Unidad I Conceptos fundamentales y Antecedentes del Derecho Agrario en México PDF

Title Unidad I Conceptos fundamentales y Antecedentes del Derecho Agrario en México
Author Lupita Utrera
Course Derecho Agrario
Institution Universidad de Sotavento A.C.
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Utrera Ricardez Gpe. Del Rocio. 26/01/2021 Unidad I Conceptos fundamentales y Antecedentes del Derecho Agrario en México 1.1 Conceptos elementales El Derecho Agrario es definido por la doctora Martha Chávez padrón como; “El conjunto de normas (teóricas y prácticas) que se refieren a lo típicamente jurídico, enfocado hacia el cultivo del campo, y al sistema normativo que regula todo lo relativo a la organización territorial rústica y a las explotaciones que determine como agrícolas, ganaderas y forestales”. Por otro lado el doctor Lucio Mendieta y Núñez lo define como; “el conjunto de normas, leyes, reglamentos y disposiciones en general, doctrina y jurisprudencia que se refiere a la propiedad rustica y a las explotaciones de carácter agrícola”. Una definición mas es la que ofrece Mario Ruiz Massieu al decir que el Derecho Agrario es; “el conjunto de normas jurídicas que regulan la actividad en el campo derivada de la tenencia y explotación de la tierra, con el fin primordial de obtener e bien de la comunidad general, y en especial de la comunidad rural. 1.1.1 Definición de Derecho Agrario

El concepto de propiedad es l o que determina la estructura del Estado mexicano En nuestro caso, 6l articulo 27 constitucional rompe con el criterio de la propiedad a ultranza, fincada en la teoría justa, para darle una orientación social. En ese marco convergen las instituciones agrarias -ejido, comunidad y nuevos centros de población ejidal, con las de carácter privado, como la propiedad privada -pequeña y mediana propiedad- con fines agropecuarios. No es esta una división caprichosa a irreconciliable entre los dos sistemas de propiedad, ya que el Estado mexicano es el titular de la propiedad originaria, que le permite ". . .transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada" Art. 27 Constitucional, primer párrafo. De ahí que el gobierno mexicano le d6 la orientación a la propiedad privada y social acorde a su política económica.

Por eso la reforma agraria, y en nuestro caso el derecho agrario, deben contribuir a hacer posible el aspecto agrario implícito en 6l articulo 27 constitucional, y el relativo en las leyes especificas -Ley Federal de Reforma Agraria, Ley Federal de Aguas, Ley Forestal, Ley de cr6dito agrícola, Ley de Fomento Agropecuario, etc6tera.

Utrera Ricardez Gpe. Del Rocio. 26/01/2021 Las características del derecho agrario las encuadraremos en los siguientes apartados: 1. Esta ubicado en el derecho social, por la regulación jurídica protectora de grupos sociales -ejidatarios, comuneros, pequeños propietarios, etc.-, que tienen una reducida o nula capacidad de defensa de sus derechos socio econ ómico en torno a la propiedad social que es su medio de producción. 2. Es la resultante mas acabada de las demandas, a veces contrapuestas de la base, y de sus dirigentes de la revolución de 1910, al igual que de la participación de otros factores de poder. Su fundamentacion por el Constituyente de 1917 deviene en los principios se justifica el derecho agrario en tanto sea un sólido puntal para la ley de la propiedad y en los agrarios contenidos en 6l articulo 27 constitucional. El subsistema jurídico-agrario es un proceso inacabado que panea de instrumentos extralegislativos, mas tarde disposiciones administrativas, pare entrar a la etapa de sistematización jurídica, como son los códigos Agrarios, Ley Federal de Reforma Agraria, Reglamentos Agrarios, Resoluciones presidenciales, Circulares, y otros que le sirven de apoyo. Es un derecho hibrido, con un marco de teor ía jurídica agraria, lineamientos administrativos, de magistratura y procedimientos agrarios, y los aspectos jurídicoeconómico-rurales. El presupuesto láctico de la norma jurídica agraria, parte de lo estático, en que incorpora y otorga derecho a campesinos para transformarlos en ejidatarios. Mismo supuesto es valido pare- comuneros. La fase dinámica de la norma jurídica agraria es la protección y el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones de los sujetos agrarios. Restablecido el equilibrio jurídico, el derecho agrario protege y pone las bases para el desarrollo de las instituciones y sujetos agrarios y la consecución, desarrollo y, por ende, consolidación de la reforma agraria mexicana, sinónimo de justicia agraria. 1.1.2 Diferencia conceptual de lo "Agrario" y lo "Agrícola" El t6rmino “agrario” en latín “agrarius” hace referencia a todo lo relativo al agro, es decir todo lo relacionado con el campo. Esta relación incluye todas aquellas actividades que se llevan a cabo en el mundo rural, tanto si son actividades de agricultura, como si son actividades ganaderas. En cambio, si hablamos del t6rmino “agrícola”, en latín “agricola”, solo se hace referencia a lo relacionado con la agricultura, por tanto quedarían excluidas del

Utrera Ricardez Gpe. Del Rocio. 26/01/2021 t6rmino “agrícola” las actividades ganaderas o aquellas otras que se pudieran dar en el medio rural más allá de la agricultura. 1.1.3 Concepto de Reforma Agraria La reforma agraria es un conjunto de medidas dirigidas a modificar la propiedad y la explotación de la tierra. De ese modo, se busca cambiar la forma en la que están distribuidas las explotaciones agrícolas. Es decir, la reforma agraria es un conjunto de medidas destinadas a cambiar la forma en la que se concentra la posesión de la tierra. De ese modo, el objetivo es que los suelos productivos no se encuentren en manos de pocos latifundistas. Visto de otro modo, a lo que apunta este tipo de reforma es a evitar que un factor de producción, la tierra, se mantenga como propiedad de unos cuantos agentes económicos. Cabe señalar que este tipo de revoluciones han tenido lugar en diferentes países, ya sea de Asia, Europa o Am6rica Latina. Esto, a lo largo del siglo XX. 1.1.3.1

Reforma Agraria del Estado Benefactor "Cardenismo"

El Estado apoyó movimientos rurales revolucionarios como el movimiento agrarista “El asalto a lastierras” en el norte de Baja California. 1.1.3.2

Reforma Agraria del Neoliberalismo Económico "Salinismo"

En 1993 se puso en práctica el Programa de Apoyo al Campo (ProCampo) para apoyar el ingreso de losproductores mediante subsidios directos, invirtiendo a trav6s de precios de garantía de los cultivos ymenores costos de los insumos. 1.2 Antecedentes del Derecho Agrario Mexicano 1.2.1 Época Prehispánica (Calpulli). Es importante señalar que el rey era dueño de las tierras, y las guerras fueron importantes porqueayudaban a adherir nuevos territorios, donde el monarca se apoderaba de las tierras y las otorgaba delas siguientes 5 maneras distintas: A). – TLATOCALLI B). – PILLALI C). – ALTEPETLALLI D). – CALPULLI E). – MITLCHIMALLI F). – TEOTLALPAN

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1.2.2 Época Colonial: La encomienda y las Mercedes Reales.Al consumarse la caída en Tenochtitlán, la corona española optó diversas medidas tendientes a organizarla vida política, económica y social de ese nuevo y enorme territorio.En la 6poca colonial los españoles probaron varias formas para hacer del campo un eje económico yproductivo: la encomienda, las disposiciones, los mayorazgos y la hacienda principalmente. 1.2.3 Decretos en materia agraria de Miguel Hidalgo y Costilla y de José Ma. Morelos y Pavón. Jos6 María Morelos y Pavón, quien se propuso repartir los grandes latifundios entre los millares decampesinos que trabajaban en ellos en condiciones de esclavitud y peonaje, por lo que giró instruccionespara que se entregaran las tierras a los pueblos a los que les pertenecían. 1.2.4 Época Juarista: Ley lerdo y Ley de Nacionalización de bienes Eclesiásticos.La ley tenía como objetivos crear una clase media rural que, a semejanza de la estadounidense, tuvieradeseos de desarrollarse; sanear las finanzas públicas del Estado y reanimar la economía. 1.2.5 Época Revolucionaria. 1.2.5.1 Plan de San Luis del 5 de octubre de 1910. Fue con el Plan de San Luis Potosí que se levantaron en armas la mayoría de los campesinos en tal planestaba mencionada la promesa de devolv6rselas a estos las tierras que les fueron despojadas. 1.2.5.2 Plan de Ayala del 28 de noviembre de 1911. En dicho plan, los zapatistas llamaban a las armas para restituir la propiedad de las tierras a loscampesinos. 1.2.6 Luis Cabrera y su ideología de protección al campesino. Su ideología de protección al campesino y sus propuestas, fueron la base para el desarrollo de la LeyAgraria. 1.2.7 Adiciones (en materia Agraria) al Plan de Guadalupe del 12 de diciembre de 1914. El primer jefe de la revolución y encargado del Poder Ejecutivo expedirá y pondrá en vigor, durante lalucha, todas las leyes, disposiciones y medidas encaminadas a dar satisfacción a las necesidades del país.

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1.2.8 Ley Agraria del General Francisco Villa, del 24 de mayo de 1915. Francisco Villa, general en jefe del Ej6rcito de la Convención Nacional Revolucionario, expide en León,Guanajuato, la Ley General Agraria, por lo que manifiesta la necesidad de reducir las grandespropiedades territoriales y distribuir equitativamente los excedentes.1.2.9 Ley Agraria del 6 de enero de 1915.En 1915 el presidente de M6xico, Venustiano Carranza, expidió la Ley Agraria que ordenaba la restituciónde tierras a los pueblos. 1.2.9 Ley Agraria del 6 de enero de 1915. En 1915 el presidente de M6xico, Venustiano Carranza, expidió la Ley Agraria que ordenaba la restituciónde tierras a los pueblos. 1.2.10 Trascendencia histórico universal de la Constitución de 1917 en materia de garantías sociales y en lo específico en materia agraria. Para que la justicia agraria se convierta en realidad, es necesario que exista un orden jurídico que regulede manera específica las relaciones entre los individuos del sector agrario, con los demás individuos de lasociedad con el Estado. 1.2.11 Seguridad alimentaria y la Compañía Nacional de Subsistencias Populares (CONASUPO) Según la ONU para la Agricultura y la Alimentación (FAO), desde la Cumbre Mundial de la Alimentación(CMA) de 1996, la seguridad alimentaria a nivel de individuo, hogar, nación y global, se consigue cuandotodas las personas en todo momento, tiene acceso físico y económico a suficiente alimento. 1.3 El Derecho Agrario Mexicano y su relación con otras ramas del Derecho. 1.3.1.1 Derecho Económico Nacional e Internacional. Fracción XX del Art.27 Constitucional, la cual se puede calificar como el capítulo económico constitucionaldel campo, que tiene el propósito de generar empleo y garantizar a la población campesina el bienestar ysu participación e incorporación en el desarrollo nacional...


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