12. Asignaciones familiares SUAF PDF

Title 12. Asignaciones familiares SUAF
Author meira arias
Course Métodos Cuantitativos de Gestión
Institution Universidad Siglo 21
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Asignaciones familiares SUAF

Revisión del módulo

Sistema Único de Asignaciones Familiares

Referencias

Teleclase práctica

LECCIÓN 1 de 4

Revisión del módulo

Hasta acá aprendimos

Marco Legal



El marco legal del Régimen de Asignaciones Familiares está dado por la Ley 24.714 del año 1996, que establece quienes serán los beneficiarios, como se financiara el sistema, la características y clasificaciones de las cargas de familia a abonar y el tiempo de pago de cada una de ellas; este subsistema de la Seguridad Social que cubre la contingencia de las cargas de familia ha evolucionado desde ese entonces hasta ahora mediante numerosas normas que lo convirtieron en el actual SUAF.

Tipos



En esta parte se resalta las características de la Asignaciones Familiares y su clasificación, donde tenemos las de pago periódico o mensual: Asignación por hijo e hijo discapacitado, las de pago eventual como la asignación por prenatal (mensual) o por Maternidad (90 días), las de pago anual como la asignación por ayuda escolar y las que siempre fueron de pago directo como las asignaciones por Nacimiento, Matrimonio y Adopción.

Novedades, Decretos 2012 y actualidad



Se ingresa a analizar la evolución del Régimen de Asignaciones Familiares que el año 2012 tiene un gran cambio con el Decreto 1668/2012 donde se pasa a un sistema de determinación del monto de las asignaciones familiares a través del Ingreso del Grupo Familiar para los trabajadores en relación de dependencia analizados, teniendo en cuenta el sueldo bruto, la categoría si uno de los trabajadores en Monotributistas o la renta de referencia si es autónomo y así en dos oportunidades d}en el año se actualizarán por Resolución General ANSeS los valores de las asignaciones familiares entre los tramos de ingresos familiar determinados.

S.U.A.F.



El Sistema Único de Asignaciones Familiares incorpora desde al año 2008 el pago directo de las Asignaciones Familiares por medio de la ANSeS y comienza a dejar sin efecto gradualmente al sistema de Fondo compensador donde el pago del beneficio lo realizaba el empleador y luego lo descontaba del Formulario de pago de Aportes y Contribuciones mensuales F-931, de esta forma los trabajadores deben elegir una boca de pago, que puede ser su cuenta suelda declarada con el CBU (Uniforme de Clave Bancaria) por erl empleador en "Mi Simplificación" AFIP o en sede del Correo Argentino, evitando asi toda la intermediación entre la Seguridad Social y el trabajador.

LECCIÓN 2 de 4

Sistema Único de Asignaciones Familiares

CONCEPTO Y CARACTERÍSTICAS Históricamente las asignaciones familiares integrativas del sistema de seguridad social se han liquidado a través de los obstáculos, mediante el sistema de fondo compensador.

El Estado otorga los beneficios de la seguridad social, que tiene el carácter de integral e irrenunciable. En especial, la ley establecerá: el seguro social obligatorio, que estará a cargo de las entidades nacionales o provinciales con autonomía financiera y económica, administradas por los interesados con la participación del Estado, sin que pueda existir superposición de aportes; jubilaciones y pensiones móviles; la protección integral de la familia; la defensa del bien de familia; la compensación económica familiar y el acceso a una vivienda digna [1].

Esta protección de la familia tiene su correlato en la estructura del sistema de asignaciones familiares.

El SUAF es el mecanismo por el cual ANSES liquida y abona las asignaciones familiares en forma directa a los trabajadores en relación de dependencia y los beneficiarios de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo. De esta forma, el Estado Nacional les quita a los movimientos la carga financiera a través del pago anticipado de las asignaciones.

Mediante este sistema efectúa los controles de derecho sobre las asignaciones familiares de los trabajadores y las efectiviza, en caso de corresponsal. SUAF está suplantando paulatinamente al Sistema de Fondo Compensador. Es un sistema de control, validación, liquidación y pago directo.

La evolución de este sistema fue operando de manera paulatina. El organismo de aplicación (ANSES) establece las fechas en que fueron ingresando sectores de empresas para el método de pago directo de las asignaciones familiares.

[1] Art. 14. Ley N ° 24.430. (1994) Constitución Nacional. Honorable Congreso de la Nación Argentina. Recuperado de https://bit.ly/39yZZfV

Vocación: ANSES (www.anses.gob.ar) quiere incorporar todas las empresas en el Sistema Único de Asignaciones Familiares, SUAF. Este es el sistema creado por dicho organismo para que las Asignaciones Familiares sean liquidadas y pagadas a los trabajadores directamente por el Estado.

Las modalidades de instalación están establecidas por la Resolución Nº 292/2008 [2] desde el día 1º de abril de 2008.

[2] Res. 292/2008. (2008) Asignaciones familiares. Administración Nacional de la Seguridad Social. Recuperado de https://bit.ly/2P3YiO1

Cambio:

1

Las empresas que se inscriben en la AFIP como empleados a partir del 1º de diciembre de 2005, permanecen automáticamente dentro del sistema SUAF (pago directo de las asignaciones familiares).

2

Las empresas que presentan una solicitud de reintegro por las asignaciones familiares abonadas a sus trabajadores quedan dentro del sistema SUAF (pago directo de las asignaciones familiares) a partir del mes siguiente al pedido de solicitud. Deben acompañar, junto con el pedido de reintegro, todas las solicitudes de reintegro que tengan pendientes de pago a la fecha de la presentación.

La solicitud de reintegro del mes de la presentación, si corresponde a lo que queda pendiente de pago, contará con un plazo de un año para su caducidad, contactado desde el mes de instalación al sistema SUAF.

El pedido de reintegro al que hace referencia al párrafo anterior debe armonizar con la siguiente explicación: hasta el nacimiento del SUAF, los análisis debían anticipar el pago de las asignaciones familiares a sus empleados, disponiendo para ello de fondos que en realidad debían ser cubiertos por Respuestas

Para su recuperador, el empleador, al confeccionar el formulario 931 de AFIP, descontaba del monto de contribuciones jubilatorias el monto total de asignaciones familiares devengadas en ese mes.

En los casos de empleados con familia numerosa, ocurrió el empleador abonaba más dinero por asignaciones familiares que el valor de contribuciones jubilatorias. En consecuencia, le quedaba un crédito en contra de ANSES por diferencias de pago de asignaciones familiares, debiendo ingresar el pedido de reintegro mencionado en párrafos anteriores.

Retomando la caracterización del nuevo sistema la reglamentación establece lo siguiente.

a) La empresa podrá solicitar su complemento al sistema SUAF en forma voluntaria, debiendo presentar una nota ante una Unidad de Atención Integral (UDAI) de ANSES, en donde conste:

CUIT; razón social; domicilio fiscal; domicilio / s de explotación; cantidad de trabajadores (con y sin cargas de familia). ANSES debe notificar la aceptación o rechazo de la solicitud.

b) ANSES podrá determinar la empresa que se deba incorporar al sistema SUAF mediante el dictado de una resolución de la dirección ejecutiva. Las empresas deberán ingresar a la página de ANSES > Autopista de Servicios > Servicios Corporativos > Empresas Incorporadas al SUAF, colocar el CUIT de la empresa y el logotipo dispuesto por ANSES y, de surgir con estado “habilitado”, es suficiente para darse por notificadas acerca de su incorporación al SUAF.

c) Es obligación de las empresas ingresar y ver el estado en que se encuentran, ya que desde el momento en que ANSES las incorpora, requiere cumplir con las obligaciones establecidas y presentar la documentación.

d) Las obligaciones de las empresas al momento de ser incorporadas al SUAF son las siguientes.

Notificar a todos sus trabajadores, dentro de los diez (10) días hábiles de su solicitud al SUAF, las nuevas normas del Régimen de Asignaciones Familiares (ver formulario PS.2.61 “notificación del Régimen de Asignaciones Familiares – Sistema Único de Asignaciones Familiares”) .

Al ingreso de un nuevo trabajador, también debe notificarlo sobre el nuevo Régimen de Asignaciones Familiares, dentro de los diez (10) días hábiles de su ingreso. La notificación debe tener en duplicado, entregando un ejemplar al trabajador y anexando el otro ejemplar al legajo del mismo obrante en la empresa, y debe ser exhibida ante ANSES cada vez que la misma lo requiera. Incorporar a través del Programa de Simplificación Registral de la AFIP toda la información relacionada con los datos del trabajador y sus vínculos familiares. Además debe mantener actualizados los datos. Presentar ante ANSES el medio de pago elegido por sus trabajadores, tengan o no cargas de familia: a. Boca de pago (cobro por ventanilla): nota con carácter de declaración jurada donde conste: apellido / sy nombre / s, CUIL, provincia, localidad o código postal del lugar de cobro elegido (ver bocas de pago vigentes). b. Cuenta bancaria propia o cuenta suelda: nota con carácter de declaración jurada donde conste: apellido / sy nombre / sy número de CUIL, adjuntando constancia emitida por el banco o copia del extracto bancario del que surja CUIL o DNI, apellidos / sy nombre / sy número de CBU correspondiente.

Formularios: PS.2.51: DDJJ Solicitud Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual - SUAF; PS.2.53: DDJJ Renuncia - Revocación de Renuncia al cobro de Asignaciones Familiares - SUAF; PS.2.55: DDJJ Novedades Unificadas - SUAF; PS.2.57: Nota de Reclamo - SUAF.

Mediante la Resolución Nº 670/07 (publicado el 31/12/07), ANSES postergó el cierre compensador, el cual establece un nuevo plazo en el artículo 3º de la Resolución Nº 823/06 hasta el 1º de abril de 2008, para la Completamente masiva de la totalidad de las empresas que no son geniales en el Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF).

Las empresas requeridas continúan abonando las asignaciones familiares a través del fondo compensador, como lo venían haciendo, hasta el momento en que ANSES las incorporan al SUAF.

ANSES hace saber que la Resolución Nº 670/07 resultante suficiente como notificación de la notificación al SUAF, estableciendo además la obligación de todos los informes de información, por medio del programa de la AFIP de Simplificación Registral (PSR), todos los datos de relaciones laborales y de familia de todos sus trabajadores en relación de dependencia.

Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF) Trabajadores en relación de dependencia de empresas incorporadas

De acuerdo con la información suministrada por ANSES en su página web, los trabajadores que cobran sus asignaciones familiares mediante ANSES pueden cambiar el lugar y la forma de cómo perciben desde la web.

Transcribimos seguidamente la referida comunicación:

Ahora los trabajadores que cobran sus asignaciones familiares por ANSES podrán cambiar el lugar y la forma de cómo percibir por web.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) pone una disposición de los trabajadores que perciben sus asignaciones familiares a través del Sistema Único (SUAF), una nueva herramienta para informar y / o modificar el lugar o medio a través del cual desean percibir las mismas.

Se trata de una nueva opción para transmitir un cambio en el núcleo de las asignaciones familiares a través de la página web de ANSES, que se suma a la posibilidad de realizarlo personalmente en una delegación.

Esta nueva aplicación, llamada Medio de Pago a través de la Web - SUAF –Asignaciones Familiares, se encuentra ubicada en la Autopista de Servicios de la página web del organismo (www.anses.gob.ar).

Para acceder a ella, el trabajador deberá contar con su clave de la Seguridad Social (para obtener, debe ingresar a la Autopista de Servicios), la que a su vez le será de utilidad para acceder a otras aplicaciones del sitio, con acceso a información personal como el registro de sus aportes.

El nuevo servicio sirve tanto para los trabajadores que ya están cobrando sus asignaciones familiares a través de una cuenta bancaria propia, una cuenta suelta o por ventanilla de una entidad bancaria, como para los empleados que perciben sus asignaciones por primera vez.

Para especificar el trámite, ingrese el domicilio y el código postal de su domicilio o de la empresa, según lo que resulte más conveniente, y se les asignará automáticamente el nuevo domicilio o bien ingrese la Clave Bancaria Uniforme (CBU) donde ANSES transfiera el monto que le corresponde percibir en concepto de asignaciones familiares (Cabral, 2009, https://bit.ly/331kO2a).

LECCIÓN 3 de 4

Referencias

Cabral, A. (30 de enero de 2009). Ahora los trabajadores que cobran sus asignaciones familiares por ANSES podrán cambiar el lugar y la forma de cómo percibir por web. La licuadora TdF. Recuperado de https://bit.ly/331kO2a

Ley N ° 24.430. (1994) Constitución Nacional. Honorable Congreso de la Nación Argentina. Recuperado de https://bit.ly/39yZZfV

Resolución 292/2008. (2008) Asignaciones familiares. Administración Nacional de la Seguridad Social. Recuperado de https://bit.ly/2P3YiO1

LECCIÓN 4 de 4

Teleclase práctica

TP-Métodos Cuantitativos de Gestión-Teleclase N°3.mp4 MÁ S INFORMAC IÓ N G O OG LE DRIV E ...


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