Title | derecho fiscal 2 actividad 1 unidad 5 suayed |
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Course | Derecho Fiscal II |
Institution | Universidad Nacional Autónoma de México |
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Actividad 1Recursos administrativosNombre : Arizmendi Ponce Ángel F.Fecha : 21 de AbrilConsulte la legislación vigente y complete el siguiente cuadro anotando la información más importante en cada elemento, con base en los siguientes recursos:RECURSOS ADMINISTRATIVOSRecurso Concepto Plazo para su in...
Actividad 1 Recursos administrativos
Nombre: Arizmendi Ponce Ángel F. Fecha: 21 de Abril
Consulte la legislación vigente y complete el siguiente cuadro anotando la información más importante en cada elemento, con base en los siguientes recursos: RECURSOS ADMINISTRATIVOS Recurso
RECURSO DE REVOCACIÓN
Concepto
Medio de defensa con el que cuenta el contribuyente de la relación jurídicotributaria cuando siente que su esfera jurídica está afectada por un acto o resolución de una autoridad fiscal en materia federal.
Plazo para su interposició n 30 días hábiles, contados a partir del día siguiente a que surte efectos la notificación. Si no se interpone en tiempo se declara improcedent e; además, el acto administrativ o se entiende consentido
Procedibilidad Ley
en
El artículo 8.º constitucional establece que toda petición ante autoridad debe ser hecha por escrito; asimismo, el artículo 18 del Código Fiscal de la Federación (CFF) menciona que toda promoción debe presentarse mediante documento digital y con firma electrónica avanzada; aquí generalmente se permite escrito libre, expresando agravios; no se limita sólo a unas formas fiscales expedidas por Hacienda. El escrito se puede presentar físicamente, es decir, en papel en la oficina de la
Pruebas
Resolución
Se admiten Sus efectos todos los pueden ser los siguientes: elementos 1. Desecharlo probatorios, por salvo la improcedent testimonial y e. confesional de 2. Sobreseerlo. las autoridades 3. Confirmar el mediante acto absolución de impugnado. posiciones; sin 4. Dejar sin embargo, se efectos el admitirán acto que se todos los inconforma informes que consten en los expedientes sobre la actuación de las autoridades
autoridad; sin embargo, debido a las reformas y avances tecnológicos ya casi no se estila; o se puede presentar por la vía digital, es decir, por medio de la computadora e Internet, y en ambos casos el escrito es libre; es decir, el recurrente puede colocar las palabras que prefiera y no sólo llenar un formato donde hay espacios vacíos para colocar información. RECURSO DE INCONFORMIDA D LSS
Es el medio de defensa que tienen tanto los patrones como los asegurados o sus beneficiarios contra los actos definitivos del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). El artículo 294 de la Ley del Seguro Social (LSS) es
Se interpondrá dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha en que surta efectos la notificación del acto definitivo que se impugna (art. 6.°).
Este recurso se tramita de la misma manera que el recurso de revocación en materia fiscal, es decir, contra los mismos actos o resoluciones señalados en los artículos 116 y 117 del CFF, pero con las siguientes modalidades, según el artículo 11-A de la LCF: 1. La SHCP oirá a
Se admiten Sus efectos todos los pueden ser los elementos siguientes: 1. Desecharlo probatorios, por salvo la improcedent testimonial y e. confesional de 2. Sobreseerlo. las autoridades 3. Confirmar el mediante acto absolución de impugnado. posiciones; sin 4. Dejar sin embargo, se efectos el admitirán acto que se todos los inconforma. informes que consten en los expedientes
la base de este recurso
la entidad de que se trate. 2.
La SHCP solicitará un dictamen técnico a la Junta de Coordinación Fiscal.
3. El plazo para resolver el recurso será de un mes a partir de la fecha en que la SHCP reciba el dictamen a que se refiere la fracción anterior. 4.
La resolución podrá ordenar a la Tesorería de la Federación la devolución de las cantidades indebidament e cobradas, con cargo a las participacione s de la entidad. A estas
sobre la actuación de las autoridades
RECURSO DE INCONFORMIDA D PREVISTO LCF
Permite a los contribuyentes afectados acudir ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) para que ésta resarza los intereses jurídicos violados por una inadecuada aplicación de la coordinación fiscal.
Cuarenta y cinco días hábiles siguientes a aquél en que haya surtido efectos la notificación del requerimient o o, en su caso, a partir de la fecha de pago de la contribución que corresponda.
devoluciones les será aplicable lo que al respecto establece el CFF. I.-La Secretaría de Hacienda y Crédito Público oirá a la entidad de que se trate. II.La Secretaría de Hacienda y Crédito Público solicitará un dictamen técnico a la Junta de Coordinación Fiscal. III.- El plazo para resolver el recurso será de un mes a partir de la fecha en que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público reciba el dictamen a que se refiere la fracción anterior. IV.La resolución podrá ordenar a la Tesorería de la Federación la devolución de las cantidades indebidamente cobradas, con cargo a las participaciones de la entidad. A
Las personas que resulten afectadas por incumplimiento de las disposiciones del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal y de las de coordinación en materia de derechos podrán presentar recurso de inconformidad ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público dentro de los cuarenta y cinco días hábiles siguientes a aquél en que haya surtido efectos la notificación del
Sus efectos pueden ser los siguientes: Desecharlo por improcedent e. Sobreseerlo. Confirmar el acto impugnado. Dejar sin efectos el acto que se inconforma.
estas devoluciones les será aplicable lo que al respecto establece el Código Fiscal de la Federación.
requerimiento o, en su caso, a partir de la fecha de pago de la contribución que corresponda.
FUENTES DE CONSULTA: Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, Código Fiscal de la Federación, última reforma publicada en el DOF 27/01/2017, disponible en https://bit.ly/1NebBVD Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, Ley de Coordinación Fiscal, última reforma publicada en el DOF 30/01/2018, disponible en https://bit.ly/2DYwO8G Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, Ley del Seguro Social, última reforma publicada en el DOF 12/11/2015, disponible en https://bit.ly/2lCCyMN Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, Reglamento del Recurso de Inconformidad, última reforma publicada en el DOF 28/11/2000, disponible en https://bit.ly/1NM4HH2...