16. Ejemplo de cálculo de la legitima PDF

Title 16. Ejemplo de cálculo de la legitima
Author Camilo Luis Demestri Schembori
Course Derecho Civil V
Institution Universidad de La Laguna
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Profesor Juan Antonio García García...


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SEMINARIO 5 (2) DERECHO CIVIL V. DERECHO DE SUCESIONES GRUPO 3 GRUPOS S3 Y S4. FECHA: 4/12/2019 Ezequiel murió el día 5 de marzo de 2018 habiendo otorgado testamento abierto notarial el 2 de enero de 2017. En el referido testamento había establecido las siguientes disposiciones: 1º instituía como heredero universal de su herencia a Miguel, un primo del testador., 2º Legaba a su esposa la suma de 25.000 euros, 3º Legaba a sus hijos Fernando, Damián y Ana lo que por legítima les corresponda, 4º legaba a su nieta Felisa la suma de 5000 euros Sobreviven a Ezequiel su esposa Marisa (de 75 años), sus hijos Fernando, Damián y Ana, sus nietas Felisa (hija de Fernando y Carmen y Javier (hijos de Ana). Ezequiel había realizado las siguientes donaciones en vida: • • •

A su hijo Damián, en 2014, una casa en Arrecife, la finca registral 3578, Urbana, de 89m2, con un valor actual de 90.000 euros, A Ernesto, un primo del donante, en 2016, la suma de 28.000 euros A Javier, la propiedad de una finca rústica con casa-habitación en Almáciga, en 2017, la finca registral , 4890, con un valor actual de 34000 euros.

A la muerte del testador pertenecían al causante las siguientes propiedades, activos y haberes: 50.000 euros en una cuenta de depósitos de la entidad BHM Una finca urbana en S/c de Tenerife, la registral 78965, con un valor de 120.000 euros • Una finca urbana en El Sauzal, la registral 2145, con un valor de 56.000 euros.

• •

Quedan a la muerte del causante las siguientes deudas pendientes: 40.000 euros del préstamo hipotecario solicitado en su día a la entidad bancaria BS para la adquisición de la finca registral 78965 • 12000 euros de una tarjeta de crédito de la entidad bancaria BHM •

¿Existen legitimarios? ¿Quiénes son?

Cómputo de la masa herediitaria sobre la que calcular dichas legítimas (art. 816 CC)

Cubrir las deudas (reducción del pasivo sobre el relicto hereditario)

Pagar las legítimas

Reducir en su caso donaciones, si el activo neto hereditario no es suficiente para ello, para cubrir las legitimas

Pagar legados con el resto del activo hereditario una vez pagadas las deudas y cargas y las legítimas, o, en su caso, proceder en la forma que ordena el art. 887 CC cuando el activo hereditario no sea suficiente para pagar legados.

En el resto, si existe, entra en juego la institución de heredero

CÓMPUTO Y CÁLCULO DE LA LEGÍTIMA ACTIVO

EFECTIVO Y CRÉDITOS INMUEBLES

salvo cuenta de depositos banco BHM

Finca urbana en S/c de Tenerife, registral 7896 finca urbana en El Sauzal, registral 2145 SUMA ACTIVO PASIVO

SUMA PASIVO

50000

120000 56000 226000

PRÉSTAMO HIPOTECARIO

40000

DEUDA TARJETA DE CRÉDITO

12000 52000

ACTIVO NETO (RELICTUM)

174000

DONATUM COMPUTABLE finca registral 3578, Urbana,

90000

en efectivo

28000

finca registral 4890 SUMA DONATUM

34000 152000

BASE PARA CALCULO LEGÍTIMA VALOR CADA TERCIO

326000 108666

USUFRUCTO DEL CÓNYUGE VIUDO

% VALOR USUFRUCTO CÓNYUGE VIUDO

89-EDAD CONYUGE

VALOR 14

VALOR DEL TERCIO DE MEJORA DEDUCIDO EL USUFRUCTO DEL CÓNYUGE RESTO DEL TERCIO DE MEJORA QUE PASA A INTEGRAR LA LEGITIMA 108.666- 15213,33=

93.453

15213,33

CÓMPUTO Y DISTRIBUCIÓN DE LA LEGÍTIMA DE LOS HIJOS 1.-CÁLCULO DE LA LEGÍTIMA GLOBAL DE LOS HIJOS LEGÍTIMA ESTRICTA 108.666 + RESTO TERCIO DE MEJORA 93453 = 202119 2.-CALCULO DE LA LEGÍTIMA INDIVIDUAL DE CADA HIJO DEL CAUSANTE 202.119/3 hijos= 67373

1.-IMPUTACIONES Y COLACIÓN DE LA DONACIÓN A DAMIAN 90.000-67 373= HAY UN EXCESO DE 22.627 por encima de la legítima individual Las donaciones nunca se imputan como mejora, por ello si exceden de la legítima dicho exceso se imputa con cargo al tercio de libre disposición (ART. 825 CC): LA CUANTIA DEL EXCESO DE LO DONADO A DAMIAN UNA VEZ CUBIERTA LA DONACIÓN ES LIBRE DISPOSICIÓN

2.-IMPUTACIÓN DEL LEGADO AL CÓNYUGE DEL CAUSANTE El valor del usufructo del cónyuge viudo es de 15213,33 euros y ha recibido una donación del causante por valor de 25.000 euros. 15.213,33 de esos 25000 euros irían a cubrir su legítima y el resto en exceso, 9786,67 se imputarían al tercio de libre disposición.

EL EXCESO DEL LEGADO AL CÓNYUGE VA COMO LIBRE DISPOSICIÓN:

PAGO DE LA LEGÍTIMA DE LOS HIJOS FERNANDO: 67.373 ANA: 67.373 DAMIAN: 67373 (YA FUE CUBIERTA CON LA DONACIÓN)

RELICTO NETO: 174. 000

¿SE CUBREN LAS LEGÍTIMAS DE LOS HIJOS O HAY QUE REDUCIR DONACIONES? EL RELICTO CUBRE 174.000 – 134.746

Y QUEDAN AÚN 39.254 DEL RELICTO PARA CUBRIR LA LEGÍTIMA DE LA ESPOSA 39254– 15.213,33 Y sobran aún 24041 del activo para cubrir los legados y la institución de heredero:

DISTRIBUCIÓN DEL TERCIO DE LIBRE DISPOSICIÓN Cubiertas las legítimas y la mejora sobran aún 24041 EUROS del activo para cubrir el tercio de libre disposición. -legado de la nieta: 5000 euros El exceso de la donación a Damián: 22.627 euros El exceso del legado al cónyuge: 9786,67 euros Valor del los legados y donaciones con cargo al tercio libre = 24 041 Habrá que proceder según ordena el art. 887 CC cuando los legados no pueden ser cubiertos con el tercio de libre disposición....


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