Cuadro comparativo Decreto 1295 de 1994 y Ley 1562 PDF

Title Cuadro comparativo Decreto 1295 de 1994 y Ley 1562
Author Laura Melissa Duque
Course analisi organizacional
Institution Corporación Universitaria Minuto de Dios
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Cuadro comparativo Decreto 1295 de 1994 y Ley 1562 e3 2012

Asignatura: Introducción a la Seguridad y Salud en el Trabajo

Presentado por Laura Melissa Salazar Duque

Docente: Verónica Franco

Curso: Administración en Seguridad y Salud en el trabajo ID: 707521

Universidad Minuto de Dios

Pereira, Colombia

Decreto 1295 de 1194 Antes Salud Ocupacional Programa de Salud Ocupacional El sistema se denominaba Riesgos profesionales No existían norma legal directa que definiera el AT Art 10 declarado inexequible

Se denominaban las operadoras del Sistema Administradoras de riesgos profesionales ARP No se conocía AT en el ejercicio de la función sindical

No existía norma legal directa que definiera enfermedad laboral articulo 11 declarado inexequible

Ley 1562 de 2012 Despuès Seguridad y salud en el Trabajo Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo El sistema se llama riegos laborales para abrir el campo a todo tipo de trabajo Se define el AT como todo suceso repentino que sobrevenga por causa u ocasión del trabajo y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte. Se denomina las operadoras del sistema de administradoras de riesgos laborales ARL Se incluyó la protección de riesgos laborales en los eventos que sucedan a los trabajadores que se encuentren en permiso sindical, aún fuera de la funcionalidad propia de su ejercicio contractual. Se define enfermedad laboral la contraída como resultado de la exposición a factores de riesgos inherentes laboral.

CAMBIOS EN LA AFILICIÒN AL SGRL La afiliación al SGRP (Sistema de Gestión de Riesgos Profesionales) solo era para los trabajadores dependientes o fijos de la empresa Anteriormente no se tenía que afiliar a los que no eran fijos, (los que eran independientes), ellos o tenían afiliación obligatoriamente No se pensaba en las empresas la obligatoriedad las afiliaciones a personas o trabajadores informales

Los contratistas que tengan vínculo de algún modo, como; civil, administrativo, comercial, son afiliados (superior a un mes) Los trabajadores de alto riesgo son afiliados, así sean independientes en la empresa. Voluntariamente son afiliados los trabajadores “informales” que coticen a la salud (régimen contributivo de salud)

CAMBIOS EN LA AFILIACIÒN AL SGRL Las tareas o funciones se disponían a realizar estudios y promovían actividades De promoción y prevención de las empresas

Se derivan o desarrollan actividades y/o programas de aprendizaje, formación, y sensibilidad en la que es el sistema educativo Se reconocen los incentivos económicos informales en procesos de formalización laboral. Se realizan actividades de prevención y promoción como estrategias de salud ocupacional - seguridad y salud en el trabajo Recursos para inspecciones y controles

MODIFICACION EN LAS JUNTAS DE CALIFICACION DE INVALIDEZ No se veía regulaciones legales específicas y contundentes que se pudiera sacar y apoyar

Ahora existen los organismos de seguridad social

No existía la personería jurídica y tampoco estaban inscritos al ministerio de trabajo

Controladas en ordenes disciplinarias y/o fiscales Organizados de una forma regional Ahora es de caracteres privados y/o técnico Con personas jurídicas

Inscritos al ministerio de trabajo FORTALECIMIENTO DEL ESQUEMA DE INSPECCIÒN VIGILANCIA Y CONTROL No habían inspectores en temas de riegos laborales en las empresas- especializados

Ahora hay personas encargadas estudiadas, formadas y perfiladas en los temas de inspección de S.R.L

REGIMEN ECONOMICO Y DE SOSTENIBILIDAD DEL SGRL No se inculcaba específicamente en el Sistema la sostenibilidad fiscal No se conocía sobre el principio de la destinación congruente de los recursos para este sistema

Se habilitó la sostenibilidad financiera de los recursos, como condiciones debe ser tenida en cuenta al adoptar las políticas y reforma al SRL Las cotizaciones pagadas las reservas técnicas y numéricas para el plan de pensiones y rendimientos financieros, no serán gravados por el gobierno

OBLIGACIONES DE LOS EMPLEADORES EN MATERIA DE PROMOCION Y PREVENCION EN SRL No era necesario tener en las empresas un sistema de gestión en la materia, realmente

No habían medidas de incumplimiento de un sistema de gestión

Se debe tener un Sistema como garantía en la calidad de riesgos laborales, el resultado estructurado por el ministerio de trabajo mediante visitas cumplimiento de verificación La falta de estándares mínimos a sanciones por mayores autoridades de inspección vigilada y central de ministerio

CAMBIOS EN EL FONDO DE RIESGOS LABORALES DEL MINISTERIO DE TRABAJO Se financiaba con el 1% total de cotizaciones a las demás prestaciones

Se financiaba hasta con el 3% aportada al rol de los empleadores al sistema

PRESCRIPCION DE LAS PRESTACIONES DEL SISTEMA Las pensiones a los 3 años y demás prestaciones del año

Todas las prestaciones de este sistema prescriben a los 3 años desde que se reconozca al trabajador

NUEVAS OBLIGACIONES PARA LA ARL EN PREVENCIÒN Y PROMOCIÒN No existían obligatoriedad de reportes, ni sanciones especificas

Deben entregar anualmente un reporte sobre los programas de prevención en sus empresas

No habían normas congruentes para pequeñas y medianas empresas

Se disponen a actividades de prevención y riesgo en pequeñas y medianas empresas, y ahora se sancionan...


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