Capitulo 2 - cap 2 PDF

Title Capitulo 2 - cap 2
Course Derecho Empresarial
Institution Universitat Pompeu Fabra
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cap 2...


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CAPITULO 2: ESTRUCTURA Y FINES DE DERECHO El derecho tiene la finalidad principal de entregar seguridad. Seguridad como estado de orden y paz entre los miembros de la comunidad. Para que exista ese estado de seguridad, los ciudadanos deben saber qué exige el derecho en cada momento y en momentos determinados. Los sujetos deben saber a qué atenerse ( normas y sus correspondientes sanciones), en caso contrario podrían ser castigados. Pero eso es difícil, porque nos rodean diferentes conjuntos jurídicos ( autonomía, estado, ue). Para lograr que los ciudadanos sepan a que atenerse: - Creación: (3) exigencia de conocimiento, claridad y publicada. El parlamento debe decir normas que pueden ser conocidas, claras y ser publicadas en el BOE. Las personas deben conocer que se establece en el derecho. No es que los sujetos se conozcan tooooodas las normas, es que al menos puedan tener la posibilidad de saber las normas. o Conocer: tener la posibilidad de conocer las normas, no hace falta saberlas o La claridad: el idioma, la sencillez, o Publicidad: las normas deben ser publicadas, que sean de dominio publica por tal de que yo puedas acceder a ellas. (BOE) 25/01/17 - En la aplicación del derecho: (9) 1. Tutela: tutela judicial efectiva. Significa que tengo el derecho a recurrir a los tribunales si tengo un problema. Entonces los tribunales deben procesar esa cuestión 2. Legalidad: establece en general los poderes del estado y estos deben actuar según lo establecido en la legislacion. No pueden ejercer otras cosas mas alla de la legislación. No me puedo atribuir funciones del tribunal constitucional si soy un juez de un pueblo. Con esto se pretende evitar arbitrariedades, es decir, que no se atribuya mas poderes de los que se le han atribuido. 3. Independencia: es la independencia de los tribunales de justicia. Se relaciona con que estén al margen y no sean dependientes de las presiones que tienen los gobiernos, que puedan actuar por si solas. Tienen un presupuesto autonomo, inamovilidad en el puesto, que trabajan allí hasta que se jubilan. Estos son dos requisitos 4. Letrado: una garantía procesal es que en el juicio tengo el derecho de ser asesorado por un letrado, un abogado. El mecanismo de cómo todas las personas tienen derecho a un abogado varia. En algunos países hay el abogado de turno, hay una corporación que pone a disposición un abogado a gente sin recursos 5. Confesión: para evitar presiones judiciales una garantía procesal no se debe permitir mi auto confesión en un delito, no me puedo auto inculpar en un delito. El fin de esto es que no puedas ser presionado por autoridades y confesarte culpable. TENGO EL DERECHO A DECLARARME NO CULPABLE.

CAPITULO 2: ESTRUCTURA Y FINES DE DERECHO 6. Inocencia:. Nadie puede declararse culpable de algo hasta que se ha celebrado el juicio. Aunque sea tratado como culpable, oficialmente no serán culpables. 7. Publicidad: los juicios y procedimientos judiciales son públicos, en general. Puedo ir a una audiencia como publica aunque no tenga nada que ver con el caso 8. Mínima: en el caso que sea detenido por la autoridades, solo puedo ser detenido por un tiempo hasta que me ponen a disposición de un tribunal de justicia, porque el tribunal velara porque se me respeten todos los derechos 9. Retroactividad: la prohibición de la retroactividad en general y en el derecho penal. Las leyes que se dictan tienden a regular situaciones que van a ocurrir en el futuro. Si una ley pretende controlar situaciones pasadas es una ley retroactiva. La legislación regula hacia el futuro porque si no, algo que he hecho en el pasado y ahora es ilegal yo no sabia que eso seria ilegal ahora mismo. Las nuevas leyes que se creen tienen que regular hacia el futuro, a partir de ese momento. La retroactividad no esta prohibida cuando la nueva ley es más permisiva que la anterior, en este caso sí puede ser retroactiva debido a que la norma es favorable al reo. Aquella que se debe aplicar la ley más favorable al reo. - Si tengo dos penas: una de 3 años y una de 8, pero durante el juicio se dicta una nueva ley que la que ahora es de 3 años, pasará a ser de 10 años, pues me deben aplicar la de 3 años porque es más favorable al reo (yo). Si en el juicio la de 8 años se hace una nueva que ahora son de 2 años pues me deben aplicar la de 2 años porque es más favorable al reo. Hay dos maneras de entender el derecho:  El neutral: Kelsen. El derecho no tendría fines en si mismo. Es un instrumento social para lograr fines. Yo asumo un fin x y uso el derecho para instaurar este fin. o Hay dos fines que consideran que existen:  La seguridad. Un nivel de seguridad entre las relaciones entre personas, y un nivel de seguridad entre el estado y las personas o ciudadanos. (un nivel de seguridad jurídica). En muchas ocasiones el derecho tiene un alto nivel técnico. Puedo conocer las normas jurídicas a través de un experto como es el abogado. Por muy técnicas que sean puedo saberlas a través de un abogado. o Vacato legis: es un plazo de días desde que se publica la ley en el BOE en la que esta norma no es exigible ya que se supone que tu podrías no conocerla porque no la sabias. La ley esta publicada pero hasta un periodo de tiempo después no es exigible. Relación entre personas:

CAPITULO 2: ESTRUCTURA Y FINES DE DERECHO A mi los demás sujetos tienen que respetar os derechos ya tengo, yo no puedo vender un ordenador que me ha dejado un amigo, yo tengo a posesión del ordenador, pero no soy el propietario. Si lo vende, vende la posesión, pero no vende la propietariedad. Si tengo un bien que no es mio y el propietario no me lo reclama, automáticamente pasa a ser mio. (10 años)  La justicia. Ejemplo de seguridad judicial: el estado subvencionaba a las empresas que producían energías renovable, Estructura del derecho: el derecho es un sistema. En que sentido? A diferencia de un conjunto de elementos que tienen un orden es que el sistema lo podríamos ver como un conjunto estructurado. El derecho lo podríamos ver como un conjunto estructurado de normas. Cuales son los principales componentes del conjunto. El sistema es un conjunto + una estructura. Es un conjunto de normas jurídicas. “Está prohibido fumar”. Solo con la semántica no nos dice que hay una norma sino en como usamos resta frase. Sera una norma solo cuando se usa de forma prescriptiva. Lo normativo está en el uso que le damos a las palabras., no en el significado de las palabras. Lo normativo se encuentra en lo prescriptivo no en lo normativo.  Los subconjuntos del conjunto son: o La ley: 1. Normas jurídicas 2. Dictada 3. Las normas dictadas del parlamento. Como se estructuran? Se estructuran de manera jerárquica. a. Constitución b. Leyes c. Órganos dictados por órganos de legislación Las cosas de abajo dependen de las de arriba. La c depende de b i a. B depende de a. o La costumbre: hay una practica homogénea que perdura en el tiempo realizada por la convicción de que es aleatoria y que generalmente establece una sanción. Es una practica regular. La costumbre jurídica en ámbito comercial aún tiene convicción. La costumbre no es obligatoria, solo lo es cuando la ley se remite a ella. o Los principios: los principios hacen que el dercho sea un sistema, porque los principios determinan la entre los o La jurisprudencia: es un termino que tiene un monton de significados. Es un conjunto de razones contenidas en las resoluciones para … o La doctrina: los jueces se apoyan en la doctrina para comprender.

CAPITULO 2: ESTRUCTURA Y FINES DE DERECHO

FINS AQUÍ MOLT BE A PARTIR DAQUI MIG MIG. Estas normas pueden dictar propiedades, hay 3: Validez: iegwsdhjgh Eficacia: ewfhierjksnd Justicia: la justicia se ajusta con estándares morales de las normas, diferentes tipos de moral:  Moral individual (lo que me dice que es moralmente correcto o incorrecto)  Moral social (conjunto de pautas que tiene una sociedad determinada en un momento determinado)  Moral social hace 200 años que es completamente distinta a la actual  Moral critica es el conjunto de pautas o directrices establecidos una vez pasamos los criterios morales a través del filtro de la razón. o Elementos propios de las normas jurídicas:  Carácter:  Obligatoriedad:  Permisión  Prohibición.  Contenido: acción o estado de cosas  Condiciones de aplicación: circunstancias que se tienen que dar  Autoridad: Estado, practica  Sujeto normativo: directamente el destinatario de la norma, no son solamente los ciudadanos, algunas van directamente al parlamento, al jurado… es a quien va destinada la norma.  Ocasión: espacio, tiempo. Determina el territorio donde tienen autoridad esas normas. Las normas siempre rigen en algún tiempo, es decir una norma solo se puede aplicar en un espacio y tiempo determinados, en un país y en una vigencia legal  Promulgación: buscar per alla dalt  Sanción:   

Evolución del concepto de norma: - Para Kelsen cuando no hay sanción no hay norma. Sin sanción o hay norma porque no tienes incentivos a no cumplir esa norma. Norma primaria y norma secundaria. - Para Hart la normas primarias son aquellas que van dirigidas a personas para regular sus acciones o estados de cosas. Normas que regular otras normas. Metanormas o normas de segundo grado

CAPITULO 2: ESTRUCTURA Y FINES DE DERECHO La regla de reconocimiento: es aquella norma que nos dice que normas pertenecen a ordenamiento jurídico. Se encuentra en la Constituciones  Reglas de cambio: son aquellas  Normas de adjudicación: pretenden decirnos de que manera hay que aplicarse las diferentes normas A-B: conjunto estructurado de normas en el cual al menos hay una norma que establece una sanción. Lo importante es que el sistema sancione. Dworkin: esto esta centrado en reglas y no considera los principios.  Dos diferencias: i. En el origen. Las reglas componen el sistema jurídico por su origen en el sentido de que se originan en otras normas que permiten su creación. ii. Los principios integran nuestro ordenamiento jurídico por su contenido. iii. Porque pertenece una norma… 

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BUSCAR ON ESTA EL DIA 26/1/17 1/2/17 Cual es la fuente de creacion del derecho? Los principios: deben ir a la creación. Pagina de Common Law. La diferencia esta en la creación y en la aplicación. Diferencia entre civil law y common law,. El derecho se crea primordialmente a través de las distintas autoridades judiciales. Si un juez falla en una cosa. Otro juez que haga este juicio debe fallar también en un caso similar. Si pasa una tercera vez, el tercer juez no se ve obligado a resolver el juicio Integración social:  Pretende que todos los miemnros de la sociedad cumplan las normas y se interlalicen en el derecho. Se pretende que la gente haga las cosas conformeall derecho. Si no se consigue internalizar las normas esta mierda no cumple sus finesResolución de conflictos:  Intenta q no se produzacan conflicto. Pero q si se producen tienen q solucionarlos o Intentan q no se produzcan, precedir conflictos. o Q si se producen q se jegtionen d manera adecuada para q se pueda restaurar la paz social.

CAPITULO 2: ESTRUCTURA Y FINES DE DERECHO Dtsribucion: Legitimación del poder:  Se bas en  PAGINA 49 Control social inmediato. Cuando son estimuladas después se les llama premio. Pagina 50. Normas secundarias:  Regla de cambio:  Reglas de aplicar  Reglas de competencia: Diferentes tipos de derecho. No he fet res mirar de dani co7ufal dalma Imperativa Dispositiuva. Pisibilidad. El permiso me dificulta actuar de una determinada manera....


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