Trabajo Academico - 1. Definición de Peritaje Contable. (1 punto) Se conoce como Peritaje Contable, PDF

Title Trabajo Academico - 1. Definición de Peritaje Contable. (1 punto) Se conoce como Peritaje Contable,
Author Jane Ni
Course Peritaje contable
Institution Universidad Alas Peruanas
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Escuela Profesional: Primer avance:

CIENCIAS CONTABLES Y FINANCIERAS

TRABAJO ACADÉMICO

Curso:

PERITAJE CONTABLE

Docente:

Mag. CPC. CARLOS REYNALDO LEONARDO GUZMAN NAVARRO

Ciclo:

Sección:

01

Nota:

Datos del alumno Apellidos y nombres:

QUISPE NINA JANNET NIEVES

Código de matrícula:

2014146301

Filial de matrícula:

CUSCO

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Hasta el (dd/mm/2020):

20/12/2020 - 2

Recomendaciones 1. 2. 3.

4. 5. 6.

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Criterios de evaluación del Trabajo Académico El trabajo académico es calificado considerando los criterios de evaluación según la naturaleza del curso: 1. 2.

Presentación adecuada del trabajo. Evalúa la redacción, ortografía, y presentación del trabajo Investigación bibliográfica. Considera la revisión de diferentes fuentes bibliográficas y

3.

electrónicas confiables y pertinentes a los temas tratados de acuerdo a la normativa APA. Situación problemática o caso práctico. Considera el análisis contextualizado de casos o la solución de situaciones problematizadoras de acuerdo a la naturaleza del curso.

4.

Otros contenidos. Abarca la aplicación de juicios valorativos ante situaciones y escenarios diversos, componentes actitudinales y éticos.

PREGUNTAS I. RESOLVER LO SIGUIENTE:

1. Defi Defin nición de Peritaje Contable. (1 punt punto) o) Se conoce como Peritaje Contable, al documento que un Perito presenta como resultado de sus actividades, de su labor, el cual contiene una estructura aprobada en el XI Congreso de Contadores Públicos del Perú. Solo un contador público colegiado habilitado, puede ser Perito Contable, el cual puede ser solicitado dentro de un proceso judicial, administrativo o de arbitraje, donde sus funciones son contribuir a esclarecer unos hechos/acontecimientos determinados; el perito debe analizar los hechos/acontecimientos a través de pruebas, sustentos y/o evidencias, todo esto con el fin de probar o desmentir una afirmación o sospecha acerca de los mismos. 2. ¿De qué depende la Plani Planiff icación del Peritaje Contable? (2 puntos) Dentro de las fases operacionales del desarrollo de un peritaje, encontramos a la Planificación, en ella se determinan que programas de revisión técnica se utilizarán y que orientación específica se le quiere dar; antes de empezar el peritaje propiamente dicho se debe de tener un programa de trabajo bien definido y estructurado, de este orden previo dependen los resultados finales. En toda planificación se debe de tener una programación de procedimientos con la descripción ordenada y sistemática de cada uno de los pasos y acciones específicas de investigación y evidenciación, el cual comprenderá sustancialmente el procedimiento en sí, su naturaleza, oportunidad, alcance y demás asuntos necesarios. Un perito, no puede empezar la planificación si no tiene una cabal comprensión del objeto de la controversia, si no lo tiene claro, o no lo puede comprender, debe de solicitarlos explícitamente al juez.

3. Qué en tiende Ud. ¿Por procedimi procedimien en entos tos del Peritaje Co Contabl ntabl ntable e Judicial? Detall Detalle e c ua uall es son. (2 puntos) Las acciones que debe realizar un Perito Contable, se reúnen bajo el nombre de Procedimientos del Peritaje Contable; dichos procedimientos permitirán saber cómo se debe realizar un peritaje contable reuniendo toda la evidencia necesaria para poder brindar el informe al Juez, y escuchando/anotando todos los puntos de vista de los que participan en el peritaje contable. Debemos recalcar que al cumplir todos estos procedimientos el contador público está demostrando todo su profesionalismo, al realizar un trabajo que llene las expectativas de los demandantes y demandados. Los procedimientos se pueden clasificar en:  Procedimientos Principales son:  La Verificación  La Comprobación  La Explicación  La Aclaración  Procedimientos Auxiliares son:  La Identificación  La Evaluación  Los Exámenes  La Revisión 4. ¿Desde qué momento el Contador Público colegiado se d de e sempeña como Perito Contable dentro de Un Proceso Judicial Judicial?? (2 puntos) Para que un Contador Público, pueda convertirse en Perito Contable de un determinado proceso judicial, no debe de tener relación, ni directa ni indirecta con las empresas y/o personas relacionadas en dicho proceso. Luego de que el Juez encargado del proceso, constate/verifique, lo anteriormente expuesto, debe de dar a conocer el caso al Contador Público, el cual debe de comprenderlo y conocerlo en su totalidad, y si lo cree conveniente aceptar el caso a investigar, y posteriormente aceptar, firmándolo, el informe que le ha enviado el Juez.

Recién, luego de la aceptación del Contador y la conformidad del Juez, podemos hablar de que el Contador ya empieza a desempeñarse como Perito Contable de dicho proceso. 5. ¿Cómo descri describir bir biríí a las té técc nicas del Peritaje contable Judicial Judicial?? (2 puntos) El Peritaje Contable Judicial, es considerado como un examen especial de auditoría, esto debido a que no tiene técnicas propias para la obtención y evaluación de las pruebas, si no que utiliza las técnicas de la auditoría tradicional. Entonces, ¿en que se diferencian el Peritaje Contable Judicial y la Auditoría?, pues, no en las técnicas que son las mismas, sino en la metodología a desarrollar, en las prácticas o procedimientos que y como se aplican en cada Peritaje o Auditoría. Entonces que son las Técnicas de Peritaje, son los métodos que se aplican para obtener y evaluar las pruebas necesarias que fundamenten el Informe del Perito Contable Judicial. Las técnicas usadas mayormente son: Investigación: Es la obtención de información de juicio que el perito necesita de personas y/o libros, es obtener evidencia y determinar la autenticidad o no del documento examinado. Revisión Selectiva Selectiva:: Es la revisión del universo de saldos o transacciones en base a muestras significativas y representativas. Conciliaci Conciliación: ón: Es hacer que concuerden dos conjuntos de cifras relacionadas, separadas e independientes. Indagación/Pesquisa: Es la obtención de información mediante preguntas o a través de averiguaciones y conversaciones. Confirmación: Es la obtención de comprobación de saldos de cuentas y otras transacciones con documentación externa. También bienes en poder de terceros.

Computaci Computación/c ón/c ón/cá álculo lculo: Es la verificación de la exactitud de las operaciones aritméticas consignadas en libros. Observación Observación: Es el examen visual de procedimientos contables, operativos y/o de control interno de la empresa. Inspección: Es el Examen físico de bienes, valores y documentos con el objeto de demostrar su existencia. Comprobaci Comprobación: ón: Es el examen de las pruebas o evidencias que apoyan una transacción o constatan un documento. Comparaci Comparación/ ón/ ón/Compul Compul Compulsa: sa: Es observar, comparar o cotejar la similitud o diferencia de los conceptos, importes, fechas, etc. Análisis Análisis: Es la separación en partes o elementos de cuentas, informes, documentos contables. Rastreo/seguimiento: Es el seguimiento de un hecho, de un punto a otro desde el inicio hasta que termina. 6. ¿Qué Ef Efecto ecto tiene el Peritaje Con Contable table en la decisión f inal del Ju Juez ez ez,, como es la sentencia? (2 puntos) Los resultados del Peritaje Contable no tienen efecto vinculante con la decisión final del juez (la cual se da en la Sentencia), pues éste tiene que valorar otros varios factores que hayan sucedido antes o después del hecho investigado por el perito. Pero esto no quiere decir que el perito no deba esforzarse para llegar a conclusiones que el juez valore y lo ayuden a tomar una decisión más justa; recordemos que el perito va a dar su opinión sobre temas especializados, en los cuales es considerado “una autoridad” y que difícilmente el Juez las va a menospreciar y/o desautorizar.

7. ¿Cuál es la bas base e legal para la actuación del Contad Contador or Público como P Perit erit erito o Contable Judicial? (2 pun puntos) tos) Las siguientes disposiciones legales son instrumentos de consulta para que todo Perito Contador Público Colegiado, pueda cumplir con eficacia sus funciones, por tanto, le deben de servir como guía y contribuirán en todo aquello que sea inherente a la pericia a practicarse. Estas normas son:  Ley de Profesionalización Nº 13253 del 11-09-1959 artículo 4º y la  Ley Nº 28951 “Ley de actualización de la ley Nº 13253 de profesionalización del contador público y de Creación de los colegios de contadores públicos” del 12 de enero de 2007.  Todo lo concerniente a la Pericia Contable Judicial se puede ver en el Artículo 172, 174 al 181 del Capítulo III del Decreto Legislativo N° 957 “Nuevo Código Procesal Penal”;  También en el TUO Código Procesal Civil (Resolución Ministerial N° 10-93-JUS) en el Capítulo VI y los artículos del 262 al 271;  También en la Ley Orgánica del Poder Judicial (Decreto Supremo N° 017-93-JUS) en el Título II, Capítulo I y los artículos del 273 al 28 8. ¿Qué requisitos tiene que cumplir el Contador Público que quier quiere e desempeñarse como Perito Contable en el Poder Jud Judii cial? (2 puntos) Para ser Perito Contable del Poder Judicial , un Contador Público debe tener los siguientes requisitos de FORMA FORMA: o Tener su grado o Titulo de Contador Público, y estar debidamente colegiado. o Tener la capacitación y aprobación del examen de perito. o Efectuar la inscripción en el registro de peritos judiciales (debe de haber aprobado el examen y la entrevista personal). o Experiencia mínima de cinco años como auditor interno o independiente. También debes de cumplir con las siguientes cualidades (FONDO FONDO FONDO): o Mentalidad reflexiva y analítica. o Ser buen comunicador. Para presentar el caso ante el juez de forma correcta y profesional.

o Conocimiento de estrategias de cálculo matemático (y software específico). o Interés por los negocios. Al ser el ámbito de trabajo general. o Buen trabajador en equipo. Ya que es necesario colaborar con otros profesionales, dentro de la empresa. 9. ¿En qué deli delitos tos es necesario la Diligencia de Peritaje contable? (2 puntos) El Delito Delito, es un comportamiento que, ya sea por propia voluntad o por imprudencia, resulta contrario a lo establecido por la ley, por lo tanto, implica una violación de las normas vigentes, lo que hace que merezca un castigo o pena. Por lo tanto, todo delito que conlleve a una evaluación del efectivo, sus equivalentes, bienes de capital, bienes intermedios, capital suscrito y/o beneficios de personas naturales o empresariales, es sujeto de una diligencia de un Perito Contable. Algunos delitos más actua sido materia de un p actuales les que han sido peritaj eritaj eritaje e contable han sido sido: • • • •

Delitos de crimen organizado (“Los Cuellos Blancos del callao”) Colusión Peculado Lavado de activos

10. Se presenta la situación siguiente donde el perito c ontable j udic udicii al debe intervenir. En función a l os datos propue propuest st sto o s, ofrezca una solución asumiendo que Ud. es un peri perito to contable judicial. (3 pun puntos) tos) No hay información para responder la pregunta. II. RE RESOLVER SOLVER LOS SIGUIENTES CASOS (4 puntos)

DECLARACION RECTIFICATORIA POR OMISION DE INGRESOS CASO 1: La empresa LANUS S.A. con fecha 02.04.2019 (fecha de venci vencimiento) miento) presentó su declaración jurada del impuesto a la renta del ejercic ejercicio io 2 018, donde dete determ rm rmin in inó ó la rent renta a e impuesto a la renta en la forma que se detalla:

Utilidad según balance Adiciones Deducciones Renta neta Participación de los trabajadores:10% Renta neta-imponible Impuesto a la renta: 28% Pagos a cuenta Saldo a favor

450,000.00 150,460.00 -20,460.00 580,000.00 -58,000.00 522,000.00 146,160.00 -186,000.00 -39,840.00

CASO 2: Con fecha 20 de mayo del 2 019, el contribuyen contribuyente te VOLCAN SAC., present presentó ó decla declarración jurada rectific rectifica atoria e en n for form ma vol voluntar untar untarii a, donde dete determ rm rmina ina la ren renta ta e impuestos siguientes: Utilidad según balance Adiciones Deducciones Renta neta Participación de los trabajadores: 10% Renta neta imponible Impuesto a la renta: 28% Pagos a cuenta Saldo a favor

S/ 450,000.00 658,465.00 (20,460.00) 1,088,005.00 ( 108,801.00) 979,204.00 (274,177.12) (186,000.00) 519,026.88

Se pide: Determinar el mon monto to de la deuda tributaria, compuesto por el im impuesto puesto sobre la renta omitida más la sanci sanción. ón. Vamos a asumir que se trata de la misma empresa, para poder resolver la pregunta. La empresa de la pregunta, ha pasado de obtener un saldo a favor, en la primera declaración, a tener un monto a pagar a la SUNAT por la declaración anual 2018. Entonces, se deduce que ha cometió la siguiente infracción: 

Ha declarado cifras o datos falsos u omitió circunstancias en las declaraciones, que influían en la determinación de la obligación tributaria; y/o que generen aumentos indebidos de saldos o pérdidas

tributarias o créditos a favor del deudor tributario y/o que generen la obtención indebida de Notas de Crédito Negociables u otros valores similares, según el numeral 1 del artículo 178 del Código Tributario: Según la norma, la sanción para estos casos es el 50% del total del impuesto omitido. 50% x S/ S/519,0 519,0 519,026 26 26.8 .8 .88 8 = S/259,513.44 Una vez determinada el monto proporcional a la deuda rectificada se le aplica el régimen de gradualidad, por haber enviado la nueva declaración por voluntad propia sin necesidad de alguna comunicación de SUNAT. (Resolución de Superintendencia Nº 254-2004/SUNAT) El monto de descuento máximo es 95% S/259,513.44 * 5% = S/12,975.672 El porcentaje que pagará será solo el 5%. En la sanción, son aplicables los intereses entre los días del vencimiento y la fecha de rectificatorias, en total pasaron 48 días. Un mes = 1.2% 12,975.672 *1.2% = 155.708 12,975.672 * 0.04 * 18 días = 93.42 La sanción por omisión es la suma de la infracción más los intereses generados. Impuesto a pagar = tributo omitido + intereses

Impuesto a pagar = S/12,975.672 + S/155.708 + S/93.42

Impuesto a pagar = S/13,224.80 nuevos soles....


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