Xxx a2u10 bd - Lecture notes U10 PDF

Title Xxx a2u10 bd - Lecture notes U10
Course Bienes y Derechos Reales
Institution Universidad Nacional Autónoma de México
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La prescripciónAnálisis de caso prácticoEl siguiente caso práctico representa uno entre los innumerables tipos de problemas que se presentan de manera continua entre la población, no por la finalidad última que se persigue, sino por el cómo se pretende alcanzar un objetivo.El señor Raúl Martínez es ...


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La prescripción Análisis de caso práctico El siguiente caso práctico representa uno entre los innumerables tipos de problemas que se presentan de manera continua entre la población, no por la finalidad última que se persigue, sino por el cómo se pretende alcanzar un objetivo. El señor Raúl Martínez es propietario de un departamento ubicado en la colonia Narvarte en la Ciudad de México.

Con motivo de los sismos ocurridos en 1985 y a partir del día 1.° de diciembre de 1985, el señor Raúl Martínez dejó vivir en ese departamento a su amigo, el señor Jorge Rentería, quien se encontraba casado con la señora Isabel Pantoja. Es el caso de que el señor Jorge Rentería falleció el 30 de enero de 2005. Posteriormente, el 30 de noviembre de 2005, el señor Martínez le requirió extrajudicialmente a la señora Pantoja que le entregara el departamento de su propiedad; sin embargo, no insistió más y desde entonces la señora Isabel Pantoja continúa ocupando el inmueble referido ostentándose ahora como propietaria de éste.

A continuación, responda las siguientes preguntas:

¿Qué acción podrá ejercitar la señora Isabel Pantoja para formalizar la posesión del inmueble? -

Entablar una demanda para adquirir la propiedad por posesión continua.

¿Desde qué fecha se contabilizará el plazo transcurrido de la posesión de la señora Pantoja? -

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El Artículo 1139 CCDF. Para los efectos de los artículos 826 y 827 se dice legalmente cambiada la causa de la posesión, cuando el poseedor que no poseía a título de dueño comienza a poseer con este carácter, y en tal caso la prescripción no corre sino desde el día en que se haya cambiado la causa de la posesión. Artículo 826. Sólo la posesión que se adquiere y disfruta en concepto de dueño de la cosa poseída puede producir la prescripción. Artículo 827. Se presume que la posesión se sigue disfrutando en el mismo concepto en que se adquirió, a menos que se pruebe que ha cambiado la causa de la posesión. Es decir, el 30 de noviembre de 2005, fecha en que se ostenta como propietaria del departamento.

¿Cuál es el justo título por el que posee la señora Pantoja? -

Usucapión

¿Qué tipo de posesión detenta la señora Pantoja? ¿De buena o mala fe? -

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Es de buena fe. En los Artículos 823 CCDF. Posesión pacífica es la que se adquiere sin violencia, Artículo 824. Posesión continua es la que no se ha interrumpido por alguno de los medios enumerados en el Capítulo V, Título VII, de este Libro Y Artículo 825. Posesión pública es la que se disfruta de manera que pueda ser conocida de todos. También lo es la que está inscrita en el Registro de la Propiedad. Por lo que el tipo de posesión de la Sra. Pantoja es pacífica y continua.

¿A quién deberá notificar la demanda que intente la señora Pantoja? -

En el Artículo 1156 CCDF dice que el que hubiere poseído bienes inmuebles por el tiempo y con las condiciones exigidas por este Código para adquirirlos por prescripción, puede promover juicio contra el que aparezca como propietario de esos bienes en el Registro Público, a fin de que se declare que la prescripción se ha consumado y que ha adquirido, por ende, la propiedad.

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Por tanto, la demanda deberá ser notificada al Sr. Raúl Martínez. FUENTES DE CONSULTA.

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CÓDIGO CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL

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Contenido Plataforma SUAyED UNAM DERECHO 2020. Bienes y Derechos Reales, Unidad 10 De la Prescripción, Usucapión y Caducidad....


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