conocido como Unión Patriótica. En este momento, Miguel Primo de Rivera emprende el camino hacia la institucionalización del régimen, se forman, junto al partido único Unión Patriótica, la Organización Corporativa Nacional y La Asamblea Nacional Consultiva, que se trata de un órgano no legislativo, sino consultivo que trabajaría para el gobierno, todos órganos corporativos inspirados en el fascismo italiano. Hubo un anteproyecto de constitución en 1929 que no satisfizo a nadie, incluso a Primo de Rivera que criticaba el excesivo papel del rey. En ella, se pretendía crear una cámara con diputados elegidos, la mitad de ellos por sufragio universal, y la otra mitad por el Rey y las corporaciones. CONCLUSIONES: Miguel Primo de Rivera pretendió instaurar una Dictadura con carácter provisional, pretendiendo con ello restablecer el orden social, para después volver a la normalidad constitucional. Sería a partir de 1925 cuando intenta una institucionalización del régimen, inspirándose en la de Benita Mussolini, pero prescindiendo de muchos de los caracteres del fascismo, sin embargo, a pesar de sus intentos, Miguel Primo de Rivera, en palabras de Genoveva García Queipo de Llano, "lo que acabó por arruinar a la Dictadura como fórmula política fue su propia incapacidad para encontrar una fórmula institucional diferente a la del pasado". Además la pérdida de apoyos, desde la sociedad, el movimiento obrero y los separatistas que se refuerzan en la oposición e incluso desde el mismo Ejército, con varias conspiraciones desde el mismo seno militar. A esto a que sumar un agravamiento del estado de salud de Miguel Primo de Rivera que termina de presentar su dimisión a Alfonso XIII en 1930. En ese momento, Alfonso XIII le da el poder al general Dámaso Berenguer con la intención de volver a la normalidad constitucional, este periodo conocido como "dictablanda" llegará a su fin en Mayo de 1931 con las elecciones municipales que darán lugar a la instauración de la II República Española.

TEMA 16 1. Discurso de la diputada Clara Campoamor. (Texto EvAU) Se nos presenta para comentar un fragmento del discurso que pronunció Clara Campoamor en las Cortes Constituyentes de la República española el día 1 de septiembre de 1931 en el que, entre otras cosas, reivindica el papel de la mujer en la vida política, especialmente en lo referente al derecho al voto. Realizaremos el comentario siguiendo el siguiente orden: localización, análisis y contextualización. Finalizaremos con unas breves conclusiones en las que resaltaremos la importancia del texto. 1.- LOCALIZACIÓN Tipo de texto: según la fuente es un texto histórico primario; según la forma es un discurso parlamentario y según el tema es un texto social. Autor: individual. Se trata de Clara Campoamor. Política española, pionera de la militancia feminista (Madrid, 1888 – Lausana, 1972). Destino: está dirigido a un colectivo y su finalidad es pública. Época: Madrid, 1 de septiembre de 1931, en el Palacio de las Cortes. 2.- ANÁ LISIS Como inicio del Comentario aclararemos algunos Conceptos que nos sirvan para una buena comprensión del texto. “Cortes Constituyentes“: aquellas que tienen como objetivo principal redactar y aprobar una Constitución; “actuar en derecho“: hace referencia a las

actuaciones recogidas en una ley escrita; “principio aristotélico“: idea que parte del filósofo griego Aristóteles. El tema central es la reivindicación de los derechos de la mujer y las principales ideas hacen referencia a los motivos de la propuesta de estos derechos y defensa del derecho al sufragio femenino. Ampliamos brevemente cada una de estas ideas. El texto nos presenta unos fragmentos de una de las intervenciones de Clara Campoamor en el Congreso de los Diputados dentro de los debates sobre el proyecto de Constitución presentado por Luis Jiménez de Asúa. En el primero de los párrafos argumenta contra diversos principios (“el trasnochado principio aristotélico”) que avalan la desigualdad entre hombres y mujeres indicando que, como ser humano, tiene los mismos derechos que el hombre. Por ello, la Constitución (“derecho constituyente, como norma jurídica”) debe garantizar dicha igualdad. En el segundo de los párrafos anima a los parlamentarios a asumir el sufragio femenino y a insertarlo en el texto constitucional. Para ello ensalza tanto algunas decisiones del Gobierno provisional “que a los quince días de venir la República hizo más justicia a la mujer que la hicieron veinte siglos de Monarquía” como las bondades que puede tener la Constitución “será por su época y por su espíritu la mejor de las que existen en el mundo civilizado”. Añade, además, en un intento de remover los corazones, que, asumiendo esta igualdad, serí a España el primer país latino en aceptar el derecho al sufragio de la mujer. Termina el fragmento con una última llamada “no dejéis, señores legisladores, que sea otra nación latina” quien se adelante en este terreno de la liberación de la mujer. 3.- CONTEXTUALIZACIÓN Proclamada ilegalmente la II República en abril de 1931 y marchado al exilio el rey Alfonso XIII (sin renunciar a sus derechos) se constituye un Gobierno Provisional formado por los líderes de aquellos partidos que habían firmado el “Pacto de San Sebastián”  (17 de agosto de 1930). Su principal labor será convocar elecciones para Cortes Constituyentes (junio de 1931). De ellas salió triunfadora una coalición formada por republicanos y socialistas cuya primera tarea será la redacción de una nueva Constitución. Para su discusión se aprobó el anteproyecto presentado por una comisión parlamentaria presidida por el abogado socialista Luis Jiménez de Asúa. Las discusiones fueron muy intensas, especialmente en lo referente a la “cuestión religiosa”. Mención especial, dada la naturaleza del texto que comentamos, tiene el tema de la igualdad de derechos entre hombres y mujeres y, en consecuencia, el referente al sufragio. En las Cortes únicamente había dos mujeres de un total de 465 diputados: Clara Campoamor (Partido Radical) y Victoria Kent (Izquierda Republicana). A finales de aquel mismo año ingresó Margarita Nelken (Partido Socialista). De las tres, Clara Campoamor, abogada, fue la que más se implicó en la defensa de los derechos de la mujer y desempeñó un papel importante en el debate acerca del sufragio femenino. Gracias a su intervención se logró que el artículo 25 dijese “No podrán ser fundamento de privilegio jurídico: la naturaleza, la filiación, el sexo, la clase social, la riqueza, las ideas políticas, ni las creencias religiosas”. En referencia al “voto femenino” el anteproyecto sólo había dado posibilidad a la mujer soltera y a la viuda, propuesta que defendió A. Ossorio Gallardo sobre la curiosa base que, hasta que los maridos estuviesen preparados para la vida política, el sufragio femenino podía ser una fuente de discordia doméstica. Tras largos debates en todos los sentidos (Clara Campoamor defendió el sufragismo femenino y Victoria Kent se opuso “no por la capacidad de la mujer sino por oportunidad de la República” ) el artículo 34 – que establecía la equiparación de derechos electorales para los ciudadanos de uno y otro sexo mayores de veintitrés años – fue finalmente aprobado por 161 votos a favor y 121 en contra. Votaron a favor: el Partido Socialista (con alguna sonada excepción como la de Indalecio Prieto), la derecha y pequeños núcleos republicanos (catalanes, progresistas y Agrupación al servicio de la República); en contra, Acción Republicana, y los radical-socialistas y radical (con la excepción de Clara Campoamor y otros cuatro diputados).

Las primeras elecciones en las que participaron las mujeres fueron las de 1933, e inevitablemente se les echó la culpa de la victoria de la derecha. Era, sin embargo, una conclusión superficial. Aun aceptando que una parte del electorado femenino hubiera podido influir en el resultado favorable a las derechas de los comicios del 33, si se sumaban todos los votos de izquierda emitidos en esas elecciones todavía superaban a los de los conservadores. Se trataba sobre todo de un problema de estrategia y unidad, como se encargaría de demostrar las elecciones de febrero de 1936 con el triunfo del Frente Popular. CONCLUSIONES Tras haber analizado el texto, finalizaremos nuestro comentario con unas breves conclusiones, señalando aquellos aspectos más significativos y su importancia para la historia. 1) El proyecto de Constitución fue presentado en Cortes el 27 de agosto de 1931 y aprobado, con algunas modificaciones, el 9 de diciembre. Estaba inspirada fundamentalmente en las de Méjico (1917), Rusia (1918) y la República de Weimar (1919). 2) Uno de los puntos del debate parlamentario se centró en la igualdad de derechos de los ciudadanos y, dentro de ellos, el derecho al voto de la mujer. Clara Campoamor (una de las dos mujeres presentes en el debate) tuvo una singular importancia en la defensa de los mismos. 3) El documento ha sido muy importante en la historia, pero sobre todo para las mujeres fue un paso muy grande conseguir la igualdad con el hombre y no estar al margen de todo, fue una gratificación muy grande, que las mujeres podrían ir a votar, opinar… Pero esta alegría duro poco puesto que después en la guerra civil y en el franquismo se les volvió a dejar de lado 2. Constitución de la Segunda República (1931). (Texto EvAU) COMENTARIO El texto que se nos presenta para comentar contiene varios artículos de la Constitución española que en 1931 aprobaron las Cortes, una vez proclamada la República que dio fin a la Dictadura de Primo de Rivera. En estos artículos, como luego veremos, se reflejan algunos aspectos fundamentales por los que se había de regir la vida de la nación. Procederemos al comentario siguiendo el siguiente esquema: localización del texto, análisis del mismo y contextualización. Finalizaremos con unas breves conclusiones, señalando la importancia que tuvo el texto 1.- LOCALIZACIí“N Comenzaremos por la naturaleza del texto. En este sentido indicaremos que por su forma es un texto informativo; por su contenido es jurídico-político y, por su origen, es una fuente histórica. El...


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