DENUNCIA DE Estupro PDF

Title DENUNCIA DE Estupro
Author Mamani Yavi Jorge Javier
Course Derecho Penal
Institution Universidad Mayor de San Simón
Pages 4
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Summary

FISCAL DE MATERIA ASIGNADO A LA FISCALIA ESPECIALIZADA PARAVICTIMAS DE ATENSION PRIORITARIA DEL DEPARTAMENTO DECOCHABAMBAQUERELLA: DELITO DE ESTUPROOTRO SI. -Sra. Francisca Valencia Sarcillo, mayor de edad, hábil por derecho con C. N° 79022900 cbba. De profesión profesora en la unidad educativa cent...


Description

FISCAL DE MATERIA ASIGNADO A LA FISCALIA ESPECIALIZADA PARA VICTIMAS

DE

ATENSION

PRIORITARIA

DEL

DEPARTAMENTO

DE

COCHABAMBA QUERELLA: DELITO DE ESTUPRO OTRO SI. Sra. Francisca Valencia Sarcillo, mayor de edad, hábil por derecho con C.I. N° 79022900 cbba. De profesión profesora en la unidad educativa central taquiña mi domicilio se encuentra en la calle lampa entre Av. América N° 212, ante usted con el debido respeto expongo y pido: I.

FUNDAMENTACION FACTICA:

Al promedia las 10:30 am mi persona tuvo una discunción con mi hija Andrea J Martínez Valencia de 16 años de edad, dicha discusión es debido a que la pille en la posesión de un celular de alta gama valorado por lo menos de unos 200 dólares americanos el cual mi hija no pudo explicar la procedencia de dicho aparato de comunicaciones, razón por la cual me obligue a quitarle el celular para que me respondiera mis preguntas y en dicho proceso de averiguación encontré mensajes de texto en el watt sap muy comprometedores con un hombre con uniforme policial de apariencia mayor a comparación de mi hija. Por lo cual cuestione a mi hija si sostenía una relación amorosa con ese supuesto hombre a lo cual mi hija se niega completitamente. Posterior mente hice mis averiguaciones y encontré que el hombre que abuso de su inocencia es policía y conoció a mi hija cuando hacia voluntariado en el grupo GACIF. También informarle a su a su autoridad que fui a la defensoría apara que le hagan una evaluación psicológica y en relación al supuesto amorío con el dichoso policía en la cual resalto que mi hija sostuvo relaciones sexuales en tres oportunidades las cuales se detallan en el informe psicológico que acompaño a dicha querella. II.-

PETITORIO:

Dirijo la presente querella criminal en contra de DIEGO QUISPE VILLCA POR EL

DELITO DE ESTUPRO, previsto y sancionado por el Art. 309 del código penal, boliviano, quien es mayor de edad hábil por derecho con domicilio real en el

municipio de sacaba, por inmediaciones de la EPI SACABA del departamento de Cochabamba. III.- FUNDAMENTACION EN DERECHO Los actos descritos se inscriben en el derecho penal a partir de su existencia delictual a momento de su comisión; es asi que el denunciado con su accionar típicamente antijurídico, ha vulnerado las disposiciones penales sustantivas que no excluyen entre sí, y ha adecuado la tipicidad de su conducta al tipo penal: Art309.- (Estupro). Quien mediante seducción o engaño tuviera acceso carnal con persona de uno u otro sexo mayor de catorce (14) años y menor de dieciocho (18) años, será sancionado con privación de libertad de tres años a seis años. El estupro es una figura penal utilizada para el encubrimiento de la violación la única diferencia es que se utiliza como pretexto cualquier engaño o mentira que haya existido en la interacción de un adulto con un adolescente para así justificar esta tipología del delito Entender el estupro no es una atenuante de la violación,, ya que es un tipo penal independiente, siendo las circunstancias en las que se comete estos ilícitos distintas las unas de las otras, mientras que en la violación el sujeto pasivo no tiene caracterización específica alguna; en el estupro el autor se aprovecha de la inmadurez,, inocencia, inexperiencia de la víctima para seducirla con falsas promesas, expectativas de Unión conyugal o juramentos de Amor eterno, únicamente para mantener relaciones sexuales con la víctima. No existe violencia e intimidación en el estupro, Maxi la manipulación de la voluntad viciada por el engaño, La falsa expectativa y el Mora miento inocente. Por otra parte, el denunciado Al haber cometido ese delito con conocimiento y voluntad, de manera predeterminada en su accionar, siendo que en 3 oportunidades enunciado tuvo acceso carnal con la adolescente, siendo que el mismo es funcionario policial por lo que teniendo conocimiento del delito de estupro procedido a atentar contra la integridad sexual del Adolescente aprovechando su falta de madurez, hechos suscitados en dependencias policiales del módulo policial de la zona de titanio. Artículo 14:( Dolo).- actúa dolosamente el que realiza un hecho previsto en un tipo penal con conocimiento y voluntad. Para ello Es suficiente que el autor considere seriamente posible su realización y acepte esta posibilidad.

Mente indicar que han denunciado está plenamente identificado, conforme a los antecedentes, por todo lo expuesto señora fiscal, y en consideración a que los...


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