Contratos-Tarea Semana 8 PDF

Title Contratos-Tarea Semana 8
Author Fabricio Gonzales
Course introduccion al derecho
Institution Universidad Tecnológica del Perú
Pages 2
File Size 201.8 KB
File Type PDF
Total Downloads 450
Total Views 939

Summary

“Año del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia”Carrera profesional de DerechoTAREA SEMANA 8:“ ¿Cuáles son las diferencias entre resolución por incumplimientoy resolución por imposibilidad de la prestación?"CURSO:CONTRATOSDOCENTE:DRA. Giselle Tamara Gallegos DazaINTEGRANTES:Magariño Huayta...


Description

“Año del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia” Carrera profesional de Derecho

TAREA SEMANA 8:

“¿Cuáles son las diferencias entre resolución por incumplimiento y resolución por imposibilidad de la prestación?" CURSO: CONTRATOS DOCENTE:

DRA. Giselle Tamara Gallegos Daza INTEGRANTES:

Magariño Huayta, Nayeli Paola Castillo Sánchez, Santiago Gonzales Rodriguez, Pavel

AREQUIPA-PERÚ 2021

IDEAS RELEVANTES DE LA LECTURA

Los contratos están destinados a que se cumplan de acuerdo a lo que se haya estipulado, ahí radica su fuerza vinculante.

RESOLUCIÓN DE INCUMPLIMIENTO

RESOLUCIÓN DE IMPOSIBILIDAD

El incumplimiento de una de las partes genera la obligación de resarcir los daños y perjuicios ocasionados a la otra parte y la de la realizar la prestación.

la imposibilidad de la prestación, deviene en imposible sin culpa de las partes, eximiendo a estas de continuar con sus obligaciones hasta ese momento.

Si la prestación resulta imposible por culpa del deudor, el contrato queda resuelto de pleno derecho y éste no puede exigir la contraprestación y está sujeto a la indemnización de daños y perjuicios.

El acreedor queda liberado realizar la prestación, y el deudor liberado se exime del pago; pero sise ha cumplido con parte de la prestación, debe pagar o restituir lo que ha recibido.

En el incumplimiento por una de las partes, son dos las posibilidades que ofrece la ley; o se exige el cumplimiento de la prestación o se resuelve el contrato reclamando la correspondiente indemnización por daños y perjuicios.

La posibilidad que ofrece la ley es única, que es la de resolver la obligación.

OPINION: La resolución de incumplimiento y la resolución de imposibilidad son figuras muy diferentes, de acuerdo con la lectura dada el incumplimiento por una de las partes este va a ser compensado con una indemnización por daños y perjuicios. Sin embargo, la imposibilidad de la prestación podría ser definida como el comportamiento o conducta que, en interés del acreedor, debe observar el deudor. En tal sentido, puede consistir en un dar, en un hacer o en un no hacer....


Similar Free PDFs