CONCEPTOS DE DERECHOO CIVIL Aluvion, AVULSION PDF

Title CONCEPTOS DE DERECHOO CIVIL Aluvion, AVULSION
Author Edna Johana.
Course Derecho Civil II
Institution Universidad Rafael Landívar
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Summary

ALUVION
El aluvión es material detrítico transportado y depositado por una corriente de agua. Puede estar compuesto por arena, grava, arcilla o limo. Se acumula en abanicos aluviales, cauces de corrientes fluviales, llanuras de inundación y deltas.
AVULSION
La avulsión, en derech...


Description

UNIVERSIDAD RAFAEL LANDIVAR CURSO: DERECHO CIVIL II

ALUVION El aluvión es material detrítico transportado y depositado por una corriente de agua. Puede estar compuesto por arena, grava, arcilla o limo. Se acumula en abanicos aluviales, cauces de corrientes fluviales, llanuras de inundación y deltas. AVULSION La avulsión, en derecho, es el aumento que experimenta un predio cuando por una avenida o por otra fuerza natural violenta le es transportada parte del suelo de otro predio. Formación de isla Cuando tiene lugar por efecto de la acumulación sucesiva de arrastres superiores, y sucede todo ello en río no navegable ni flotable, la isla pertenecerá al dueño de la ribera más próxima a la isla; si ambos márgenes distan igual de la isla, ésta pertenecerá

a

los

dueños

de

ambos márgenes,

dividiéndose

aquélla

longitudinalmente por mitad. Cuando se forma la isla por dividirse en brazos la corriente del río, dejando aislada una heredad o parte de ella, el dueño de ésta conserva su propiedad. Las islas que se forman por causas naturales en los mares adyacentes a las costas nacionales y en aguas interiores o ríos navegables o flotables, son de dominio público. 1. El cauce de un río El cauce de un río es la superficie cubierta por agua en el momento de máxima crecida del régimen de un río, de acuerdo con la legislación de aguas.

2 . Tipos de cauces Los cauces de un río, según su forma, pueden ser:

 Cauces rectos: no son cauces verdaderamente rectos, únicamente los tramos rectos aparecen en distancias que no superan en diez veces la anchura del cauce. Son poco habituales en la naturaleza.  Cauces meandriformes: son cauces que presentan curvas con sinuosidad pronunciada a lo largo del curso del río. Son muy habituales en la naturaleza. 

Cauces entrelazados: son cauces muy anchos con multitud de cauces menores que se encuentran trenzados entre sí que, al unirse y separarse, forman islas. Se caracterizan por una elevada fuerza de flujo y de erodabilidad

de

los

márgenes,

además

de

un

suministro

de sedimentos moderado-alto. 

Cauces anastomosados: son cauces similares a los cauces entrelazados, a diferencia de que la fuerza del flujo del agua y la erodabilidad de los márgenes son bajas. Son más habituales en zonas de transición continentalmarítimo, como en algunos deltas.

CAUSES ABANDONADOS “los causes de los ríos que quedan abandonados por variar naturalmente el curso de las aguas pertenecen a los dueños de los terrenos ribereños en toda la longitud respectiva a cada uno. Si el cauce abandonado se paraba en heredades de distintos dueños la nueva línea divisoria correrá equidistante de una y otras”. En definitiva desaparece por tanto un cauce de dominio público que es el río, que pasa a transformarse automáticamente en privado, siendo automática la

ALUVION

CAUCES DE LOS RIOS

NUEVO CRUCE DE RIOS

FUNDAMENTO LEGAL Cauces abandonados

ARTÍCULO 675. Los cauces públicos que queden en seco a consecuencia de trabajos autorizados por concesión especial, formarán parte de ésta, si no se establece otra cosa en las condiciones con que se hizo. Avulsión ARTÍCULO 676. Cuando la corriente de un arroyo, torrente o río segrega de su ribera una porción conocida de terreno, y la transporta a las heredades fronteras o a las inferiores, el dueño de la finca que orillaba la ribera segregada conserva la propiedad de la porción de terreno incorporado; pero si dentro del término de seis meses no ejercitare su derecho, lo perderá en favor del dueño del terreno a que se hubiere agregado la porción arrancada. ARTÍCULO 677. Si la porción conocida de terreno segregado de una ribera queda aislada en el cauce, continúa perteneciendo al dueño del terreno cuya ribera fue segregada. Lo mismo sucederá cuando dividiéndose un río en arroyos, circunde y aisle algunos terrenos. Cauces de los ríos ARTÍCULO 673. Los cauces de los ríos que queden abandonados por variar naturalmente el curso de las aguas, pertenecen a los dueños de los predios ribereños en toda la longitud respectiva. Si el cauce abandonado separaba heredades de distintos dueños, la nueva línea divisoria correrá equidistante de unas y otras. Formación de islas ARTÍCULO 678. Las islas que, por sucesiva acumulación de arrastres superiores, se van formando en las rías, pertenecen a los dueños de las márgenes u orillas más cercanas a cada una, o a las de ambas márgenes si la isla se hallase en medio río, dividiéndose entonces longitudinalmente por la mitad. Aluvión277

ARTÍCULO 679. Pertenece a los dueños de los terrenos confinantes278 con los arroyos, torrentes, ríos y lagos, el acrecentamiento que reciban paulatinamente por accesión o sedimentación de las aguas....


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