Aplique LOS Conceptos Y LA Norma EN LA Audiencia DE Juzgamiento PDF

Title Aplique LOS Conceptos Y LA Norma EN LA Audiencia DE Juzgamiento
Author Daniela Ordóñez Iñiguez
Course Guía de Práctica de Histología
Institution Universidad Técnica Particular de Loja
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APLIQUE LOS CONCEPTOS Y LA NORMA EN LA AUDIENCIA DE JUZGAMIENTOFormule su teoría del caso como fiscal.Buenos días señor Juez, señorita secretaria, señorita abogada de la parte procesada, señorita procesada y público en general.Mi nombre es Marisol Castro Calderón, fiscal de la ciudad de Loja, a cont...


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APLIQUE LOS CONCEPTOS Y LA NORMA EN LA AUDIENCIA DE JUZGAMIENTO Formule su teoría del caso como fiscal. Buenos días señor Juez, señorita secretaria, señorita abogada de la parte procesada, señorita procesada y público en general. Mi nombre es Marisol Castro Calderón, fiscal de la ciudad de Loja, a continuación, se presentará la teoría del Caso, amparado En el artículo 195 de la constitución de la República 444y 617 del Código Orgánico Integral Penal es el siguiente Teoría Fáctica El día 11 de septiembre del año 2018, alrededor de las 00h15 aproximadamente, en las calles Juan José Peña Y Alonso de Mercadillo se produjo un accidente de tránsito, en el cual lastimosamente falleció una ciudadana , cabe indicar que el mencionado accidente de tránsito se llegó a establecer que el vehículo que transitaba por la calle Juan José peña, conducido por el señor Alex Nayo Encalada se impacto como consecuencia producida por la inobservancia e imprudencia al no respetar el disco PARE, ni tampoco frenar al venir en calle secundaria por parte de la señorita Melisa Pilco, de esta manera es necesario mencionar que, en el mismo vehículo de la Señorita Melisa Pilco, venia la hoy señorita occisa Sofía Dayana. Teoría Probatoria Señor Juez como elementos de prueba para demostrar la culpabilidad de la señorita tenemos lo siguiente: El testimonio del señor agente civil el Señor Elvis Valencia, el testimonio del Doctor Obed Ramón médico legista, así mismo el testimonio de perito de la Señorita Yomaira Santos, el testimonio de la Doctora Rosa Rodríguez, el testimonio del señor Tulio Damisela, el testimonio de la Señorita Andrea Torres, y como prueba documental señor Juez el informe del ECU 911. 1. Testimonio del Señor Agente de Tránsito: El Señor Elvis Paul Valencia Suquilanda con 27 años de edad de estado civil soltero, de profesión agente de tránsito, domiciliado en la ciudad de Loja de nacionalidad ecuatoriana con número de cédula 1105581704, donde asume que la Señorita Melisa Pilco es la que venía conduciendo el vehículo y por inobservancia no respeto el disco PARE , de la misma manera el señor Alex Nayo dando como positivo la prueba de alcoholemia como evidencia se tiene una botella de alcohol. 2. Obed Gustavo Ramón Fernández de 35 años de edad, de estado civil soltero, de nacionalidad ecuatoriana de profesión Médico Forense, domiciliado en la ciudad de Loja, con número de cédula 1900817254. Medido que realizó la autopsia a la Señorita Sofía Dayana Jiménez y menciona qué encontró múltiples excoriaciones, hematomas y un trauma cráneo cefálico producido por un golpe violento. Además, menciona que la Señorita Sofía Dayana Jiménez de 26 años

tuvo un presunto accidente de tránsito donde la causa de muerte es un trauma cefálico grave. 3. Yomaira Katherine Santos Encalada de 35 años de edad, de nacionalidad ecuatoriana, de estado civil casada, de profesión Agente Cabo Segundo de la Policía Nacional del Ecuador, domiciliada en la ciudad de Loja con número de cédula 1900843105. Donde determina que como causa basal que al vehículo al cual lo denominaron como vehículo número 1 que fue conducido por la Señorita Melisa Pilco de marca Renault en sentido este-oeste en la calle Mercadillo no tomo el debido cuidado al estar en una vía secundaria y un vehículo de marca Kia que transitaba en la calle Juan José Peña por ende impactó el vehículo de marca Kia con el Renault por que el vehículo denominado 1 no se percató del disco de PARE que existe entre la intersección entre la calle Juan mercadillo y Juan José Peña. La Señorita Melisa Pilco no respeto las señales de tránsito. 4. Andrea Yolanda Torres Cárdenas, de 40 años de edad de estado civil soltera de ocupación peluquera domiciliada en Loja con número de cédula 07049280534. La testigo relata que se subió al vehículo que manejaba Alex Nayo y que las personas que se encontraban en la parte de atrás del vehículo estaban en estado de ebriedad y menciona que le había dicho a Alex que baje la velocidad del vehículo Teoría Jurídica Esta fiscalía con la prueba testimonial, pericial y documental, indicará que la hoy procesada la Señorita Melisa Pilco es responsable por el artículo 377 del Código Orgánico Integral Penal que se refiere a un delito con muerte en calidad de autora directa según indica el artículo 42 del Código Orgánico Integral Penal. Se pide la pena privada de libertad máxima para la Señorita Melisa Pilco. El tratamiento psicológico de los padres de la difunta Sofía Dayana bajo el art 377 del COIP

Formule su teoría del caso como abogado de la defensa Teoría Fáctica Buenos días señor Juez, señorita secretaria, señorita agente fiscal y público presente. El día 11 de septiembre del año 2018, en horas de la noche, en las calles Juan José Peña Y Alonso de Mercadillo se produjo un accidente de tránsito, en el cual lastimosamente falleció una ciudadana , cabe indicar que el mencionado accidente de tránsito se llegó a establecer que el vehículo que transitaba por la calle Juan José peña, conducido por el señor Alex Nayo Encalada se impactó contra el vehículo de mi defendida Melisa Pilco quien se encontraba en estado de lucidez mientras que es señor Alex Nayo venia en estado de embriaguez.

Teoría probatoria El testimonio del agente policial Elvis Valencia, después el informe del médico legista con la autopsia de la Señorita Sofía Dayana, el testimonio del perito Yomaira Santos con el reconocimiento del lugar de los hechos, así mismo el testimonio de la Señorita Andrea Torres testigo presencial del evento y finalmente el testimonio de la señora María José Cobos quien estuvo presente en el evento. Deseo puntualizar lo siguiente:

1. Mi defendida quien iba con todas sus condiciones de lucidez con su observancia y con su cuidado intacto 2. El señor Alex Nayo conducía bajo los efectos del alcohol a una velocidad considerable y con los distractores de la algarabía del ruido que provenían desde su vehículo, esto lo afirma el señor agente de tránsito pues le había realizado el examen de alcoholemia 3. Yomaira Santos en su testimonio en donde claramente pudo manifestar que la causa basal y la causa concurrente siendo ambas causas, siento está la concurrente es adicional al resultado dañoso que en este caso le cobró la vida a la Señorita Sofía Dayana. 4. Andrea Yolanda Torres Cárdenas menciona que el Alex Nayo iba a exceso de velocidad. 5. María José Cobos Santana de 39 años de edad, de estado civil casada, domiciliada en la ciudad de Loja, de profesión Docente, con número de cédula 1103949051. La testigo menciona que el vehículo Kia venía a exceso de velocidad y con alto volumen. Además, menciona que puedo evidenciar que las personas que venían en el vehículo venían en estado de ebriedad. Teoría Jurídica Después de haber expuesto por qué mi defendida no es la responsable de este delito y después de haber puesto ante su autoridad la mala consideración que se tiene sobre la causa basal solicitó señor juez muy encarecidamente se ratifique el estado de inocencia para mi defendida la Señora Melisa Pilco. Indique dos preguntas capciosas; dos preguntas abiertas; dos preguntas cerradas y dos preguntas sugestivas. PREGUNTAS CAPCIOSAS Señora Melisa Pilco cuando usted se impactó contra el vehículo de Alex Nayo ¿a qué distancia se encontraba usted? ¿Sabes qué pasó El día 11 de septiembre del año 2018, alrededor de las 00h15? PREGUNTAS ABIERTAS

¿Qué hizo la fecha 11 de septiembre del año 2018? ¿En qué consiste las señales de tránsito? PREGUNTAS CERRADAS ¿De qué color era el carro que conducía Alex Nayo? ¿Usted respeto la señal de transito PARE? PREGUNTAS SUGESTIVAS ¿El vehículo Kia venia a exceso de velocidad? ¿No es verdad que usted estuvo conduciendo un vehículo Renault ? Actúe en calidad de juez. Cuál sería su resolución, motívela. Para dictar sentencia tomo las siguientes consideraciones 1. Se ha demostrado que la Señorita Melisa Pilco transitaba con su vehículo por una calle secundaria esto es la calle Alonzo de Mercadillo y el señor Alex Nayo conducía su vehículo por Juan José Peña una calle principal, por tal razón la señora Melisa Pilco aumentó el riesgo permitido y no respetó la señal de tránsito PARE, debía haber observado que ningún vehículo esté transitando por la calle Juan José Peña 2. El suscrito señor juez una vez analizado las pruebas y los alegatos presentados administrando justicia y en representación del pueblo soberano y autoridad de la ley, sanciona a la señora Melisa Pilco autora y responsable del delito de muerte culposa tipificado en el art 377 del COIP 3. Se le impone una pena privativa de libertad de un año, una multa de 4 salarios básicos 4. Asistencia psicológica a los padres de la occisa Sofía Dayana 5. La reparación integral de $16.500 por el vehículo del señor Alex Nayo 6. Se suspenda la licencia de conducir por 6 meses de la señora Melisa Pilco

BIBLIOGRAFÍA: 

06 audiencia 4 lun,22,jul mp4. (2019, 5 noviembre). [Vídeo]. YouTube. https://www.youtube.com/watch?v=kF-7dksML_g&t=1442s



Carmelo García Calizaya. Las preguntas sugestivas en el interrogatorio y el contrainterrogatorio. OCT-DIC 2019. Recuperado de:

file:///C:/Users/tampi/Downloads/DialnetLasPreguntasSugestivasEnElInterrogatorioYElContrai-7075606.pdf



José Casañas Levi. INTERROGATORIO DE TESTIGOS. Recuperado de: file:///C:/Users/tampi/Downloads/interrogatorio.pdf...


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