Base liquidable PDF

Title Base liquidable
Course Planificación fiscal
Institution Universidade de Santiago de Compostela
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Summary

Documento de la base liquidable....


Description

Determinación de la base liquidable general Normativa: Art. 50.1 y 3 Ley IRPF La base liquidable general es el resultado de reducir la base imponible general en el importe de las reducciones hasta ahora comentadas en este mismo Capítulo. Las reducciones se aplican a reducir la base imponible general, en el orden en el que se han comentado, sin que ésta pueda resultar negativa como consecuencia de tales reducciones.

BASE LIQUIDABLE GENERAL NEGATIVA Si la base liquidable general resultase negativa, su importe podrá ser compensado con las de las bases liquidables generales positivas que se obtengan en los cuatro años siguientes. Esta compensación habrá de realizarse en el importe máximo que permita cada uno de los ejercicios siguientes sin que pueda practicarse más allá de cuatro años mediante la acumulación a bases liquidables generales negativas de años posteriores.

Reglas de compensación en tributación conjunta Las bases liquidables generales negativas determinadas en tributación conjunta serán compensables, exclusivamente, en caso de tributación individual posterior, por aquellos contribuyentes a quienes correspondan de acuerdo con las reglas sobre individualización de rentas contenidas en la Ley del impuesto.

DETERMINACIÓN DE LA BASE LIQUIDABLE GENERAL SOMETIDA A GRAVAMEN La base liquidable general sometida a gravamen es el resultado de efectuar sobre el importe del saldo positivo de la base liquidable general del ejercicio las compensaciones de bases liquidables negativas procedentes de ejercicios anteriores, sin que dicho resultado pueda ser negativo. Estas bases liquidables generales negativas únicamente pueden ser las correspondientes a los ejercicios 2015 a 2018.

Reglas de compensación en tributación conjunta En el régimen de tributación conjunta serán compensables, con arreglo a las normas generales del Impuesto, las bases liquidables generales negativas realizadas y no compensadas por los contribuyentes componentes de la unidad familiar en períodos impositivos anteriores en que hayan tributado individualmente.

Base liquidable del ahorro Normativa: art. 50.2 Ley LIRPF La base liquidable del ahorro está constituida por la base imponible del ahorro, una vez minorada, en su caso, por el remanente no aplicado, si lo hubiere, de las reducciones por tributación conjunta, por pensiones compensatorias y anualidades por alimentos, sin que la misma pueda resultar negativa como consecuencia de aquellas reducciones. En definitiva, la base liquidable del ahorro será siempre positiva o cero.

BASE LIQUIDABLE DEL AHORRO De acuerdo con la redacción del Articulo 50 de la Ley 35/2006 de 28 de noviembre, de IRPF, la base liquidable del ahorro será el resultado de disminuir la base imponible del ahorro en el remanente, de las pensiones compensatorias satisfechas no aplicadas en la determinación de la base liquidable general por insuficiencia de base imponible y de la reducción en tributación conjunta no aplicada por el mismo motivo. La Base Liquidable del Ahorro resultante nunca podrá ser negativa como consecuencia de la disminución realizada por dicho remanente. Si, llegado el momento de aplicar en la base imponible del ahorro el remanente no aplicado en la base imponible general, existiese una insuficiencia de base imponible que nos impidiese la aplicación del remanente por pensiones compensatorias, este se perderá ya que no podrá ser trasladado a ejercicios futuros....


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