1.4 Fundamentos Legales de la materia metrología y normalización PDF

Title 1.4 Fundamentos Legales de la materia metrología y normalización
Course metrología y normalización
Institution Instituto Tecnológico Superior de Las Choapas
Pages 4
File Size 48.6 KB
File Type PDF
Total Downloads 59
Total Views 127

Summary

habla de los fundamentos legales que debe de tener un organización para cumplir con ciertos procesos de certificación...


Description

1.4.- Fundamentos legales Ley y reglamento federal de metrología y Normalización “EL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA: LEY FEDERAL SOBRE METROLOGÍA Y NORMALIZACIÓN TITULO PRIMERO CAPITULO ÚNICO Disposiciones Generales ARTICULO 1o. La presente Ley regirá en toda la República y sus disposiciones de orden público e interés social. Su aplicación y vigilancia corresponde al Ejecutivo Federal, por conducto de las dependencias de la administración pública federal que tengan competencia en las materias reguladas en este ordenamiento. Siempre que en esta Ley se haga mención a la “Secretaría”, se entenderá hecha a la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial. ARTICULO 2o. Esta Ley tiene por objeto: I. En materia de Metrología: a) Establecer el Sistema General de Unidades de Medida; b) Precisar los conceptos fundamentales sobre metrología; c) Establecer los requisitos para la fabricación, importación, reparación, venta, verificación y uso de los instrumentos para medir y los patrones de medida; d) Establecer la obligatoriedad de la medición en transacciones comerciales y de indicar el contenido neto en los productos envasados; e) Instituir el Sistema Nacional de Calibración; f) Crear el Centro Nacional de Metrología, como organismo de alto nivel técnico en la materia; y g) Regular, en lo general, las demás materias relativas a la metrología.

II. En materia de normalización, certificación, acreditamiento y verificación: a) Fomentar la transparencia y eficiencia en la elaboración y observancia de normas oficiales mexicanas y normas mexicanas;

b) Instituir la Comisión Nacional de Normalización para que coadyuve en las actividades que sobre normalización corresponde realizar a las distintas dependencias de la administración pública federal; c) Establecer un procedimiento uniforme para la elaboración de normas oficiales mexicanas por las dependencias de la administración pública federal; d) Promover la concurrencia de los sectores público, privado, científico y de consumidores en la elaboración y observancia de normas oficiales mexicanas y normas mexicanas; e) Coordinar las actividades de normalización, certificación, verificación y laboratorios de prueba de las dependencias de administración pública federal; f) Establecer el sistema nacional de acreditamiento de organismos de normalización y de certificación, unidades de verificación y de laboratorios de prueba y de calibración; y g) En general, divulgar las acciones de normalización y demás actividades relacionadas con la materia. Ley y reglamento federal de metrología y normalización. La secretaria elaborara, actualizara y expedirá las normas oficiales mexicanas del sistema general de unidades de medida, de acuerdo con el procedimiento establecido en la ley, y en particular cada vez que existan cambios aprobados por la conferencia general de pesas y medidas. Para efectos del articulo 8º de la ley, las autoridades a cargo del sistema educativo nacional, en los términos que señalen las leyes y atendiendo a las características propias de los tipos y niveles educativos, incluirán en sus programas de estudio la enseñanza del sistema general de unidades de medida. La secretaria tendrá a su cargo la conservación de los prototipos metro y kilogramo, así como los objetos y documentos relacionados con los mismos. No obstante, la secretaria podrá apoyarse en otras dependencias o entidades de la administración pública para la custodia, el uso, el mantenimiento y control de dichos prototipos, cuando esto propicie la mejor conservación de los mismos. La secretaria expedirá la aprobación del modelo o prototipo de instrumentos para medir, así como patrones de su comercialización, con base en los informes de calibración y pruebas emitidas por el centro de nacional de metrología o por laboratorios de calibración o de pruebas acreditadas, las cuales se llevaran a cabo bajo procedimientos establecidos en las normas oficiales mexicanas y conforme a la disposición relativas de ley y del presente reglamento. La secretaria, tomando en cuenta las formas oficiales mexicanas del instrumento para medir, publicara en el diario oficial de la federación la lista de instrumentos que deban quedar sujetos a verificación inicial, periódica y extraordinaria, especificando la forma y

tiempo para Las normas oficiales mexicanas y las normas mexicanas, en su caso, establecerán las clases de exactitud, los errores máximos e incertidumbres tolerados y las características generales de los instrumentos de medición, en función del tipo del bien y servicio del que se trate en las transacciones comerciales, industriales o de servicio. La clave o código de la norma se integrara con lo siguiente, con el orden que se indica: a) las siglas “PROY-NOM” cuando se trate de proyectos de normas oficiales mexicanas, “NOM” en caso de las normas oficiales mexicanas “NOM-EM”, para aquellas expedidas con carácter de emergencia; la secretaria, en coordinación con las demás dependencias y organismos nacionales de normalización registradas, integra, revisa y actualiza periódicamente el catalogo mexicano de normas. El gobierno federal es el responsable de establecer los mecanismos necesarios que garanticen la comercialización de instrumentos de medición que sean seguros y exactos para ser utilizados en las transacciones comerciales. Para lograr lo, el 20 De marzo de 2002, el comité consultivo nacional de normalización de seguridad al usuario, información comercial y practicas de comercio, aprobó la norma oficial mexicana NOM008-SCFI-2002, sistema general de unidades de medida. En ella la ley federal de sobre metrología y normalización estable que las normas oficiales mexicanas se constituyen como el instrumento idóneo para la protección de los interesados del consumidor. El objetivo de esta norma oficial mexicana es de establecer un lenguaje común de acuerdo con las necesidades actuales de las actividades científicas, tecnológicas, educativas, industriales y comerciales. La secretaria expedirá la aprobación del modelo o prototipo de instrumentos para medir, así como patrones de su comercialización, con base en los informes de calibración y pruebas emitidas por el centro de nacional de metrología o por laboratorios de calibración o de pruebas acreditadas, las cuales se llevaran a cabo bajo procedimientos establecidos en las normas oficiales mexicanas y conforme a la disposición relativas de ley y del presente reglamento. La secretaria, tomando en cuenta las formas oficiales mexicanas del instrumento para medir, publicara en el diario oficial de la federación la lista de instrumentos que deban quedar sujetos a verificación inicial, periódica y extraordinaria, especificando la forma y tiempo para Las normas oficiales mexicanas y las normas mexicanas, en su caso, establecerán las clases de exactitud, los errores máximos e incertidumbres toleradas y las características generales de los instrumentos de medición, en función del tipo del bien y servicio del que se trate en las transacciones.

Como el instrumento idóneo para la protección de los interesados del consumidor. El objetivo de esta norma oficial mexicana es de establecer un lenguaje común de acuerdo con las necesidades actuales de las actividades científicas, tecnológicas, educativas, industriales y comerciales....


Similar Free PDFs